Los criterios para resolver las antinomias del ordenamiento jurídico son: cronológico y jerárquico cronológico, jerárquico y de especialidad interpretativo, jerárquico y constitucional. Los elementos de la relación jurídica según Savigny son: social y formal jurídico y material material y formal. Los actos jurídicos pueden ser: lícitos e ilícitos voluntarios e involuntarios prudentes e imprudentes. En el legado de cosa propia y determinada del testador, el legatario adquiere la propiedad del mismo: antes de la muerte del testador desde el momento de la muerte del testador cuando se le hace entrega al heredero. El Derecho considera como persona: al ser humano al ser en el momento que lleva gestado 3 meses al ser humano nacido con más de un mes de vida. Los principales derechos en cosa ajena son: de dos categorías: en función de uso y , eventualmente, disfrute y en función de garantía las fincas colindantes el usufructo. El contenido de la relación jurídica es: El Estado las situaciones de poder y deber entre los sujetos solamente la correcta aplicación de la norma jurídica. En el derecho de familia se regulan las relaciones: familiares sociales personales y patrimoniales de los miembros de la familia. Al conjunto de normas jurídicas vigentes en un determinado tiempo y lugar se le denomina: ordenamiento jurídico derecho objetivo derecho subjetivo. El artículo 348 del Código Civil define el derecho de propiedad como: el derecho de gozar y disponer de una cosa, sin más disposiciones que las admitidas por las leyes el derecho de disponer de una cosa la titularidad de uso de una cosa.
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