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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESENG - Derecho Sucesorio - Segundo Parcial

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Título del test:
NG - Derecho Sucesorio - Segundo Parcial

Descripción:
Siglo 21. Preguntero NG🍀 vigente al 23/03/2024

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
23/03/2024

Categoría:
Universidad

Número preguntas: 270
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Temario:
4.1. La sucesión testamentaria puede ser: A título universal A título particular A título patrimonial.
4.1. El testamento debe ser autosuficiente, ello significa: Las disposiciones testamentarias deben bastarse a sí mismas Las disposiciones testamentarias deben tener publicidad para bastarse a sí mismas.
4.1 Juan le consulta, ¿Cuál es la diferencia entre la nulidad y la inexistencia testamentaria? Ud. le responde: La nulidad es una sanción de la ley que recae sobre un acto jurídico real o existente y la inexistencia es una noción que se aplica a ciertos hechos. La nulidad es una sanción de la ley que recae sobre un acto procesal y se aplica a todos los hechos por igual .
4.1 Carlos testa por acto público y luego se da cuenta que ese testamento es nulo. Hace otro, por el cual dice: ratifico todo el contenido anterior. ¿Vale dicho acto?: Si, puede confirmarlo realizando otro testamento totalmente diferente. Si, puede confirmarlo debiendo en el testamento posterior reproducir todas las disposiciones testamentarias.
4.1 De las siguientes opciones, ¿cuál se relaciona con características del testamento?: Debe ser la expresión directa de la voluntad del testador. Debe ser la intención directa de la voluntad del testador.
4.1 Seleccione las 3 (tres) opciones correctas. ¿Cuáles de las siguientes opciones son características de los testamentos?: Solenme Revocable Es de última voluntad Puede ser oral.
4.1 Miguel fallece como consecuencias de una grave enfermedad, siendo soltero y sin descendencia. Su familia se componía de dos hermanos y cinco sobrinos. Durante su enfermedad, Miguel fue cuidado por Andrea, una de sus sobrinas. Él tenía un único bien inmueble, que era un departamento en Barrio General Paz, valuado en $70.000. Su intención era beneficiar a Andrea, pero también a un amigo de toda su vida Tito, por lo que deja la nuda propiedad del bien a Andrea y el usufructo del mismo a Tito, ya que este no tenía lugar donde vivir. Los hermanos de Miguel concurren a su estudio y le consultan; pues consideran que a ellos les corresponde heredar. Ud. les explica: Que tienen la mitad de todo lo que Miguel ha realizado a favor de Andrea y Tito. Que no tienen ningún derecho, pues Miguel ha realizado una institución de herederos a favor de Andrea y Tito. .
4.1 Antonio de edad avanzada, solo tiene como parientes a Julio su medio hermano, y sus dos sobrinas. Antonio vive con un amigo de toda la vida José, al cual quiere beneficiar con la casa que es de su propiedad, valuada en $ 45.000, asimismo y para el supuesto de no poder cumplir con su voluntad, quiere que dicha casa quede a Tito, un compadre suyo al cual aprecia. Le consulta sobre las posibilidades que tiene. ¿Qué le recomienda?: Que puede realizar una sustitución de herederos. Que puede realizar una declaración de herederos.
4.2 Respecto al testamento podemos afirmar que: Debe ser la expresión directa de la voluntad del testador, la facultad de testar es indelegable y las disposiciones testamentarias no pueden dejarse al arbitrio de un tercero. Así lo dispone el Art. 2465 del CCC. Debe ser la expresión directa de la voluntad del testador, la facultad de testar es delegable y las disposiciones testamentarias no pueden dejarse al arbitrio de un tercero. Así lo dispone el Art. 2465 del CCC.
4.2 ¿Es válido el testamento otorgado conjuntamente por dos o más personas?: No, el testamento es un acto jurídico unilateral. Sí excepcionalmente testamento puede ser un acto jurídico bilateral.
4.2 La validez del testamento: Se juzga por la ley vigente al momento de la muerte del testador. Se juzga por la ley vigente al momento de que expresó la voluntad el testador.
4.2 Cuál de las siguientes es una característica del testamento: Irrevocabilidad. Revocabilidad.
4.2 Cuáles son los presupuestos que se deben cumplir para que sea válido el testamento?: Ausencia de vicios. Expresión personal de la voluntad del causante Capacidad para testar Debe tener bienes a su nombre.
4.2 El testamento debe ser autosuficiente, ello significa: Las disposiciones testamentarias deben bastarse a sí mismas. Las disposiciones testamentarias pueden ser hechas con cargo.
4.2 ¿Puede el testador renunciar a la facultad de revocar el testamento?: No, ya que la facultad de revocar el testamento o modificar sus disposiciones es irrenunciable. Puede testar la persona mayor de edad al tiempo del acto.
4.3 Pueden testar: Las personas físicas que gocen del ejercicio de sus derechos. Las personas jurídicas que gocen del ejercicio de sus derechos.
4.3 La capacidad para testar: Se atiende al tiempo en que se otorga el testamento. Se atiende al tiempo en que se muere.
4.3 Ley que rige la capacidad para testar: La capacidad para otorgar testamento y revocarlo se rige por el derecho del domicilio del testador al tiempo de la realización del acto (art. 2647). La capacidad para otorgar testamento y revocarlo se rige por el derecho del domicilio del testador al tiempo de fallecer (art. 2647).
4.3.1 Edad para testar: No pueden hacerlo los menores de 18 años de uno y otro sexo. No pueden hacerlo los menores de 16 años de uno y otro sexo.
4.3.1 ¿Desde qué edad se tiene capacidad para testar?: Desde los 18 años. Desde los 16 años.
4.3.1 ¿Cuál es la edad para testar en nuestro ordenamiento jurídico?: Puede testar la persona mayor de edad al tiempo del acto. Debe ser la expresión directa de la voluntad del testador.
4.4 El testamento: Debe ser la expresión directa de la voluntad del testador. Debe ser la expresión directa de la voluntad del testador.
4.4 Los testamentos conjuntos pueden adoptar dos modalidades: Los testadores disponen recíprocamente el uno a favor del otro; Los testadores disponen simultáneamente a favor de terceros. Los testadores disponen post mortem a favor de terceros.
4.5 ¿Pueden dos personas hacer su testamento en el mismo acto?: No, está prohibido. Está permitido.
4.5.3 ¿Cuál de las siguientes personas está capacitada para ser testigo testamentario?: Los colaterales del testador que no sean beneficiarios de alguna disposición. Los cosanguíneos del testador que no sean beneficiarios de alguna disposición.
4.5.3 En el testamento marítimo se requiere la presencia de: Tres testigos. Dos testigos.
4.6 Es nulo el testamento o, en su caso, la disposición testamentaria: Por haber sido otorgado con error, dolo o violencia. Por fraude.
4.6.1 Juan hace un testamento ológrafo en el que instituye heredero a Carlos y deja cinco legados a otras tantas personas. Luego, un instituido por testamento anterior (Pedro), prueba la nulidad de la institución. ¿Qué sucede con los cinco legados?: La nulidad de la institución de los herederos no afecta los legados. La nulidad de la institución de los herederos afecta los legados.
4.7 ¿Quiénes de los siguientes pueden suceder por testamento?: El conviviente del testador. La cuidadora del testador.
4.7 Son hábiles para suceder por testamento: La persona humana con aptitud para ser titular de derechos. La persona jurídica con aptitud para ser titular de derechos.
4.8 ¿Cuál de los siguientes constituye uno de los requisitos del testamento cerrado?: La firma del testador en el pliego interior. La firma del testador en el pliego posterior.
4.8 En el testamento cerrado: El testador presenta al escribano, en pliego cerrado, en presencia de testigos, manifestando que contiene su testamento. Se redacta en su cubierta un acta que contiene ésa expresión. Es notarial. Es secreto. Y deberá abrirse a su muerte. El testador presenta al escribano, en pliego cerrado. No es notarial. Es secreto. Y deberá abrirse a su muerte.
4.8 ¿Cuáles son las formas testamentarias permitidas en nuestro ordenamiento Jurídico?: Testamento ológrafo y testamento por acto público. Testamento ológrafo y testamento por acto privado. .
4.9 El testamento puede ser: Ológrafo; Por acto privado Por acto público.
4.9.1 El testamento ológrafo: Debe ser íntegramente escrito con los caracteres propios del idioma en que es otorgado. Debe ser íntegramente oral con los caracteres propios del idioma en que es otorgado.
4.9.1 ¿Dónde debe colocarse la firma y la fecha de un testamento ológrafo?: La firma debe estar después de las disposiciones y la fecha puede estar antes de la firma o después de ella. Debe ser íntegramente escrito con los caracteres propios del idioma en que es otorgado, fechado y firmado por la mano misma del testador.
4.9.1 El testamento por acto público: Se otorga mediante escritura pública, ante el escribano autorizante y dos testigos hábiles, cuyo nombre y domicilio se deben consignar en la escritura. Se otorga mediante escritura pública, ante el escribano autorizante y cuatro testigos hábiles, cuyo nombre y domicilio se deben consignar en la escritura.
