NG - Derecho Internacional Privado - Primer Parcial
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Título del Test:
![]() NG - Derecho Internacional Privado - Primer Parcial Descripción: Siglo 21. Preguntero NG🍀vigente al 02/01/2026 |



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¿Cómo se llama cuando una persona lleva adelante una relación jurídica de manera extraterritorial, como, por ejemplo, la celebración de un contrato con una parte domiciliada en el extranjero?: Tráfico privado externo. Tráfico interno nacional. Jurisdicción internacional obligatoria. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones no es correcta?: Como consecuencia de la teoría del hecho, el derecho extranjero sería irrenunciable. La teoría del hecho permite reconocer efectos jurídicos de actos realizados fuera del país bajo ciertas condiciones. La teoría del hecho considera los actos jurídicos realizados en el extranjero según su efecto en la ley local. ¿Cuál de las siguientes características corresponde al método territorialista?: El juez aplica el derecho local. El juez aplica siempre la ley del domicilio de las partes. El juez aplica la ley del país de nacionalidad de los contratantes. ¿Cuál de las siguientes normas pertenecen al ámbito convencional de la Argentina?: El tratado de Montevideo de 1940. El Código Civil y Comercial de la Nación. La Ley de Sociedades 19.550. ¿Cuál de las siguientes opciones se encuentra entre las características propias del orden público internacional? Seleccione la opción correcta: Es esencialmente variable según los países y los tiempos. Es uniforme e inmutable en todos los países. Se aplica únicamente a los contratos comerciales internacionales. ¿Cuál de los siguientes es un requisito para que una sentencia extranjera tenga efectos en Argentina? (art 517 CPCCN): Que la sentencia sea compatible con otra con anterioridad, que se haya respetado el derecho de defensa de la demandada, y que no afecte el orden público. Que la sentencia siempre se dicte conforme a la ley argentina, sin considerar el derecho extranjero. Que la sentencia sea aprobada previamente por un juez argentino antes de dictarse en el extranjero. ¿Cuál de los siguientes métodos daría por resultado la existencia de tantos ordenamientos aplicables como jueces fuesen llamados a decidir?: El pluralismo de ordenamientos jurídicos es uno de los presupuestos del Derecho Internacional Privado. La unidad de ordenamiento jurídico, que aplica la misma ley en todo el mundo. El método territorialista, que aplica siempre la ley local sin considerar otras jurisdicciones. ¿Cuál de los siguientes métodos daría por resultado la existencia de tantos ordenamientos aplicables como jueces fuesen llamados a decidir?: Territorialista. Pluralismo de ordenamientos jurídicos. Unidad de ordenamiento jurídico. ¿Cuál es el elemento típico de la norma indirecta?: El punto de conexión. La jurisdicción del juez. La validez del acto jurídico. ¿Cuál es el Órgano encargado de velar por la aplicación de los instrumentos de política comercial común acordados por los estados parte para el funcionamiento de la unión aduanera?: La Comisión de comercio del Mercosur. El Parlamento del Mercosur. El Tribunal Permanente de Revisión del Mercosur. ¿Cuál es el principio que prevalece a los fines de determinar la jurisdicción en las acciones personales patrimoniales?: El domicilio. La nacionalidad de las partes. El lugar de celebración del contrato. ¿Cuáles de los siguientes son puntos de conexión personales? Seleccione 3(tres) respuestas correctas: Domicilio. Residencia habitual. Nacionalidad. Lugar de celebración del acto jurídico. Lugar de situación de los bienes. ¿Cuáles son las características del método indirecto? Indique la opción Incorrecta: Proporciona una solución material al caso. Dirige al juez a determinar cuál es la ley aplicable mediante un punto de conexión. No sustituye al juez en la aplicación de la ley, solo lo orienta. ¿Cuándo la aplicación de la ley extranjera es imposible de reclamar o admitir?: Cuando viola el orden público y las instrucciones del estado del lugar del proceso. Cuando la ley extranjera es diferente a la del domicilio del demandante. Cuando la ley extranjera se refiere a actos realizados fuera del país. ¿El derecho Internacional privado es un derecho científicamente autónomo?: Tiene autonomía científica, en tanto posea un objeto, contenidos y métodos propios. Tal es el caso del derecho internacional privado. No tiene autonomía científica, ya que siempre depende de la ley nacional aplicable. Es un derecho autónomo únicamente cuando se aplica en casos comerciales internacionales. ¿El Derecho Internacional Privado es un derecho científicamente autónomo?: Sí, porque posee un objeto, una finalidad y un método propio. No, porque siempre depende de la ley nacional aplicable. Solo lo es en materia de contratos internacionales. ¿En el período 1853-1963 la jerarquía de las fuentes se caracterizaba por?: La supremacía de la constitución y leyes sobre la dimensión convencional. La supremacía de los tratados internacionales sobre la Constitución. La igualdad entre leyes internas y tratados internacionales. ¿La codificación sigue siendo un fenómeno condicionante del Derecho Internacional Privado?: No. Actualmente este obstáculo se ha superado con la sanción del Nuevo CC. Con ello ha dejado de ser un elemento condicionante en la materia. Sí, porque la codificación limita la autonomía de la voluntad en los contratos internacionales. Sí, ya que sin codificación no se pueden aplicar normas extranjeras. ¿Qué diferencia existe entre las normas de jurisdicción directa y la jurisdicción indirecta?: Las primeras determinan si un juez es o no competente para entender en un caso internacional mientras que las segundas sirven solo para que en el estado requerido se evalué si se cumple la condición de que la decisión haya sido dictada por un Juez competente. Las normas de jurisdicción directa y las indirectas son equivalentes, ambas determinan la competencia del juez en todo caso. Las normas de jurisdicción directa solo se aplican a contratos internacionales, y las indirectas solo a sucesiones. ¿Que implica que nos encontremos con un caso iusprivatista internacional que debe ser resuelto en un Estado que adhiere al sistema territorialista?: Que el juez aplica el derecho local. Que el juez aplica la ley del país de nacionalidad de las partes. Que el juez aplica la ley del domicilio de las partes. ¿Qué implica que nos encontremos con un caso iusprivatista internacional que debe ser resuelto en un estado que adhiere al sistema extraterritorialista?: Que el juez acude a una técnica de integración que se denomina síntesis. Que el juez aplica únicamente la ley local del lugar de juicio. Que el juez debe aplicar la ley del domicilio de las partes sin considerar otras normas. ¿Qué prevé la Convención sobre normas generales respecto al problema de la calificación?: No lo regula expresamente. Establece criterios uniformes de calificación para todos los Estados parte. Obliga a aplicar la calificación del país de nacionalidad de las partes. ¿Qué puede expresarse en la Convención sobre Normas Generales respecto al problema de la calificación?: Que dicho problema no está regulado expresamente. Que se debe aplicar siempre la calificación de la ley del domicilio del demandante. Que se debe aplicar la calificación uniforme de todos los Estados parte. A los fines de determinar la jurisdicción en las acciones personales patrimoniales, el principio que prevalece es el de: El domicilio. La nacionalidad de las partes. El lugar de celebración del acto jurídico. A partir de la sanción del CCC y en referencia a cuando un derecho extranjero resulta aplicable, indique cuál de las siguientes opciones NO es correcta: El juez permite que las partes elijan el derecho del país a ser aplicado. El derecho extranjero solo se aplica si no contradice el orden público argentino. El juez puede reconocer efectos de normas extranjeras siempre que sean compatibles con la ley argentina. Ana y David se casaron en Argentina. Sin embargo, pidieron el divorcio en el extranjero, en su nuevo país de residencia. Interviene entonces un juez extranjero. En este caso, ¿Cómo es entendida la jurisdiccional?: Como la potestad que corresponde a los jueces de un Estado para conocer y resolver los casos que tienen por objetivos relaciones jurídicas privadas vinculadas con dos o más ordenamiento jurídico. Como la potestad exclusiva del país de celebración del matrimonio para resolver cualquier conflicto derivado. Como la aplicación automática de la ley del país de nacionalidad de los cónyuges. Ana y Soledad se encuentran vinculadas por una relación jurídica regulada por una norma de tipo directa. ¿Cuáles son estas normas por las que están vinculadas Ana y Soledad? Seleccione la opción correcta: Aquellas que brindan la solución al caso de Derecho Internacional Privado. Aquellas que solo indican el juez competente, sin resolver el fondo del caso. Aquellas que regulan únicamente los contratos celebrados dentro del país. Analía concurre a su estudio jurídico. Ha firmado un contrato internacional sobre un bien inmueble en Inglaterra y no realizaron acuerdo de elección de derecho aplicable. Se encuentra preocupada porque tiene miedo que se modifique el derecho aplicable causa de un reenvío. ¿Esto sería posible en el caso de Analía?: Sí, porque es considerado el orden jurídico del Estado donde se realiza el punto de conexión en su totalidad. No, porque siempre se aplica la ley del país donde se celebró el contrato, sin reenvíos. No, porque la ley argentina prevalece automáticamente sobre cualquier ley extranjera. Antes de la reforma constitucional de 1994, nuestro sistema era caracterizado por la doctrina como: Monista, nacionalista o moderado. Pluralista, internacionalista o expansivo. Extraterritorialista, universal o liberal. Argentina está interesada en ratificar un tratado internacional relativo a la restitución internacional de niños, siguiendo la concepción dualista. Para que pueda ser aplicado en el orden interno de un Estado, es necesario que dicho Estado. Seleccione la opción correcta: Lo apruebe ratifique y dicte una ley para su recepción interna. Solo lo firme sin necesidad de aprobarlo internamente. Que el tratado sea aprobado por la ONU para su aplicación interna. Calificar según la lex fori significa dar una solución al problema de las calificaciones aplicando las categorías propias de: El sistema jurídico del Estado al cual pertenece el juez que entiende en la causa. El sistema jurídico del país de nacionalidad de las partes. El sistema jurídico del lugar donde se celebró el acto o contrato. Claudia y Pablo celebraron su matrimonio en Argentina. Tiempo después tramitaron su divorcio en Uruguay. Al momento de determinar la jurisdicción competente, si resulta aplicable el criterio del paralelismo, el derecho será: El del país cuyo derecho resulte aplicable. Siempre el derecho del país donde se celebró el matrimonio. Siempre el derecho del país donde se tramita el divorcio. Claudia, domiciliada en argentina e Ivana, domiciliada en Paraguay celebra un contrato internacional y pacta la prórroga de jurisdicción. ¿Frente a que estamos en este caso?: Frente a una cláusula compromisoria. Frente a una norma de jurisdicción directa obligatoria. Frente a una elección de ley aplicable, pero sin efecto jurisdiccional. Como supuesto básico del reenvío, debe interpretarse que la norma de conflicto remite a: Cantidad de Derecho extranjero aplicable (reenvío). La ley nacional sin considerar normas extranjeras. Solo la ley del domicilio de las partes, sin reenvío. Como supuesto básico del reenvío, debe interpretarse que la norma de conflicto remite a: Al ordenamiento extranjero en su totalidad. Solo a la ley del domicilio de las partes. Solo a la ley del país donde se celebró el acto jurídico. Como supuesto básico del reenvío, debe interpretarse que la norma de conflicto remite a: Todo el orden jurídico del Estado donde se realiza el punto de conexión. Solo a la ley del domicilio de las partes. Solo a la ley del lugar de celebración del acto. Como supuesto básico del reenvío, debe interpretarse que la norma de conflicto remite a: Al ordenamiento extranjero en su totalidad. Entre las condiciones que la doctrina exige para que se produzca el reenvío, podemos mencionar la siguiente: Deben existir diversos sistemas nacionales de Derecho Internacional Privado. Solo se requiere que las partes tengan distinta nacionalidad. Basta con que el contrato se haya celebrado en el extranjero. Con el objeto de llevar adelante un proceso de integración regional supranacional, los estados partes deben: Ceder porciones de soberanía tendientes al funcionamiento de las instituciones del sistema regional. Mantener plena soberanía sin ceder competencias a ningún órgano supranacional. Aplicar únicamente sus leyes internas, sin considerar normas regionales. Con relación a la cuestión previa, se contraponen dos teorías. ¿Como se denominan estas dos teorías?: De la jerarquización y la equivalencia. De la subordinación y la supremacía. Del pluralismo y el monismo. Con relación a los diferentes modelos de integración, el Mercosur es un/una: Unión aduanera. Área de libre comercio. Mercado común con moneda única. Con relación al contenido del Derecho Internacional Privado, la doctrina germánica sostiene que el mismo se ocupa únicamente del problema de: El conflicto de leyes. La competencia judicial internacional. La aplicación de tratados internacionales de forma general. Con relación al contenido del Derecho Internacional Privado, la doctrina continental europea considera que las cuestiones más frecuentes e importantes se refieren a: La nacionalidad y la condición de los extranjeros. El comercio internacional y la libre competencia. La validez de los actos administrativos internacionales. Con relación al contenido del Derecho Internacional Privado, la doctrina francesa sostiene que junto al problema de leyes se debe incluir el: De las jurisdicciones. De los tratados comerciales internacionales. De la organización de organismos supranacionales. Con relación al contenido del Derecho Internacional Privado, las concepciones sustancialistas se remiten al estudio de las dimensiones: Normológica, sociológica y dikelógica. Económica, política y cultural. Territorial, jurisdiccional y procedimental. Conforme la concepción amplia acerca del contenido, en un contrato celebrado por una persona domiciliada en Brasil y una domiciliada en Argentina, deberían analizarse las siguientes materias: Jurisdicción, derecho aplicable y reconocimiento y ejecución de sentencias y laudos. Solo el derecho aplicable y la validez del contrato. Únicamente la ejecución del contrato en el país de celebración. Conforme la jerarquía constitucional de las normas en la República Argentina, en caso de suscitarse un conflicto sobre comercio internacional al cual es posible resolver aplicando normas de derecho interno (posterior) y un tratado internacional (anterior) ¿Qué norma aplicaría para la resolución del caso?: El tratado internacional porque a partir de la reforma constitucional a los mismos se les ha dado una jerarquía superior a las leyes. La ley interna posterior, porque