Cuestiones
ayuda
option
Mi Daypo

TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEOPERACIONES NAVALES SEGUNDO GRUPO

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del test:
OPERACIONES NAVALES SEGUNDO GRUPO

Descripción:
ESTRIP SEGUNDO GRUPO

Autor:
EP

Fecha de Creación:
02/08/2020

Categoría:
Personal

Número preguntas: 74
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Últimos Comentarios
No hay ningún comentario sobre este test.
Temario:
Es un ataque con uso de fuerza armada contra los intereses nacionales o contra unidades navales propias en cualquier área. OPERACIONES NAVALES FACTOR DE RIESGO ACTO HOSTIL CONFLICTO ARMADO.
En el nivel politico-estrategico de la conducción militar, de acuerdo con la situación concreta y de conformi¬dad con el nivel de las amenazas y factores de riesgo que se presenten. FACTOR DE RIESGO CONFLICTO ARMADO NORMAS DE COMPORTAMIENTO (NDC) APLICACIÓN DE LAS NORMAS DE COMPORTAMIENTO.
Es todo enfrentamiento protagonizado por gru¬pos de diversa índole, tales como fuerzas mili¬tares regulares o irregulares, guerrillas, grupos armados de oposición, grupos paramilitares, o comunidades étnicas o religiosas que usando armas u otros medios de destrucción, provocan una cifra relativa de víctimas, en función de la cantidad de población que interviene, el alcance geográfico, el nivel de destrucción generado y los desplazamientos forzados que conlleva. ACTO HOSTIL NORMAS DE COMPORTAMIENTO (NDC) CONFLICTO ARMADO LA TORTURA, SEGÙN LA CONVENCIÒN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS .
Es una situación de na¬turaleza temporal, cuya figura está destinada a superar crisis extraordinarias en caso de agresión, conflicto armado internacional o interno, grave conmoción interna, calamidad pública o desastre natural. NORMAS DE COMPORTAMIENTO (NDC) ESTADO DE EXCEPCIÒN LA TORTURA, SEGÙN LA CONVENCIÒN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS APLICACIÓN DE LAS NORMAS DE COMPORTAMIENTO.
Son el conjunto de actividades desarrolladas en un área marítima, ya sea en, sobre y/o bajo la superficie del mar y aguas interiores, con un propósito determinado, tiempo establecido y con los medios asignados, contra una amenaza. Se incluyen las actividades desde o hacia el mar. CONFLICTO ARMADO OPERACIONES NAVALES FACTOR DE RIESGO.
Son aquellos aspectos y características del medio social, del entorno físico y del sistema institucional, que aumentan la probabilidad de una actividad ilí¬cita, en el caso de los espacios acuáticos, un delito o una contravención. ESTADO DE EXCEPCIÒN LA TORTURA, SEGÙN LA CONVENCIÒN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS FACTOR DE RIESGO.
Es todo acto realizado intencionalmente a través del cual se inflijan a una persona penas o sufrimientos físi¬cos o mentales, con fines de investigación cri¬minal, como medio intimidatorio, como castigo personal, como medida preventiva, como pena o con cualquier otro fin AMENAZAS LA TORTURA, SEGÙN LA CONVENCIÒN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS ACTO HOSTIL.
Son dis¬posiciones que direccionan la forma de actuar de una fuerza militar ante una amenaza o factor de riesgo, en un nivel estratégico LA TORTURA, SEGÙN LA CONVENCIÒN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS CONFLICTO ARMADO NORMAS DE COMPORTAMIENTO (NDC).
