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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEMicro

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Título del test:
Micro

Descripción:
Productor

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
13/03/2023

Categoría:
Geografía

Número preguntas: 12
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Temario:
¿Cuáles de los siguientes no tendrán consideración de RCDs? Tierras y piedras no contaminadas de sustancias peligrosas, lodos de dragado no peligroso y residuos de obras menores o reparación domiciliaria que no superen los 50 kg. Tierras y piedras no contaminadas de sustancias peligrosas, lodos de dragado no peligroso y residuos de obras menores o reparación domiciliaria que no superen los 60 kg. Tierras y piedras contaminadas de sustancias peligrosas, lodos de dragado no peligroso y residuos de obras menores o reparación domiciliaria que no superen los 50 kg. Tierras y piedras no contaminadas de sustancias peligrosas, lodos de dragado no peligroso, residuos de obras menores o reparación domiciliaria que no superen los 50 kg y residuos inertes.
Entre los objetivos del DF sobre la gestión de RCD´S se encuentran: Establecer el régimen jurídico de la producción y gestión de residuos de construcción, establecer las fianzas exigibles, concretar cantidad mínima de RCDs a los que se les exige una gestión específica y establecer los requisitos técnicos mínimos de las plantas de tratamiento de RCDs. Establecer el régimen jurídico de la producción y gestión de residuos de construcción, establecer las fianzas exigibles, concretar cantidad mínima de RCDs a los que se les exige una gestión específica y fijar un marco sobre la reutilización de materiales y su reciclaje. Todas son correctas. Ninguna de las anteriores es correcta.
¿Quién se considera productor de RCDs? La persona física o jurídica titular de la licencia urbanística en una obra de construcción y demolición. La persona física o jurídica que efectúe operaciones de tratamiento, mezcla, etc. El importador en cualquier estado de la UE de RCDs. Cualquier persona física o jurídica que produzca o trabaje con RDCs. Solamente el titular de la licencia de construcción. Ninguno de los anteriores.
Los RCDs deberán separarse en fracciones cuando superen: Hormigón: 80 t. Ladrillos, tejas, cerámicos: 40 t. Hormigón: 40 t. Ladrillos, tejas, cerámicos: 80 t. Hormigón: 8 t. Ladrillos, tejas, cerámicos: 4 t. Hormigón: 800t. Ladrillos, tejas, cerámicos: 40 t.
Los RCDs deberán separarse en las siguientes fracciones cuando se superen las siguientes cantidades: Metal: 2 t. Metal: 2,1 t. Metal: 21t. Metal: 20 t.
Los RCDs deberán separarse en las siguientes fracciones cuando se superen las siguientes cantidades: Madera y vidrio: 1 t. Madera y vidrio: 0,5 t. Madera y vidrio: 10 t. La madera y el vidrio no se separan.
Los RCDs deberán separarse en las siguientes fracciones cuando se superen las siguientes cantidades: Papel y cartón: 0,5 t. Plástico: 0,5 t Papel y cartón: 1 t. Plástico: 0,5 t Papel y cartón: 0,5 t. Plástico: 1 t Papel y cartón: 5 t. Plástico: 5 t.
Respecto de la fianza en los productores de residuos procedentes de obras de construcción o demolición que precisen licencia y que no sean de escasa entidad: Depositar fianza de 11 €/t o 17 €/m3, con un mínimo de 1.000€ y un máximo del 3% del presupuesto. Depositar fianza de 11 €/t o 17 €/m3, con un mínimo de 50.000€ y un máximo del 3% del presupuesto. Depositar fianza de 17 €/t o 11 €/m3, con un mínimo de 1.000€ y un máximo del 3% del presupuesto. Depositar fianza de 111 €/t o 17 €/m3, con un mínimo de 1.000€ y un máximo del 3% del presupuesto.
Respecto de la fianza en el registro de Constructor-poseedor de RCDs: 1.000€ para obras de escasa entidad, es decir si los residuos generados no superan los 50m3 y 50.000€ cuando se superen los 50m3. 10.000€ para obras de escasa entidad, es decir si los residuos generados no superan los 50m3 y 50.000€ cuando se superen los 50m3. 1.000€ para obras de escasa entidad, es decir si los residuos generados no superan los 50m3 y 50.000€ cuando se superen los 500m3. 3% para obras de escasa entidad, es decir si los residuos generados no superan los 50m3 y 50.000€ cuando se superen los 50m3.
Se eximirá de autorización de gestión de residuos a los poseedores-productores de RCDs siempre que se realicen en la misma obra y se deberá comunicar al ayuntamiento si no estuviera contemplado en el plan de obra y/o a la Dirección General de Medio Ambiente y Agua en el caso que la obra no requiera de licencia municipal. Sí, es todo correcto. Es todo cierto menos la comunicación al ayuntamiento. No es cierto. Es cierto parcialmente.
Cuando se utilicen RCDs en obras de restauración o relleno se tratará de alcanzar una capa de relleno bien natural o artificial equivalente a k = 1 x 10-7 m/seg en un espesor de 1 m. La capa de impermeabilización geológica artificial tendrá un espesor mínimo de 0,5 m. k = 1 x 10-7 m/seg en un espesor de 1 m. La capa de impermeabilización geológica artificial tendrá un espesor mínimo de 1 m. k = 1 x 10-5 m/seg en un espesor de 1 m. La capa de impermeabilización geológica artificial tendrá un espesor mínimo de 0,5 m. Ninguna es correcta.
Los ratios de generación de RCDs son: Obra nueva: 0,146 m3/m2 construido. Reforma: 0,57 en residencial, 1,263 en naves industriales y 0,89 m3/m2 en locales comerciales. Obra nueva: 0,146 m3/m2 construido. Reforma: 0,55 en residencial, 1,263 en naves industriales y 0,89 m3/m2 en locales comerciales. Obra nueva: 0,1446 m3/m2 construido. Reforma: 0,57 en residencial, 1,363 en naves industriales y 0,89 m3/m2 en locales comerciales. Obra nueva: 0,146 m3/m2 construido. Reforma: 0,57 en residencial, 1,263 en naves industriales y 0,891 m3/m2 en locales comerciales.
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