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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEMODULO 6 1/2

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Título del test:
MODULO 6 1/2

Descripción:
Ley 39/2015

Autor:
Sara MB
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Fecha de Creación:
01/03/2021

Categoría:
Personal

Número preguntas: 16
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Temario:
1. Conforme a la ley 39/2015, respecto a la propuesta de resolución en los procedimientos de carácter sancionador, el órgano instructor resolverá la finalización del procedimiento, con archivo de las actuaciones, sin que sea necesaria la formulación de la propuesta de resolución, cuando en la instrucción procedimiento se ponga de manifiesto que concurre alguna de las siguientes circunstancias (señala la incorrecta): la inexistencia de los hechos que pudieran constituir la infracción cuando los hechos resulten acreditados los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción administrativa todas son correctas.
2. Conforme a la ley 39/2015, respecto a la propuesta de resolución en los procedimientos de carácter sancionador no es correcto: en el caso de procedimientos de carácter sancionador, una vez concluida la instrucción del procedimiento, el órgano instructor formulará una propuesta de resolución que no se notificará a los interesados la propuesta de resolución deberá indicar la puesta de manifiesto del procedimiento y el plazo para formular alegaciones y presentar los documentos e informaciones que se estimen pertinentes en la propuesta de resolución se fijarán de forma motivada los hechos que se consideren probados y su exacta calificación jurídica, se determinará la infracción que, en su caso, aquéllos constituyan, la persona o personas responsables y la sanción que se proponga en la propuesta de resolución se fijará la valoración de las pruebas practicadas, en especial aquellas que constituyan los fundamentos básicos de la decisión, así como las medidas provisionales que, en su caso, se hubieran adoptado.
3. Conforme a la ley 39/2015, artículo 89 en la propuesta de resolución de carácter sancionador la resolución incluirá: la valoración de las pruebas practicadas, en especial aquellas que constituyan los fundamentos básicos de la decisión fijarán los hechos y, en su caso, la persona o personas responsables fijarán la infracción o infracciones cometidas y la sanción o sanciones que se imponen, o bien la declaración de no existencia de infracción o responsabilidad todas son correctas.
4. Conforme a la ley 39/2015Respecto a la resolución en los procedimientos sancionadores LA INCORRECTA 90 : en la resolución se podrán aceptar hechos distintos de los determinados en el curso del procedimiento, con independencia de su diferente valoración jurídica la resolución que ponga fin al procedimiento será ejecutiva cuando no quepa contra ella ningún recurso ordinario en vía administrativa en la resolución que ponga fin al procedimiento se podrán adoptar las disposiciones cautelares precisas para garantizar su eficacia cuando sea ejecutiva y que podrán consistir en el mantenimiento de las medidas provisionales que en su caso se hubieran adoptado todas son correctas.
5. Conforme a la ley 39/2015.Respecto a la resolución en los procedimientos sancionadores, cuando el órgano competente para resolver considere que la infracción o la sanción revisten mayor gravedad que la determinada en la propuesta de resolución, se notificará al inculpado para que aporte cuantas alegaciones estime convenientes en el plazo de: 10 días 15 días 20 días 30 días.
6. Conforme a la ley 39/2015.En el caso de los procedimientos de responsabilidad patrimonial será: facultativo solicitar informe al servicio cuyo funcionamiento haya ocasionado la presunta lesión indemnizable, no pudiendo exceder de 5 días el plazo de su emisión preceptivo solicitar informe al servicio cuyo funcionamiento haya ocasionado la presunta lesión indemnizable, no pudiendo exceder de 10 días el plazo de su emisión. facultativo solicitar informe al servicio cuyo funcionamiento haya ocasionado la presunta lesión indemnizable, no pudiendo exceder de 10 días el plazo de su emisión preceptivo solicitar informe al servicio cuyo funcionamiento haya ocasionado la presunta lesión indemnizable, no pudiendo exceder de 5 días el plazo de su emisión.
7. Conforme a la ley 39/2015,será preceptivo solicitar dictamen del Consejo de Estado o, en su caso, del órgano consultivo de la Comunidad Autónoma cuando las indemnizaciones reclamadas sean de cuantía igual o superior a: 10.000 euros 20.000 euros 50.000 euros 100.000 euros.
