La estructura de la norma jurídica consta de dos elementos: supuesto de hecho y condición supuesto de hecho y consecuencia jurídica condición y consecuencia jurídica. Los caracteres de la norma jurídica son: la imperatividad y la facultad de sancionar la jerarquía y la alteridad la alteridad, la vincularoriedad y la generalidad y abstracción. De la relación jurídica se derivan: derechos y normas normas y obligaciones derechos y deberes. La facultad que otorgan las relaciones jurídicas absolutas puede hacerse valer: frente a un sujeto determinado frente a todos frente a un sujeto indeterminado. El Derecho concede personalidad jurídica a: los mayores de edad las personas colectivas los juristas. Los principales derechos en cosa ajena son: de dos categorías: en función de uso y , eventualmente, disfrute y en función de garantía las fincas colindantes el usufructo. El contenido de la relación jurídica es: el Estado las situaciones de poder y deber entre los sujetos solamente la correcta aplicación de la norma jurídica. En la crisis y extinción del matrimonio se distingue : la disolución y la separación la nulidad el divorcio. Al conjunto de normas jurídicas vigentes en un determinado tiempo y lugar se le denomina: ordenamiento jurídico derecho objetivo derecho subjetivo. La obligación, en sentido etimológico, significa: autoridad compromiso sujeción vínculo.
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