En relación con las fuentes históricas del derecho se distingue entre: ley y costumbre fuentes de derecho y fuentes filosóficas fuentes de producción y fuentes de conocimiento. El digesto es un obra de recopilación elaborada en el siglo VI por mandato del emperador : Justiniano Triboniano Marco Aurelio. Los sistemas que consisten en derechos escritos y compilados en un cuerpo o código se denominan: abiertos mixtos cerrados. En nuestro ordenamiento jurídico , la jurisprudencia: no es fuente formal de derecho es fuente formal de derecho es fuente formal e interpretativa del derecho. La interpretación auténtica es la que realiza: el órgano autor de la norma los órganos judiciales los diversos operadores jurídicos. Las normas penales no pueden ser interpretadas : extensivamente analógicamente extensiva ni analógicamente. Entre los denominados derechos de la Antigüedad, resulta único y destacable: el derecho ateniense el derecho egipcio el derecho romano. La costumbre puede considerarse : una parte integrante del derecho positivo fuente del derecho en modo alguno fuente del derecho. El heredero adquiere la herencia mediante un acto único denominado: adición petición de herencia petición de legado. El emperador que concede la ciudadanía romana a todos los habitantes libres del imperio es: Justiniano Constantino Caracalla.