siempre prevalece sobre normas extranjeras o internacionales. Ninguna, ya que se debe esperar una norma expresa que resuelva el conflicto. Cuál de las opciones no es válida en materia de la designación de árbitros en el protocolo de Olivos: Cada estado parte designará un árbitro. El árbitro debe ser imparcial y no tener intereses en el litigio. Las partes pueden acordar un árbitro único de común acuerdo entre los Estados involucrados. Cuando el pacto de prórroga de jurisdicción es simultáneo con la celebración del contrato cuya interpretación o ejecución desencadena el pleito, se denomina: Cláusula compromisoria. Cláusula de sumisión a la ley extranjera. Cláusula de reconocimiento de sentencias extranjeras. Cuando en un contrato se aseguran a uno o a otro de los contratantes alguna ventaja, independiente de toda prestación a su cargo, estamos hablando de un contrato: Contrato gratuito. Contrato oneroso. Contrato aleatorio. Cuando hablamos del elemento extranjero de un caso de Derecho Internacional Privado, esto implica que debe vincularse a través de: Al menos uno de sus elementos personales, reales o voluntarios con el derecho de un estado extranjero. Únicamente con la nacionalidad de las partes involucradas. Solo con el lugar de celebración del acto jurídico. Cuando los particulares evaden el derecho normalmente competente y logran la aplicación de otro más favorable, mediante la alteración voluntaria y maliciosa del punto de conexión de la norma indirecta, estamos frente a: El fraude a la ley. La elusión contractual. La autonomía de la voluntad. Cuando una sentencia dictada en Francia, pretende ser ejecutada en Argentina, estamos frente a: El grado más alto de la cooperación judicial internacional. Una simple notificación transfronteriza. Un conflicto de leyes aplicable únicamente en el país de origen de la sentencia. De acuerdo a la teoría del uso jurídico sostenida por Goldschmidt, la interpretación del derecho extranjero debe ser realizada teniendo en cuenta: Los mismos elementos que utilizaría el juez extranjero si tuviera que dictar sentencia en el mismo caso. Únicamente los elementos del derecho nacional del juez que conoce el caso. Solo la intención de las partes del contrato internacional. De acuerdo a la teoría del uso jurídico, la interpretación del derecho extranjero debe ser realizada teniendo en cuenta: Los mismos elementos que utilizaría el juez extranjero si tuviera que dictar sentencia en el mismo caso. Solo las normas internas del país donde se tramita el juicio. Únicamente la voluntad de las partes, sin considerar normas extranjeras. De acuerdo con el texto del Art. 13 del CCC y su nota, el derecho extranjero es: Un hecho que debe ser alegado y probado por la parte interesada. Una norma que el juez aplica de oficio sin necesidad de prueba. Siempre superior a la ley nacional, independientemente de su alegación. De acuerdo con el tratado de Asunción, la conducción política y la toma de decisiones para garantizar el cumplimiento de los objetivos y plazos para la conformación definitiva del mercado común, corresponde dentro del ámbito del Mercosur a: El consejo del Mercado Común. La Comisión de Comercio del Mercosur. El Parlamento del Mercosur. De acuerdo con Kaller de Orchansky, antes de la reforma constitucional de 1994, nuestro sistema era caracterizado por la doctrina como: Monista, nacionalista o moderado. Pluralista, internacionalista o expansivo. Extraterritorialista, universal o liberal. De acuerdo con Kaller de Orchansky, el objeto del Derecho Internacional Privado consiste esencialmente en regular las relaciones: Jurídico-privadas con elementos nacionales y extranjeros. Entre Estados y organismos internacionales. Comerciales exclusivamente, sin importar elementos extranjeros. De acuerdo con la concepción monista, los tratados internacionales son: Una fuente de vigencia de las reglas jurídicas en ellas contenidas. Normas solo recomendativas sin efectos jurídicos internos. Exclusivamente instrumentos de política exterior, sin valor jurídico propio. De acuerdo con la concepción monista, los tratados internacionales son: Una fuente de carácter interpretativo, junto con la jurisprudencia y la doctrina. Normas que carecen de aplicación directa en el derecho interno. Solo instrumentos de política exterior sin efectos jurídicos propios. De acuerdo con la Teoría del Uso Jurídico, cuando la norma indirecta de importación indica como aplicable el derecho extranjero, refiere a su/s dimensión/es: Normológica y sociológica. Económica y política. Territorial y procedimental. De acuerdo con Orchansky (1991), en la consecución de su objeto, el Derecho Internacional Privado persigue como finalidad superior: Realizar la justicia dentro de la comunidad nacional. Garantizar exclusivamente la supremacía del derecho extranjero. Regular únicamente el comercio internacional entre Estados. De las siguientes características, seleccione la que no pertenece al fenómeno de la globalización actual: Capacidad de homogeneización político-institucional. Interconexión económica y tecnológica a nivel mundial. Movilidad internacional de capitales y personas. De las siguientes etapas no corresponde al procedimiento de solución de controversias previsto por el protocolo de Olivos en el ámbito del Mercosur: Intervención de las cortes supremas nacionales. Negociación directa entre los Estados partes. Sumisión a un panel arbitral designado por los Estados involucrados. De las siguientes opciones seleccione aquella que no esté incluida en las materias de Derecho Internacional Privado: El derecho fiscal internacional. La capacidad e incapacidad de las personas. La validez de los actos jurídicos y contratos internacionales. De las tres cuestiones esenciales en torno a las cuales se desenvuelve el derecho internacional privado, el sistema inglés o anglosajón considera que las cuestiones más frecuentes e importantes se refieren a: Los conflictos de jurisdicción antes que en los de leyes. Los conflictos de leyes antes que en los de jurisdicción. La aplicación de tratados internacionales antes que cualquier otro conflicto. De los distintos criterios previstos por el Art. 14, no se relaciona estrictamente con el concepto de Orden Público aquél que excluye la aplicación de la ley extranjera cuando: Las leyes del Código son más favorables a la validez de los actos. La ley extranjera viola normas fundamentales de la República Argentina. La aplicación de la ley extranjera resulta contraria a principios esenciales de justicia. De los requisitos que se enumeran a continuación, indique cuál de los mismos no se corresponde a las condiciones para la existencia de fraude a la ley: Alteración mediante la utilización de un procedimiento técnicamente irregular del punto de conexión. Evitación deliberada del derecho normalmente competente. Logro de la aplicación de un derecho más favorable mediante maniobra maliciosa. De los siguientes ejemplos, indique cual refiere a un problema básico del Derecho Internacional Privado: La dispersión legislativa, la incompleta codificación, la falta de uniformidad y unificación normativa en la comunidad internacional. La regulación interna de impuestos locales. La organización de elecciones nacionales. De los siguientes organismos, no fue previsto por el tratado de Asunción: El Foro Consultivo Económico y Social. El Consejo del Mercado Común. La Comisión de Comercio del Mercosur. Dentro del sistema de fuentes jurídicas del Mercosur ¿Cuál de los siguientes...? Seleccione las 4 (cuatro) respuestas correctas: El Protocolo de Olivo. El Tratado de Asunción. El Protocolo de Ouro Preto. Las decisiones del Consejo del Mercado Común. Los anexos del Tratado de Asunción. Dentro del sistema de fuentes jurídicas del Mercosur, ¿cuál de los siguientes instrumentos normativos NO forma parte de su derecho originario o primario?: Las decisiones del consejo del mercado común. El Tratado de Asunción. El Protocolo de Ouro Preto. Diferencia entre fórum necessitatis y fórum non conveniens: Fórum necessitatis juez no es competente), asume la jurisdicción p/evitar una consecuencia no deseable. Fórum non conveniens, el juez ante el que se presenta la demanda es competente, pero opina que su jurisd. no es conveniente, declina su competencia (por razones de prueba). Fórum necessitatis: se aplica solo en materia penal. Fórum non conveniens: se aplica solo en contratos comerciales. Fórum necessitatis: juez declina su competencia por conveniencia. Fórum non conveniens: juez no es competente y debe asumir la jurisdicción. El “reconocimiento de actos y decisiones”: Es el grado más alto de la cooperación judicial internacional. Es un procedimiento exclusivo de notificación de demandas. Solo se aplica a actos comerciales entre empresas extranjeras. El acuerdo de las partes para adjudicar jurisdicción internacional a los jueces de un país que no la tiene, se denomina: Principio de interdependencia. Cláusula de reconocimiento de sentencias extranjeras. Principio de autonomía de la voluntad limitada. El acuerdo de las partes para adjudicar jurisdicción internacional a los jueces de un país que no la tiene, se denomina: Prórroga de jurisdicción. Cláusula compromisoria. Principio de interdependencia. El arbitraje es voluntario cuando: Es producto de un compromiso arbitral. Es impuesto por la ley sin acuerdo de las partes. Se aplica únicamente en casos penales internacionales. El art 35 del Protocolo de Las Leñas establece que "no restringirá las disposiciones de las convenciones que sobre la misma materia hubieran sido suscriptas anteriormente entre los Estados parte en tanto sean más beneficiosas para la cooperación". Se trata de: Una cláusula de compatibilidad. Una cláusula de exclusión normativa. Una cláusula de jurisdicción obligatoria. El art. 1216 del CCC expresa: "Si el deudor tuviere su domicilio o residencia en la República y el contrato debiese cumplirse fuera de ella, el acreedor podrá demandarlo ante los jueces de su domicilio o ante los del lugar de cumplimiento del contrato, aunque el deudor no se hallase allí", el mismo puede ser considerado como una norma: De jurisdicción internacional que utiliza foros concurrentes. De derecho aplicable exclusivamente al contrato local. De jurisdicción internacional exclusiva, sin posibilidad de elección de foro. El Art. 124 de la Ley de Sociedades Comerciales establece: La sociedad constituida en el extranjero que tenga su sede en la República o su principal objeto esté destinado a cumplirse en la misma, será considerada como sociedad local a los efectos del cumplimiento de las formalidades de constitución o de su reforma y contralor de funcionamiento". Dicha norma es considerada como: De policía de fuente interna. Una norma de jurisdicción internacional exclusiva. Una norma de derecho internacional público. El art. 124 de la Ley de Sociedades Comerciales, que tipo de norma es: Internacional Imperativa. De jurisdicción nacional meramente supletoria. De derecho comparado sin efectos obligatorios. El art. 13 del CCC: El Código Civil argentino impone a las partes la carga de alegar y probar el derecho extranjero. Señala el Art. 13 que la aplicación de las leyes extranjeras, en los casos en que este código la autoriza, nunca tendrá lugar sino a solicitud de parte interesada, a cuyo cargo será la prueba de la existencia de dichas leyes. La ley extranjera se presume conocida y se aplica automáticamente, sin solicitud de parte. El juez aplica de oficio cualquier derecho extranjero sin necesidad de prueba. El art. 23 del TDCM de 1889 establece: "La hipoteca legal que las leyes acuerdan a los incapaces, sólo tendrá efecto cuando la ley del Estado en el cual se ejerce el cargo de tutor o curador, concuerde con la de aquel en que se hallan situados los bienes afectados por ella." Dicha norma es considerada como: Una norma de policía de fuente convencional. Una norma de derecho internacional público de aplicación obligatoria. Una norma supletoria de derecho interno sin efectos internacionales. El art. 3285 del C.C. plantea un supuesto de jurisdicción concurrente porque: Las acciones deben dirigirse al domicilio del heredero, después de que hubiese aceptado la herencia. Las acciones solo pueden dirigirse al lugar de apertura del testamento. Las acciones deben dirigirse exclusivamente al tribunal del país donde se encuentran los bienes. El art. 7 de la Convención Interamericana sobre derecho aplicable a los contratos internacionales (México 1994) dispone: "El contrato se rige por el derecho elegido por las partes. El acuerdo de las partes debe ser expreso o, en caso de ausencia de acuerdo expreso, debe desprenderse en forma evidente de la conducta de las partes y de las cláusulas contractuales, consideradas en su conjunto. Dicha elección podrá referirse a la totalidad del contrato o a una parte del mismo. La selección de un determinado foro por las partes no entraña necesariamente la elección del derecho aplicable". Indique si se trata de una norma: Indirecta con punto de conexión simple y una norma directa. Directa de jurisdicción internacional sin norma de conflicto. Norma supletoria de derecho interno sin efecto internacional. El art. 9 de la Convención Interamericana sobre derecho aplicable a los contratos internacionales (México 1994) expresa: "Si las partes no hubieran elegido el derecho aplicable, o su elección resultara ineficaz, el contrato se regirá por el derecho del Estado con el cual tenga los vínculos más estrechos", determine si la disposición se trata de una norma: Indirecta con puntos de conexión múltiples de aplicación subsidiaria. Directa de jurisdicción obligatoria para todos los contratos internacionales. Norma supletoria de derecho interno sin relevancia internacional. El auge de la Cooperación Judicial Internacional es reforzado mediante la Convención de Nueva York sobre Ejecución de Sentencias Arbitrales, mediante la cual (Seleccione la opción correcta): Un gran número de estados asumen la obligación de ejecutar lo que un árbitro o tribunal arbitral deciden fuera de su jurisdicción. Se limita exclusivamente a la notificación de demandas internacionales. Obliga a los estados a reconocer solo sentencias judiciales nacionales, sin efecto sobre el arbitraje. El Código Civil Argentino: Contiene un criterio orientador para que el juez pueda dar contenido al concepto de orden público internacional. Establece la obligatoriedad de aplicar cualquier derecho extranjero sin restricciones. Limita el orden público internacional únicamente a cuestiones penales. El concepto de orden público internacional funciona como límite a la aplicación de: Del derecho extranjero. Del derecho local en todos los casos sin excepción. De normas internacionales de carácter obligatorio únicamente. El Consejo del Mercado Común del Mercosur se integra por: Los Ministros de Relaciones Exteriores y de Economía de los países socios. Los presidentes de los Bancos Centrales de los países miembros. Los Embajadores ante la ONU de los Estados parte. El Consejo del Mercado Común del Mercosur se integra por: Los ministros de relaciones exteriores y de economía -o sus equivalentes- de los Estados partes. Los Presidentes de los Bancos Centrales de los Estados parte. Los Embajadores de los Estados parte ante organismos