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METODOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS

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Título del Test:
METODOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS

Descripción:
Examen Febrero 2024 TIPO C

Fecha de Creación: 2026/10/05

Categoría: UNED

Número Preguntas: 19

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Temario:

1. La Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles establece: Como institución ordenada a la paz jurídica, [la mediación] contribuye a concebir a los tribunales de justicia en este sector del ordenamiento jurídico como un último remedio. Además de a) incluye la mediación familiar. Además de a) en caso de que no sea posible componer la situación por la mera voluntad de las partes". Ninguna de las respuestas son válidas.

3. El Objetivo de Desarrollo Sostenible 16 de la Agenda 2030 dispone que: Paz, Justicia, e Instituciones sólidas y que son necesarias las sociedades pacíficas, justas e inclusivas. La igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres en la mediación. Luchar contra la pobreza. La educación de calidad para todos.

4. Principales aptitudes de un procurador en la mediación: Paciencia y empatía. Asertividad. Escucha activa y objetividad. Todas las respuestas son válidas.

5. El enfoque transformativo en mediación surge a comienzo de los años '90 en los Estados Unidos con la publicación de la obra."La promesa de mediación". Según la Directiva Europea de Mediación. En opinión de Bush y Folger. No es cierta esta afirmación. No es válida ninguna de las respuestas.

6. En la relación existente entre transacción y negocio de fijación jurídica puede afirmarse que: La jurisprudencia española aplica analógicamente las normas de la transacción al negocio de fijación cuando los diferencia, si bien a menudo no los distingue con nitidez. La transacción es un contrato atípico a diferencia del negocio de fijación que es típico. Ambas figuras tienen en común la causa, en cuanto ambas se dirigen exclusivamente a eliminar la res dubia preexistente. Son válidas la a) y b).

7. La transacción extrajudicial y la judicial se diferencian en que: La extrajudicial tiene naturaleza de auténtico contrato, mientras que la judicial pierde esta naturaleza por la intervención de la autoridad judicial. La extrajudicial tiene lugar con antelación al inicio del procedimiento judicial, y la judicial se concluye iniciado ya el juicio. La extrajudicial tiene lugar cuando las partes alcanzan su acuerdo antes o después del inicio del juicio sin intervención del juez, y sólo será judicial aquella transacción que iniciado el juicio concluya con el auto de homologación del juez. En la extrajudicial las partes quedan obligadas a cumplir lo acordado y, en caso de incumplimiento, podrán acudir a la vía judicial; por el contrario, la judicial posee la fuerza de una sentencia.

8. El acuerdo transaccional: Requiere concesiones recíprocas de las partes involucradas en el conflicto jurídico. Puede consistir en una renuncia abdicativa de todas las pretensiones de una de las partes en favor de la otra. Exige un perfecto equilibrio entre las concesiones de las partes intervinientes en el contrato. No requiere una controversia jurídica previa entre las partes.

9. Para poder concluir una transacción se requiere: Tener algún interés sobre la relación jurídica controvertida. Tener capacidad de enajenación en todo caso. Tener capacidad de disposición sobre la relación jurídica controvertida. Todas las respuestas son válidas.

10. El principal efecto característico de una transacción judicial es: Tener la misma eficacia de cosa juzgada que una sentencia firme. Que el auto de homologación del juez dota al acuerdo transaccional del carácter de documento público y la hace inimpugnable. Que, al encontrarse el acuerdo transaccional homologado por la intervención del juez, lo convierte en título ejecutivo. No es válida ninguna de las respuestas anteriores.

11. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es INCORRECTA?. El principio de voluntariedad puede excluirse en el ámbito de la mediación penal, donde el Juez puede imponerle al infractor la obligación de participar en la misma. La Justicia Restaurativa no ofrece un sistema alternativo a la justicia penal, pero sí puede complementar su respuesta al delito. El origen de la Justicia Restaurativa se remonta a las tradiciones indígenas de Canadá, Australia, Nueva Zelanda y Estados Unidos. La mediación penal es una herramienta no exclusiva y no excluyente de la Justicia Restaurativa, que puede valerse de muchas otras para alcanzar sus fines.

12. ¿Incluye la Ley Orgánica reguladora de la responsabilidad penal de los menores alguna previsión sobre mediación penal?. No, ya que la mediación penal está expresamente prohibida en el ámbito de los menores. No, ya que, si bien no está prohibida, la mediación penal en el ámbito de los menores se rige por la aplicación subsidiaria de las normas propias del Derecho penal de adultos. Sí, prevé que la mediación penal pueda llevarse a término únicamente en fase de instrucción. Sí, prevé que la mediación penal pueda llevarse a término tanto en fase de instrucción como en fase de ejecución.

