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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESENúmeros y Dinero

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Título del test:
Números y Dinero

Descripción:
poday 1

Autor:
Tom Cruise
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Fecha de Creación:
23/01/2024

Categoría:
Historia

Número preguntas: 30
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Temario:
El Capital social mínimo en una SA no podrá ser inferior a: 60.000€ 100.000€ 3.000€ y máx. 120.000€ 1€.
El capital social mínimo de la R.S.L no podrá ser inferior a: 1€ 3.000€ 60.000€ 10.000€.
La responsabilidad de los fundadores de una SA es… Solidaria alcanzando a las personas por cuya cuenta hayan obrado éstos. Solidaria. Subsidiaria. Ilimitada.
En una sociedad comanditaria por acciones, la administración estará encomendada a… Los socios comanditarios. Los socios colectivos. Los socios comanditarios y colectivos. Los administradores que elijan entre los socios comanditarios y colectivos.
En una SA el capital social está dividido en… Participaciones sociales. Acciones sociales. Particiones sociales. Porcentajes sobre la mancomunidad de la sociedad.
En una SL el capital social está dividido en… Participaciones sociales. Acciones sociales. Particiones sociales. Porcentajes sobre la mancomunidad de la sociedad.
Los títulos que incorporen ventajas de fundador en la SA (transmisibilidad): Su transmisibilidad se puede restringir en los estatutos. No se permiten las ventajas de fundador por ser abusiva frente al resto de socios. No se pueden transmitir porque es un derecho personalísimo por ostentar la condición de socio fundador. Se pueden transmitir a pesar de ser un derecho personalísimo por ostentar la condición de socio fundador.
¿Pueden los socios hacer pactos reservados? No, la ley los prohíbe. No serán oponibles a la sociedad. Son válidos y pueden ser oponibles a la sociedad No, la ley los prohíbe y sus consecuencias abarcan materias administrativas, civiles y penales.
Pueden los socios fundadores reservarse beneficios económicos? ¿De cuánto y por cuánto tiempo? Si, no pudiendo exceder el 10% de los beneficios durante un máximo de 10 años Si, no pudiendo exceder el 10% de los beneficios durante un máximo de 5 años Si, no pudiendo exceder el 20% de los beneficios durante un máximo de 10 años Si, no pudiendo exceder el 20% de los beneficios durante un máximo de 5 años.
El Plazo que tienen los socios fundadores para inscribir la SA en el Registro mercantil: 2 meses desde la fecha del otorgamiento. 6 meses desde la fecha del otorgamiento 3 meses desde la fecha del otorgamiento 1 año desde la fecha del otorgamiento .
¿Qué sucede si los socios fundadores no inscriben la SA dentro del plazo? Responderán solidariamente de los daños y perjuicios. Responderán subsidiariamente de los daños y perjuicios Responderán mancomunadamente de los daños y perjuicios No serán responsables debido a que el acreedor tuvo que comprobar su inscripción en el RM.
En las SA, el principio de desembolso mínimo de capital social. El Capital social tiene que estar desembolsado como mínimo… El 25% El 30% El 20% El 50%.
Formación sucesiva de la sociedad. Plazo para constituirla celebrando la Junta General ( EL PROFE DIJO QU ESTO NO ENTRABA PERO LO PONGO POR SI): En el plazo máximo de seis meses contados a partir del depósito del programa de fundación y del folleto informativo en el Registro Mercantil. En el plazo máximo de tres meses contados a partir del depósito del programa de fundación y del folleto informativo en el Registro Mercanti En el plazo máximo de dos meses contados a partir del depósito del programa de fundación y del folleto informativo en el Registro Mercanti En el plazo máximo de un mes contados a partir del depósito del programa de fundación y del folleto informativo en el Registro Mercanti.
¿Cuándo puede celebrarse la Junta General de una SA con domicilio en España en el extranjero? Cuando la Junta tenga carácter universal. Cuando la Junta sea ordinaria. Cuando la Junta sea extraordinaria. Cuando la Junta sea de urgente necesidad.
El plazo para acudir al notario a firmar la escritura de constitución, una vez constituida la sociedad en formación sucesiva (se supone que esto no entra pero lo meto por si): 1 mes. 2 meses. 3 meses. 6 meses.
Plazo a partir del cual, la SA o SL que no ha inscrito la escritura firmada se convierte en una sociedad colectiva, consecuencia de la no inscripción: 1 año. 5 años. 3 años. 6 meses.