Son hechos o situaciones que ponen en riesgo o peligro la integridad física y moral de una persona, grupo social o país, o de los recursos, patrimonio, heredad histórica, etc., materializados en actos ilícitos. APLICACIÓN DE LAS NORMAS DE COMPORTAMIENTO CONFLICTO ARMADO AMENAZAS.
Son dispo¬siciones específicas que direccionan la forma de actuar de un militar ante una amenaza o factor de riesgo, en un nivel operacional-táctico, y han sido establecidas por el mando militar bajo los li¬neamientos proporcionados por el poder político a través de sus normas de comportamiento. ROL DEL ASESOR JURIDICO EN LAS OPERACIONES MILITARES PRINCIPIO DE LEGALIDAD PARA EL USO DE LA FUERZA EN EL MARCO DE LOS DERECHOS HUMANOS QUE SON LAS REGLAS DE ENFRENTAMIENTO (RDE).
En las Operaciones de Defensa del Territorio Nacio¬nal, 1.-Territorio Marítimo; en las Operaciones de Defensa Interna 2.-Contra las Actividades Ilícitas que se desarrollan tanto en el Territorio Marítimo como en el Fluvial Rivereño 3.- En las Operaciones de Ayuda Huma¬nitaria en Desastres, que pueden desarrollarse en los espacios acuáticos tanto a nivel nacional como internacional. PRINCIPIO DE LEGALIDAD PARA EL USO DE LA FUERZA EN EL MARCO DE LOS DERECHOS HUMANOS LA APLICACION DE LAS RDE CONTRA AMENAZAS Y FACTORES DE RIESGO EN ESPACIOS ACUATICOS MANUAL DE SAN REMO SOBRE REGLAS DE ENFRENTAMIENTO.
Se circunscribe al cumplimiento de funciones claras y precisas durante el planeamiento, la ejecución y la evaluación de las operaciones militares. PRINCIPIO DE NECESIDAD PARA EL USO DE LA FUERZA EN EL MARCO DE LOS DERECHOS HUMANOS LAS REGLAS DE COMPORTAMIENTO GENERALES PARA EL USO DE LA FUERZA EN OPERACIONES MILITARES ESTAN BASADAS ROL DEL ASESOR JURIDICO EN LAS OPERACIONES MILITARES.
El uso de la fuerza es necesaria solamente cuando otros medios resulten ineficaces o no garanticen, de ninguna otra manera, el logro del objetivo legal buscado. QUE SON LAS REGLAS DE ENFRENTAMIENTO (RDE) PRINCIPIO DE NECESIDAD PARA EL USO DE LA FUERZA EN EL MARCO DE LOS DERECHOS HUMANOS LAS REGLAS DE COMPORTAMIENTO GENERALES PARA EL USO DE LA FUERZA EN OPERACIONES MILITARES ESTAN BASADAS.
El uso de la fuerza debe estar dirigido a lograr el objetivo legal. Los medios y métodos usados deben estar de acuer¬do con las normas legales. LAS REGLAS DE COMPORTAMIENTO GENERALES PARA EL USO DE LA FUERZA EN OPERACIONES MILITARES ESTAN BASADAS La DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS (D.D.H.H.) ESTABLECE QUE: LA APLICACION DE LAS RDE CONTRA AMENAZAS Y FACTORES DE RIESGO EN ESPACIOS ACUATICOS PRINCIPIO DE LEGALIDAD PARA EL USO DE LA FUERZA EN EL MARCO DE LOS DERECHOS HUMANOS.
En el respeto a la normativa de Dere¬chos Humanos, ratificados en la Constitución de la República del Ecuador. 14 LA APLICACION DE LAS RDE CONTRA AMENAZAS Y FACTORES DE RIESGO EN ESPACIOS ACUATICOS MANUAL DE SAN REMO SOBRE REGLAS DE ENFRENTAMIENTO LAS REGLAS DE COMPORTAMIENTO GENERALES PARA EL USO DE LA FUERZA EN OPERACIONES MILITARES ESTAN BASADAS.
Son todos los agentes de la ley, ya sean nombra¬dos o elegidos, que ejerzan funciones de policía, especialmente las facultades de arresto o deten¬ción. En estas funciones se incluyen las de la Auto¬ridad de Policía Marítima. La DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS (D.D.H.H.) ESTABLECE QUE LAS REGLAS DE COMPORTAMIENTO GENERALES PARA EL USO DE LA FUERZA EN OPERACIONES MILITARES ESTAN BASADAS FUNCIONARIO DE HACER CUMPLIR LA LEY.