8. . Conforme a la ley 39/2015 cuando sea preceptivo solicitar dictamen del Consejo de Estado o, en su caso, del órgano consultivo de la Comunidad Autónoma el órgano instructor remitirá al órgano competente para solicitar el dictamen una propuesta de resolución o, en su caso, la propuesta de acuerdo por el que se podría terminar convencionalmente el procedimiento, y lo hará en el plazo de: 5 días a contar desde la finalización del trámite de audiencia 10 días a contar desde la finalización del trámite de información pública 5 días a contar desde la finalización del trámite de información pública 10 días a contar desde la finalización del trámite de audiencia.
9. Conforme a la ley 39/2015, el dictamen del Consejo de Estado o, en su caso, del órgano consultivo de la Comunidad Autónoma, cuando sea necesario, se emitirá en el plazo de: 10 días un mes dos meses tres meses.
10. . Conforme a la ley 39/2015,el dictamen del Consejo de Estado o, en su caso, del órgano consultivo de la Comunidad Autónoma deberá pronunciarse: sobre la existencia o no de relación de causalidad entre el funcionamiento del servicio público y la lesión producida en su caso, sobre la valoración del daño causado en su caso, sobre la cuantía y modo de la indemnización de acuerdo con los criterios establecidos en esta Ley todas son correctas.
11. Conforme a la ley 39/2015 en el caso de reclamaciones en materia de responsabilidad patrimonial del Estado por el funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, será preceptivo el informe del Consejo General del Poder Judicial que será evacuado en el plazo máximo de: 10 días un mes dos meses tres meses.
12. . Conforme a la ley 39/2015 El trámite de audiencia se realiza: Inmediatamente después de la práctica de la prueba Inmediatamente antes de la información pública Inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución artículo 82 Inmediatamente después del acuerdo de iniciación del procedimiento.
13. Conforme a la ley 39/2015 la audiencia a los interesados: Será anterior a la solicitud del informe del órgano competente para el asesoramiento jurídico o a la solicitud del Dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma, en el caso que éstos formaran parte del procedimiento Será simultánea a la solicitud del informe del órgano competente para el asesoramiento jurídico o a la solicitud del Dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma, en el caso que éstos formaran parte del procedimiento Será posterior a la solicitud del informe del órgano competente para el asesoramiento jurídico o a la solicitud del Dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma, en el caso que éstos formaran parte del procedimiento Ninguna es correcta.
14. Conforme a la ley 39/2015 respecto a la terminación en los procedimientos sancionadores, cuando la sanción tenga únicamente carácter pecuniario o bien quepa imponer una sanción pecuniaria y otra de carácter no pecuniario pero se ha justificado la improcedencia de la segunda, el pago voluntario por el presunto responsable: en cualquier momento anterior al trámite de audiencia, implicará la terminación del procedimiento, salvo en lo relativo a la reposición de la situación alterada o a la determinación de la indemnización por los daños y perjuicios causados por la comisión de la infracción en cualquier momento anterior al trámite de audiencia, implicará la terminación del procedimiento, incluido lo relativo a la reposición de la situación alterada o a la determinación de la indemnización por los daños y perjuicios causados por la comisión de la infracción en cualquier momento anterior a la resolución, implicará la terminación del procedimiento, incluido lo relativo a la reposición de la situación alterada o a la determinación de la indemnización por los daños y perjuicios causados por la comisión de la infracción en cualquier momento anterior a la resolución, implicará la terminación del procedimiento, salvo en lo relativo a la reposición de la situación alterada o a la determinación de la indemnización por los daños y perjuicios causados por la comisión de la infracción.
15. Conforme a la ley 39/2015, en ambos casos, cuando la sanción tenga únicamente carácter pecuniario, el órgano competente para resolver el procedimiento aplicará reducciones de, al menos: el 10 % sobre el importe de la sanción propuesta, siendo éstos acumulables entre sí el 20 % sobre el importe de la sanción propuesta, siendo éstos acumulables entre sí el 10 % sobre el importe de la sanción propuesta, no siendo éstos acumulables entre sí el 20 % sobre el importe de la sanción propuesta, no siendo éstos acumulables entre sí.
16. Conforme a la ley 39/2015 artículo 85, respecto a las reducciones del importe de las sanciones: las citadas reducciones, deberán estar determinadas en la notificación de iniciación del procedimiento su efectividad estará condicionada al desistimiento o renuncia de cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción el porcentaje de reducción previsto en este apartado podrá ser incrementado reglamentariamente todas son correctas.
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