4.9.1 Cuales son los requisitos del testamento ológrafo en nuestro derecho?: Debe ser íntegramente escrito con los caracteres propios del idioma en que es otorgado, fechado y firmado por la mano misma del testador. Debe ser íntegramente escrito traducido al español, fechado y firmado por la mano misma del testador.
4.9.1 Seleccione las 4 (cuatro) opciones correctas. ¿Cuáles de los siguientes son requisitos del testamento ológrafo?: La fecha Debe ser íntegramente escrito con los caracteres propios del idioma en que es otorgado La firma de los testigos. La firma del testador. Estar escrito de puño y letra del causante.
4.9.1 De las siguientes opciones, ¿Cuál es un requisito propio del testamento ológrafo?: Es un requisito que tenga fecha. Es un requisito que tenga fecha e idioma español.
4.9.2 Los testigos en los testamentos: Deben ser capaces al tiempo de la formación del testamento, si no lo fueran puede ratificarse el consentimiento. Deben ser capaces al tiempo de la formación del testamento.
4.9.2 Las ventajas del testamento por acto público: La intervención del notario Brinda mayor seguridad Mantiene los valores tradicionales del testamento. Pueden utilizar quienes no saben leer o escribir o no pueden hacerlo.
4.9.2 ¿Cuál de las siguientes personas está capacitada para ser testigo testamentario?: El primo del testador, quien no es beneficiario de ninguna disposición testamentaria. El hermano del testador, quien no es beneficiario de ninguna disposición testamentaria.
4.9.2 ¿Cuáles son las especialidades que admite el testamento por acto público?: Testamento en idioma extranjero Testamento consular Testamento oral.
4.9.2 Benito realiza su testamento por acto público, en el cual instituye herederos a sus sobrinos. Los testigos son, su conviviente, y sus dos mejores amigos. Al morir Benito, su hermano quiere demandar la nulidad del testamento, aduciendo que el conviviente del testador es inhábil para ser testigo. Ud. le explica que: Si bien el conviviente del testador es inhábil para ser testigo, al ser excluido éste, solo necesita un testigo hábil, con lo cual el testamento es válido. Si bien el conviviente del testador es inhábil para ser testigo, al ser excluido éste, quedan otros dos testigos hábiles, con lo cual el testamento es válido.
4.9.2 Las etapas que comprende el otorgamiento del testamento mediante acto público son: Fase preparatoria: El testador le manifiesta su deseo de testar al escribano y le da las instrucciones de manera verbal o escrita Fase de redacción de la escritura: El escribano redacta la escritura testamentaria según las instrucciones dadas por el testador; Fase de otorgamiento: El escribano, en presencia del testador y los testigos, procede a la lectura del testamento y luego lo firman los intervinientes. Fase de cosentimiento: El escribano, en presencia del testador y los testigos, procede a la lectura del testamento y luego lo firman los intervinientes.
4.9.2 ¿Cuál de las siguientes opciones se relaciona con el testamento por acto público?: Debe ser hecho ante escribano autorizante y en presencia de dos testigos. Debe ser hecho ante escribano autorizante .
4.9.2 ¿Cuantos testigos se requieren en el testamento por acto público?: Dos testigos. Cuatro testigos.
4.9.2 Seleccione las 4 (cuatro) opciones correctas. ¿Quiénes de las siguientes personas están inhabilitadas para ser testigos de los testamentos?: El albacea Los ascendientes del causante Los descendientes del causante Los beneficiarios de alguna de las disposiciones. Los descendientes y descendientes del causante.
5.1 Ernesto ha padecido una grave enfermedad, que lo tuvo tres meses en reposos absoluto hasta que falleció. Durante ese tiempo, lo asistió y acompaño espiritualmente un pastor de la iglesia evangélica. Al morir Ernesto, se observa que en un testamento ológrafo beneficio con $50.000 al pastor que lo acompaño en su última enfermedad. Este le pregunta si puede acceder a dicho legado. Ud. le explica que: El legado a favor del pastor es de ningún valor, ya que al haberlo asistido durante su última enfermedad no es hábil para suceder por testamento. El legado a favor del pastor es nulo parcialmente, ya que al haberlo asistido durante su última enfermedad no es hábil para suceder por testamento.
5.1 Marcos, soltero y sin hijos deja un testamento donde instituye heredero de su fortuna “a los pobres” como se entiende dicha disposición?: Se entiende hecha al estado municipal del ultimo domicilio del testador, con cargo de aplicar los bienes a fines de asistencia social. Se entiende hecha al estado municipal del ultimo domicilio del testador.
5.1 Seleccione las 3 (tres) opciones correctas. Las disposiciones testamentarias deben interpretarse: Deben ser entendidas en el sentido corriente. Adecuándolas a la voluntad real del causante Según el contexto total del acto Según la educación de quien hace el testamento. .
5.1 Al morir Pedro, se encuentran dos testamentos ológrafos: el primero, redactado en 2009, que establece que lega su vehículo a su primo Héctor; y el segundo, redactado en 2011, el cual establece que lega el mismo vehículo a su conviviente Zulma. ¿Cómo resuelve esta situación?: Zulma es beneficiaria del vehículo, ya que el testamento posterior revoca el anterior. Hector es beneficiario del vehículo, ya que el testamento anterior sigue teniendo validez.
5.1 Marcelo instituye heredero de sus bienes a sus sobrinos Jorge, Agustina y Milagros, hijos de un hermano suyo, a quienes quiere como si fueran sus hijos propios. Dos años después de dicho testamento conoce a Adriana, de quien se enamora y se casa en el año 2002. En septiembre de 2005 fallece, motivo por el cual se abre el testamento. Adriana le consulta, pues sus sobrinos le dicen que ella no tiene ningún derecho. Ud. le explica…: Que ella tiene derecho, pues el testamento quedó revocado por el posterior matrimonio. Que ella tiene NO derecho, pues el testamento quedó revocado por el posterior matrimonio.
5.1.1 El testamento ¿puede incluir disposiciones extra patrimoniales?: Si, nuestro ordenamiento jurídico prevé expresamente que el testamento puede incluir disposiciones extra patrimoniales. No, nuestro ordenamiento jurídico no prevé expresamente que el testamento puede incluir disposiciones extra patrimoniales.
Seleccione las 4 (cuatro) opciones correctas. ¿Cuáles de las siguientes disposiciones testamentarias implican la designación de un heredero universal? Designo a Andrés Fert como mi único y universal heredero. Fabiana Mardes gozara del usufructo vitalicio de mi casa de Mar del Plata; Lego mi reloj pulsera Rolex a Verónica Daer y todas mis demás pertenencias a Juan Gaidos; Le dejo a Marita Flores mi casa, mi auto y mi moto que es todo lo que tengo, con la condición de que cuide a mi perro Bachicha; Le dejo mi moto a Verónica Ahumada Le dejo todos mis bienes a mi sobrina nieta Gabriela Hernández.
5.1.2 ¿Que sucede si un testamento tiene como condición un hecho imposible?: La condición es válida pero no se afecta la validez de las disposiciones sujetas a dicha condición. La condición es nula pero no se afecta la validez de las disposiciones sujetas a dicha condición.
5.2 El heredero instituido: Es el llamado a la universalidad de los bienes o parte de ellos con vocación eventual al todo. Es el llamado a la mayoría de los bienes o parte de ellos con vocación eventual al todo.
5.2.1 En la Institución de herederos: Los herederos gozan respecto de terceros y entre sí, de los mismos derechos que los herederos legítimos, menos en cuanto a la posesión hereditaria. Los herederos gozan respecto de terceros, de los mismos derechos que los herederos legítimos, menos en cuanto a la posesión hereditaria.
5.2.1 Los herederos instituidos en una fracción de la herencia: No tiene vocación a todos los bienes. Tiene vocación a parte de los bienes.
5.3 La sustitución de herederos procede: Cuando el testador subroga a alguno heredero nombrado en el testamento para cuando este heredero no quiera o no pueda aceptar la herencia. Cuando el testador subroga a alguno heredero nombrado en el testamento para cuando este heredero no pueda aceptar la herencia.
5.3 ¿Qué clase de sustitución de herederos está permitida en nuestro ordenamiento?: La sustitución vulgar. La sustitución legal.
5.4 Juan deja en su testamento (1989) un legado a favor de María. En 1990 vende la cosa legada. Muere en 1997 y María se presenta a los Herederos de Juan, solicitando su valor en dinero. ¿Corresponde?: No, pues la enajenación de la cosa legada causa la revocación del legado. Sí, pues la enajenación de la cosa legada no causa la revocación del legado.
5.4 Julio vendió su automóvil a Guillermo Pérez en 2005.Al fallecer Julio en 2010, se abre su testamento que fue redactado en 1995, y por medio del cual lega dicho automóvil a Agustín. Este último le consulta, pues pretende de los herederos de Julio la entrega de la suma adquirida por la venta, más sus intereses. Ud. le explica que: Dicha disposición testamentaria quedo revocada. Dicha disposición testamentaria no se revoca.