internacionales. El Consejo del Mercado Común del Mercosur se integra por: Los Ministros de Relaciones Exteriores y de Economía de los países socios, previéndose la participación de los presidentes de los Estados Partes, aunque sea una vez por año. Solo los Presidentes de los Estados Parte, sin participación ministerial. Los Embajadores de los Estados Parte ante la ONU, sin participación de ministros. El Consejo del Mercado Común se pronuncia mediante: Decisiones. Recomendaciones. Directivas. El contenido del Derecho Internacional Privado está compuesto por: Jurisdicción internacional; derecho aplicable a las relaciones jurídicas privadas internacionales y el reconocimiento de actos y decisiones extranjeras. Nacionalidad, extranjería y derecho fiscal internacional comparado. Derecho constitucional internacional, derecho procesal internacional y cooperación penal internacional. El Convenio de La Haya sobre Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores se aplica a todo menor: Persona que no haya cumplido los 18 años. Persona que no haya cumplido los 16 años y tenga residencia habitual en el Estado requirente. Persona menor de edad conforme a la ley nacional del Estado donde se produjo la sustracción. El Convenio de La Haya sobre Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores se aplica a todo menor: Que tuviera su residencia habitual en un Estado contratante inmediatamente antes de la infracción de los derechos de custodia o de visita. Que sea nacional de un Estado contratante al momento de iniciarse el procedimiento de restitución. Que se encuentre físicamente en el territorio del Estado requirente al momento de la demanda, con independencia de su residencia habitual. El Convenio entre la República Argentina y la República Oriental del Uruguay sobre aplicación e información del derecho extranjero, recepta: La Teoría del uso jurídico de Goldschmidt, que es la doctrina receptada por las Convenciones Interamericanas de Montevideo de 1.979. La teoría del derecho extranjero como un hecho puro, cuya prueba queda exclusivamente sujeta a la discrecionalidad judicial. La teoría del derecho extranjero como derecho interno, conforme a la concepción territorialista clásica. El criterio del favor negotii aplicable a la relación entre dos tratados, le asigna primicia a aquél que resulta más favorable a: La validez de la institución. La competencia exclusiva del juez del lugar de ejecución del acto. La aplicación del derecho interno del Estado que primero ratificó el tratado. El criterio del favor negotii aplicable a la relación entre dos tratados, le asigna primicia a aquél que resulta más favorable a: La validez de compatibilidad. La jerarquía normativa del tratado posterior. La soberanía legislativa del Estado aplicador. El derecho Internacional autónomo se caracteriza por su gran: Dispersión de insuficiencia. Uniformidad normativa entre los Estados. Centralización legislativa supranacional. El Derecho Internacional Privado actual se caracteriza por: Reconocer que la reglamentación de los casos mixtos puede alcanzarse mediante la pluralidad de métodos. Limitarse exclusivamente al método territorialista para la solución de los casos internacionales. Rechazar la coexistencia de normas directas e indirectas dentro del sistema jurídico. El elemento de la relación jurídica de carácter extranjero puede ser: Personal, Real, Conductista o Voluntario. Únicamente personal o real, quedando excluidos los elementos voluntarios. Exclusivamente territorial, siempre vinculado al lugar de celebración del acto. El fenómeno por el cual un individuo perteneciente a una sociedad adquiere un bien situado en otro, o contrata con otro individuo perteneciente a una sociedad distinta, o contrae matrimonio fuera de su patria, se denomina: Interpenetración. Tráfico jurídico interno. Extraterritorialidad normativa. El forum non conveniens se configura cuando la demanda se presenta ante: Un juez que es competente pero no resulta el más apropiado para resolver el caso en razón de las circunstancias particulares del mismo que el propio juez debe valorar. Un juez absolutamente incompetente que debe rechazar la demanda de oficio. Un juez que asume jurisdicción de manera excepcional para evitar una denegación de justicia (forum necessitatis). El fórum non conveniens se configura cuando la demanda se presenta ante: El juez internacionalmente competente, pero éste declina su competencia porque está convencido de que su competencia no es conveniente. El juez que carece absolutamente de competencia internacional y por ello rechaza la demanda sin analizar el fondo. El juez que, aun no siendo competente, asume jurisdicción para evitar una denegación de justicia (fórum necessitatis). El instituto del reenvío: Está receptado por el código civil y comercial en su art 2596. Se encuentra expresamente prohibido por el Código Civil y Comercial para evitar conflictos de leyes. Solo es admitido en el derecho convencional y nunca en el derecho interno argentino. El método "indirecto" consiste en someter la relación jurídico-privada internacional a: Otro ordenamiento (extranjero o propio, según se trate de normas indirectas de importación o exportación). Una solución material directa prevista por normas sustantivas internacionales uniformes. Exclusivamente al derecho del juez que entiende en la causa, sin remisión a otros ordenamientos. El método "indirecto" consiste en someter la relación jurídico-privada internacional a: Las normas indirectas o de conflicto son aquellas que en su tipo legal describen un caso jusprivatista multinacional, pero que en su consecuencia jurídica no dan la solución al mismo, sino que remiten a otro ordenamiento (extranjero o propio, según se trate de normas indirectas de importación o exportación). Normas materiales internacionales que resuelven directamente el conflicto mediante una solución sustantiva uniforme. Normas de policía del foro que excluyen la aplicación de cualquier derecho extranjero. El método "indirecto" se caracteriza por ser: Extraterritorialista y fragmentario. Territorialista y unitario. Sustancialista y material. El método directo propicia la celebración de tratados internacionales a fin de lograr: La vigencia supraestatal de soluciones directas para los casos internacionales. La determinación del derecho aplicable mediante puntos de conexión personales y reales. La aplicación prioritaria del derecho interno del juez que entiende en la causa. El método directo propicia la celebración de tratados internacionales a fin de lograr: Solución sustantiva y material. La remisión a un ordenamiento extranjero a través de normas de conflicto. La determinación de la jurisdicción competente mediante foros concurrentes o exclusivos. El método directo propicia la celebración de tratados internacionales a fin de lograr: Propicia que para solucionar los casos jusprivatistas mixtos hay que elaborar una norma directa o sustantiva que resuelva el caso a través de un derecho uniforme. Se vale de normas directas o materiales. El método directo o material corresponde a una concepción nueva que propicia un ordenamiento material y uniforme para las relaciones con elementos extranjeros. Establecer criterios de conexión indirectos que permitan remitir la solución del caso al derecho interno del Estado más vinculado, priorizando la lex fori como regla general. Lograr la armonización de los sistemas jurídicos mediante normas de conflicto que determinen la ley aplicable a cada relación con elemento extranjero, respetando la diversidad legislativa de los Estados. El método indirecto se desarrolla a través de: Normas de conflicto. Normas materiales uniformes. Reglas sustantivas internas. El método territorialista consiste en: Regular las relaciones jurídico-privadas internacionales con el derecho privado que rige las relaciones jurídico-privadas nacionales. Someter las relaciones jurídico-privadas internacionales al derecho extranjero más estrechamente vinculado al caso, mediante la aplicación de normas de conflicto. Unificar materialmente las soluciones jurídicas a través de tratados internacionales que establecen normas sustantivas comunes para los casos con elementos extranjeros. El modelo de integración que se caracteriza por establecer un arancel externo común en sus relaciones con los países extra-zona, se denomina: Unión aduanera. Zona de libre comercio. Mercado común. El modelo de integración que se caracteriza por la libre movilidad de bienes, servicios y factores productivos se denomina: Mercado Común. Unión aduanera. Zona de libre comercio. El objeto del Derecho Internacional Privado consiste en regular las relaciones jurídico- privadas: También entendida como casos jurisprivatistas con elementos extranjeros. Regular exclusivamente las relaciones jurídicas entre Estados soberanos y los sujetos del Derecho Internacional Público. Determinar la organización y funcionamiento de los organismos internacionales y los mecanismos de cooperación interestatal en el plano político y diplomático. El objeto del Derecho Internacional Privado consiste en regular las relaciones jurídico - privadas: Internacionales con elementos extranjeros. Internacionales entre Estados soberanos. Públicas con sujetos del Derecho Internacional Público. El orden público es: Esencialmente variable según los países y los tiempos. Absolutamente inmutable en todos los Estados. Uniforme y permanente en el derecho internacional. El orden público que impide la aplicación del derecho extranjero, está consagrado por el código civil y comercial: De forma expresa en su art. 2.600. De manera implícita a través de las normas de conflicto. De forma expresa en el artículo 2.594. El principio de independencia referido a la jurisdicción internacional, significa que: Los tribunales de un estado consideran exclusiva y excluyente su jurisdicción en causas propias y se declaran incompetentes en causas que juzgan ajenas. Los tribunales de un Estado aceptan automáticamente la jurisdicción extranjera cuando existe un elemento internacional en el caso. Los tribunales de distintos Estados pueden ejercer simultáneamente su jurisdicción sobre una misma causa sin limitaciones. El Protocolo Santa María establece como regla general básica de jurisdicción internacional: Determinar la jurisdicción internacional en materia de relaciones de consumo derivadas de contratos en que uno de los contratantes sea un consumidor. Determinar la ley aplicable a las relaciones de consumo internacionales mediante normas materiales uniformes para los contratos celebrados entre proveedores. Establecer reglas de competencia exclusiva a favor de los tribunales del Estado del proveedor en todos los contratos internacionales de consumo. El punto de conexión de la norma indirecta es acumulativo cuando remite a la aplicación: De varios derechos a una sola cuestión, cuyas soluciones deben coincidir. De distintos derechos de forma alternativa, bastando la aplicación de uno de ellos para resolver la cuestión. De un solo derecho a varias cuestiones jurídicas, resolviéndose cada una de manera independiente. El punto de conexión de la norma indirecta es alternativo cuando: Cualquiera de las conexiones puede operar para determinar la ley aplicable. Todas las conexiones deben operar simultáneamente para determinar la ley aplicable. La conexión principal excluye de manera absoluta a las restantes. El reenvío: Queda siempre descartado cuando el derecho es elegido por las partes. Opera necesariamente aun cuando el derecho es elegido por las partes. Se aplica únicamente cuando la elección de derecho es expresa. El requisito sustancial para reconocer una sentencia extranjera significa: No afectar los principios del orden público argentino. Ajustarse íntegramente a las normas procesales argentinas. Haber sido dictada por un tribunal argentino competente. El sistema del Mercosur: (seleccione la opción correcta): Es intergubernamental. Supranacional. Federal. El sistema del Mercosur: Ha producido mutaciones sustanciales en el sistema jurídico de los Estados involucrados al modificarse el cuadro de las fuentes jurídicas de que se nutre el DIP. No ha generado cambios relevantes en los sistemas jurídicos internos, manteniéndose inalteradas las fuentes tradicionales del DIP. Ha reemplazado completamente el derecho interno de los Estados miembros por un ordenamiento jurídico supranacional único. El tratado de Montevideo 1940 prórroga jurisdicción: Si después de promovida la acción, el demandado la admite voluntariamente, siempre que se trate de acciones referentes a derechos personales patrimoniales. Cuando la prórroga de jurisdicción se pacta anticipadamente en el contrato, aun tratándose de derechos reales. Si el demandado comparece forzadamente al proceso, cualquiera sea la naturaleza de la acción ejercida. En Argentina, la dimensión autónoma se caracteriza por el hecho de que las normas de DIP que la constituyen: Se encuentran desperdigadas en diferentes códigos sustanciales, procesales y leyes especiales. Se concentran de manera exclusiva en un único código de Derecho Internacional Privado. Se hallan únicamente en los tratados internacionales ratificados por la República Argentina. En Argentina, le toca a un juez de primera instancia resolver un caso iusprivatista internacional. ¿Qué significa este hecho? (seleccione la opción correcta): Constituye un hecho sobre el que todo el mundo puede informarse de modo auténtico. Constituye una circunstancia que sólo puede acreditarse mediante prueba producida por las partes. Representa un hecho interno del proceso que no admite verificación objetiva por terceros. En cuanto a la aplicación del derecho extranjero, el art. 377 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación establece: En cuanto a la aplicación del derecho extranjero, el art. 377 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación establece el sistema mixto simultáneo. En cuanto a la aplicación del derecho extranjero, el art. 377 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación establece el sistema dispositivo puro. En cuanto a la aplicación del derecho extranjero, el art. 377 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación consagra el sistema inquisitivo exclusivo. En cuanto a la aplicación del derecho extranjero, el Código civil y comercial modifica sustancialmente la previsión del art. 13 derogado. A partir de la reforma, se adopta: La teoría del uso jurídico de Goldschmidt. La teoría de la recepción automática del derecho extranjero. La teoría de la aplicación facultativa del derecho extranjero por el juez. En cuanto a la naturaleza del derecho extranjero, una de las posturas sostiene que este es un hecho. Por lo tanto: Quién lo alegue debe probarlo. El juez debe conocerlo de oficio sin necesidad de alegación. Su contenido se presume conocido por las partes. En cuanto a las fuentes del Derecho Internacional Privado, al hablar de aquellas de donde emanan o derivan las reglas jurídicas de una disciplina hacemos referencia a: Las fuentes de vigencia o generadoras. Las fuentes de interpretación. Las fuentes formales secundarias. En cuanto a los efectos patrimoniales del matrimonio, según el Código Civil y Comercial de la Nación, en defecto de convenciones matrimoniales