Mercantil I. TEMA 5
![]() |
![]() |
![]() |
Título del Test:![]() Mercantil I. TEMA 5 Descripción: recopilación preguntas |




Comentarios |
---|
NO HAY REGISTROS |
D. Ernesto Sandrín es dueño de una librería al frente de la cual esta desde hace diez años como gerente D. Juan Cecil. D. Ernesto está casado en régimen de gananciales desde hace seis años con Dª Ana Paz, que es médico. D. Ernesto nos está inscrito en el Registro Mercantil. Teniendo en cuenta estos datos, las deudas generadas por la explotación de la librería: Responde un piso que es bien común del matrimonio y que se ha adquirido con las ganancias obtenidas por ambos en el ejercicio de sus actividades. Responden únicamente los bienes privativos de D. Ernesto. Responden tanto los bienes comunes como los privativos de ambos cónyuges al considerar el C.Com que ambos son empresarios a esos efectos. D. Juan Alt, empresario individual no inscrito en el Registro Mercantil y dedicado a la venta al por menor de material informático, está casado en gananciales con Elena Sent, funcionaria. En tal caso, quedan obligados a las resultas del ejercicio del comercio de dicho empresario: Todos los bienes comunes si hay consentimiento de ambos cónyuges. Todos los bienes comunes si hay consentimiento del empresario. Todos los bienes comunes y privativos de ambos, con independencia de si consta o no el consentimiento de ambos. Dña. Juana Mentel, empresaria individual no inscrita en el Registro Mercantil y dedicada a la venta al por menor de muebles, está casada en gananciales con Enrique Fadén, que trabaja para el ayuntamiento. En tal caso, quedan obligados a las resultas del ejercicio del comercio de dicha empresaria: Todos los bienes comunes si hay consentimiento de Dña. Juana. Las dos respuestas anteriores son erróneas. Todos los bienes comunes y privativos de ambos, con independencia de si consta o no el consentimiento de ambos. Pedro Tent, empresario casado con Dña. Juana Sanz en gananciales, desarrolla su actividad a través de una fábrica de tratamiento de plásticos. Partiendo de estos datos, con carácter general, de las deudas generadas por la explotación de la fábrica, responden: Los bienes propios de D. Pedro, así como los bienes comunes adquiridos con las resultas de la actividad de D. Pedro. Todos los bienes comunes del matrimonio. Siempre y en todo caso, los bienes que D. Pedro designe libremente. En caso de empresario casado en régimen de gananciales, de las deudas originadas por la actividad empresarial: Responden siempre los bienes privativos del empresario y todos los bienes comunes. Responden siempre los bienes privativos del empresario y los bienes comunes derivados de la actividad empresarial. todas son erróneas. Si un menor hereda una empresa: La condición de empresario recae en el menor. La condición de empresario recae en el representante legal del menor. La empresa ha de liquidarse. En un supuesto de actividad empresarial por un empresario individual, casado en gananciales y no inscrito en el Registro Mercantil, resultará de aplicación: El Código de comercio al prever con carácter imperativo los bienes comunes que quedarán sujetos en todo caso a las resultas de esa actividad empresarial. El Código de comercio en cuanto contiene previsiones en materia de delimitación de bienes que quedan sujetos a las resultas de la actividad empresarial para esos casos si bien las normas son todas de carácter dispositivo. El Código civil exclusivamente, ya que no puede encontrarse referencia alguna en el Código de comercio por tratarse de aspectos puramente de Derecho común. En caso de ejercicio del comercio por una persona casada, los bienes propios del cónyuge no comerciante: Pueden quedar obligados a las resultas del comercio con consentimiento expreso en cada caso. Pueden quedar obligados a las resultas del comercio en caso de falta de oposición expresa. Nunca pueden quedar obligados a las resultas del comercio. |