5.4 Seleccione las 2 (dos) opciones correctas. ¿En cuáles de las siguientes disposiciones testamentarias que importan legados el heredero responde por evicción?: Le dejo una de mis vacas a Pedro Flores Concurre el cónyuge y sus dos ahijados por el valor del legado. A Pedro Hernández le dejo una moto.
5.4.5 El legatario responde por las deudas de la sucesión: Solo hasta el valor de la cosa legada, si la sucesión es insolvente. El posterior matrimonio del testador, luego de realizar el testamento.
5.4.6 Andrés vende su casa de campo en San Agustín, a Antonio González en el 2001. Al fallecer Andrés en el 2004, se abre su testamento que fue redactado en 1999, del cual surge que lega dicha casa de campo a su ahijada Alicia. Esta última le consulta pues pretende de los herederos de Andrés, la entrega de otro bien de su padrino, pues le dice que tal como surge del testamento era voluntad de Andrés beneficiarla con alguno de sus bienes. Ud. Le explica: Que dicha disposición testamentaria quedó revocada, al vender Andrés el inmueble con anterioridad a su muerte Que dicha disposición testamentaria quedó incorporada, al vender Andrés el inmueble con anterioridad a su muerte.
5.4.6 En caso de premoriencia del beneficiario de una disposición testamentaria: Importa La caducidad de la disposición testamentaria Importa La prescripción de la disposición testamentaria.
5.4.6 Federico, en su testamento, beneficia a su primo Rodrigo con una camioneta. Ante de la apertura de la sucesión, y a raíz de una gran inundación, la camioneta queda totalmente destruida. Que sucede con dicha disposición testamentaria: Al perecer la cosa, caduca la disposición testamentaria. Al perecer la cosa, prescribe la disposición testamentaria.
5.4.6 Marcelo instituye heredero de sus bienes a sus sobrinos Jorge, Agustina y Milagros hijos de un hermano suyo a quienes quiere como si fueran sus hijos propios. Dos años después de dicho testamento conoce a Adriana, de quien se enamora y se casa en el año 2002. En septiembre del 2005 fallece, motivo por el cual se abre el testamento. Adriana le consulta, pues sus sobrinos le dicen que ella no tiene ningún derecho. Ud. le explica: Que ella tiene derecho, pues el testamento quedo revocado por el posterior matrimonio. Que ella tiene derecho, pues el testamento quedo revocado por el posterior matrimonio.
5.5.1 El derecho de acrecer no tiene lugar: Cuando el testador ha asignado partes en la herencia o en la cosa legada. Puede recibir íntegramente el cuarto de los bienes por su derecho a acrecer por llamamiento conjunto.
5.5.1 Según Zannoni, el derecho de acrecer: Opera por efecto de la vocación misma. el testador ha asignado partes en la herencia o en la cosa legada.
6 Se dice que un testamento o cualquiera de sus disposiciones son ineficaces cuando: No producen sus efectos propios, cualquiera fuere la causa. Producen igual sus efectos propios, salvo para terceros.
6.1 La nulidad del testamento impide que el mismo produzca efectos aunque no haya sido impugnado: Verdadero Falso.
6.1 La aceptación de un legado no puede ser parcial ni estar sujeta a plazo o condición: Verdadero Falso.
6.1 Seleccione las 4 (cuatro) opciones correctas. ¿Cuáles de los siguientes cargos y condiciones insertos en disposiciones testamentarias son nulos?: Lego mi auto a Fernando Soria con el cargo que atropelle a Juan Manuel Flores No se han observado las formalidades prescriptas Dejo mi colección de discos a Pedro Marlos si encuentra un unicornio; Janice Verdu le dejo mi casa de Capilla del Monte si encuentra un extraterrestre en el Uritorco; A Javier Secco le dejo mis libros de filosofía si camina desnudo por las aulas de la universidad durante mi muerte.
6.3 El testamento que tiene defectos de forma, es un testamento: Nulo. Válido y subsanable.
6.3 La nulidad del testamento o de alguna de sus disposiciones podrá ser demandada sólo por los herederos legitimarios: Falso. Verdadero.
6.3.1 Cuando en el testamento ológrafo, el testador omitió firmar: Es válido igual El testamento es nulo.
6.3.6 ¿Cuál de las siguientes disposiciones testamentarias se encuentra afectada de nulidad relativa?: La otorgada mediando maniobras de captación de la voluntad del testador Por la realización de un nuevo testamento en el que se reproduzcan todas las disposiciones del anterior. La nulidad es relativa cuando el vicio atañe al interés de las partes intervinientes.
6.4 Si el testador, luego de la confección del testamento, contrae matrimonio: El testamento queda revocado. El testamento queda anulado.
6.4 No importa la revocación del testamento ológrafo, cuando: Las alteraciones causales o provenientes de un extraño no afectan la eficacia del testamento con tal que pueda identificarse la voluntad del testador por el testamento mismo. El testamento es válido, pues no importa un caso de revocación de testamento.
6.4 Cuando al fallecimiento del testador resulta que el testamento ha sufrido alteraciones a causa de un simple accidente, pero resulta que las mismas…..contenido del acto, que sucede con el testamento?: El testamento es válido, pues no importa un caso de revocación de testamento. El testamento es nulo, pues importa un caso de revocación de testamento.
6.4 Cuando la ejecución del legado está subordinada a una condición suspensiva, el legatario muere ante del cumplimiento de la condición: Importa la caducidad del legado. Importa la prescripción del legado.
6.4 Si la cosa legada perece parcialmente: El legado subsiste por la parte que se conserva. No subsiste el legado.
6.5 La institución de herederos caduca: Cuando el instituido muere después del cumplimiento de la condición de la que depende la adquisición de la herencia. Cuando el instituido muere antes del cumplimiento de la condición de la que depende la adquisición de la herencia.
6.6 ¿Quiénes pueden ser albaceas?: Pueden ser albaceas las personas humanas plenamente capaces al momento en el que deben desempeñar el cargo, las personas jurídicas y los organismos de la administración pública. Pueden ser albaceas las personas humanas plenamente capaces al momento en el que deben desempeñar el cargo.
6.6.1 El Albacea: Es el designado por el propio testador, para que ejecute las disposiciones testamentarias. Es el designado por el propio heredero, para que ejecute las disposiciones testamentarias.
6.6.1 Las atribuciones del albacea: Son las conferidas por el testador, en el testamento. Son las conferidas por el testador por escritura.
6.6.1 Cuál es la principal atribución del albacea, en el caso en que el testador no haya establecido sus facultades: Ejecutar la voluntad del testador. Ejecutar el testamento.
6.6.3 El Albacea: Tiene derecho a percibir la retribución fijada por el testador. Los actos puramente conservatorios de supervisión o de administración provisional.
6.6.3 Como se calcula la retribución del albacea?: Según su trabajo y la importancia de los bienes de la sucesión. Según su trabajo en la sucesión.
7.1 No implican aceptación de la herencia: Los actos puramente conservatorios de supervisión o de administración provisional. Los actos de administración provisional.
7.1 Las herencias futuras: No pueden ser aceptadas ni renunciadas. No pueden ser aceptadas.
7.1 Frente a la apertura de la sucesión el heredero puede: Aceptar, renunciar o guardar silencio El heredero no puede hacerlo por una parte ni sujetar su opción a modalidades.
7.1 Andrés Olegario ha renunciado a la herencia de su padre. ¿Puede retractarse de su renuncia?: Si, en tanto no haya caducado su derecho de opción. Si, en tanto no haya prescripto su derecho de opción.
7.1 Ana Hunz ha fallecido sin ejercer el derecho a opción en la herencia de su padre, cuyo deceso se produjo 3 años de su muerte. En este caso Ana Transmite a sus propios herederos el derecho de opción de que goza. Transmite a sus propios herederos el derecho de adquisición.
7.1 Andrés ha aceptado la herencia de su padre en los siguientes términos: “Acepto el 50% de lo que me corresponde en la herencia de mi padre”. En ese caso Andrés Ha aceptado la herencia de su padre parcial Ha aceptado la herencia de su padre completa, puesto que la aceptación parcial implica la del todo.
7.1 Anselmo le cuenta que se ha abierto la sucesión de su hermano, quien no tenía otros parientes. Frente a la apertura de la sucesión Anselmo quiere saber cuáles son las conductas que podría asumir. Su respuesta es Anselmo puede aceptar, renunciar o guardar silencio. Anselmo puede aceptar o renunciar.
7.2 Aníbal padre de Jorge de 8 años, ha aceptado por Jorge la herencia de Sara, que fuera la madre del pequeño. La aceptación de la herencia por el representante legal de una persona incapaz: Nunca puede obligar a este al pago de las deudas de la sucesión más allá del valor de los bienes que le sean atribuidos. Puede obligar a este al pago de las deudas de la sucesión más allá del valor de los bienes que le sean atribuidos.