rige: La ley del primer domicilio conyugal. La ley del domicilio actual de los cónyuges. La ley de la nacionalidad común de los esposos. En cuanto a los efectos patrimoniales del matrimonio, según el Código Civil y Comercial de la Nación, dispone que en el supuesto de cambio de domicilio a la república: Los cónyuges pueden hacer constar su opción por la aplicación del derecho argentino. Los cónyuges quedan obligatoriamente sometidos al derecho argentino sin posibilidad de opción. Los cónyuges deben solicitar autorización judicial previa para cambiar la ley aplicable. En cuanto al reconocimiento/ejecución de actos y decisiones, que la decisión sea acorde al orden público internacional del Estado requerido es requisito: Sustancial. Formal. Procesal. En cuanto al reenvío a partir de la reforma del Código Civil y Comercial frente a la autonomía de la voluntad ejercida por las partes: Se rechaza el reenvío. Se admite el reenvío. Se impone el reenvío obligatorio. En el año 1994, la Corte Suprema de Justicia de la Nación se pronuncia por la Tesis restringida o diferencial en materia de inmunidad de jurisdicción en el caso: Manauta, José c/ Embajada Rusa. García, Luis c/ Consulado Británico. Pérez, Ana c/ Embajada de Francia. En el caso de que resulte aplicable el artículo 2650 del Código Civil y Comercial por el que se establecen como competentes para conocer en las acciones resultantes de un contrato, a opción de actor, tanto los jueces del domicilio o residencia habitual del demandado, como los jueces del lugar de cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales, ¿frente a qué tipo de foro nos encontramos?: Foro concurrente. Foro exclusivo. Foro facultativo. En el caso de que se encuentre en conflicto la validez de las inscripciones practicadas en un registro público resultaría competente el juez argentino, porque: El país reivindica para si la jurisdicción con fundamento en el orden público internacional. El país reconoce la jurisdicción extranjera de manera automática. El juez aplica la ley extranjera sin considerar el orden público. En el caso de que un Estado Extranjero debe ser juzgado por tribunales argentinos, puede invocar inmunidad de jurisdicción cuando: Realice actos en ejercicio de su potestad de imperio. Realice actos privados sin relación con su autoridad estatal. Celebre contratos comerciales internacionales. En el caso de un contrato internacional en el que el derecho aplicable se designa a través de una norma indirecta, para que el derecho extranjero indicado en la consecuencia jurídica de la norma indirecta pueda aplicarse es necesario que: El derecho indicado no vulnere los principios de orden público internacional del juez que entiende en la causa. El derecho extranjero pueda ser modificado por el juez de acuerdo con normas internas. El derecho indicado se aplique automáticamente sin considerar el orden público del juez. En el Derecho Internacional Privado, son objeto de estudio: La relación jurídica privada internacional, también entendida como casos jusprivatistas con elementos extranjeros. Las relaciones jurídicas públicas internacionales entre Estados soberanos. Las normas de derecho interno sin elementos extranjeros. En el Derecho Internacional Privado, son objeto de estudio: Las normas directas, indirectas y de policía. Solo las normas de derecho interno. Exclusivamente los tratados internacionales. En el Derecho Interno argentino la prórroga de jurisdicción a favor de árbitros o jueces extranjeros puede verificarse: En asuntos exclusivamente patrimoniales y de índole internacional. En asuntos de cualquier naturaleza, sin importar su carácter patrimonial o nacional. Solo en cuestiones internas sin elementos internacionales. En el Derecho Interno argentino la prórroga de jurisdicción puede verificarse: En asuntos exclusivamente patrimoniales y de índole internacional, que no esté prohibido por ley, y que no exista jurisdicción exclusiva por parte de los tribunales argentinos. Solo en cuestiones no patrimoniales o de carácter estrictamente interno. En cualquier asunto, aunque esté prohibido por ley o exista jurisdicción exclusiva argentina. En el Derecho Interno la prórroga de jurisdicción puede verificarse: De lo transcrito se desprende que los requisitos son los siguientes: Que se trate de asuntos de índole patrimonial, que se trate de una cuestión objetivamente internacional, que la prórroga no esté prohibida por ley, que no exista jurisdicción exclusiva por parte de los tribunales argentinos. Que se trate de asuntos de cualquier índole, sin importar la naturaleza internacional o patrimonial, y aunque exista jurisdicción exclusiva argentina. Que la prórroga esté prohibida por ley y que la cuestión no tenga carácter internacional. En el fallo "Ekmedjian Miguel Angel c/ Sofovich Gerardo y otros" dictado por la corte suprema de justicia de la nación en 1992, se sostuvo que: Los tratados internacionales tienen jerarquía superior a las leyes. Los tratados internacionales tienen igual jerarquía que las leyes. Las leyes nacionales prevalecen siempre sobre los tratados internacionales. En el grupo Mercado Común deben estar representados: Los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Economía, y los bancos centrales de los Estados parte. Solo los Ministerios de Economía de los Estados parte. Únicamente los tribunales nacionales y los organismos judiciales supranacionales. En el marco de la dinámica de la norma indirecta, los puntos de conexión forman parte de las características: Positivas de la consecuencia jurídica. Negativas de la norma general. Sustantivas de la disposición interna. En el marco del Derecho Internacional Privado, el fenómeno de la extraterritorialidad consiste en: La penetración del derecho extranjero en el territorio patrio y su aplicación por parte de los jueces nacionales. La aplicación exclusiva del derecho nacional, sin considerar normas extranjeras. La exclusión total del derecho extranjero en las relaciones internacionales. En el marco del Mercosur la intervención del grupo mercado común en el procedimiento de solución de controversias es: Voluntaria siempre que exista acuerdo entre los estados en conflicto. Obligatoria, independientemente de la voluntad de los Estados en conflicto. Limitada únicamente a cuestiones comerciales sin aplicación a otros ámbitos. En el marco del Mercosur, cual emana el Tratado de Asunción, Protocolo de Oruro Preto, Protocolo de Brasilia: Derecho originario. Requieren ser incorporadas conforme el mecanismo en las constituciones de los Estados partes. Derecho derivado, que se aplica automáticamente sin necesidad de incorporación nacional. Normas internas, cuya validez depende únicamente de la legislación de cada Estado miembro. En el marco del Mercosur, el laudo dictado por el Tribunal ad hoc, puede ser apelado o recurrido por las partes sólo: Por cuestiones jurídicas. Por cuestiones fácticas. Por cualquier motivo, incluyendo administrativos. En el Marco del Mercosur, el Tratado de Asunción, Protocolo de OURO PRETO, Protocolo de Brasilia corresponden al: Derecho originario. Derecho derivado. Normas internas. En el marco del sistema de solución de controversias del Mercosur ¿cuál de las siguientes es la primera etapa?: Negociaciones directas. Arbitraje obligatorio. Mediación por el Grupo Mercado Común. En el Protocolo de Brasilia, a fin de resolver los conflictos suscitados entre los Estados, se diseña un mecanismo que se desarrolla sucesivamente en tres instancias: Negociaciones directas, intervención del Grupo Mercado Común y arbitraje obligatorio. Negociaciones directas, mediación voluntaria y conciliación privada. Intervención del Grupo Mercado Común, arbitraje obligatorio y revisión judicial interna. En el Tratado de Derecho Civil Internacional de Montevideo de 1940 la prórroga de jurisdicción: Está admitido sólo si se pacta después de surgir el litigio. Está admitido aunque se pacte antes de surgir el litigio. No está admitido bajo ninguna circunstancia. En la sucesión de una persona domiciliada en Argentina que contrajo segundas nupcias en Brasil, los hijos cuestionan la validez del matrimonio. Esto se presenta como una característica positiva del tipo legal, es decir: (Seleccione la opción correcta): La cuestión previa. La cuestión principal. El efecto automático. En materia de jurisdicción con relación a los contratos, que adopta código civil: Los Estados extranjeros no podrán invocar inmunidad de jurisdicción. Los Estados extranjeros siempre podrán invocar inmunidad de jurisdicción. La inmunidad de jurisdicción depende exclusivamente del consentimiento del juez argentino. En materia de jurisdicción internacional, el principio de efectividad alude a: (F) (M) La razonabilidad del acto jurisdiccional, a fin de que éste pueda ser reconocido y/o ejecutado por el Estado. La obligatoriedad de la jurisdicción independientemente de su reconocimiento en otros Estados. La exclusión de cualquier control sobre la razonabilidad del acto jurisdiccional. En materia de jurisdicción internacional, el principio de interdependencia alude a: La extraterritorialidad de las sentencias extranjeras, que admite el ejercicio extrañas jurisdicciones en causas vinculadas al Estado que las reconoce. La independencia absoluta de cada jurisdicción sin considerar decisiones de otros Estados. La prohibición de ejercer jurisdicciones extranjeras, aun en causas vinculadas. En materia de reconocimiento y ejecución de decisiones extranjeras, entre los requisitos procesales se encuentra aquella que procede para: Asegurar que se hayan respetado las garantías procesales fundamentales. Evitar que el juez nacional revise la competencia del tribunal extranjero. Permitir que se ignore la normativa procesal extranjera sin consecuencia. En materia de reconocimiento y ejecución de decisiones extranjeras, Fernández Arroyo identifica ciertas excepciones a la regla de la no revisión del fondo de la decisión, entre las que se encuentra aquella que procede para: Asegurar que se hayan respetado las garantías procesales fundamentales. Reconocimiento de la sentencia. Los tribunales argentinos podrán: Considerar que la sentencia es incompatible con otra pronunciada con anterioridad por un tribunal argentino. Los tribunales argentinos deberán aplicar automáticamente la sentencia extranjera, sin considerar sentencias previas nacionales. Los tribunales argentinos podrán rechazar la sentencia únicamente por motivos de forma, sin atender al fondo o conflictos con decisiones anteriores. En referencia a la naturaleza del derecho extranjero existen diferentes teorías. La postura intermedia que sostiene distintos grados de conocimiento del derecho extranjero, se conoce como: Teoría del hecho notorio. Teoría del hecho presunto. Teoría del derecho positivo. En un caso las partes celebraron un contrato, en el cual, designaron como aplicable el derecho italiano remite a un tercer ordenamiento. ¿En ese caso se produce el reenvío?: No, el reenvío queda siempre descartado cuando el derecho es elegido por las partes. Sí, el reenvío se aplica automáticamente aunque el derecho haya sido elegido por las partes. Sí, el reenvío solo se descarta si lo prohíbe expresamente la ley argentina. En una unión aduanera: A la libre circulación de mercancías y servicios se incorpora un arancel externo común. Solo existe la libre circulación de mercancías, sin arancel externo común. Se aplican aranceles internos distintos para cada Estado miembro, sin coordinación externa. En una unión aduanera: Además de las características que tiene la zona de libre comercio, los países miembros establecen en la unión aduanera un arancel externo común en sus relaciones con otros países. Se eliminan los aranceles internos entre los países miembros, pero no se establece un arancel externo común. Cada país mantiene sus propias políticas arancelarias frente a terceros, sin coordinación con los demás miembros. Entre estos fenómenos, podemos mencionar: La globalización, el crecimiento y auge del derecho de la integración y la cooperación jurídica internacional, la expansión de la autonomía de la voluntad (que conlleva la privatización del Derecho Internacional Privado), la influencia de los derechos humanos, entre otros. La centralización del derecho interno, la disminución de la cooperación jurídica internacional y la limitación de la autonomía de la voluntad. La reducción de la globalización, la desvinculación del Derecho Internacional Privado de los derechos humanos y la restricción del comercio internacional. Entre las características propias del Orden Público Internacional, se encuentra el siguiente: Es esencialmente variable según los países y los tiempos. Es absolutamente inmutable en todos los Estados. Es uniforme y permanente en el tiempo y entre países. Entre las características propias del Orden Público Internacional, se encuentra el siguiente: Ser autónomo pues es independiente y distinto de las normas jurídicas. Ser esencialmente variable o mutable según los países y los tiempos. Ser dependiente de las normas jurídicas internas y uniforme en todos los países. Ser inmutable y aplicado de manera idéntica en todo tiempo y lugar. Entre las características propias del Orden Público Internacional, NO se encuentra el siguiente: Es un derecho coactivo que no puede dejarse de lado por voluntad de los particulares. Es esencialmente variable según los países y los tiempos. Es autónomo e independiente de las normas jurídicas internas. Entre las condiciones para otorgar eficacia extraterritorial a las sentencias, laudos arbitrales y resoluciones jurisdiccionales extranjeras previstas por la CIDIP II sobre Extraterritorial de las Sentencias y Laudos Arbitrales Extranjeros, NO se encuentra la siguiente: Que vengan revestidos de las formalidades externas necesarias para que sean considerados auténticos en el Estado en donde se pretende el reconocimiento. Que hayan sido dictados por tribunales competentes según el derecho del Estado de origen. Que no sean contrarios al orden público del Estado requerido. Entre las condiciones que la doctrina exige para que se produzca el reenvío, podemos mencionar la siguiente: Deben existir diversos sistemas nacionales de Derecho Internacional Privado. Basta con que exista un único sistema nacional de Derecho Internacional Privado. No es necesario que los sistemas nacionales difieran entre sí. Entre las condiciones que se exigen para la aplicación del fraude a la ley, no se encuentra la siguiente: Uso de una facultad legal con el exclusivo fin de perjudicar a alguien. Realización de un acto jurídico con el fin de cumplir estrictamente la ley. Aplicación de la ley de manera conforme a su espíritu y finalidad. Entre las condiciones que se exigen para la aplicación del fraude a la ley, se encuentra la siguiente: Propósito de eludir la aplicación de la ley normalmente competente. Cumplimiento estricto de la ley normalmente competente. Aplicación de la ley de manera conforme a su espíritu y finalidad. Entre las condiciones que se exigen para la aplicación del fraude a la ley, se encuentra el propósito de eludir la aplicación de la ley normalmente competente. Verdadero. Falso. Entre los criterios de determinación de la competencia internacional, el principio del paralelismo es aquel que