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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEMercantil II T1 (continuación)

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Título del test:
Mercantil II T1 (continuación)

Descripción:
Las sociedades mercantiles y el contrato de sociedad

Autor:
Partocha
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Fecha de Creación:
20/05/2021

Categoría:
UNED

Número preguntas: 44
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Temario:
¿Cuáles son los elementos esenciales del contrato de sociedad? El consentimiento de cada uno de los socios a aportar tanto bienes como dinero o industria a una actividad con ánimo de lucro El consenso de cada uno de los socios para asumir obligaciones con la finalidad de obtener una ganancia Las dos anteriores son correctas.
El objeto social del contrato de sociedad permite exigir la responsabilidad de las conductas seguidas por los gestores de la sociedad Mentira. El objeto social es un criterio delimitador de las competencias de los órganos de la sociedad. Verdad El objeto social sólo sirve para calificar la sociedad como mercantil o civil.
Si quieres formar una sociedad de responsabilidad limitada puedes hacerlo comprometiéndote a aportar la prestación de servicios Sí. Efectivamente puedo formar este tipo social mercantil aportando dicha prestación. Sólo puedo formar una sociedad con la aportación de servicios si la ubico bajo el tipo de Sociedad Anónima Para formar una Sociedad de Responsabilidad Limitada puedo aportar bienes o dinero pero la prestación de servicios está excluida.
En nuestro Derecho está vigente, en el ámbito registral, el PRINCIPIO de Titulación Pública? Si, está regulado en el artículo 81.1 del Código de Comercio, de modo que la escritura se constituye en presupuesto necesario para poder instar la inscripción en el Registro Mercantil No está vigente el principio de titulación, ya que no se necesita titulación alguna en el ámbito registral Ninguna de las anteriores .
El primer control de legalidad con ocasión de la formalización del contrato de sociedad en escritura pública, es llevado a cabo por Los Tribunales de la Jurisdicción mercantil Por la inscripción del contrato de sociedad en el Registro Mercantil Mediante la actuación del notario que autorice al escriturar.
En las Sociedades Personalistas, como serían las sociedades colectivas y las sociedades comanditarias, resulta de aplicación la norma general contenida en los art 117 y 199 del C.com. ¿Cuál es la exigencia contenida en esos artículos? En primer lugar, exige la inscripción registral del contrato de sociedad que se hubiera perfeccionado, y en segundo lugar se exige la formalización en escritura pública. La única exigencia, regulada en los referidos artículos, es la de someterse al principio de legalidad. Ninguna de las anteriores .
Las sociedades que no se les de publicidad en el registro mercantil son consideradas. Nulas Irregulares Ninguna de las anteriores.
Presupuesto necesario para poder instar a la inscripción en el registro mercantil La escritura pública Publicidad de hecho Las dos anteriores son correctas.
El contrato celebrado por una sociedad personalista sin los requisitos de publicidad Sera nulo de pleno derecho Es plenamente valido y conforma al menos el régimen interno de los socios respecto de la sociedad Ninguno de los anteriores.
El contrato por el que dos o más personas se ponen en fondo común bienes industriales para obtener lucro Será mercantil Será comercial Las dos anteriores.
Las sociedades mercantiles para hacer constar su constitución En escritura pública que será inscrita en el registro mercantil En escritura pública Ninguna de las anteriores.
La publicidad legal en otros medios de la sociedad mercantil. Tiene el mismo efecto No tiene el mismo efecto Ninguna de las anteriores .
¿Tienen personalidad jurídica las sociedades mercantiles? Sí, según la regla general del art. 116.2C.Com No, según la regla general del art. 116.2C.Com Sí, en todos los casos.
¿Según la regla general que se encuentra en el Art. 116.2 C.Com. cuando tendrán personalidad jurídica las sociedades mercantiles? Una vez constituida la sociedad mercantil, tendrá personalidad jurídica para todos sus actos. Una vez constituida la sociedad mercantil, tendrá personalidad jurídica para todos sus actos y contratos. Una vez constituida la sociedad mercantil, tendrá personalidad jurídica para todos sus contratos.
