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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEMunicipio de Chinautla

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Título del test:
Municipio de Chinautla

Descripción:
Test incompleto

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
27/01/2020

Categoría:
Ocio

Número preguntas: 48
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Temario:
La apertura de establecimientos, locales o instalaciones y la celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas cuando concurran las siguientes circunstancias: 1 Que carezcan de licencia o autorización o excedan de los límites de la misma. 2 Que no adopten, total o parcialmente, las medidas obligatorias de seguridad o salubridad, éstas no funcionen o lo hagan defectuosamente. Infracción LEVE Infracción GRAVE Infracción MUY GRAVE.
El incumplimiento de la obligación de tener suscrito el contrato de seguro exigido en la presente Ley, con su correspondiente póliza en vigor Infracción LEVE Infracción GRAVE Infracción MUY GRAVE.
La admisión en establecimientos, locales o instalaciones de espectadores o usuarios en número superior al previsto en su aforo oficial, lo que será suficiente para integrar una causa grave de riesgo para la seguridad de las personas o los bienes Infracción LEVE Infracción GRAVE Infracción MUY GRAVE.
La admisión de menores de dieciséis años en establecimientos públicos, locales e instalaciones en que lo tengan prohibido Infracción LEVE Infracción GRAVE Infracción MUY GRAVE.
Las actividades que impliquen prácticas incitadoras del consumo de bebidas alcohólicas en los términos previstos en el artículo 20.d) del presente texto legal Infracción LEVE Infracción GRAVE Infracción MUY GRAVE.
La negativa de acceso, o su obstaculización, a los agentes de la autoridad en el ejercicio de las funciones establecidas en la presente Ley Infracción LEVE Infracción GRAVE Infracción MUY GRAVE.
La celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas quebrantando la prohibición o la suspensión ordenadas por la autoridad competente Infracción LEVE Infracción GRAVE Infracción MUY GRAVE.
La comisión de una tercera infracción grave dentro del plazo de un año, que se sancionará como infracción muy grave, siempre que las sanciones hayan alcanzado firmeza. Infracción LEVE Infracción GRAVE Infracción MUY GRAVE.
La apertura de establecimientos, locales o instalaciones y la celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas careciendo de licencia o autorización, o excediendo de los límites de las mismas Infracción LEVE Infracción GRAVE Infracción MUY GRAVE.
La apertura de establecimientos, locales o instalaciones y la celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas que, aun contando con la correspondiente licencia o autorización, no adopten, total o parcialmente, las medidas de seguridad o salubridad obligatorias o cuando aquéllas no funcionen o lo hagan defectuosamente Infracción LEVE Infracción GRAVE Infracción MUY GRAVE.
La instalación, dentro de los establecimientos, locales o instalaciones, de cualquier tipo de venta, u otras actividades, sin obtener la licencia o autorización que fuera preceptiva Infracción LEVE Infracción GRAVE Infracción MUY GRAVE.
El incumplimiento de las condiciones de venta de las entradas y abonos Infracción LEVE Infracción GRAVE Infracción MUY GRAVE.
La suspensión del espectáculo público o actividad recreativa anunciados sin causa justificada o la modificación sustancial no autorizada del contenido del espectáculo público o actividad recreativa anunciada Infracción LEVE Infracción GRAVE Infracción MUY GRAVE.
Negarse a actuar, alterar la actuación programada o incumplir las normas establecidas para el desarrollo del espectáculo, salvo por causa de fuerza mayor o caso fortuito, resultando en estos casos responsable el artista que desarrolle las actuaciones reseñadas Infracción LEVE Infracción GRAVE Infracción MUY GRAVE.
El incumplimiento de las condiciones de insonorización de los establecimientos, locales e instalaciones Infracción LEVE Infracción GRAVE Infracción MUY GRAVE.
La utilización del derecho de admisión de forma discriminatoria o arbitraria Infracción LEVE Infracción GRAVE Infracción MUY GRAVE.
La realización de publicidad fraudulenta que pueda distorsionar la capacidad electiva del público Infracción LEVE Infracción GRAVE Infracción MUY GRAVE.
La utilización de datos o circunstancias falsos para la obtención de los documentos previstos por la presente Ley, siempre que no constituya infracción penal Infracción LEVE Infracción GRAVE Infracción MUY GRAVE.
La comisión de una tercera infracción leve dentro del plazo de un año, que se sancionará como infracción grave, siempre que las sanciones hayan alcanzado firmeza Infracción LEVE Infracción GRAVE Infracción MUY GRAVE.