7.2 La aceptación de la herencia por el representante legal de una persona incapaz…: Nunca puede obligar al incapaz a hacerse cargo de la deuda de la herencia que supere al bien o bienes recibidos de esta. Puede obligar al incapaz a hacerse cargo de la deuda de la herencia que supere al bien o bienes recibidos de esta.
7.2 Aníbal padre de Jorge de 8 años, ha aceptado por Jorge la herencia de Sara, que fuera la madre del pequeño. La aceptación de la herencia por el representante legal de una persona incapaz: Nunca puede obligar a este al pago de las deudas de la sucesión más allá del valor de los bienes que le sean atribuidos. Transmite a sus propios herederos el derecho de opción de que goza.
7.2.1 Ningún heredero: Tiene que aceptar toda la herencia que le fue deferida. Puede aceptar solo una parte de la herencia que le fue deferida.
7.2.1 La aceptación de la herencia es expresa cuando El heredero toma la calidad de tal en un acto otorgado por instrumento público o privado. Ha aceptado la herencia de su padre completa, puesto que la aceptación parcial implica la del todo.
7.2.1 Importan actos de aceptación tácita de la herencia cuando el heredero Inicia el juicio sucesorio del causante o se presenta en un juicio en el cual se pretende la calidad de heredero o derechos derivados de tal calidad. Inicia el juicio sucesorio del causante .
7.2.1 No importa aceptación de la herencia cuando el heredero: Oculta o sustrae bienes de la herencia. Sustrae bienes de la herencia.
7.2.1 La aceptación de la herencia puede ser: Expresa o tácita. Expresa solamente.
7.2.1 Responde con sus propios bienes por el pago de deudas del causante y cargas de la herencia: El heredero que ocupa fraudulentamente los bienes de la sucesión, omitiendo su inclusión en el inventario. El heredero que falsifica inventarios de la sucesión.
7.2.1 Implica aceptación de la herencia: La ocupación o habitación de inmuebles de los que el causante era dueño o condómino después de transcurrido un año del deceso. La ocupación o habitación de bienes muebles de los que el causante era dueño o condómino después de transcurridos dos años del deceso.
7.2.1 No implican aceptación de la herencia: El pago de los gastos funerarios y de la última enfermedad, los impuestos adeudados por el difunto, los alquileres y otras deudas cuyo pago es urgente. El pago de los gastos funerarios y de la última enfermedad.
7.2.1 La aceptación de la herencia es tácita cuando: El heredero otorga un acto que supone necesariamente su intención de aceptar y que no pueda haber realizado sino en calidad de heredero. El heredero otorga un acto que supone necesariamente su intención de aceptar cuando ya conoce que será heredero.
7.2.1 Ningún heredero: Puede aceptar toda la herencia que le fue deferida. Puede aceptar solo una parte de la herencia que le fue deferida.
7.2.2 ¿Cuándo caduca el derecho para aceptar la herencia?: A los diez años de la apertura de la sucesión A los 20 años de la apertura de la sucesión.
7.2.2 ¿Qué sucede con el heredero que no aceptó la herencia en el plazo de diez años desde la apertura de la sucesión?: Se lo tiene por renunciante. Se lo tiene por aceptante.
7.2.2 Los terceros interesados solo pueden exigir pronunciamiento del heredero, sobre la aceptación o renuncia: Pasados 20 días desde la muerte del causante Pasados nueve días desde la muerte del causante.
7.2.2 Cualquier interesado en la sucesión puede solicitar judicialmente que el heredero sea intimado a aceptar o renunciar la herencia en un plazo: No menor de un mes ni mayor de tres meses. No menor de un mes ni mayor de 7 meses.
7.2.2 ¿Qué recurso tienen los terceros interesados para no quedar subordinados al plazo de que goza el titular de la vocación para optar?: Solicitar que el heredero sea intimado a aceptar o renunciar la herencia en un plazo no menor de un mes ni mayor de tres meses, renovable una sola vez por justa causa. Solicitar que el heredero sea intimado a aceptar o renunciar la herencia en un plazo no menor de un mes ni mayor de 10 meses, renovable una sola vez por justa causa.
7.2.2 Mariela Juárez ha renunciado a la herencia de su hermano que todavía vive. ¿Es esto posible?: Sí, puesto que las herencias futuras no pueden será aceptadas ni renunciadas. No, puesto que las herencias futuras no pueden será aceptadas ni renunciadas.
7.2.3 En caso de fallecimiento del titular de la vocación sin haber ejercido el derecho de opción entre aceptar o repudiar la herencia: Transmite a sus propios herederos el derecho de opción de que goza. Transmite a sus propios herederos el derecho de renuncia de que goza.
7.2.5 Desde que falleció su padre, hace dos años, Adriana Flores está viviendo en la casa que fuera de su progenitor. Este hecho implica que: Adriana ha aceptado la herencia de su padre de manera tácita. Adriana no ha aceptado la herencia de su padre de manera tácita.
7.3.7 ¿Cuál de los siguientes constituye un efecto de la aceptación beneficiaria?: La limitación de la responsabilidad del heredero al valor de los bienes hereditarios La limitación de la responsabilidad del heredero al valor de los bienes propios.
7.3.1 Los gastos de realización del inventario son a cargo de: La sucesión pues constituye una carga La sucesión pues constituye una condición.
7.3.7 En caso de pluralidad de herederos, la aceptación: Por parte de uno de los coherederos, no aprovecha al resto, mientras no lo hayan aceptado cada uno de ellos. Por parte de uno de los coherederos, aprovecha al resto, mientras no lo hayan aceptado cada uno de ellos.
7.3.9 El heredero beneficiario que administra los bienes de la herencia: Debe intentar y seguir todas las acciones de la sucesión y continuar las que estaban suspendidas. Debe intentar y seguir todas las acciones de la sucesión.
7.4.1 ¿Hasta cuándo puede el heredero renunciante a la herencia retractarse de la renuncia?: Mientras no haya caducado su derecho de opción, si la herencia no ha sido aceptada por otros herederos ni se ha puesto al Estado en posesión de los bienes. Mientras no haya caducado su derecho de opción.
7.4.1 Que forma debe cumplir la renuncia a la herencia?: Escritura pública. Instrumento privado.
7.4.1 La renuncia de la herencia del causante fallecido sin aceptar ni renunciar una herencia a la diferida: Implica también la renuncia a esta. No implica también la renuncia a esta.
7.4.5 La renuncia de la herencia: Resuelve la vocación hereditaria. Revoca la vocación hereditaria.
8.1 ¿Cuáles de los siguientes tienen la investidura de calidad de heredero de pleno derecho?: Los ascendientes, descendientes y cónyuge. El cónyuge.
8.1 La posesión hereditaria: Implica que desde la muerte del causante los herederos continúan en la posesión de lo que aquel era poseedor. Implica que desde la muerte del causante los herederos no continúan en la posesión de lo que aquel era poseedor.
8.1 La posesión hereditaria importa: Que la muerte del causante produce ipso iure la continuación de su persona por el sucesor. Que la muerte del causante no produce ipso iure la continuación de su persona por el sucesor.
8.1 La investidura de la calidad de heredero: Es el reconocimiento de la calidad de heredero o, si se quiere, el otorgamiento del título de heredero. Es el otorgamiento del título de heredero.
8.1 A la sucesión de Pedro Flores concurren sus hijos, Pablo y Juan; sus hermanos Alcira y Jonás; sus padres Ángeles y Adrián; y su cónyuge Verónica Bristol. ¿Quiénes están imposibilitados de tomar la posesión de la herencia sin pedirla antes, los jueces y justificar su título a la sucesión?: Sus padres. Los hermanos del causante Alcira y Jonás.
8.1 A la sucesión de Marta Krawn concurren sus hijos, Pedro y Juan, y Amalia, su mejor amiga, en calidad de heredera testamentaria. ¿Quiénes tienen la investidura de calidad de heredero de pleno derecho?: Amalia Pedro y Juan, por su calidad de descendientes.
8.1.1 La declaratoria de herederos: Es el pronunciamiento judicial mediante el cual se reconoce el carácter de heredero. Es el pronunciamiento notarial mediante el cual se reconoce el carácter de heredero.
8.1.2 La acción de petición de herencia: Puede ser ejercida por los que están incluidos en una declaratoria de herederos. Puede ser ejercida por todos los que se consideran con igual derecho respecto de los incluidos en una declaratoria de herederos.
8.1.3 El pronunciamiento judicial mediante el cual se reconoce el carácter de heredero: Es el pronunciamiento judicial mediante el cual se reconoce el carácter de heredero. Importa la obtención del auto de declaratoria de herederos.
8.2 ¿Qué acción tiene el hijo no reconocido triunfante en la acción de reclamación de filiación que pretende concurrir a la sucesión de su padre fallecido con otros hijos del mismo, quienes le niegan el derecho concurrente que invoca?: Acción de petición de herencia. Acción de renuncia de herencia.