atribuye competencia al juez: Este criterio determina que son competentes los jueces del Estado cuyo derecho o ley es aplicable al caso. Presupone que debemos necesariamente conocer la ley aplicable al caso y que ésta es única. Este criterio determina que son competentes los jueces del Estado donde se presenta la demanda, sin considerar la ley aplicable. Este criterio permite que cualquier juez de los Estados involucrados pueda ejercer jurisdicción, independientemente de la ley aplicable. Entre los criterios de determinación de la competencia internacional, el principio del paralelismo es aquel que atribuye competencia al juez: Del país cuyo derecho resulta aplicable. Del país donde se presenta la demanda. Del país elegido por las partes sin relación con la ley aplicable. Entre los requisitos exigidos por los Tratado de Montevideo de Derecho Procesal Internacional de 1940 para el reconocimiento de sentencias y fallos arbitrales dictados en asuntos civiles y comerciales en uno de los Estados signatarios, NO se encuentra el siguiente: Que sean consecuencia del ejercicio de una acción personal o de una acción real sobre bienes inmuebles. Que hayan sido dictadas por tribunales competentes según la ley del Estado de origen. Que no sean contrarias al orden público del Estado requerido. Existe un modo particular de actuación del sujeto, que, al entablar las relaciones jurídicas con las demás personas en la sociedad, requiere que traspase la frontera, Esto hace referencia: Al tráfico privado externo. Al tráfico interno. Al comercio internacional. Fraude a la ley, no es requisito "positivo" dinámica de la norma indirecta: Es el elemento negativo del tipo. Es el elemento positivo del tipo. Forma parte de la norma directa. Fraude a la ley, no es requisito "positivo" dinámica de la norma indirecta: Los elementos positivos del tipo legal son la calificación y la cuestión previa y el elemento negativo es el fraude a la ley. Los elementos positivos del tipo legal son la intención del juez y la valoración subjetiva, y el elemento negativo es la calificación. Los elementos positivos del tipo legal son la aplicación automática de la ley y la competencia del tribunal, y el elemento negativo es la cuestión previa. Fraude a la ley, no es requisito legal son la calificación y la cuestión previa" y el elemento negativo es el fraude a la ley "positivo" dinámica de la norma indirecta: Los elementos positivos del tipo. Los elementos negativos del tipo. La consecuencia jurídica. Frente a un juez argentino que debe dirimirse un conflicto iusprivatista internacional. Éste comprueba que hubo un caso de fraude ¿Qué implica esto?: Que las partes involucradas tuvieron el propósito de eludir la aplicación de la ley normalmente competente. Que las partes cumplieron estrictamente con la ley normalmente competente. Que el juez debe aplicar automáticamente la ley extranjera elegida sin considerar el fraude. Indique cuál de las siguientes características corresponde al método directo: Elabora una norma sustantiva que resuelve el caso a través de un derecho uniforme. Remite la solución del caso al derecho de uno de los Estados involucrados. Se limita a establecer normas de conflicto sin regular sustantivamente el caso. Indique cuál de las siguientes críticas corresponde al método territorialista: Conduce a la aplicación de tantas leyes a una misma relación como jueces fueren llamados a decidir. Unifica materialmente la solución del caso mediante normas directas. Favorece la creación de un derecho uniforme aplicable a todos los Estados. Indique cuál de las siguientes materias integran en la actualidad la lista del derecho internacional privado: Derecho comercial. Derecho penal. Derecho constitucional. Indique cuál de las siguientes opciones no corresponde a una dificultad del Derecho Internacional Privado de Fuente Institucional: Favorecimiento del fraude. Complejidad en los mecanismos de incorporación interna. Problemas de jerarquía normativa entre fuentes. Indique cuál de los siguientes acuerdos y protocolos NO pertenece a la generación de Derecho Internacional Privado por parte del Mercosur: Convención para la unificación de ciertas reglas relativas al transporte aéreo internacional (1999). Protocolo de Buenos Aires sobre Jurisdicción Internacional en materia contractual. Protocolo de Las Leñas sobre Cooperación y Asistencia Jurisdiccional en materia civil, comercial, laboral y administrativa. Indique cual es el concepto de jurisdicción internacional: Es la potestad que corresponde a los jueces de un Estado para conocer y resolver los casos que tiene por objeto relaciones jurídicas privadas vinculadas con dos o más ordenamientos jurídicos. Es la facultad exclusiva de los tribunales internacionales para conocer conflictos entre Estados soberanos. Es la potestad de aplicar únicamente el derecho interno, sin considerar elementos extranjeros en las relaciones jurídicas. Indique cuáles son características propias de la norma de policía: El rechazo a la aplicación del Derecho extranjero se efectúa a priori a través de su punto de conexión, autoeligen el Derecho local. La aplicación del derecho extranjero se permite siempre, sin intervención del derecho local. La norma de policía remite la solución del caso exclusivamente al derecho extranjero aplicable. Indique en cuáles de los países mercosureños, la dimensión autónoma prevalece sobre una norma convencional a título de lex posteriori: Brasil y Uruguay. Argentina y Paraguay. Chile y Bolivia. Indique la diferencia entre el criterio teórico y el positivo en la definición del elemento extranjero: El primero remite a la existencia de un elemento transnacional de facto en cambio el segundo remite a un elemento transnacional receptado por el ordenamiento jurídico de un país. El primero remite a un elemento nacional de facto y el segundo a un elemento exclusivamente interno. El primero se aplica solo a normas internas y el segundo solo a normas internacionales. Indique, a partir de los ejemplos que siguen, cuándo podríamos decir que nos encontramos frente a un supuesto de foro razonable: Todas las demás opciones son correctas en su conjunto. Solo se aplica cuando el foro elegido es el del domicilio del demandado. Solo se considera foro razonable si se trata de tribunales internacionales. Jacques es francés, pero actualmente se domicilia en Uruguay. Ha celebrado un contrato de locación de servicios con Mariano que es argentino, quien luego de algunas semanas resuelve el contrato sin indemnización alguna. Ante esta situación, Jacques decide entablar una demanda contra Mariano, quien se ha mudado sin denunciar nuevo domicilio. Jacques entabla la demanda ante los tribunales de París y el juez se arroga competencia para reconocer el caso. ¿Frente a qué tipo de foro nos encontramos?: Foro exorbitante. Foro ordinario. Foro concurrente. Josefina se graduó de abogada en la Universidad Siglo 21. Pretende ejercer en España como abogada y para ello, se ajusta a los dispuesto por la Convención de la Haya de 1961. ¿Puede hacer esto Josefina?: Sí, porque se aplica a la supresión de la exigencia de legalizar los documentos públicos extranjeros. No, porque debe legalizar todos sus documentos públicos antes de ejercer en España. No, porque la Convención de La Haya de 1961 no se aplica a documentos académicos. La aceptación y aplicación de la teoría de la probable sentencia del juez extranjero lleva en la práctica a resultados semejantes a los propuestos por dos tesis diferentes. Indique las mismas: Teoría de la referencia máxima y aceptación del reenvío. Teoría de la independencia judicial y rechazo del reenvío. Teoría de la jurisdicción exclusiva y aplicación del derecho interno. La aplicación de la ley extranjera no puede reclamarse ni admitirse cuando: Viola el orden público y las instituciones del estado del lugar del proceso. Se ajusta completamente al derecho del Estado del lugar del proceso. Es consistente con las instituciones y el orden público del Estado del juez. La aplicación de la ley extranjera se puede relacionar si: No fuese incompatible con el espíritu de la lex fori. Sea siempre incompatible con el espíritu de la lex fori. Contradiga de manera explícita las normas del derecho interno. La aplicación del derecho extranjero en la concepción de Werner Goldschmidt debe realizarse: Imitando la probable sentencia del juez extranjero. Aplicando únicamente la ley interna sin considerar el derecho extranjero. Ignorando completamente la posible decisión del juez extranjero. La característica positiva del tipo legal refiere al problema de: La cuestión previa. La cuestión principal. El efecto automático. La característica positiva del tipo legal refiere al problema de: Dinámica de la norma indirecta. Estática de la norma directa. Aplicación del derecho local. La característica principal de la norma indirecta es: Aquella que en su tipo legal describe un caso jusprivatista multinacional, y en su consecuencia jurídica no brinda la solución sustantiva y material a ese caso, sino que a través de su punto de conexión remite a otro ordenamiento jurídico. Aquella que describe un caso jusprivatista nacional y resuelve directamente el conflicto mediante normas sustantivas internas. Aquella que ignora los elementos extranjeros y aplica únicamente la ley local sin remitir a otro ordenamiento. La CIDIP sobre normas generales mantiene el principio de: Aplicación de oficio del derecho extranjero, independientemente de la facultad de las partes de alegar y probar su existencia y contenido. Aplicación exclusiva del derecho interno, sin considerar alegaciones de las partes. Aplicación del derecho extranjero solo cuando las partes lo soliciten expresamente. La Comisión de Comercio fue incorporada al Sistema Institucional del Mercosur por: El protocolo de OURO PRETO. El Tratado de Asunción. El Protocolo de Brasilia. La competencia internacional señala el ámbito preciso en el que se ejerce en cada caso: La función jurisdiccional de cada Estado. La autoridad legislativa de cada Estado. La función administrativa de los tribunales extranjeros. La competencia judicial indirecta se caracteriza por: Normas que contienen los criterios de jurisdicción que serán tenidos como válidos para dar efectos a la decisión extranjera. Normas que aplican directamente el derecho extranjero sin considerar la jurisdicción. Normas que regulan únicamente el derecho interno sin dar efectos a decisiones extranjeras. La comprobación de los requisitos que debe reunir una sentencia extranjera de condena para ser ejecutada, se realiza mediante un procedimiento especial que recibe el nombre de: Exequátur. Habeas corpus. Amparo. La concepción clásica del Derecho Internacional Privado, en cuanto a su objeto y contenido, entró en crisis en cuanto a una serie de fenómenos condicionantes. Señale cuál de los siguientes no es uno de ellos: Integración de los contenidos del Derecho Privado. Globalización y aumento del comercio internacional. Expansión de la autonomía de la voluntad de las partes. La concepción clásica en cuanto al contenido del Derecho Internacional Privado comprende: La competencia judicial internacional, el derecho aplicable y el reconocimiento y ejecución de decisiones judiciales. Solo la autonomía de la voluntad y la integración de normas locales. Exclusivamente el derecho sustantivo interno, sin considerar jurisdicción ni reconocimiento de sentencias. La consecuencia jurídica de la norma indirecta es que: Determina el derecho aplicable al problema planteado en el tipo legal. Resuelve directamente el conflicto sin remitir a otro derecho. Ignora los elementos extranjeros y aplica únicamente la ley local. La consecuencia jurídica de la norma indirecta: Remite a otro ordenamiento jurídico, que brinda la solución al caso. Resuelve el caso directamente mediante normas locales. Ignora la existencia de elementos extranjeros y aplica exclusivamente la ley interna. La Constitución Nacional como núcleo del Derecho Internacional Privado significa que: Los valores de ordenación social impuestos por ella se proyectan a todo el ordenamiento jurídico. Solo rige para el derecho interno, sin influencia sobre normas de carácter internacional. Se limita exclusivamente a regular las relaciones entre Estados, sin afectar el derecho privado. La Constitución Nacional como núcleo del Derecho Internacional Privado significa que: Los valores de ordenación social impuestos por la Constitución Nacional se proyectan a todo el ordenamiento jurídico y, por tanto, al Derecho Internacional Privado. Solo los valores de ordenación social se aplican al derecho interno, sin afectar el Derecho Internacional Privado. La Constitución Nacional no influye en el Derecho Internacional Privado, limitándose a las normas de derecho público. La Constitución Nacional, en relación a las normas jurídicas del sistema legal y a través de su carga axiológica: Es obra de inspiración de las normas jurídicas del sistema legal y repercute no sólo a la hora de legislar, sino también al momento de aplicar el derecho. Solo sirve como referencia teórica y no influye en la aplicación ni en la creación de normas jurídicas. Se limita exclusivamente a orientar la legislación sin afectar la interpretación ni aplicación del derecho. La Convención de la Haya de 1961 suprime la exigencia de legalización de: Los documentos públicos extranjeros. Los contratos privados entre particulares. Los documentos internos sin carácter público. La Convención de la Haya de 1961 suprime: El eslabón de la legalización consular y el consecuente paso por el Ministerio de RREE del Estado requerido. La necesidad de certificación notarial de documentos nacionales. La obligación de traducción oficial de documentos internos. La Convención Interamericana sobre Normas Generales incorpora un mandato de fundamental importancia. ¿En qué está basado dicho mandato? (Seleccione la opción correcta): La teoría del uso jurídico y el principio de tolerancia: Los jueces deben aplicar el derecho extranjero tal como lo harían los jueces del estado cuyo derecho resulte aplicable. Los jueces deben aplicar únicamente el derecho interno, ignorando el derecho extranjero. Los jueces pueden modificar el derecho extranjero según las normas locales, sin respetar su contenido. La cooperación judicial internacional de primer grado refiere -entre otros aspectos- a los pedidos relativos a: Cumplimiento de providencias de mero trámite no controvertidas: Citaciones, intimaciones. Cumplimiento de sentencias definitivas y controvertidas. Aplicación de sanciones penales en el Estado requerido. La cooperación judicial internacional de segundo grado se refiere esencialmente a los pedidos relativos a: Trabas de medidas de seguridad o cautelares. Cumplimiento de actos de mero trámite no controvertidos. Ejecución de sentencias definitivas sin medidas cautelares. La cooperación judicial internacional de tercer grado se refiere esencialmente a los pedidos relativos a: Reconocimiento y ejecución de sentencias y laudos extranjeros. Citaciones e intimaciones de mero trámite. Medidas de seguridad o cautelares. La costumbre internacional: No constituye fuente de vigencia del Derecho Internacional Privado. Constituye fuente principal del Derecho Internacional Privado. Es obligatoria