El retraso en el comienzo o finalización de los espectáculos y actividades recreativas o el incumplimiento de los horarios de apertura y cierre de los locales en los que se desarrollen los mismos Infracción LEVE Infracción GRAVE Infracción MUY GRAVE.
La falta de respeto de los espectadores, asistentes o usuarios a los artistas, deportistas y demás actuantes, así como al resto del público o viceversa Infracción LEVE Infracción GRAVE Infracción MUY GRAVE.
El suministro de agua potable, electricidad o combustibles líquidos o gaseosos a los establecimientos, locales o instalaciones eventuales que no cuenten con la oportuna licencia o autorización o que hayan sido privados de la misma por resolución administrativa firme, recayendo la responsabilidad sobre la empresa suministradora Infracción LEVE Infracción GRAVE Infracción MUY GRAVE.
Todas aquellas infracciones que, no estando calificadas como graves o muy graves, constituyan incumplimientos de las obligaciones o vulneración de las prohibiciones establecidas en la presente Ley Infracción LEVE Infracción GRAVE Infracción MUY GRAVE.
Prescribe a los 6 meses Infracción LEVE Infracción GRAVE Infracción MUY GRAVE.
La falta de limpieza o higiene en aseos o servicios, así como el mal estado de los locales o instalaciones que produzca incomodidad manifiesta Infracción LEVE Infracción GRAVE Infracción MUY GRAVE.
El acceso del público a los escenarios, campos o lugares de actuación durante la celebración del espectáculo, salvo cuando esté expresamente previsto o venga exigido por la naturaleza de la actividad, siendo responsables, en este supuesto, los organizadores del espectáculo Infracción LEVE Infracción GRAVE Infracción MUY GRAVE.
Prescribe a los 2 años Infracción LEVE Infracción GRAVE Infracción MUY GRAVE.
Prescribe a los 3 años Infracción LEVE Infracción GRAVE Infracción MUY GRAVE.
Reducción del horario de cierre Sanción LEVE Sanción GRAVE Sanción MUY GRAVE.
Multa desde seis mil diez con veinte euros (6.010,20 euros) a sesenta mil ciento uno con veintiún euros (60.101,21 euros) Sanción LEVE Sanción GRAVE Sanción MUY GRAVE.
Decomiso de los bienes o animales relacionados con el espectáculo o actividad Sanción LEVE Sanción GRAVE Sanción MUY GRAVE.
Cierre provisional o suspensión temporal de la actividad por un tiempo máximo de tres meses Sanción LEVE Sanción GRAVE Sanción MUY GRAVE.
Precinto de las instalaciones desmontables, aparatos o instrumentos utilizados para el desarrollo de la actividad o realización de un espectáculo Sanción LEVE Sanción GRAVE Sanción MUY GRAVE.
Multa desde seiscientos uno con dos euros (601,02 euros) a seis mil diez con doce euros (6.010,12 euros) Sanción LEVE Sanción GRAVE Sanción MUY GRAVE.
Cierre provisional o suspensión temporal de la actividad por un tiempo máximo de un mes Sanción LEVE Sanción GRAVE Sanción MUY GRAVE.
Clausura definitiva del establecimiento, cese de la actividad y retirada de la licencia o de la autorización, sanción ésta que llevará aparejada la suspensión del suministro de agua potable, energía eléctrica y combustibles líquidos o gaseosos Sanción LEVE Sanción GRAVE Sanción MUY GRAVE.
Multa de hasta seiscientos uno con un euro (601,01 euros) y reducción del horario de cierre Sanción LEVE Sanción GRAVE Sanción MUY GRAVE.
Prescribe a los 3 años Sanción LEVE Sanción GRAVE Sanción MUY GRAVE.
Prescribe a los 2 años Sanción LEVE Sanción GRAVE Sanción MUY GRAVE.
Prescribe a los 1 año Sanción LEVE Sanción GRAVE Sanción MUY GRAVE.
Serán competentes para sancionar los concejos cuya población de derecho supere los .............. habitantes.
Podrán asumir la competencia para sancionar los concejos cuya población de derecho no supere la cifra de habitantes requerida, previo ............ del Consejo Asesor de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas del Principado de Asturias y sea acordado por .......... (Respuesta 1, Respuesta 2).
La Admin. del Principado de Asturias asumirá la competencia de tramitación y resolución de expedientes sancionadores en los siguientes casos:.
Plazo de tramitación de la autorización para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas.
Plazo máximo de tramitación de la licencia de apertura de las instalaciones eventuales, portátiles o desmontables.
Las licencias de apertura caducarán cuando la actividad no comience a ejercerse en el plazo señalado en la licencia o en su caso en ......., o cuando la actividad se paralice por un plazo superior a ........, salvo casos de fuerza mayor o fortuitos.
El procedimiento para la obtención de licencias se inspirará en el principio de:.
El plazo máximo para la obtención de licencias para las licencias municipales será de.....
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