1. La protección de los derechos de autor
Está en función de lo dispuesto en una sentencia firme
De configura a partir de la inscripción en el Registro
Corresponde a la Comunidad Autónoma del domicilio de su titular
Viene atribuida por el ministerio de la Ley
. 2. El derecho de autor
Hace referencia a las prerrogativas y privilegios de su creador
Excluye los privilegios exclusivos de carácter personal
Excluye los privilegios exclusivos de carácter patrimonial
Hace referencia a las prerrogativas y privilegios del tercero
. 3. Los programas de ordenador y las bases de datos
Son productos excluidos de las normas sobre propiedad intelectual Son productos que requiere un tratamiento marcadamente diferente
Tienen en común ser productos con un marcado carácter unitario
Incluyen un marco de protección respecto de las ideas que pueden incorporar. 4. La Directiva 2001/29/CE, de 22 de mayo Adapta su contenido a los compromisos derivados del TDA y del TIEF
Excluye de su contenido a los compromisos derivados del TDA y del TIEF
Adapta su contenido a los compromisos derivados del Convenio europeo sobre derechos de autor y derechos afines
Adapta su contenido a los compromisos del Convenio de París de 1883
. 5. Las limitaciones para garantizar la protección de los derechos de autor
No tienen la vinculación alguna con el objeto de los derechos de propiedad intelectual
Se fundan en la exclusión del objeto de los derechos de propiedad intelectual de las actividades de investigación Se fundan en la vinculación del objeto de los derechos de propiedad intelectual con el acceso a la cultura, la investigación y la información
Han desaparecido tras la entrada en vigor del TIEF
. 6. El art. 7 del Tratado de la OMPI sobre Derechos de Autor (TDA)
Atribuye a los autores de obras cinematográficas el derecho exclusivo el alquiler comercial al público de los ejemplares de su obra
Excluye a los autores de programas de ordenador del derecho exclusivo el alquiler comercial al público de los ejemplares de su obra
Incorpora los derechos de exclusividad desarrollados por las entidades gestoras
Atribuye a los artistas plásticos la exención fiscal fijada por la autoridad estatal correspondiente
. 7. El derecho exclusivo de reproducción
Excluye las reproducciones de carácter temporal
Está dirigido exclusivamente a los derechos vecinos
Comprende las reproducciones no perceptibles por los sentidos y de carácter temporal
Excluye las reproducciones no perceptibles por los sentidos
. 8. El Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución de Fonogramas de 19996 (TIEF)
Incorpora un mecanismo de protección de los terceros adquirentes
Excluye de su mecanismo de protección a los artistas intérpretes o ejecutanes
Excluye de su mecanismo de protección a los productores de fonogramas
Incorpora un mecanismo de protección respecto de los artistas intérpretes o ejecutantes y los productores de fonogramas
. 9. Las nuevas interactivas se caracterizan
Por el riguroso y eficaz sistema de protección que se dispensa a los derechos de autor
Por la imposibilidad de adaptación de las obras por los usuarios
Por la presencia de elementos que pueden alterar significativamente la configuración y alcance de los derechos morales
Por no suscitar riesgos para la efectividad de los derechos morales del autor
. 10. Se consideran patentables únicamente
Los programas de ordenador previamente homologados
Los equipos o aparatos que incluyen programas de ordenador
Los programas de ordenador de carácter técnico
Los equipos o aparatos que incluyen programas y los programas de ordenador de carácter técnico
. 11. La regulación básica de los derechos de autor descansa
En el Reglamento 627/2001, sobre armonización de los derechos de autor y los derechos vecinos
En el Convenio de París e 1883
En el Convenio de Berna de 1886
En el protocolo anexo al ADPIC sobre derechos de autor
. 12. El titular del derecho patrimonial sobre una base de datos
Tiene el derecho exclusivo de autorizar o prohibir su reproducción excluyendo la forma de expresión de la estructura de dicha base
Carece del derecho exclusivo de autorizar o prohibir su reproducción por estas excluido del ADPIC
Tiene el derecho exclusivo de autorizar o prohibir su reproducción, pero solo respecto de la forma de expresión de la estructura de dicha base
Tiene el derecho exclusivo de autorizar o prohibir su reproducción sin exclusión alguna
. 13. La competencia exclusiva del art. 22.4º RB I relativa a los litigios sobre la validez o la existencia de derechos de propiedad industrial
Esta modificada por la Directiva 2009/24 sobre protección jurídica de los programas de ordenador
Incluye también las controversias relativas a los derechos de autor
Incluye las controversias relativas a lo creación del derechos de autor peo no de su transmisión
No incluye controversias relativas a derechos de autor
. 14. La armonización comunitaria de las legislaciones sobre propiedad intelectual de los Estados miembros
Queda asegurada por el Reglamento 567/2003 sobre propiedad intelectual y derechos afines
Ha quedado incorporada al Marco Común de Derechos de Autor creado por el Tratado de Lisboa
Ha sido excluida expresamente por el Tratado de Lisboa
Se realiza a través de una serie de Directivas de contenido variado
. 15. La inscripción de una creación intelectual en el Registro
Tiene efectos de cosa juzgada
Tiene efectos constitutivos
Tiene efectos declarativos
Tiene efectos resolutivos
. La Directiva 2014/12/UE
a. armoniza ciertas normas de procedimiento
b. regula el tratamiento de la repercusión de sobrecostes, en particular la llamada defensa del passing on para que la compensación se limite al daño efectivamente sufrido
c. establece normas específicas en relación con el acceso a los documentos y archivos internos del demandado
d. Todas las respuestas anteriores son correctas
. Las nuevas tecnologías interactivas se caracterizan
a. Por la imposibilidad de adaptación de las obras por los usuarios
b. Por el riguroso y eficaz sistema de protección que se dispensa a los derechos de autor
c. Por no suscitar riesgos para la efectividad de los derechos morales del autor
d. Por la presencia elementos que pueden alterar significativamente la configuración y alcance de los derechos morales de los autores
.
|