El Art. 119 C.Com. que dispone las exigencias de forma y publicidad requeridas y que advierte de la necesidad de que la sociedad, haga constar su constitución, pactos y condiciones en escritura pública o documento analogo que deberá inscribirse en el Registro Mercantil, por tanto, como regla general, la constitución de la compañía, antecede al cumplimiento de estas exigencias de forma y publicidad su constitución, pactos y condiciones en escritura pública que deberá inscribirse en el Registro Mercantil, por tanto, como regla general, la constitución de la compañía, no antecede al cumplimiento de estas exigencias de forma y publicidad. su constitución, pactos y condiciones en escritura pública que deberá inscribirse en el Registro Mercantil, por tanto, como regla general, la constitución de la compañía, antecede al cumplimiento de estas exigencias de forma y publicidad.
El art. 20 LSC dispone que la constitución de las sociedades de capital exigirá escritura pública, de modo que la sociedad de capital, también queda constituida mediante el cumplimento de la exigencia de forma, con posterioridad a su inscripción registral escritura pública, de modo que la sociedad de capital, no queda constituida mediante el cumplimento de la exigencia de forma, con anterioridad a su inscripción registral. escritura pública, de modo que la sociedad de capital, también queda constituida mediante el cumplimento de la exigencia de forma, con anterioridad a su inscripción registral.
Con carácter general, la atribución de la personalidad jurídica se hace depender más que de la perfección del contrato de sociedad, sin que el surgimiento de la persona jurídica, sea consecuencia del cierre del proceso fundacional de la sociedad mercantil y, por tanto, del cumplimiento de las exigencias de forma pública e inscripción registral no se hace depender más que de la perfección del contrato de sociedad, sin que el surgimiento de la persona jurídica, sea consecuencia del cierre del proceso fundacional de la sociedad mercantil y, por tanto, del cumplimiento de las exigencias de forma pública e inscripción registral. no se hace depender más que de la perfección del contrato de sociedad, donde el surgimiento de la persona jurídica, sea consecuencia del cierre del proceso fundacional de la sociedad mercantil y, por tanto, del cumplimiento de las exigencias de forma pública e inscripción registral.
El legislador manifiesta que la personalidad jurídica es un atributo facultativo al carácter de organización que tiene el contrato de la sociedad es un atributo potestativo al carácter de organización que tiene el contrato de la sociedad es un atributo anudado al carácter de organización que tiene el contrato de la sociedad.
El reconocimiento de la personalidad jurídica de la sociedad mercantil, aboca a consecuencias prácticas muy importantes. Formalmente, la sociedad aparece aun cuando sea de modo instrumental para la realización de sus fines- como titular de derechos y obligaciones aun cuando sea de modo especial para la realización de sus fines- como titular de derechos y obligaciones aun cuando sea de modo especial para la realización de sus fines- como titular de derechos pero no de obligaciones.
El reconocimiento de la personalidad jurídica de la sociedad mercantil Cuenta con autonomía patrimonial, como titular de un patrimonio diferenciado del personal de sus socios. Además, al desarrollar una actividad interna en el tráfico, la sociedad ha de merecer la calificación de comerciante o empresario, con todas sus consecuencias, en particular por su sujeción al estatuto del empresario Cuenta con autonomía patrimonial, como titular de un patrimonio diferenciado del personal de sus socios. Además, al desarrollar una actividad externa en el tráfico, la sociedad ha de merecer la calificación de comerciante o empresario, con todas sus consecuencias, en particular por su sujeción al estatuto del empresario Cuenta con autonomía patrimonial, como titular de un patrimonio diferenciado del personal de sus socios. Además, al desarrollar una actividad externa en el tráfico, la sociedad ha de merecer la calificación de comerciante o empresario, sin todas sus consecuencias y sin su sujeción al estatuto del empresario.