8.2 La petición de herencia procede: Cuando el heredero encuentra los bienes hereditarios en poder de un tercero. Cuando el heredero encuentra los bienes hereditarios en poder de otros coherederos.
8.2 Olga vive en el extranjero y ha tomado conocimiento del fallecimiento de su madre, ocurrido ya hace algunos meses en Córdoba. En el ínterin sus hermanas, Elisa y Ana, han promovido juicio sucesorio y han obtenido en su favor declaratoria de herederos, sin denunciar la existencia de Olga. ¿Puede Olga hacer algo al respecto?: Olga puede ejercer la acción de renuncia de herencia. Olga puede ejercer la acción de petición de herencia.
8.2 El poseedor de la herencia es de mala fe cuando: Oculto dolosamente la existencia de otros herederos, concurrentes o preferentes, que desconocían el llamamiento. Oculto culposamente la existencia de otros herederos, concurrentes o preferentes, que desconocían el llamamiento.
8.2.2 El poseedor de mala fe: Puede reclamar los costos por las mejoras necesarias. Puede reclamar los daños por las mejoras necesarias.
8.2.2 Una vez admitida la petición de herencia: El heredero aparente está obligado a la restitución de los bienes. El heredero ilegítimo está obligado a la restitución de los bienes.
8.2.3 Juan Pérez falleció en el año 2000, su hijo Estanislao acaba de conocer la muerte de su padre y quiere iniciar una acción de petición de herencia. Respecto a la prescripción de la acción de petición de herencia, podemos afirmar que: Prescribe a los 10 años Es imprescriptible.
8.3 Si el heredero aparente satisface obligaciones del causante con bienes no provenientes de la herencia: Tiene derecho a ser reembolsado por el heredero. No puede ser reembolsado.
8.3 En relación al heredero aparente: Son válidos los actos de disposición realizados a título oneroso en favor de terceros de buena fe. Son inválidos los actos de disposición realizados a título oneroso en favor de terceros de buena fe.
8.3.1 El poseedor de la herencia es de mala fe, cuando: Ocultó dolosamente la existencia de otros herederos, concurrentes o preferentes, que desconocían el llamamiento. Ocultó dolosamente la inexistencia de otros herederos, concurrentes o preferentes, que desconocían el llamamiento.
8.3.1 ¿Qué sucede con los actos de administración realizados por el heredero aparente?: Son válidos hasta la notificación de la demanda de petición de herencia, excepto que haya habido mala fe suya y del tercero con quien contrató. Son válidos hasta la notificación de la demanda de petición de herencia.
8.3.2 ¿Qué sucede con los actos de disposición a título oneroso realizados por el heredero aparente?: Son válidos si el tercero ignora la existencia de herederos de mejor o igual derecho que otros coherederos. Son válidos si el tercero ignora la existencia de herederos de mejor o igual derecho que el heredero aparente, o que los derechos de éste están judicialmente controvertidos.
8.3.2 Institución de heredero: La disposición por la cual el testador hubiere legado la universalidad de sus bienes con asignación de parte. La disposición por la cual el testador hubiere donado la universalidad de sus bienes con asignación de parte.
8.4 ¿Desde cuándo tiene efectos entre los contratantes la cesión del derecho a una herencia ya deferida?: Desde la celebración del contrato. Desde la escrituración del contrato.
8.4.1 ¿Los actos de administración realizados por el heredero aparente son válidos?: Aún sin declaratoria de herederos o auto aprobatorio de testamento, los actos de administración conservan su eficacia. Sin declaratoria de herederos o auto aprobatorio de testamento, los actos de administración no conservan su eficacia.
8.4.1 El administrador de la sucesión: Solo podrá realizar actos conservatorios. Solo podrá realizar actos administrativos.
8.4.2 El tenedor de buena fe de la herencia: No debe ninguna indemnización por la pérdida o deterioro de la cosa. Debe las mejoras necesarias a la cosa.
8.4.2 Si el heredero aparente es de buena fe: No deja de serlo, aunque por error de derecho esté convencido es el verdadero heredero. No deja de serlo, aunque por error de hecho esté convencido es el verdadero heredero.
8.4.2. La cesión del derecho a la herencia, produce efectos Respecto de otros herederos desde que la escritura pública se incorpora al expediente sucesorio. Respecto de otros herederos desde que la escritura pública se realiza.
8.4.2 ¿Qué forma debe revestir la cesión de derechos hereditarios?: Debe encuadrarse como un acto de solemnidad relativa Debe encuadrarse como un acto de solemnidad absoluta.
8.4.4 La cesión de herencia no comprende Los derechos sobre los sepulcros, los documentos del causante, distinciones honoríficas, retratos y recuerdos de familia. Los derechos sobre los sepulcros, los documentos del causante.
8.4.4 La cesión de herencia comprende: Las ventajas que pueden resultar ulteriormente por colación Los derechos sobre los sepulcros, los documentos del causante, distinciones honoríficas, retratos y recuerdos de familia.
8.5 La cesión de derechos hereditarios: Es un contrato inter vivos. Es un contrato mortis causa.
8.5.1 El cesionario de derechos hereditarios: Debe pedir a los jueces la posesión de la herencia. No debe pedir a los jueces la posesión de la herencia.
8.5.4 Que forma debe revestir la cesión de derechos hereditarios: Requiere escritura pública. Requiere instrumento privado.
8.5.7 En cuanto al régimen de responsabilidad por deudas: Recaen exclusivamente sobre el cedente y el cesionario no debe contribuir al pago de las deudas en ningún caso. Recaen tanto sobre el cedente como el cesionario .
9.1 Los títulos y cosas comunes a toda la herencia: Integran la masa partible. No integran la masa partible.
9.1 Seleccione las 3 (tres) opciones correctas. ¿Cuáles de los siguientes son caracteres de la indivisión hereditaria?: Universal Permanente Transitoria Forzosa.
9.1 Seleccione las 2 (dos) opciones correctas. De las siguientes opciones, ¿Cuáles son principios que rigen la partición?: Igualdad en la formación de los lotes Imperfecta De adjudicación en especie.
9.2 ¿Puede el testador imponer a sus herederos la indivisión de la herencia?: Si, pero por un plazo no mayor a diez años Si, pero por un plazo no mayor a 15 años.
9.2 El cónyuge supérstite no puede oponerse a la división de un establecimiento comercial que ayudo a emprender: Falso. Verdadero.
9.2 Seleccione las 2 (dos) opciones correctas. La partición por ascendiente puede ser realizada por: Testamento Compraventa Donación.
9.2 Los herederos pueden convenir que la indivisión entre ellos perdure total o parcialmente por un plazo que no exceda de veinte años: Falso. Verdadero.
9.2 La partición por donación no puede tener por objeto bienes futuros: Verdadero. Falso.
9.2 Seleccione las 3 (tres) opciones correctas. ¿Cuáles de las siguientes opciones el testador puede disponer que se mantenga indiviso por diez años, o en caso de haber herederos menores de edad, hasta que todos ellos lleguen a la mayoría de edad Un bien determinado Imprescriptible Las partes sociales, cuotas o acciones de la sociedad de la cual es principal socio o accionista; Un establecimiento comercial, industrial, agrícola, ganadero, minero, o cualquier otro que constituye una unidad económica.
9.2 Seleccione las 4 (cuatro) opciones correctas. En los casos excepcionales en que la indivisión hereditaria se mantiene, esta puede ser impuesta por Un heredero El cónyuge Un deudor Pacto de los herederos Un acreedor.
9.2.5 El pacto de indivisión implica que Los herederos pueden convenir que la indivisión entre ellos perdure total o parcialmente por un plazo que no exceda de diez años. Los herederos pueden convenir que la indivisión entre ellos perdure total o parcialmente por un plazo que no exceda de 20 años.
9.2.7 Llega a su estudio jurídico Karina Pérez, le relata que hace varios años falleció su padre y que con sus hermanos no pueden ponerse de acuerdo sobre el destino de los bienes, qué cada decisión es un calvario y que ya no quiere continuar con esta comunidad forzada que mantienen. Le consulta entonces. ¿Cuándo cesa la indivisión hereditaria? Su respuesta es: La indivisión hereditaria solo cesa con la partición. La indivisión hereditaria no cesa con la partición.
9.3.1 Los créditos hereditarios: Se dividen de pleno derecho entre los coherederos desde el momento de la apertura de la sucesión. indivisión hereditaria solo cesa con la partición.
9.3.2 ¿Quiénes pueden ejercer la administración judicial de la sucesión?: La personas humanas plenamente capaces y las personas jurídicas autorizadas por la ley o los estatutos para administrar bienes ajenos. La personas humanas plenamente capaces .
9.3.2 El Administrador de los bienes de la sucesión puede: Enajenar las cosas inmuebles susceptibles de perecer, depreciarse rápidamente o cuya conservación es manifiestamente onerosa. Para la enajenación de otros bienes, necesita acuerdo unánime de los herederos o, en su defecto, autorización judicial. Enajenar las cosas muebles susceptibles de perecer, depreciarse rápidamente o cuya conservación es manifiestamente onerosa. Para la enajenación de otros bienes, necesita acuerdo unánime de los herederos o, en su defecto, autorización judicial.