Procede cuando exista una orden de la Autoridad corres-pondiente como una medida cautelar sobre los bienes, de conformidad con lo establecido en los artículos 549 y 557 del Código Orgánico In¬tegral Penal. MANUAL DE SAN REMO SOBRE REGLAS DE ENFRENTAMIENTO LA RETENCIÒN, INCAUTACIÒN DE BIENES LA APLICACION DE LAS RDE CONTRA AMENAZAS Y FACTORES DE RIESGO EN ESPACIOS ACUATICOS.
Todo individuo tiene de¬recho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”. FUNCIONARIO DE HACER CUMPLIR LA LEY La DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS (D.D.H.H.) ESTABLECE QUE: LA CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS MENCIONA .
“Toda persona tiene derecho al respeto de su honra y al reconocimiento de su dignidad.”. LA RETENCIÒN, INCAUTACIÒN DE BIENES LA CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS MENCIONA EL CONTROL DE CIUDADANOS EXTRANJEROS EN ZONAS DE FRONTERAS ES UN.
Contiene un conjunto de normas, conductas o comportamien¬tos, aplicables para los miembros de las Fuerzas Armadas en caso de situaciones de riesgo, peligro, Tensión, crisis, conflicto o desastres en el mar, para preservar la vida y la integridad de las personas y bienes del Estado. LA CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS MENCIONA PODEMOS CONCEPTUALIZAR EL DERECHO EN LAS OPERACIONES MILITARES COMO MANUAL DE SAN REMO SOBRE REGLAS DE ENFRENTAMIENTO.
as y los servidores o miembros de las Fuerzas Armadas deberán aprehender a quienes sorprendan en delito flagrante e informar los mo¬tivos de la aprehensión; y, poner en forma inme¬diata a órdenes de la Policía Nacional PODEMOS CONCEPTUALIZAR EL DERECHO EN LAS OPERACIONES MILITARES COMO: UNA DE LAS NORMATIVAS JURIDICAS DEL DERECHO INTERNACIONAL MARITIMO ES: EL ARTICULO 526 INCISO SEGUNDO DEL CODIGO ORGANICO INTEGRAL PENAL ESTABLECE.
Es una nueva forma de Estado en la que el ciudadano pasa a ser sujeto de derechos, lo que signi¬fica que el aspecto central de la gestión gubernamental son los derechos de las personas sobre el Estado y la ley, garan¬tizándolos cuando estos se vean afectados. UNA DE LAS NORMATIVAS JURIDICAS DEL DERECHO INTERNACIONAL MARITIMO ES: EL ESTADO DE DERECHO EL ARTICULO 526 INCISO SEGUNDO DEL CODIGO ORGANICO INTEGRAL PENAL ESTABLECE.
Apoyo a las autoridades de migración y de la Policía Nacional, en caso de requerirlo. EN EL NIVEL OPERACIONAL UNA DE LAS NORMATIVAS JURIDICAS DEL DERECHO INTERNACIONAL MARITIMO ES: EL CONTROL DE CIUDADANOS EXTRANJEROS EN ZONAS DE FRONTERAS ES UN.
La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar EL ESTADO DE DERECHO EL ARTICULO 526 INCISO SEGUNDO DEL CODIGO ORGANICO INTEGRAL PENAL ESTABLECE UNA DE LAS NORMATIVAS JURIDICAS DEL DERECHO INTERNACIONAL MARITIMO ES.
La recopilación multidiscipli¬naria de varias ramas del derecho tanto internacional como interno, que sirve al Comandante para planificar y conducir las operaciones militares conforme a la Ley. EL ARTICULO 526 INCISO SEGUNDO DEL CODIGO ORGANICO INTEGRAL PENAL ESTABLECE PODEMOS CONCEPTUALIZAR EL DERECHO EN LAS OPERACIONES MILITARES COMO EL CONTROL DE CIUDADANOS EXTRANJEROS EN ZONAS DE FRONTERAS ES UN.
Se planifican, conducen y sostienen las campañas y operaciones mayores, para alcan¬zar los objetivos estratégicos. EL CONTROL DE CIUDADANOS EXTRANJEROS EN ZONAS DE FRONTERAS ES UN LOS DERECHOS HUMANOS EN EL NIVEL OPERACIONAL.