Destacado el hecho de que toda sociedad mercantil, como consecuencia de su constitución con la perfección del contrato de sociedad, tiene atribuido el perjuicio de la personalidad jurídica, no estará de más verificar el alcance que de ello se deriva la ventaja de la personalidad jurídica, sin tener que verificar el alcance que de ello se deriva el beneficio de la personalidad jurídica, no estará de más verificar el alcance que de ello se deriva.
La personalidad jurídica un expediente técnico que no permite atender ni dar respuesta a los problemas derivados de la organización y conciliación de los intereses presentes en una situación de colectividad un expediente técnico que permite atender, pero no dar respuesta a los problemas derivados de la organización y conciliación de los intereses presentes en una situación de colectividad un expediente técnico que permite atender y dar respuesta a los problemas derivados de la organización y conciliación de los intereses presentes en una situación de colectividad.
La persona jurídica no es más que un mecanismo de atribución de las consecuencias jurídicas derivadas de la actuación de una pluralidad de personas que no se ha organizado a través del contrato de sociedad no es más que un mecanismo de atribución de las consecuencias jurídicas privadas derivadas de la actuación de una pluralidad de personas que se ha organizado a través del contrato de sociedad no es más que un mecanismo de atribución de las consecuencias jurídicas derivadas de la actuación de una pluralidad de personas que se ha organizado a través del contrato de sociedad.
La actuación seguida por esa pluralidad de sujetos y las consecuencias de responsabilidad patrimonial se imputan a estos individualmente y no a la propia organización, la cual será responsable frente a terceros con cargo al patrimonio del que aparece como titular (patrimonio social) no se imputan a estos individualmente sino a la propia organización, la cual será responsable frente a terceros con cargo al patrimonio del que aparece como titular (patrimonio social) no se imputan a estos individualmente sino a la propia organización, la cual no será responsable frente a terceros con cargo al patrimonio del que aparece como titular (patrimonio social).
Nuestro Derecho acoge un concepto unitario de persona jurídica por lo que no cabe diferenciar distintos grados de personalidad por razón del tipo de sociedad mercantil un concepto no unitario de persona jurídica por lo que no cabe diferenciar distintos grados de personalidad por razón del tipo de sociedad mercantil un concepto unitario de persona jurídica por lo que cabe diferenciar distintos grados de personalidad por razón del tipo de sociedad mercantil.
El hecho de que en ciertos tipos sociales (sociedades capitalistas) exista una incomunicación absoluta entre la sociedad y sus socios, de manera que estos nunca responderán de las deudas sociales una comunicación absoluta entre la sociedad y sus socios, de manera que estos nunca responderán de las deudas sociales una comunicación absoluta entre la sociedad y sus socios, de manera que estos siempre responderán de las deudas sociales.
En otros tipos (sociedades personalistas) los socios quedan responsables con carácter solidario, no es consecuencia del beneficio de la personalidad jurídica sino de la caracterización de los distintos tipos de sociedades mercantiles y del régimen jurídico aplicable en cada caso con carácter subsidiario, que es consecuencia del beneficio de la personalidad jurídica sino de la caracterización de los distintos tipos de sociedades mercantiles y del régimen jurídico aplicable en cada caso con carácter subsidiario, no es consecuencia del beneficio de la personalidad jurídica sino de la caracterización de los distintos tipos de sociedades mercantiles y del régimen jurídico aplicable en cada caso.
La doctrina del levantamiento del velo tiene su origen En las sentencias del Tribunal Supremo En la jurisprudencia anglosajona En el derecho civil francés.
En algunos casos, la jurisprudencia ha justificado la aplicación del levantamiento del velo en La regla de la interdicción general de los actos en virtud de ley La exigencia general de que todo acto ha de llevarse a cabo conforme con las exigencias de la buena fe A y B son correctas.