9.3.4 Como se dividen las deudas de la sucesión Entre los herederos de acuerdo a lo que cada uno recibe en la partición. Entre los herederos de acuerdo a lo que cada uno no recibe en la partición.
9.4 El heredero que no hace el inventario en el plazo de tres meses desde que los acreedores o legatarios lo intiman judicialmente a su realización, tiene la siguiente consecuencia: Responde con sus propios bienes por el pago de las deudas del causante y cargas de la herencia. Responde solidariamente con sus propios bienes por el pago de las deudas del causante y cargas de la herencia.
9.4 El heredero que no hace el inventario en el plazo de tres meses desde que los acreedores o legatarios lo intiman judicialmente a su realización, tiene la siguiente consecuencia: Responde con sus propios bienes por el pago de las deudas del causante y cargas de la herencia. Responde con sus propios bienes por cargas de la herencia.
9.4 Juan Villegas ha ocultado bienes de la herencia de su padre. ¿Qué consecuencias podría tener esta actitud?: Juan podría ser considerado aceptante con responsabilidad ilimitada. Juan podría ser considerado aceptante con responsabilidad ilimitada, perder el derecho de renunciar, y no tener parte alguna en aquello que ha sido objeto de su ocultamiento o sustracción.
9.4.1 ¿Responde el heredero frente a las deudas que ha dejado el causante?: El heredero queda obligado por las deudas y legados de la sucesión sólo hasta la concurrencia del valor de los bienes hereditarios recibidos. El heredero queda obligado por las deudas y legados de la sucesión con sus bienes.
9.4.1 ¿Responde el heredero por las deudas que ha dejado el causante?: Sólo responderá ilimitadamente en los casos expresamente establecidos por el Código. Sólo responderá solidariamente en los casos expresamente establecidos por el Código.
9.4.1 Los acreedores del causante pueden entablar acción contra los legatarios: En un plazo de caducidad de un año desde que cobraron los legados. En un plazo de prescripción de un año desde que cobraron los legados.
9.4.1 Cómo se dividen las deudas que ha dejado el causante?: El heredero sólo responderá ilimitadamente en los casos expresamente establecidos por el Código, en su art. 2321. El heredero sólo responderá solidariamente en los casos expresamente establecidos por el Código, en su art. 2321.
9.4.2 En la comunidad hereditaria: La posesión de la herencia por uno aprovecha a los otros. Solo pueden reclamar la deuda a cada uno de los coherederos respecto de su parte hereditaria.
9.4.2 Los acreedores por deudas del causante: Tienen derecho al cobro de sus créditos sobre los bienes de la herencia. Pierden derecho al cobro de sus créditos sobre los bienes de la herencia.
9.4.2 Los acreedores de la sucesión: Solo pueden reclamar la deuda a cada uno de los coherederos respecto de su parte hereditaria. Solo pueden reclamar la deuda a cada uno de los coherederos rpor todo su patrimonio.
9.5.1 La separación de patrimonios: No puede aplicarse sino a los bienes que han pertenecido a difunto. Solo puede aplicarse a los bienes que han pertenecido a difunto.
9.5.1 La separación de patrimonios: Es una institución que permite a los a creedores de la sucesión, oponer un derecho de preferencia a cobrar ellos antes que los acreedores del heredero. Es una institución que permite a los deudores de la sucesión, oponer un derecho de preferencia a cobrar ellos antes que los acreedores del heredero.
10.1 La partición es definitiva: Cuando se atribuye a cada heredero la propiedad exclusiva de los bienes que le han sido adjudicados. Cuando se atribuye a cada heredero la propiedad temporal de los bienes que le han sido adjudicados.
10 La partición de la herencia se hará: Por peritos nombrados por las partes. Por peritos nombrados por el tribunal.
10.1 ¿Cuándo se considera a la partición provisional?: Cuando los copartícipes sólo han hecho una división del uso y goce de los bienes de la herencia, dejando indivisa la propiedad. Cuando los copartícipes sólo han hecho una división del usufructo de los bienes de la herencia, dejando indivisa la propiedad.
10.1 El padre de Julieta y Verónica ha fallecido dejando dos propiedades de similar valor, una en la ciudad y la otra en el campo. Ambas hermanas quieren conservar la casa de campo… sí, ya que le recuerda a la parte más feliz de su infancia. El abogado les propone realizar una licitación y ellas se preguntan de qué se trata. La licitación en los procesos sucesorios es: Es un derecho de preferencia de los copartícipes a fin de que les sea adjudicado en su hijuela un bien de la herencia, por un valor superior al del avalúo Es un derecho de preferencia de los copartícipes a fin de que les sea adjudicado en su hijuela un bien de la herencia, por un valor inferior al del avalúo.
10.1 María Gutiérrez de 5 años concurre con su madre Silvana Pérez en la sucesión de su padre Gerardo Gutiérrez, en este caso la partición debe ser: Judicial. Arbitral.
10.1 De las siguientes opciones, ¿cuál impide que la partición privada proceda?: Cuando los acreedores del heredero, fundándose en un interés legítimo, se opusieran. Cuando los acreedores del heredero, fundándose en un interés ilegítimo, se opusieran.
10.1 Seleccione las 4 (cuatro) opciones correctas. ¿Quiénes de los siguientes son legitimados activos para iniciar la acción de partición?: Beneficiarios de un cargo que pesa sobre los herederos Acreedores de los herederos; Herederos de los herederos o cesionarios. Cesionarios; Concesionarios;.
10.1 Seleccione las 4 (cuatro) opciones correctas. Según el modo de división y adjudicación de los bienes, la partición puede ser: Total Permanente Definitiva Parcial Provisional.
10.1 ¿Cuándo cesa la indivisión hereditaria?: La indivisión hereditaria sólo cesa con la partición. La división hereditaria sólo cesa con la partición.
10.1 Si los coparticipes solo han hecho una división del uso y goce de los bienes de la herencia, dejando indivisa la propiedad, la partición es: Provisional. Previsional.
10.1.1 La partición: Importa la materialización de la cuota hereditaria, traducida en bienes determinados sobre los cuales cada heredero adquiere derechos exclusivos. Importa la distribución de la cuota hereditaria, traducida en bienes determinados sobre los cuales cada heredero adquiere derechos exclusivos.
10.1.1 Respecto de la partición, existen algunos principios básicos, señale la afirmación correcta en éste sentido: Si en la sucesión existe un negocio cuya división en especie es imposible, corresponde su venta si todos los condóminos lo solicitan y no ha pedido de uno solo. Si en la sucesión existe un negocio cuya división en especie es imposible, corresponde su donación si todos los condóminos lo solicitan y no ha pedido de uno solo.
10.1.3 Qué bienes se encuentran excluidos de la partición hereditaria?: Los objetos y documentos que tienen valor afectivo u honorífico. Los documentos que tienen valor afectivo u honorífico.
10.1.3 La masa partible: Es la integrada por los bienes del causante, los créditos tanto de extraños como de los herederos, y lo que cada uno de estos deba colacionar a la herencia. Cuando los acreedores del heredero, fundándose en un interés legítimo, se opusiera.
10.1.4 ¿Cuál es la oportunidad para promover la partición de la herencia?: En todo tiempo después de aprobado el inventario y avalúo de los bienes. En todo tiempo después de aprobado el inventario.
10.1.4 En que momento puede solicitarse la partición: Puede ser solicitada en todo tiempo, después de aprobados el inventario y el avaluó de los bienes. Puede ser solicitada hasta dos meses, después de aprobados el inventario y el avaluó de los bienes.
10.1.7 Cuando en la sucesión haya menores y estos estén emancipados: La partición debe ser judicial. La partición no procede.
10.1.7 La partición debe ser judicial cuando: Haya copartícipes Incapaces, con capacidad restringida o ausentes. Haya Incapaces, con capacidad restringida.
10.1.7 La partición privada no procede: Cuando los acreedores del heredero, fundándose en un interés legítimo, se opusiera Cuando los acreedores del heredero, fundándose en un interés ilegítimo, se opusiera.
10.1.7 ¿Qué se requiere para que proceda la partición en forma privada?: Decisión unánime, que todos los herederos están presentes y sean capaces. Decisión mayoritaria, que todos los herederos están presentes y sean capaces.
10.2 ¿En qué plazo debe ser realizado el inventario?: El inventario deber ser realizado en un plazo de tres meses, desde que los acreedores o legatarios hayan intimado judicialmente a los herederos a su realización. Es un derecho de preferencia de los copartícipes a fin que les sea adjudicado en su hijuela un bien de la herencia por un valor superior al del avalúo.