Plazo de vigencia del certificado de depósito en una entidad de crédito de las aportaciones dinerarias. 2 meses. 3 meses. 1 mes. 6 meses.
Inscrita la SA, ésta quedará obligada por los actos y contratos que acepte dentro de los: 3 meses desde su inscripción. 1 mes desde su inscripción. 6 meses desde su inscripción. 2 meses desde su inscripción.
La acción para exigir responsabilidad al experto por la valoración de las aportaciones prescribe… A los 4 años desde que se emite el informe. A los 5 años desde que se emite el informe. Al año desde que emite el informe. A los 3 años desde que se emite el informe.
Plazo dentro del cual, en la SA, cualquier adquisición de bienes hecha por la sociedad, a título oneroso tiene que ser aprobada por la junta General. Hasta 2 años siguientes a la inscripción de la sociedad. Hasta 3 años siguientes a la inscripción de la sociedad Hasta 5 años siguientes a la inscripción de la sociedad Un año siguiente a la inscripción de la sociedad.
Importe a partir del cual, en la SA, cualquier adquisición de bienes hecha por la sociedad, a título oneroso tiene que ser aprobada por la junta General. Cuando el importe sea más del 10% del capital social. Cuando el importe sea más del 20% del capital social. Cuando el importe sea más del 25% del capital social. Cuando el importe sea más del 5% del capital social.
En la SL. habiéndose opuesto a un aumento de capital, el socio puede ejercitar acción para reclamar responsabilidad derivada siempre que represente: el 5% del capital social. El 1% del capital social. El 10% del capital social. El 25% del capital social.
Plazo máximo para aportar las aportaciones no dinerarias 5 años desde la constitución de la sociedad o del acuerdo de aumento del capital social 1 año desde la constitución de la sociedad o del acuerdo de aumento del capital social 3 años desde la constitución de la sociedad o del acuerdo de aumento del capital social 6 meses desde la constitución de la sociedad o del acuerdo de aumento del capital social.
Plazo entre la exigencia de un desembolso de aportación pendiente y la fecha que se da para el pago: Entre la fecha del envío de la comunicación o la del anuncio y la fecha del pago deberá mediar, al menos, el plazo de un mes. Entre la fecha del envío de la comunicación o la del anuncio y la fecha del pago deberá mediar, al menos, el plazo de dos meses. Entre la fecha del envío de la comunicación o la del anuncio y la fecha del pago deberá mediar, al menos, el plazo de tres meses. Entre la fecha del envío de la comunicación o la del anuncio y la fecha del pago deberá mediar, al menos, el plazo de seis meses.
Plazo para notificar la anulación de un título provisional por incumplimiento Ese plazo no podrá ser inferior a un mes. Ese plazo no podrá ser inferior a dos meses. Ese plazo no podrá ser inferior a tres meses. Ese plazo no podrá ser inferior a seis meses.
Plazo en el que el Registrador del Registro Mercantil al que se le solicita que convoque la Junta General ordinaria ha de convocarla 1 mes desde que se formula la solicitud. 3 meses desde que se formula la solicitud. 6 meses desde que se formula la solicitud. 2 meses desde que se formula la solicitud.
¿Pueden los accionistas impugnar acuerdos sociales? Sólo si tienen el 1% del capital social. Sólo si tienen el 5% del capital social Sólo si tienen el 10% del capital social Sólo si tienen el 25% del capital social.
Cuanto tiene de plazo los accionistas para impugnar los acuerdos sociales 30 días que tuvieren conocimiento de los mismos y siempre que no hubiere transcurrido un año desde su adopción. 1 año desde que tuvieren conocimiento de los mismos y siempre que no hubiere transcurrido tres años desde su adopción. 3 meses desde que tuvieren conocimiento de los mismos y siempre que no hubiere transcurrido un año desde su adopción 30 días desde que tuvieren conocimiento de los mismos y siempre que no hubiere transcurrido tres años desde su adopción.
La acción para impugnar los acuerdos sociales caduca… 1 año desde que se adoptó. 5 años desde que se adoptó. 3 meses desde que se adoptó. 6 meses desde que se adoptó.
En la SA y SL ¿con cuanto porcentaje del capital social se puede pedir que se convoque la junta? Siempre que sean al menos el 5% del capital social. Siempre que sean al menos el 1% del capital social. Siempre que sean al menos el 25% del capital social. Siempre que sean al menos el 10% del capital social.
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