La doctrina del levantamiento del velo es De aplicación libre Aplicable únicamente en los casos tasados por la Ley De aplicación restringida.
El art. 116.2 C.Com establece que una vez constituida la sociedad mercantil Tendrá personalidad jurídica para sus actos y contratos No tendrá personalidad jurídica para sus contratos A y B son falsas.
La constitución de sociedades de capital Exigirá escritura pública Se realiza mediante el cumplimiento de la exigencia de forma La dos respuestas anteriores son correctas.
En las sociedades capitalistas y personalistas Los socios nunca responderán de las deudas sociales Los socios son responsables subsidiarios En las primeras los socios no responden de las deudas y en las segundas los socios son responsables subsidiarios.
La constitución de sociedades de capital Exigirá escritura pública Se realiza mediante el cumplimiento de la exigencia de forma Las dos respuestas anteriores son correctas.
Cuál de los siguientes supuestos son un tipo de abuso de personalidad jurídica de una sociedad mercantil Utilización de sociedades con fines de evasión fiscal Constitución de una sociedad mercantil con limites Las dos son correctas.
La respuesta que se da frente al abuso de personalidad jurídica de una sociedad mercantil viene dada Los tribunales mercantiles del lugar donde se encuentra establecida la sociedad La jurisprudencia de la afirmación de la doctrina del levantamiento del velo Las dos anteriores son erróneas.
La aplicación de la doctrina del Velo sobre el abuso de la personalidad jurídica deberá de hacerse de manera Amplia y sin limites Restringida y con extrema cautela Las dos son erróneas.
En algunos casos, la jurisprudencia ha justificado la aplicación del levantamiento del velo en La regla de la interdicción general de los actos en virtud de ley La exigencia general de que todo acto ha de llevarse a cabo conforme con las exigencias de la buena fe A y B son correctas.
La doctrina del levantamiento del velo es De aplicación libre Aplicable únicamente en los casos tasados por la Ley De aplicación restringida.
Si una sociedad viene desarrollando su actividad en el tráfico sin precisar de las exigencias de forma y publicad que requiere del Derecho positivo, ésta se denomina sociedad irregular sociedad regular en nuestro Derecho no existe tal tipo de sociedad.
En el caso de la irregularidad de una sociedad de capital, en aplicación a los artículos 39 y 40 de la LSC se aplicarán las normas de la sociedad colectiva o en su caso, las de la sociedad civil y cualquier socio podrá instar la disolución de la sociedad ante el Juez de lo Mercantil no se aplicarán las normas de la sociedad colectiva o en su caso, las de la sociedad civil y ningún socio podrá instar la disolución de la sociedad ante la Jurisdicción Mercantil las dos anteriores repuestas son incorrectas, ya que dicho supuesto no puede darse.
En el caso de la irregularidad de las sociedades personalistas (Sociedad colectiva y sociedad comanditaria simple), la omisión de los requisitos de forma y publicidad afecta a la válida constitución de la sociedad y ésta no es conforme a Derecho no afecta a la válida constitución de la sociedad, pues la perfección del contrato de sociedad es previa respecto de tales exigencias las dos anteriores respuestas son incorrectas.
El régimen jurídico aplicable a las relaciones internas de una sociedad personalista irregular no vendrá dado por los pactos que hubieran alcanzado los socios, ya que la misma se rige por los acuerdos adoptados en escritura pública vendrá dado por los pactos que hubieran alcanzado los socios y en defecto de pacto habrá de aplicarse el régimen dispuesto para el tipo de sociedad que los socios han constituido las dos respuestas anteriores son incorrectas.
Con respecto al régimen jurídico aplicable a las relaciones externas de una sociedad personalista irregular los gestores sociales responderán solidariamente por los actos y contratos que realicen y subsidiariamente, los socios los gestores sociales responderán mancomunadamente por los actos y contratos que realicen y subsidiariamente, lo socios ninguna de las respuestas anteriores son correctas.
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