para los jueces nacionales en todos los casos jusprivatistas. La cuestión previa se presenta: Después de la determinación del derecho aplicable a la cuestión principal. Antes de determinar el derecho aplicable a la cuestión principal. Solo al finalizar la ejecución de la sentencia. La dispersión formal del Derecho Internacional Privado interno argentino consiste en: La inexistencia de un código o texto único que contenga la totalidad de las normas del derecho internacional privado igual que en el resto de los estados del Mercosur. La concentración de todas las normas de Derecho Internacional Privado en un único código nacional. La existencia de un texto uniforme igual en todos los Estados del Mercosur. La dispersión formal del Derecho Internacional Privado interno: Se ha superado con la sanción del nuevo Código Civil y Comercial. Permanece sin cambios pese a la sanción del nuevo Código Civil y Comercial. Se ha incrementado con la sanción del nuevo Código Civil y Comercial. La doctrina que considera que el problema del conflicto de leyes es el único que Integra el contenido del Derecho Internacional Privado es la: Germánica. Francesa. Italiana. La doctrina que resalta el problema del conflicto de leyes en el contenido del Derecho Internacional Privado es la: Continental Europea. Germánica. Angloamericana. La evolución de los distintos modelos de integración tiene el siguiente orden: Zona de libre comercio, unión aduanera, mercado común, comunidad económica. Comunidad económica, mercado común, unión aduanera, zona de libre comercio. Unión aduanera, zona de libre comercio, comunidad económica, mercado común. La importancia del Código de Bustamante se debe a que él mismo: Ejerció una notoria influencia en numerosos trabajos de la doctrina americana y europea como así también en la jurisprudencia. Solo tuvo influencia en la legislación interna de un único país americano, sin repercusión internacional. No ejerció influencia alguna en la doctrina ni en la jurisprudencia, siendo un código de aplicación local estricta. La jurisdicción directa es exclusiva cuando: Un país reivindica para sí la jurisdicción con fundamento en el orden público internacional. Los tribunales de varios países pueden ejercerla simultáneamente sin restricciones. La jurisdicción se comparte entre el país demandante y el país del demandado. La jurisdicción directa es única cuando: Se confiere la jurisdicción internacional a los jueces de un Estado por razones prácticas. La jurisdicción se reparte entre varios Estados sin que ninguno tenga exclusividad. Se permite a cualquier juez internacional intervenir independientemente de la conexión con el caso. La jurisdicción directa es única cuando: Un país reclama para sí fundándose en razones prácticas. La jurisdicción se comparte entre varios países sin considerar razones prácticas. Cualquier juez extranjero puede intervenir, aunque no tenga vínculo con el caso. La jurisdicción exorbitante se configura - entre otros casos- cuando se utiliza como foro atributivo de jurisdicción: Un foro exorbitante es aquel que no respeta el principio de proximidad con el caso o se da en menoscabo del equilibrio entre las partes, favoreciendo a una de ellas, que suele ser la vinculada con el fuero. Un foro que respeta estrictamente la proximidad con el caso y garantiza el equilibrio entre las partes. Un foro elegido por las partes de manera equitativa y consensuada, sin favorecer a ninguna. La jurisdicción internacional argentina directa se configura cuando: Cuando hablamos de competencia internacional directa nos referimos a la facultad de un tribunal de un Estado de declararse competente y juzgar determinadas controversias con elementos extranjeros. Una vez resuelto el conflicto de competencias, el tribunal que va a intervenir debe resolver el conflicto de leyes, es decir, establecer si ha de aplicar derecho propio o extranjero. Cuando un tribunal argentino se limita a aplicar únicamente el derecho interno, sin considerar elementos extranjeros. Cuando los tribunales extranjeros ejercen jurisdicción sobre casos con elementos argentinos, sin intervención local. La jurisdicción Internacional Argentina directa se configura: La jurisdicción directa consiste en determinar, frente a una relación jurídica multinacional, qué juez es competente para resolverla. La jurisdicción directa consiste en que cualquier juez extranjero pueda intervenir sin conexión con la relación jurídica. La jurisdicción directa consiste únicamente en aplicar la ley interna sin determinar el juez competente. La jurisdicción internacional Argentina es: El poder de los jueces argentinos para decidir casos jusprivatistas multinacionales. La potestad exclusiva de tribunales extranjeros para decidir sobre casos argentinos. La facultad de los jueces argentinos para aplicar solo derecho interno, sin considerar elementos extranjeros. La jurisdicción internacional argentina indirecta se configura cuando: Un juez (argentino) presta auxilio judicial solicitado por un juez extranjero. Un juez extranjero aplica directamente la ley argentina sin asistencia de tribunales locales. Un juez argentino decide un caso exclusivamente con derecho interno, sin relación con un pedido extranjero. La jurisdicción internacional argentina indirecta se configura cuando: La competencia internacional indirecta se refiere al reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras. La competencia internacional indirecta se refiere a juzgar directamente casos con elementos extranjeros sin auxilio judicial. La competencia internacional indirecta se aplica únicamente a conflictos internos sin vinculación con leyes extranjeras. La jurisdicción internacional directa: Consiste en determinar frente a una relación jurídica multinacional que juez es competente para resolverla. Consiste en que cualquier juez extranjero pueda intervenir sin conexión con la relación jurídica. Consiste únicamente en aplicar la ley interna sin determinar qué juez es competente. La jurisdicción internacional directa: Determina la autoridad competente para resolver el caso jusprivatista internacional. Determina qué tribunal extranjero puede intervenir sin conexión con el caso. Se limita a aplicar únicamente la ley interna sin designar autoridad competente. La jurisdicción internacional indirecta se configura cuando: Un juez presta auxilio judicial internacional solicitado por un juez extranjero. Un juez extranjero resuelve directamente un caso argentino sin asistencia de tribunales locales. Un juez argentino decide un caso únicamente con derecho interno, sin relación con un pedido extranjero. La lex mercatoria comprende: El conjunto de usos y costumbres profesionales utilizados en el comercio internacional. Solo las normas legales nacionales aplicables al comercio interno. Exclusivamente los tratados internacionales, sin considerar costumbres ni usos comerciales. La nacionalidad en nuestro ordenamiento jurídico es positivamente: Un elemento neutro. Un elemento decisivo que determina automáticamente la ley aplicable. Un criterio exclusivo para atribuir jurisdicción internacional. La nacionalidad en nuestro ordenamiento jurídico: No tiene relevancia jurídica, pero admite ciertas excepciones. Siempre determina de manera exclusiva la ley aplicable y la jurisdicción. Es el único criterio válido para resolver conflictos internacionales de leyes. La norma de policía remite a la aplicación del derecho: Nacional. Extranjero. Internacional. La norma de policía se define como la norma: Que capta en su tipo legal un caso con elementos extranjeros y lo somete al derecho material propio. Que remite automáticamente la solución del caso a un derecho extranjero sin considerar normas locales. Que solo regula conflictos internos sin tener en cuenta elementos extranjeros. La norma del art.46 del TDCM expresa: "Las deudas que deban ser satisfechas en algunos de los Estados contratantes gozarán de preferencia sobre los bienes allí existentes al momento de la muerte del causante", la misma pueda ser calificada como una norma: Directa de fuente convencional. Indirecta de fuente legal. De policía de carácter interno. La norma directa consta de: Un tipo legal y una consecuencia jurídica. Solo un tipo legal sin consecuencia jurídica. Únicamente una consecuencia jurídica sin tipo legal. La norma directa nos indica: La solución del caso. Solo el juez competente, sin determinar la solución del caso. El derecho aplicable indirectamente, sin resolver el caso. La norma indirecta de importación se caracteriza porque: Establece la aplicación del derecho propio a un caso con elementos extranjeros. Remite automáticamente la solución del caso al derecho extranjero aplicable. Ignora los elementos extranjeros y aplica únicamente normas de derecho interno sin conexión con ellos. La principal consecuencia procesal de la teoría del derecho es: La obligación que recae sobre el juez de aplicar de oficio el derecho extranjero, señalado por la norma de conflicto, independientemente de cuál sea la actitud que adopten las partes. El juez puede aplicar únicamente el derecho interno, sin considerar lo señalado por la norma de conflicto. La obligación de que las partes prueben y aleguen el derecho extranjero antes de su aplicación. La producción jurídica que surge del Mercosur es la denominada: Dimensión institucional. Dimensión nacional. Dimensión convencional. La siguiente afirmación no es una consecuencia de la Teoría del Uso Jurídico: Para la Teoría del Uso Jurídico, el derecho extranjero tiene el carácter de un hecho, que debe ser siempre probado y alegado por las partes. El juez aplica de oficio el derecho extranjero, sin necesidad de prueba ni alegación de las partes. La aplicación del derecho extranjero se realiza imitando la probable sentencia del juez extranjero. La situación privada internacional es: La relación jurídica de carácter privado cuyos elementos están vinculados con dos o más ordenamientos jurídicos. Una relación jurídica exclusivamente nacional, sin vinculación con otros ordenamientos. Una relación jurídica de carácter público internacional entre Estados. La sociedad La española S.A, es una sociedad constituida en el extranjero. Decidió establecer su sede en Argentina. Este supuesto está contemplado en la Ley General de Sociedades y regulado a través de una norma internacionalmente imperativa. Esta norma: (Seleccione la opción correcta): Se fundamenta en la salvaguarda de la organización política, social, familiar y económica del país. Se fundamenta únicamente en la protección de los intereses comerciales de la sociedad extranjera. Se fundamenta en permitir la libre instalación de cualquier sociedad extranjera sin restricciones. La solución al problema de las calificaciones mediante doctrinas autárquicas, supone aplicar las categorías de: Un cuadro abstracto que no pertenece a ningún orden jurícausasdico. Categorías directamente extraídas del derecho extranjero aplicable. Categorías específicas del derecho interno aplicadas sin abstracción. La teoría de uso jurídico entiende que el derecho extranjero declarado aplicable es: Un hecho notorio. Una opinión subjetiva de las partes involucradas. Una norma interna sin relevancia internacional. La teoría del hecho notorio afirma que el derecho extranjero...: Constituye un hecho notorio, el cual no es un hecho que todo el mundo conoce sino sobre el que todo el mundo puede informarse de modo auténtico. Constituye una norma que todo el mundo conoce automáticamente sin necesidad de prueba. Es únicamente una opinión de las partes, sin posibilidad de verificación auténtica. La teoría del uso jurídico afirma que el derecho extranjero: Constituye un hecho sobre el que todo el mundo puede informarse de modo auténtico. Es un hecho que todo el mundo conoce automáticamente, sin necesidad de prueba. Es un derecho interno sin relevancia para el caso internacional. La teoría del uso jurídico entiende que el derecho extranjero declarado aplicable es: Construido por los habitantes espirituales del país extranjero; con respecto a él somos meros fotógrafos. De ahí que aplicamos el Derecho propio e imitamos el Derecho extranjero. El derecho extranjero puede modificarse libremente por los jueces locales antes de aplicarlo. Se ignora completamente y se aplica únicamente el derecho interno del país del juez. La teoría que afirma que el derecho extranjero es un derecho conocido por todos, indica que: El juez está obligado a aplicar de oficio la norma extranjera independientemente de cuál sea la actitud que adopten las partes. El juez puede decidir no aplicar la norma extranjera si las partes no la alegan ni prueban. La norma extranjera se aplica solo si ambas partes acuerdan su uso explícitamente. La unificación de políticas monetarias y fiscales es propia de: La comunidad económica. La zona de libre comercio. La unión aduanera. La zona de libre comercio se caracteriza por: La eliminación de las barreras arancelarias y no arancelarias en la circulación entre los estados partes de las mercaderías producidas por ellos. La aplicación de un arancel externo común frente a terceros países. La libre circulación de mercancías, servicios y factores productivos sin regulación arancelaria interna. La zona libre de comercio se caracteriza por: Libre circulación de bienes o servicios dentro del espacio conformado. Aplicación de un arancel externo común frente a terceros países. Integración total de políticas fiscales y monetarias entre los estados miembros. Las Conferencias Especializadas Interamericanas de Derecho Internacional Privado surgen en el marco de: La Organización de los Estados Americanos (OEA). La Unión Europea (UE). Las Naciones Unidas (ONU). Las decisiones del Consejo Mercado Común pertenecen al: Cumplimiento de los objetivos del MERCOSUR. El Grupo de Mercado Común toma las medidas necesarias para el cumplimiento de las decisiones adoptadas por el Consejo. Aplicación únicamente a políticas internas de los Estados, sin efecto sobre el cumplimiento del MERCOSUR. Regulación exclusiva de los tribunales nacionales de cada Estado miembro, sin coordinación regional. Las decisiones del Consejo Mercado Común pertenecen al: Derecho secundario. Derecho originario. Derecho interno de cada Estado miembro. Las dificultades en el proceso de sistematización del Derecho Internacional Privado radican en que: Los acuerdos internacionales son aplicables sólo a los estados parte, en consecuencia, un caso puede ser resuelto de manera diversa según esté (o no) vinculado con el tratado celebrado. Todos los acuerdos internacionales son obligatorios para todos los Estados, sin importar su participación. Un caso siempre se resuelve de manera uniforme, independientemente de la existencia de tratados. Las dimensiones institucional y convencional están relacionadas a las fuentes de origen internacional, no obstante, existen diferencias entre las mismas. La más importante, consiste en que: La primera se relaciona con las normas que emanan los procesos de integración regional, en cambio la segunda dimensión implica un proceso de armonización normativa no vinculado a un proceso de integración regional. La primera se relaciona con normas de carácter interno, mientras que la segunda corresponde únicamente a costumbres internacionales. La