10.2 En un proceso sucesorio ¿Quién debe hacer la valuación de los bienes?: La valuación debe hacerse por quien designa el juez. La valuación debe hacerse por quien designen los copropietarios de la masa indivisa, si están de acuerdo y son todos plenamente capaces o, en caso contrario, por quien designa el juez.
10.2 La partición debe ser judicial: Cuando haya menores, aunque estén emancipados. Cuando haya menores emancipados.
10.2 ¿Se puede impugnar el inventario?: Sí, se puede impugnar total o parcialmente. Si se demuestra que no es conforme al valor de los bienes, se ordena la retasa total o parcial de éstos. No se puede impugnar parcialmente. Si se demuestra que no es conforme al valor de los bienes, se ordena la retasa total de éstos.
10.2 Respecto al inventario podemos afirmar que: Debe hacerse con citación de los herederos, acreedores y legatarios cuyo domicilio sea conocido. Debe hacerse con citación de los herederos, acreedores y legatarios aun cuando el domicilio sea conocido.
10.2 ¿Puede ser sustituido el inventario por una denuncia de bienes?: Sí, por la voluntad unánime de los copropietarios de la masa indivisa, excepto que el inventario haya sido pedido por acreedores. Sí, por la voluntad mayoritario de los copropietarios de la masa indivisa, excepto que el inventario haya sido pedido por acreedores.
10.2 Llega a su estudio jurídico Mario Pérez, quien desea comenzar el proceso sucesorio de su padre y le consulta ¿Puede ser sustituido el inventario por una denuncia de bienes? Su respuesta es: Si, por la voluntad unánime de los copropietarios de la masa indivisa, excepto que el inventario haya sido pedido por los acreedores. Su respuesta es: No requiere la voluntad unánime de los copropietarios de la masa indivisa, excepto que el inventario haya sido pedido por los acreedores.
10.2 Seleccione las 4 (cuatro) opciones correctas. De las siguientes opciones ¿Cuáles son parte que componen la cuenta particionaria?: Líquido partible; Anotaciones marginales Cuenta general de bienes Bajas comunes; Prenotados.
10.2.1 La cuenta particionaria tiene 6 partes, una de ella es prenotado. Esta: Contiene todos los datos del sucesorio que permiten tener un conocimiento de los aspectos fundamentales sin tener que recurrir al expediente. Contiene todos los datos que deben ser verificados al acceder al expediente.
10.4 En la partición hecha por el ascendiente Si es casado, la partición de los bienes propios debe incluir al cónyuge. Si es casado, la partición de los bienes propios no incuye al cónyuge.
10.4.1 La partición por donación: No puede tener por objeto bienes ajenos. No puede tener por objeto bienes futuros.
10.4.1 La partición hecha por donación por el ascendiente: Sólo puede tener lugar entre los descendientes. Sólo puede tener lugar entre los parientes colaterales.
10.4.2 La partición por testamento: Es aquella en la que el testador señala los bienes muebles con el fin de hacer la división. Es aquella en la que el testador señala los bienes concretos con el fin de hacer la división.
4.5.3 En qué clase de testamento se requiere la presencia de 4 testigos, para su celebración: EL OLOGRAFO Ninguna es correcta.
4.7 No pueden suceder por testamento: El cónyuge de uno de los testigos ante quien se otorgó el testamento. El hijo de uno de los testigos ante quien se otorgó el testamento.
4.9.1 En el testamento Ológrafo: El error del testador sobre la fecha no invalida el acto. El error del testador sobre la fecha invalida el acto.
4.9.1 Juan soltero y sin hijos, redacta su testamento de puño y letra, haciendo referencia que lo que escribe en navidad de 2005. Luego de establecer las disposiciones testamentarias beneficiando a su mejor amigo lo firma. Un hermano de Juan quiere demandar la nulidad del testamento porque no tiene fecha. Ud. le explica que: El testamento es válido ya que del mismo surge una manera cierta. El testamento es inválido ya que del mismo no surge una manera cierta.
4.9.2 Mario, quien tiene una parálisis en ambos brazos, quiere realizar su testamento por acto público, pero no puede firmar. Ud. le comenta que…: En caso que no pueda firmar puede hacerlo por él otra persona o alguno de los testigos, en cuyo caso los dos testigos deben saber firmar. Así mismo, el escribano debe explicitar la causa por la cual no puede firmar el testador. En caso que no pueda firmar no puede hacerlo por él otra persona .
5.1 Seleccione las 4 (cuatro) opciones correctas. ¿Cuáles de las siguientes disposiciones testamentarias son válidas?: 1) Nombro a Julián Calvan como albacea de mis bienes, 2) Lego mi reloj a mi cuñada Julieta Flores, 3) Deseo que me entierren en el cementerio de la Chacarita, 4) Reconozco a Juan Manuel Flores como mi hijo biológico. 1) Fase preparatoria: El testador le manifiesta su deseo de testar al escribano y le da las instrucciones de manera verbal o escrita, 2) Fase de redacción de la escritura: El escribano redacta la escritura testamentaria según las instrucciones dadas por el testador, 3) Fase de otorgamiento: El escribano, en presencia del testador y los testigos, procede a la lectura del testamento y luego lo firman los intervinientes4)Reconozco a Juan Manuel Flores como mi hijo biológico.
5.1.2 ¿Cuándo estamos en presencia de un testamento bajo condición?: C Cuando la plena eficacia o resolución de la disposición testamentaria están subordinadas al acaecimiento de un hecho futuro e incierto. Cuando la plena eficacia o resolución de la disposición testamentaria están subordinadas al acaecimiento de un hecho futuro y cierto. .
5.2 Si después de hacer varios legados particulares a muchas personas, el testador lega lo restante de sus bienes a otra. Dicha disposición importa ¿Institución de herederos? Si, pues el favorecido es un sucesor universal que recibe una universalidad de la que solo se han exceptuado cosas individualizadas. no, pues el favorecido es un sucesor universal que recibe una universalidad de la que solo se han exceptuado cosas individualizadas. .
5.2 Jorge tiene como únicos parientes a sus padres, sus dos hijos, sus tres hermanos y su tío. Al morir, se descubre que ha dejado un testamento en el cual "incluye herederos a sus parientes". ¿Cómo debe entenderse esta disposición?: Se entiende a favor de sus dos hijos. Se entiende a favor de sus hermanos y tios.
5.2 De las siguientes opciones, ¿Cuál queda excluida de la institución de heredero?: La disposición por la cual el testador hubiese legado la universalidad de sus bienes con asignación de partes. La disposición por la cual el testador hubiese legado la particularidad de sus bienes con asignación de partes. .
5.2.1 ¿Cuál de los siguientes supuestos importa una institución de herederos?: La disposición por la que se lega lo restante de los bienes después de haber hecho los legados particulares. La disposición por la que se lega la universalidad de los bienes .
5.3 La disposición del testador por la que llame a un tercero a recibir lo que reste de su herencia al morir el heredero o legatario instituido: Se llama sustitución de residuo y no es válida en nuestro ordenamiento jurídico. Se llama sustitución vulgar y es válida en nuestro ordenamiento jurídico. .
5.3 En la sustitución de herederos: Existe la posibilidad de subrogar al heredero nombrado en primer término por otro, para cuando este no quiera o no pueda aceptar la herencia. Existe la posibilidad de subrogar al heredero nombrado en segundo término por otro de tercer termino, para cuando este no quiera o no pueda aceptar la herencia. .
5.4 Si la cosa legada se pierde o deteriora por el hecho o culpa de uno de los herederos. ¿Quién responde?: El heredero por cuya culpa o hecho se ha perdido o deteriorado la cosa legada. El heredero por cuya culpa se ha perdido o deteriorado la cosa legada. .
5.4.1 El legatario: No puede tomar la cosa legada, sin pedirla al heredero. Es un sucesor singular.
5.4.1 El legatario: Es un sucesor singular es un sucesor universal.
5.4.1 Los legatarios tienen derecho al legado: Desde la muerte del testador. adquiere la cosa legada,.
5.4.3 Luis casado y sin hijos, muere de una grave enfermedad. Luis tenía dos ahijados, hijos de un amigo y una prima de él, a los cuales quería como hijos. Al abrirse su sucesión, los bienes pertenecientes a Luis se componen de la casa en que habitada con su cónyuge y otros tantos bienes, todo lo cual asciende a la suma de $ 120.000. A su sucesión concurren su esposa y sus dos ahijados a quienes les Dejo la suma de $ 13.000 a cada uno. Como concurren a recibir la herencia: Concurre el cónyuge y sus dos ahijados por el valor del legado Concurre el cónyuge .
5.4.5 Carlos al morir deja un legado. Un heredero gasta en conservar dicho legado una suma determinada. Cuando se le entrega el legado al legatario, se le presenta una factura por el gasto de la conservación. La sucesión es solvente. ¿Debe pagar No, pues si la sucesión es solvente, el legatario no responde. el legatario no responde.
5.4.6 El legatario puede renunciar al legado: Siempre y cuando no lo hubiese aceptado. En consecuencia, una vez renunciado el legado, se considera que aquél nunca ha sido legatario. Siempre y cuando no lo hubiese aceptado. .