13. ¿Qué texto legal prevé la creación de las Oficinas de Justicia Restaurativa?. El Código Penal. La Ley de Enjuiciamiento Criminal. El Estatuto de la Víctima. La Ley de Mediación en asuntos civiles y mercantiles.

14. En relación a los encuentros restaurativos entre víctimas y condenados por delitos de terrorismo en la vía Nanclares, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es INCORRECTA?. Los encuentros se llevaron a cabo tanto con víctimas y victimarios directos como con víctimas y victimarios no directos. El proceso de atención a la víctima no perseguía que esta otorgase su perdón, que es un acto fundamentalmente vertical y asimétrico. Los encuentros permitieron que las víctimas pudieran reprocharle a los victimarios el sufrimiento ocasionado por el delito. La participación de los condenados en estos encuentros se fomentó a través de la concesión de beneficios penitenciarios.

15. ¿Por garantía de qué principio se prohíbe la mediación penal en materia de violencia de género?. Por garantía del principio de seguridad jurídica. Por garantía del principio de igualdad entre las partes. Por garantía del principio de proporcionalidad. Por garantía del principio de legalidad en su vertiente jurisdiccional.

16. El arbitraje como medio de resolución extrajudicial de las controversias suscitadas en materia societaria presenta ventajas, tales como: Celeridad en la resolución del conflicto y la reducción del coste económico. Discreción o falta de publicidad de la eventual falta de legalidad o, en su caso, de la omisión de la debida observancia al interés general, de las actuaciones de los miembros integrantes de cada sociedad en la adopción de sus acuerdos. La particular especialización de los árbitros en las materias sometidas a su conocimiento. Todas las respuestas anteriores son correctas.

17. El arbitraje como método de resolución de conflictos presenta grandes diferencias con otros medios de resolución de conflictos no jurisdiccionales, como puede ser la mediación, la conciliación o la negociación: Mientras que en el arbitraje la voluntad de las partes se da únicamente en el momento inicial, en la mediación este principio se ha de dar durante todo el proceso, condicionando incluso al mismo, ya que en el momento en que ésta falte, el proceso de mediación ha de finalizar. En el arbitraje la voluntariedad es inicial, ya que las partes son las que deciden libremente acudir a un proceso de arbitraje, eligiendo al árbitro o árbitros que intervienen. Las partes se comprometen a acatar la decisión dada por el árbitro, denominada laudo arbitral. Todas las respuestas son correctas.

18. El arbitraje internacional como mecanismo para la resolución de conflictos comerciales. Se caracteriza por la mayor simplicidad del procedimiento de resolución de disputas, así como su rapidez en relación con los procesos judiciales, y su flexibilidad para la elección de árbitro. No permite la posibilidad de nombramiento de árbitros especialistas en la materia objeto de la disputa. Las partes no pueden optar por la confidencialidad del proceso arbitral. Ninguna respuesta es correcta.

19. Indique la respuesta correcta: En el marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC) se podría incluir la resolución extrajudicial de conflictos en materia de bienes culturales siempre que el Estado miembro que alegue infracción de un acuerdo establecido por la OMC especifique cuál se ha infringido. La UNESCO ha promovido intensamente procedimientos de resolución extrajudicial de conflictos sobre bienes culturales, específicamente sobre restitución de bienes culturales ilícitamente transmitidos. En el marco de la resolución de conflictos sobre bienes culturales, destaca la cooperación administrativa entre los Estados de la UE, que supone el intercambio de información entre los Estados; así como la acción de restitución, creada para evitar potenciales procesos judiciales para lograr la restitución de un bien cultural que abandonó ilícitamente un Estado miembro. Todas las respuestas son correctas.

20. Los conflictos en materia de bienes culturales. Pueden ser objeto de mediación y arbitraje en el marco de algunas instituciones y organismos internacionales, como la Corte Iberoamericana de Arbitraje y Mediación en la Industria de la Cultura. Necesariamente deben resolverse en el marco de procedimientos judiciales, debido a la naturaleza del objeto del conflicto. Se resuelven a través de procedimientos de arbitraje contemplados en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico español (LPHE), y normas autonómicas. Ninguna respuesta es correcta.

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