primera implica armonización normativa sin vinculación con integración, y la segunda emana exclusivamente de tratados comerciales. Las fuentes del Derecho Internacional Privado refieren a las siguientes dimensiones: Fuentes de inspiración o fuentes desde un punto de vista histórico; fuentes de vigencia o generadoras; fuentes de carácter interpretativo. Solo fuentes de inspiración histórica, sin considerar vigencia ni interpretación. Fuentes exclusivamente locales, sin referencia a normas internacionales ni doctrinales. Las fuentes del Derecho Internacional Privado refieren a las siguientes dimensiones: Autónoma, convencional, institucional y transnacional. Nacional, local, interna y pública. Internacional, regional, municipal y privada. Las normas de exportación declaran aplicable a un caso con elementos extranjeros, el derecho: Propio. Extranjero. Internacional. Las normas del Derecho Internacional Privado que determina el derecho aplicable a un caso iuspositivista con elementos extranjeros pueden ser de tres tipos. ¿Cuáles?: Normas indirectas, directas e internacionalmente imperativas. Normas locales, nacionales y convencionales. Normas supletorias, accesorias y interpretativas. Las normas internacionalmente imperativas o de policía: Se fundamentan en la salvaguarda de la organización política, social, familiar y económica del país. Se fundamentan únicamente en facilitar el comercio internacional sin considerar el orden interno. Se aplican solo si las partes lo acuerdan, sin impacto en la protección del orden público del país. Las normas materiales o directas son: Aquellas que brindan la solución al caso de Derecho Internacional Privado. Aquellas que solo remiten a otro ordenamiento jurídico sin resolver el caso. Aquellas que regulan únicamente procedimientos internos sin aplicarse al caso internacional. Las relaciones de tráfico privado externo se caracterizan por: Presentar una discontinuidad en el espacio originada en la pluralidad de sistemas jurídicos. Presentar continuidad absoluta dentro de un único sistema jurídico. Estar exclusivamente reguladas por normas internas sin conexión con otros ordenamientos. Los elementos de la relación Jurídica se clasifican en tres tipos, entre los cuales se encuentran los personales. Un elemento personal es: El domicilio. La ley aplicable. La norma internacional. Los Estados extranjeros pueden invocar inmunidad de jurisdicción ante los tribunales argentinos cuando: En los términos y condiciones establecidos en esta ley, art. 2, Ley 24.488. En cualquier caso, sin importar las disposiciones de la ley argentina. Solo cuando se trate de cuestiones internas del Estado argentino, sin conexión con actos de imperio. Los Estados extranjeros pueden invocar inmunidad de jurisdicción ante los tribunales argentinos cuando: Realicen actos en ejercicio de su potestad de imperio. Cuando celebren contratos de naturaleza privada sin relación con actos de imperio. Siempre, sin importar el tipo de acto realizado en Argentina. Los Incoterms y las Reglas y Usos sobre Créditos Documentarios constituyen una producción jurídica de carácter...: Transnacional. Nacional. Convencional. Los laudos arbitrales ad hoc según el Protocolo de Olivos son: Obligatorios para los Estados partes en la controversia. Solo recomendados y no vinculantes para los Estados involucrados. Aplicables únicamente a personas privadas, sin efecto sobre los Estados. Los puntos de conexión utilizados por la norma indirecta que poseen igual jerarquía y pueden usarse indistintamente, se denominan: Alternativos. Acumulativos. Supletorios. Los puntos de conexión utilizados por la norma indirecta que requieren coincidencia entre las leyes señaladas se denominan (Seleccione la opción correcta): Acumulativos. Alternativos. Supletorios. Los tratados de derechos humanos mencionados en el Art. 75 inc. 22 párr. 2 de la CN: Tienen jerarquía constitucional. Tienen jerarquía de ley ordinaria. No poseen jerarquía ni valor superior dentro del ordenamiento jurídico argentino. Los tratados de derechos humanos mencionados en el art. 75 inc. 22 párrafo 2 de la Constitución Nacional: Jerarquía superior a las leyes. Jerarquía igual a las leyes ordinarias. Jerarquía inferior a las leyes nacionales. Los tratados de Montevideo de 1889 fueron ratificados en su totalidad por los siguientes países: Argentina, Bolivia, Paraguay, Perú y Uruguay. Argentina, Chile, Brasil, Uruguay y Perú. Bolivia, Paraguay, Ecuador, Perú y Uruguay. Los tratados de Montevideo son: Tratados comunes. Tratados bilaterales. Tratados internos. Los tratados internacionales y los concordatos celebrados con la santa sede de carácter ordinario, a los que se refiere la primera parte del art. 75 inc. 22 de la constitución argentina tienen: Jerarquía superior a las leyes dictadas por el Congreso. Jerarquía igual a las leyes dictadas por el Congreso. Jerarquía inferior a las leyes dictadas por el Congreso. Martin descubrió que tiene una enfermedad incurable y que le quedan meses de vida. Por ello, decidió mudar su domicilio a un Estado Europeo, puesto que allí podía legar todos sus bienes a su actual esposa, ¿Frente a qué característica de la norma indirecta estamos en este caso? (seleccione la opción correcta): El fraude a la ley. La cuestión previa. La calificación jurídica. Moisés (israelí) contrajo matrimonio con Marta (española) en Francia. Previamente, los contrayentes habían mudado su domicilio a París, a los efectos de poder contraer matrimonio bajo el régimen francés, que les permite mantener la división de bienes. A la muerte de Moisés, Marta abre sucesión en Tel Aviv por los bienes que Moisés tenía en dicha ciudad y los sobrinos de Moisés comparecen, oponiéndose a la participación de Marta en la sucesión por no haber contraído matrimonio bajo el rito hebreo. ¿Frente a qué tipo de caso nos encontramos?: Es un caso que tiene una cuestión previa que resolver, la validez del matrimonio. Es un caso que puede resolverse directamente sin cuestionar la validez del matrimonio. Es un caso que solo involucra derechos patrimoniales, sin necesidad de analizar el matrimonio. Norma indirecta, los dos momentos son: Analítico analógico y sintético judicial. Directo sustantivo y directo material. Positivo formal y negativo material. Norma indirecta, los dos momentos son: Apriorísticamente y A posteriori. Analítico y sintético. Directo y material. Normas internacionalmente imperativas: Las normas internacionalmente imperativas son aquellas que en su tipo legal captan una relación jusprivatista multinacional y en su consecuencia jurídica "autoeligen" inflexiblemente el derecho material, delimitando expresamente su ámbito de aplicación espacial. Estas normas encuentran su fundamentación en la salvaguarda de la organización política, social, familiar y económica del país. Las normas internacionalmente imperativas solo remiten a otro ordenamiento jurídico sin brindar solución propia y no tienen relación con la protección del orden político o social del país. Las normas internacionalmente imperativas dependen de la voluntad de las partes para determinar el derecho aplicable y no delimitan su ámbito de aplicación espacial. Órgano encargado de velar por la aplicación de los instrumentos de política comercial común acordados por los estados parte para el funcionamiento de la unión aduanera: La Comisión de Comercio del Mercosur. El Consejo del Mercado Común. El Tribunal Ad Hoc del Mercosur. Órgano representativo de los parlamentos de los Estados parte en el ámbito del Mercosur: La Comisión Parlamentaria Conjunta. El Consejo del Mercado Común. La Comisión de Comercio del Mercosur. Para ejecutar una sentencia extranjera el juez argentino debe examinar: Si ella reúne todos los requisitos formales, procesales y sustanciales. Solo si coincide con la ley nacional, sin considerar sus requisitos formales o procesales. Únicamente si fue dictada en un país vecino, sin examen de los requisitos sustanciales. Para Joseph Story, el derecho extranjero es: Un hecho cuya aplicación por parte de los jueces nacionales se funda en la cortesía internacional de las naciones. Un derecho que los jueces nacionales deben aplicar siempre sin considerar la cortesía internacional. Un conjunto de normas que solo tiene valor histórico y no puede aplicarse en los tribunales nacionales. Para que el derecho extranjero indicado en la consecuencia jurídica de la norma indirecta pueda aplicarse, es necesario que: El derecho elegido no vulnere los principios de orden público internacional del juez argentino. El derecho elegido pueda contradecir las normas locales siempre que las partes estén de acuerdo. El derecho extranjero se aplique automáticamente sin considerar el orden público del juez argentino. Pedro, con domicilio en argentina celebra con Juan, con domicilio en Chile, un contrato de compraventa internacional. Deciden de común acuerdo señalar como competentes los tribunales de Brasil. A este acuerdo se lo denomina: Prórroga de jurisdicción. Reenvío de jurisdicción. Jurisdicción exclusiva. Peter Biendara, de origen austríaco, nacionalizado argentino, con residencia estable y bienes inmuebles en el país, es informado de que padece una enfermedad terminal. Tuvo cinco mujeres y varios hijos matrimoniales. Desea dejar su cuantiosa fortuna a la quinta mujer, pero como en Argentina resulta imposible desheredar a los hijos, resuelve retornar a Austria a los efectos de recuperar su nacionalidad y otorgar un testamento conforme a dicha ley. En el testamento deja a los hijos una mínima proporción de su herencia y la mayoría a su quinta mujer. Ante el pedido de los hijos el Juez argentino resuelve: Invocar la excepción de fraude a la ley argentina. Aplicar directamente la ley austríaca sin considerar el orden público argentino. Reconocer el testamento tal como fue otorgado, sin objeción alguna por fraude. Que un tratado sea "auto ejecutorio" significa que: Contiene normas inmediatamente aplicables por los jueces. Requiere una ley interna para poder aplicarse. Solo tiene efectos políticos y no puede ser aplicado por los tribunales. Regulación directa y regulación indirecta: Las normas indirectas o de conflicto son aquellas que en su tipo legal describen un caso jusprivatista multinacional, pero que en su consecuencia jurídica no dan la solución al mismo, sino que remiten a otro ordenamiento (extranjero o propio, según se trate de normas indirectas de importación o exportación). En tanto que las normas directas, materiales o sustantivas son aquellas que en su tipo legal describen un caso jusprivatista multinacional y que en su consecuencia jurídica brindan la solución sustantiva y material a ese caso. Las normas indirectas dan directamente la solución al caso, mientras que las normas directas solo remiten a otro ordenamiento jurídico. Las normas directas no brindan solución sustantiva ni material, mientras que las normas indirectas son aplicables únicamente al derecho nacional sin considerar elementos extranjeros. Respecto a la naturaleza del derecho extranjero la teoría que sostiene que el derecho extranjero es un derecho, entiende también que: Se aplica de oficio. Solo se aplica si las partes lo alegan y prueban. No puede ser aplicado bajo ninguna circunstancia por el juez nacional. Ricardo (uruguayo) y Jorge (argentino) realizan un contrato de compraventa de mercancías que debían ser enviadas desde el puerto de Buenos Aires hasta el puerto de Montevideo. En el contrato determinan que la ley que regula el mismo es la ley argentina. Seguidamente al envío, Ricardo descubre que las mercancías enviadas se encuentran falladas, hace el reclamo extrajudicial y Jorge niega el hecho, en consecuencia, Ricardo inicia acciones en los tribunales de Montevideo donde el juez uruguayo declara su incompetencia y remite la causa al juez argentino. Indique en qué teoría funda su decisión: Teoría del Paralelismo. Teoría del Uso Jurídico. Teoría del Hecho Notorio. Se analiza la validez de un matrimonio celebrado en Francia, entre dos franceses con domicilio en dicho país, pero domiciliados a la fecha de interposición de la demanda de divorcio en Argentina. Estamos frente a una relación: Jurídico privada relativamente internacional. Jurídico privada puramente nacional. Jurídico privada internacional absoluta. Se denomina "non conveniens" al foro que: Se da cuando el juez internacionalmente competente, declina su competencia en favor de otro juez, cuya jurisdicción considera más apropiada. Se da cuando un juez declina su competencia sin considerar otro tribunal más apropiado. Se aplica únicamente cuando las partes acuerdan voluntariamente la jurisdicción de un tribunal extranjero. Se denomina Derecho Internacional Privado mercosureño lato sensu: Al conformado por los convenios provenientes de distintas fuentes que están vigentes en los países miembros. Al conjunto de normas que solo rigen en un Estado miembro y no en los demás. Al derecho interno de cada país miembro sin considerar los tratados o convenios internacionales. Se denomina foro concurrente a aquel que: Confiere jurisdicción de manera alternativa a dos o más Estados. Confiere jurisdicción exclusiva a un solo Estado. No permite que ningún Estado ejerza jurisdicción sobre el caso. Se denomina foro exclusivo a aquel que: Se da en el supuesto de un Estado que reivindica para sí la jurisdicción fundada en razones de orden público. Se aplica cuando todos los Estados involucrados pueden ejercer jurisdicción de manera alternativa. Surge cuando un Estado renuncia voluntariamente a su jurisdicción a favor de otro tribunal. Se denomina foro exorbitante a aquel que: No respeta el principio de proximidad con el caso, o se da en menoscabo del equilibrio entre las partes. Respeta estrictamente el principio de proximidad y la igualdad entre las partes. Solo se aplica cuando las partes acuerdan voluntariamente someterse a un tribunal extranjero. Se denomina foro general a aquel que: Toma como criterio para establecer la jurisdicción un elemento que existe en todos los supuestos, independientemente de la configuración del caso. Depende de las circunstancias específicas de cada caso para determinar la jurisdicción. Solo se aplica cuando las partes designan expresamente un tribunal en el contrato. Se denomina fórum necessitatis a aquel que: Se da cuando un juez que no es competente, asume la jurisdicción para evitar una consecuencia no deseable, como la denegación de justicia. Se aplica cuando el juez competente delega voluntariamente su jurisdicción a otro tribunal sin necesidad. Surge únicamente cuando las partes acuerdan expresamente cambiar el foro por conveniencia. Se denomina fórum necessitatis a aquel que: Supuestos en los que un juez que no es competente, asume jurisdicción para evitar una consecuencia no deseable. Supuestos en los que el juez competente se niega a asumir la jurisdicción por razones de conveniencia. Supuestos en los que las partes deciden voluntariamente designar un juez extranjero competente. Se denomina non conveniens a aquel foro que: Se da cuando el juez internacionalmente competente, declina su competencia en favor de otro juez, cuya jurisdicción considera más apropiada. Se presenta cuando el juez carece de competencia internacional y rechaza la causa sin remitirla a otro juez. Se