5.4.6 Juan, en su testamento, beneficia a su primo Daniel con una casa de campo en el norte cordobés. Sin embargo, Daniel fallece antes que Juan. ¿Qué sucede con dicha disposición testamentaria?: Al pre fallecer Daniel, la disposición testamentaria caduca. Al pre fallecer Daniel, la disposición testamentaria prescribe. .
5.4.6 Antonio tiene como únicos parientes a dos hermanos, Alicia y Julio, con los cuales nunca tuvo muy buena relación. Es a raíz de esa circunstancia que decide hacer testamento para después de su muerte, dejando claro cómo quiere que se repartan sus bienes. Así las cosas decide dejar su automóvil valuado en $7000 a su sobrino Alejandro, su casa de campo valuada en la suma de $25.000 a su amigo de toda la vida Juan Martín, y su departamento valuado en la suma de $55.000 a sus compadres, Alicia y Miguel. Al fallecimiento de Antonio se presentan a su estudio sus hermanos y le consultan sobre la validez de las disposiciones realizadas por Antonio, y además le cuentan que Juan Martín falleció dos días antes que Antonio y que el mismo no se enteró pues como ya estaba internado y muy enfermo no quisieron decírselo. Ud. les explica...: Que el testamento hecho por Antonio es válido, que ellos solo tienen derecho a la casa de campo, pues al pre fallecer Juan Martín a su hermano Antonio, la disposición testamentaria a favor de Juan Martín ha caducado. Que el testamento hecho por Antonio es inválido, que ellos no tienen derecho a la casa de campo, pues al pre fallecer Juan Martín a su hermano Antonio, la disposición testamentaria a favor de Juan Martín ha caducado. .
5.4.6 En caso de premoriencia del beneficiario de una disposición testamentaria: La caducidad procede ante la premoriencia del legatario antes de que fallezca el testador o del cumplimiento de la condición suspensiva. La caducidad no procede ante la premoriencia del legatario .
5.5.3 Felipe instituye en su testamento a Daniel y Gonzalo como legatarios de un cuarto de sus bienes; al fallecer Felipe, Daniel renuncia a su parte y Gonzalo: Puede recibir íntegramente el cuarto de los bienes por su derecho a acrecer por llamamiento conjunto. no puede recibir íntegramente el cuarto de los bienes pues no tiene derecho a acrecer.
6.1 No pueden tomar la posesión de la herencia, sin pedirla al juez y justificar su título a la sucesión: Los hermanos del causante Los padres del causante.
6.1 Antonio fallece de una grave enfermedad, siendo soltero y sin descendencia. Sólo tiene como parientes a dos hermanos, Juan y Agustín. Al momento de la apertura de la sucesión se presenta Andrea quien fuera instituida heredera. Juan y Agustín quieren excluir a Andrea y le consultan pues toman conocimiento que el testamento por acto público, por el cual se la instituyó heredera se realizó en presencia de cuatro testigos. Ud. le explica: Que un número mayor de testigos del que exige la ley, no vicia el testamento. Que un número mayor de testigos del que exige la ley, vicia el testamento.
6.2 No hay inexistencia del testamento: En el supuesto de que medie voluntad testamentaria no perfeccionada. En el supuesto de que medie voluntad testamentaria perfeccionada. .
6.4 El testamento es revocable: Por otro testamento posterior. Por disposición del causante.
6.4 ¿Qué ocurre con el primer testamento en el supuesto de que el testamento posterior sea declarado nulo por vicios de forma?: Subsiste el primer testamento. nulidad del primer testamento. .
6.4 Cuando la ejecución del legado está subordinada a una condición suspensiva, el legatario muere ante del cumplimiento de la condición: Importa la caducidad del legado. Importa la nulidad del legado.
6.5.1 Juan lega su automóvil Peugeot 305 a su ahijado Gonzalo Pérez en diciembre de 2013. Juan fallece en setiembre de 2014 luego de una larga enfermedad. Al abrir el testamento se encuentra con dicha disposición a favor de su ahijado, pero también se enteran que Gonzalo falleció a fines de Agosto de 2014, no habiéndole informado de su fallecimiento a Juan debido a su enfermedad. Qué deben hacer los herederos de Juan con dicha manda Ud. le explica: Que en razón de la premoriencia del beneficiario la disposición testamentaria ha caducado. Que en razón de la premoriencia del beneficiario la disposición testamentaria ha prescripto.
6.6.2 Una persona que había sido instituida albacea en segundo término se opuso al nombramiento de coadministradores provisionales efectuado luego de la renuncia del primer albacea, la sucesión no tenía herederos legítimos o instituidos, ¿procederá esa oposición?: Sí, porque en una sucesión testamentaria en la cual sólo se han instituido legados, las facultades del Albacea deben ser juzgadas de manera amplia, toda vez que cuando no existen herederos legítimos o instituidos No, porque en una sucesión testamentaria en la cual sólo se han instituido legados, las facultades del Albacea deben ser juzgadas de manera restringida, toda vez que cuando no existen herederos legítimos o instituidos.
6.6.2 Dentro de los deberes del albacea, tenemos: Debe hacer asegurar los bienes que componen el acervo hereditario Ejecutar la voluntad del testador.
7.1 Respecto a la aceptación o renuncia de la herencia: El heredero no puede hacerlo por una parte ni sujetar su opción a modalidades. El heredero puede hacerlo por una parte o sujetar su opción a modalidades. .
7.2.5 Cuál de los siguientes supuestos importa la aceptación forzada de la Herencia: Es considerado aceptante con responsabilidad ilimitada. Afrontará las deudas y legados de la sucesión con los bienes hereditarios recibidos y con los propios. Es considerado aceptante con responsabilidad solidaria. Afrontará las deudas y legados de la sucesión con los bienes hereditarios recibidos y con los propios.
7.2.5 El heredero que oculta o sustrae bienes de la herencia, es: Es considerado aceptante con responsabilidad ilimitada. Es considerado aceptante con responsabilidad mancomunada.
7.4.2 El heredero, cuando acepta, la herencia: La adquiere, esta adquisición es impuesta por la ley desde la misma muerte del causante. La posee, esta posesión es impuesta por la ley desde la misma muerte del causante.
8.1 La posesión hereditaria: Implica el acto de autoridad pública que reconoce el traspaso mortis causa a favor de ciertas y determinadas personas, a quienes otorga el título correspondiente. Implica el acto judicial que reconoce el traspaso mortis causa a favor de ciertas y determinadas personas, a quienes otorga el título correspondiente. .
8.2.1 Agustín, quien vive en Salamanca desde hace 20 años, toma conocimiento en la actualidad, del fallecimiento de su padre ocurrido hace seis meses atrás. En el ínterin sus hermanos Mariana y Joaquín, han promovido el juicio sucesorio y obtenido a su favor auto de declaratoria de herederos, sin denunciar la existencia de Agustín. Agustín toma conocimiento, viene al país, va a su estudio y le consulta sobre si tiene alguna acción para hacer valer su derecho hereditario. Ud., le dice que: Puede ejercer acción de petición de herencia. NO Puede ejercer acción de petición de herencia, pues prescribió.
8.2.3 Respecto a la prescripción de la acción de petición de herencia, podemos afirmar que: es imprescriptible. prescriptible a los 10 años.
8.3 Juan Ortigosa, posee en calidad de heredero, los bienes de Isabela Juárez, su tía fallecida en 1999. Pedro Juárez (quien no conocía de la muerte de su abuela) es heredero con mejor derecho e inicia acción de petición de herencia. Es ese caso: El heredero aparente Juan está obligado a la restitución de los bienes. El heredero aparente Juan no está obligado a la restitución de los bienes.
8.4.1 El administrador de la sucesión: Solo podrá realizar actos conservatorios. Solo podrá realizar actos administrativos. .
8.4.2 El tenedor de buena fe de la herencia: No debe ninguna indemnización por la pérdida o deterioro de la cosa. debe ninguna indemnización por la pérdida o deterioro de la cosa.
9.1 La masa compuesta por los bienes del causante que existe al tiempo de la participación o los que se han subrogado a ellos, y los acrecimientos de unos y otros. Se deducen las deudas y se agregan los valores que deben ser colacionados y los bienes sujetos a reducción...: Constituye la masa partible. no constituye la masa partible. .
10.1.8 La licitación: Es un derecho de preferencia de los copartícipes a fin que les sea adjudicado en su hijuela un bien de la herencia por un valor superior al del avalúo Es un derecho de preferencia de los copartícipes a fin que les sea adjudicado en su hijuela un bien de la herencia por un valor inferior al del avalúo.
10.2 Lucio Bari ha sido nombrado perito tasador inventariador y partidor en el proceso sucesorio de Jilian Asnady. Respecto al inventario podemos afirmar que: Debe hacerse con citación de los herederos, acreedores y legatarios cuyo domicilio sea conocido. Debe hacerse con citación de los herederos y legatarios cuyo domicilio sea conocido.
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