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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEOpción 2

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Título del test:
Opción 2

Descripción:
Test multiple

Autor:
Anonimo
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Fecha de Creación:
07/07/2017

Categoría:
Deportes

Número preguntas: 28
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Temario:
El sector privado no lucrativo en el ámbito del deporte esta configurado por: Consejo superior de Deportes y Comité Olímpico Español Fundaciones y asociaciones Asociaciones y corporaciones.
El Comité Olímpico Español constituye un: Asociacionismo deportivo de 3º grado Asociacionismo deportivo de 2º grado y 3º grado Asociacionismo deportivo de 2º grado.
Qué afirmación es verdadera de las siguientes: Todas las figuras asociativas reconocidas en el modelo deportivo de ámbito estatal se han proyectado en los modelos deportivos de las CC.AA Existen figuras asociativas creadas en los modelos deportivos de las CC.AA que no existen en el modelo deportivo de ámbito estatal El modelo asociativo deportivo de ámbito estatal se ha recogido en los modelos deportivos autonómicos, siendo la diferencia entre CC.AA únicamente las figuras asociativas propias.
Un órgano rector del CSD La Asamblea General del Deporte El Presidente (El Presidente y Comisión directiva) El Comité Español de Disciplina Deportiva.
La ordenación jerárquica correcta de las normas jurídicas es, por este orden, la siguiente: Leyes, resoluciones y decretos Constitución, leyes y decretos Leyes orgánicas, órdenes y decretos.
Las entidades locales básicas de ámbito territorial son: La provincia, la comarca y la isla La isla, el municipio y la provincia La isla, la provincia y el área metropolitana.
Las ligas profesionales de ámbito estatal se constituyen cuando: Lo decide la federación deportiva española correspondiente Una competición estatal es calificada de carácter profesional Lo acuerdan un número suficiente de clubes profesionales.
La calificación de carácter oficial de una competición federada de ámbito estatal es una competencia atribuida: Al Consejo superior de Deportes A las federaciones deportivas españolas Al comité olímpico español.
La regulación de las asociaciones deportivas en el ámbito autonómico: Es una competencia exclusiva de las CC.AA Es una competencia exclusiva del Consejo Superior de Deportes Es una competencia compartida entre el Estado y las CC.AA.
La estructura administrativa deportiva de ámbito estatal, contempla como órgano dotado de personalidad jurídica: La Agencia estatal antidopaje El comité español de disciplina deportiva El consejo de emisiones y retransmisiones deportivas.
El órgano administrativo de la Xunta de Galicia que, en la actualidad, tiene atribuida la competencia de carácter deportivo en el ámbito autonómico es: La Secretaría Xeral para o Deporte La dirección xeral para o deporte La fundación "Deporte Galego".
Las Entidades no deportivas que promueven actividades deportivas de forma accesoria, pueden acceder al registro deportivo: Si lo dispone su ley deportiva autonómica Únicamente en las ciudades autonómicas de Ceuta y Melilla En todas las CC.AA.
La comisión delegada es un órgano de gobierno y representación de las federaciones deportivas españolas de carácter: Obligatorio Discrecional Ninguna respuesta anterior es correcta.
Si un ayuntamiento organiza y estructura su área del deporte bajo la forma de un organismo autonómico local, se corresponde con la forma o modelo de gestión: Directo Indirecto Mixto.
Una persona jurídica de derecho privado: Puede ser de interés público Es siempre de interés privado o particular Siempre tiene ánimo de lucro.
Las federaciones deportivas españolas una vez inscritas en el registro del CSD quedan: Definitivamente constituidas Constituidas provisionalmente durante tres años Constituidas provisionalmente durante dos años.
La FEMP es una organización de ámbito estatal De carácter asociativo Que forma parte de la estructura administrativa estatal De carácter fundacional.
El CSD que forma parte de la Administración General del Estado se configura como: Un organismo autónomo de carácter administrativo adscrito a la Presidencia de Gobierno Un departamento de la propia estructura orgánica del ministerio correspondiente Una agencia estatal adscrita al ministerio competente.
Las CC.AA que han reconocido en su ámbito territorial la figura "Federación de Deporte para Todos" son: Cataluña Cataluña y País Vasco Cataluña, País Vasco y Andalucía .
El dinero que se recauda de las quinielas, entre otros porcentajes, es destinado en un: 55% para los gastos de administración (para premios) 10,98% para las Diputaciones Provinciales 1% con destino al fomento de los deportes no profesionales (fútbol no profesional).
Los decretos estatales son aprobados por: El consejo de Ministros El ministro correspondiente Las cortes generales.
Las entidades locales pueden adjudicar una concesión administrativa para la gestión de una instalación deportiva: Por un tiempo máximo de 50 años Por un tiempo máximo de 25 años Por el tiempo que acuerde el órgano de gobierno.
La comunidad autonómica que aprobó la primera ley autonómica del deporte fue: Cataluña Madrid País Vasco.
La figura de "agrupaciones de clubes" No existe en los modelos asociativos del deporte de ámbito autonómico Se ha reconocido en todas las CC.AA Se ha reflejado en pocos modelos asociativos del deporte de ámbito autonómico.
Tienen la obligación de asistir a las convocatorias de la selección española Los deportistas en posesión de licencia federada Cualquier deportista, independientemente de que esté o no federado Los deportistas en posesión de licencia deportiva, siempre que no exista relación laboral con el club de pertenencia.
La Asamblea General del Consejo Superior de Deportes (CSD) es: Un órgano adscrito del Presidente Un órgano rector Un órgano consultivo de la Comisión Directiva.
Los dos principios que caracterizan el modelo deportivo federado son: Carácter monodeportivo y principio de monopolio Carácter monodeportivo y principio de diversidad Caracter monodeportivo y principio de unicidad .
Las instalaciones deportivas de uso público constituye un servicio público local de prestación obligatoria en todos los municipios españoles de más de: 5.000 habitantes 20.000 habitantes 25.000 habitantes.
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