configura cuando un juez asume competencia exclusiva sin posibilidad de remisión a otro tribunal. Se juzga sobre la validez de un matrimonio celebrado en España, entre dos españoles con domicilio en España pero domiciliados a la fecha de interposición de la demanda en Argentina. Estamos frente a una relación: Jurídico privada relativamente internacional. Jurídico privada puramente nacional. Jurídico privada absolutamente internacional. Se solicita ante un juez argentino el reconocimiento de una sentencia a pagar una suma de dinero por incumplimiento contractual, dictada por un juez uruguayo. Durante el proceso llevado a cabo en Uruguay se comunicó a la parte demandada (argentina) la demanda en tiempo y forma, pero dicha parte no contestó ni se presentó en el proceso, siendo, por tanto, declarada en rebeldía. Los tribunales argentinos deberán: Reconocer la sentencia. Rechazar el reconocimiento. Denegar el reconocimiento. Según el art 2595 del CCC, el derecho extranjero: Hay que interpretarlo como lo harían los jueces del estado al que ese derecho pertenece, sin perjuicio de que las partes puedan alegar y probar la existencia de la ley invocada. Debe interpretarse conforme a los principios del derecho argentino, quedando excluida la consideración de la interpretación que realicen los jueces del Estado de origen. Se aplica como un hecho que debe ser probado por las partes, sin que el juez argentino tenga facultades para investigar su contenido o interpretación. Según el Normativismo el objeto del Derecho Internacional: Sistema por el cual los órdenes jurídicos estatales delimitasen el ámbito espacial de aplicación de sus normas de Derecho Internacional Privado. Conjunto de normas destinadas a regular directamente las relaciones jurídicas privadas con elementos extranjeros, mediante soluciones materiales uniformes. Mecanismo orientado a resolver los conflictos de jurisdicción internacional, determinando exclusivamente la competencia de los tribunales estatales. Según el Normativismo, el objetivo del Derecho Internacional Privado: Las concepciones normativistas ponen el acento en la norma jurídica, reduciendo el ámbito de actuación del Derecho Internacional Privado a una concepción positivista. Las concepciones normativistas privilegian la justicia material del caso concreto, ampliando el ámbito del Derecho Internacional Privado a soluciones equitativas por sobre la norma positiva. Las concepciones normativistas enfatizan la protección de los intereses individuales de las partes, concibiendo al Derecho Internacional Privado como un instrumento flexible y casuístico. Según el Normativismo, el objeto del Derecho Internacional: Se configura mediante una constatación empírica. Se determina a partir de consideraciones axiológicas, fundadas en valores de justicia material. Se construye mediante criterios finalistas, orientados a la solución del caso concreto. Según la concepción dualista, para que un tratado internacional pueda ser aplicado en el orden interno de un Estado, es necesario que dicho estado: Depende del sistema y de la práctica constitucional de cada estado. Lo incorpore automáticamente al orden interno, sin necesidad de ningún acto legislativo adicional. Lo ratifique y lo publique, adquiriendo jerarquía constitucional en todos los casos. Según la concepción dualista, para que un tratado internacional pueda ser aplicado en el orden interno de un Estado, es necesario que dicho Estado: Lo apruebe y ratifique y dicte una ley para su recepción interna. Lo incorpore automáticamente, sin requerir ratificación ni una ley interna de recepción. Lo apruebe y ratifique, siendo suficiente su publicación oficial para su aplicación directa en el orden interno. Según los puntos de conexión utilizados, las normas indirectas se clasifican en: Subsidiarias, alternativas y acumulativas. Personales, territoriales y reales. Generales, especiales y excepcionales. Según los puntos de conexión utilizados, las normas indirectas se clasifican en: Según el tipo legal, consecuencia jurídica, punto de conexión. Según el sujeto, el objeto y el territorio involucrado. Según la competencia judicial, la ley aplicable y el reconocimiento de sentencias. Según los puntos de conexión utilizados, las normas indirectas se clasifican en: Simple y compleja. Rígida y flexible. Unilateral y bilateral. Selección la opción correcta. Los usos y costumbres del comercio internacional forman parte del ámbito del Derecho Internacional Privado...: Transnacional. Interno. Interestatal. Seleccione cuál de los siguientes órganos NO corresponde a la estructura institucional del Mercosur: Cámara de Comercio Internacional. Consejo del Mercado Común. Grupo Mercado Común. Seleccione la opción correcta. Las normas de exportación declaran aplicable a un caso con elementos extranjeros, el derecho: Propio. Extranjero. Internacional uniforme. Seleccione la opción correcta: Puede afirmarse que el Derecho Internacional Privado como disciplina jurídica posee autonomía científica en cuanto que: Posee un objeto, una finalidad y un método propios. Carece de un objeto propio, limitándose a aplicar principios generales del derecho interno. Depende metodológicamente del Derecho Internacional Público, sin desarrollar técnicas específicas. Si Argentina decide ratificar la Convención de 2 de julio de 2019 sobre el Reconocimiento y la Ejecución de sentencias extranjeras en Materia Civil y Comerciales de la Conferencia de la Haya, dicho tratado tendría: (Seleccione la opción correcta): Jerarquía superior a las leyes dictadas por el congreso. Jerarquía constitucional. Jerarquía equivalente a una ley nacional. Si decimos que, para la determinación de la capacidad de Juan, existe un tratado que señala como juez competente el de un foro general. ¿Qué significa?: Que se forma como criterio para establecer la jurisdicción un elemento que existe en todos los supuestos, independientemente de la configuración del caso. Que la jurisdicción se determina a partir de un elemento excepcional, aplicable solo cuando el caso presenta circunstancias especiales. Que el juez competente se establece en función de un elemento variable, que depende de la naturaleza específica de la relación jurídica involucrada. Si decimos que un juez colombiano solicitó una cooperación jurídica internacional de tercer grado en Argentina, significa que pidió: El reconocimiento y ejecución de sentencias y laudos extranjeros. La notificación o traslado de actos procesales a personas domiciliadas en Argentina. La producción de pruebas en territorio argentino para ser incorporadas al proceso extranjero. Si el orden público involucra un conjunto de principios superiores inherentes a la organización del Estado y la familia, rectores del orden moral y de las buenas costumbres... que la voluntad individual debe respetar, su aplicación es: A posteriori. A priori. Preventiva. Si las partes en un contrato deciden incluir principios de unidroit, estamos frente a una fuente: Transnacional. Interna. Convencional estatal. Si Susana celebra con Marta un contrato de compraventa, siendo que Susana tiene domicilio en Argentina y Marta en Uruguay, ¿ante qué tipo de elementos de la relación jurídica nos encontramos?: Elemento personal. Elemento real. Elemento territorial. Si un argentino con domicilio en Francia tiene dudas acerca de la ley que rige su capacidad y encuentra la siguiente afirmación ‘’la capacidad se rige por ley del domicilio de la persona humana’’, ¿ante qué tipo de norma nos encontramos?: Norma indirecta. Norma directa. Norma material. Si un juez argentino recibe una sentencia de México para ser ejecutada en Argentina ¿Qué tipo de jurisdicción está ejerciendo?: Jurisdicción indirecta. Jurisdicción directa. Jurisdicción originaria. Si un juez brasilero solicita el cumplimiento de una providencia de mero trámite en Argentina, se trata de: Cooperación jurídica internacional de primer grado. Cooperación jurídica internacional de segundo grado. Cooperación jurídica internacional de tercer grado. Si un juez presta auxilio judicial internacional frente a la solicitud de un juez extranjero, se configura: Jurisdicción internacional indirecta. Jurisdicción internacional directa. Competencia judicial exclusiva. Si una persona celebra un contrato con otro sobre un bien que se encuentra en un Estado extranjero, se trata de una relación iusprivatista internacional porque: Posee un elemento extranjero real. Posee un elemento extranjero personal. Presenta únicamente un elemento extranjero territorial. Si una persona de nacionalidad colombiana quiere celebrar un contrato con un argentino, ¿Su nacionalidad implica que estamos frente a una relación iusprivatista internacional? (Seleccione la opción correcta): La nacionalidad no tiene relevancia jurídica en el ordenamiento jurídico argentino, pero admite ciertas excepciones. La nacionalidad es siempre un elemento determinante, por lo que la relación es automáticamente iusprivatista internacional. La nacionalidad resulta irrelevante en todos los casos, sin admitir excepción alguna en el ordenamiento jurídico argentino. Si una sentencia española pretende ser reconocida en Argentina, pero se encuentra en conflicto con el Orden Público Argentino, ¿Frente a qué tipo de caso nos encontramos?: Sustancial. Procesal. Formal. Si una sentencia islandesa pretende ser reconocida en argentina, pero se encuentra traducida ¿frente a qué tipo de requisito nos encontramos?: Formal. Sustancial. Jurisdiccional. Si una sentencia que proviene de Italia quiere ser ejecutada en argentina deberá: Asegurar que se hayan respetado las garantías procesales fundamentales. Verificar que el juez extranjero haya aplicado derecho argentino al caso. Comprobar que la sentencia haya sido dictada por un tribunal con jurisdicción exclusiva argentina. Sofía está casada con Juan (ambos de nacionalidad española, pero como último domicilio conyugal en Argelia), plantea una acción de divorcio en Argentina, país donde se encuentra el domicilio actual de Juan. Conforme al Código Civil u Comercial argentino, resulta aplicable al divorcio la ley argelina, por ser del último domicilio conyugal, sin embargo, el ordenamiento niega todo derecho patrimonial a la mujer. En el caso, el juez argentino resuelve: Invocar la excepción de orden público internacional. Aplicar íntegramente la ley argelina. Rechazar la demanda por falta de jurisdicción internacional. Tal como lo establece el Protocolo de Ouro Preto, el Grupo Mercado Común se pronuncia mediante: Resoluciones. Decisiones. Recomendaciones. Un conflicto surge de un contrato internacional en el que resuelve un juez cuyo orden sostiene que, la naturaleza del derecho extranjero es un hecho. ¿Qué implica esto?: Que quien lo alegue debe probarlo. Que el juez debe conocerlo de oficio. Que se presume su contenido y vigencia. Un contador cuyo título fue expedido por una universidad paraguaya en 1960, solicita ser habilitado para ejercer la profesión en Argentina. La Universidad de Buenos Aires rechaza en 1987 la petición y el interesado formula el planteo judicial. Indique cuál de las siguientes fuentes resulta aplicable al caso: Convención sobre el Ejercicio de Profesiones Liberales de Montevideo (1939). Tratado de Montevideo de Derecho Civil de 1889. Convención Interamericana sobre Normas Generales de Derecho Internacional Privado (CIDIP). Un juez uruguayo debe conocer en un caso de daños y perjuicios por choque en dicho país (Uruguay) en el que intervine un conductor con domicilio en Argentina, ¿Qué tipo de jurisdicción está ejerciendo?: Jurisdicción directa. Jurisdicción indirecta. Jurisdicción exclusiva. Una empresa argentina y otra norteamericana litigan ante los tribunales argentinos, a los que se habían sometido, finalizando el pleito mediante sentencia dictada el 1 de julio de 1998. Descontenta con el resultado alcanzado, la sociedad norteamericana vuelve a demandar por los mismos motivos a la sociedad argentina ante los tribunales de Nueva York y pide el reconocimiento de la sentencia. Los tribunales argentinos podrán: Considerar que la sentencia es incompatible con otra pronunciada con anterioridad por un tribunal argentino. Reconocer la sentencia extranjera, en virtud del principio de cooperación judicial internacional, aun cuando exista una sentencia previa dictada por tribunales argentinos. Rechazar el reconocimiento por falta de jurisdicción internacional del tribunal argentino, al haberse sometido las partes con posterioridad a los tribunales de Nueva York. Una persona de nacionalidad chilena y domiciliada en Argentina celebra un contrato con una persona de nacionalidad y domicilio en argentina. Deciden de común acuerdo que el contrato va a ser sometido a arbitraje comercial ante la Cámara de Comercio Internacional. En esta relación existe un elemento: Conductista. Personal. Territorial. Una relación jurídica privada relativamente internacional: Nace como un caso absolutamente nacional, pero por una circunstancia sobreviviente se convierte en internacional. Se configura desde su origen con uno o más elementos extranjeros. Carece de todo elemento extranjero, por lo que permanece siempre dentro del ámbito del derecho interno. Una sentencia que obliga el pago de una suma de dinero por incumplimiento contractual, es dictada por un juez brasilero para ser reconocida en Argentina. Durante el proceso llevado a cabo en Brasil, se notificó la demanda a la parte demandada (argentina) de modo personal, en tiempo y forma, pero dicha parte no contestó ni se presentó en el proceso, siendo, por tanto, declarada en rebeldía. Los tribunales argentinos deberán: Reconocer la sentencia. Rechazar el reconocimiento. Denegar el reconocimiento. Una sociedad con sede social en Argentina demanda ante los tribunales argentinos el 1 de septiembre de 1999 a otra sociedad con sede social en las Islas Cayman por incumplimiento de contrato. A su vez esta última sociedad había demandado a la argentina por el mismo motivo ante los tribunales de las Islas Cayman el 30 de agosto de 1999 y pide el reconocimiento de la sentencia. Los tribunales argentinos podrán: Invocar la excepción de litis pendencia. Reconocer la sentencia extranjera. Rechazar la demanda argentina por falta de jurisdicción internacional. Unidroit, Organismo Internacional de carácter intergubernamental constituido en 1926, tiene como finalidad: La unificación del derecho internacional privado. La armonización del derecho internacional público. La codificación del derecho interno de los Estados. Uno de los integrantes del matrimonio de nacionalidad española con último domicilio conyugal en Argelia plantea la acción de divorcio en Argentina donde se encontraba domiciliado el marido. El Código Civil y Comercial declara aplicable la ley argelina, dicho ordenamiento niega derechos a la mujer. El Juez argentino resuelve: Invocar la excepción de orden público internacional. Aplicar la ley argelina en su totalidad. Rechazar la demanda por falta de competencia internacional. Uno de los presupuestos del Derecho Internacional Privado hace referencia a la realidad social de la persona, que al entablar relaciones jurídicas traspone las fronteras. Ello se conoce como: Tráfico privado externo. Tráfico jurídico interno. Relación jurídica interestatal. |