aprueba la “Delimitación de los Espacios Geográficos Nacionales Reservados que esta¬rán bajo el control de las Fuerzas Armadas”, que dentro de su clasificación le corresponde jurisdiccionalmente a la Fuerza Terrestre las Aguas Reservadas y Zonas Fronterizas Marítimas del Espacio Marítimo. LOS DERECHOS HUMANOS CAPACIDADES MARITIMAS EL DECRETO EJECUTIVO 433 FUERZA NO LETAL.
Es el nivel de la fuerza en la cual no se pro¬pone, ni se prevé causar la muerte, sin que por esto pudiere resultar realmente la muerte puede llegar hasta los disparos no inhabilitantes. CAPACIDADES MARITIMAS FUERZA NO LETAL LOS DERECHOS HUMANOS.
Son valores fundamentales vinculados con la dignidad, la libertad y la igualdad de las personas. Se manifiestan como derechos, facultades y condiciones nece¬sarias para que todas las personas, sin ningún tipo de discri¬minación, tengan acceso a una vida digna. EL DECRETO EJECUTIVO 433 FUERZA NO LETAL LOS DERECHOS HUMANOS.
Son las aptitudes o suficiencias que posee un Estado para mantener, explotar y defender sus intereses marítimos. FUERZA NO LETAL CAPACIDADES MARITIMAS: EL CONTROL DE CIUDADANOS EXTRANJEROS EN ZONAS DE FRONTERAS ES UN.
El principio de proporcionalidad limitar el uso de la fuerza, se refiere al equilibrio entre los siguientes aspectos: la gravedad de la amenaza o agresión y el objetivo legal buscado, y el nivel de fuerza a emplearse para controlar la situación. V F.
Dentro de las normas de comportamiento al aplicar el uso progresivo y diferenciado de la fuerza aplicará el procedimiento reactivo y luego el preventivo. V F.
La detención es la privación de la libertad como medida preventiva aplicada para fines investiga¬tivos por un periodo de 24 horas, ordenada por autoridad judicial competente, en contra de quien se establezca presunciones de responsabilidad de ser autor o cómplice de un delito. V F.
La presencia militar es cuando el personal militar uniformado y equipado, en una actitud acuciosa y atenta (contacto visual), sirve para prevenir y disuadir a la(s) perso¬na(s) sobre la comisión de una infracción o un delito. V F.
Los miem¬bros de las F.F.A.A. usarán el arma de fuego en las acciones contra quien rea¬liza una agresión o acto violento contra la vida de otras personas o la propia, que involucre riesgo real e inminente, agresión actual, necesidad racional de defensa y no exista provocación del miembro militar. V F.
El control físico es el uso de las técnicas de defensa, que permiten controlar, reducir, inmovilizar y conducir a las personas, evi¬tando en lo posible ocasionarle lesiones. V F.
Dentro del procedimiento Reactivo en las acciones defensivas se puede utilizar las armas de fuego. V F.
Se entiende por delito a las acciones u omisiones tipificadas en el Código Orgánico Integral Penal o Código de Policía Marítima, que afecten a las personas o bienes del Es¬tado y que pueden implicar actos violentos. V F.
En el procedimiento operativo para la interceptación de una embarcación en presumible actividad sospechosa en el área marítima, es fundamental la obtención de infor¬mación de inteligencia en sus fases de búsque¬da, detección, localización, identificación y traqueo. V F.
Para la interdicción de una embarcación en presumible actividad ilícita en el área marítima, es fundamental la obtención de información de inteligencia en sus fases de búsqueda, detec¬ción, localización, identificación y traqueo. V F.
Para el abordaje a embarcaciones que trans¬porten armas se debe seguir el siguiente pro¬cedimiento de conformidad al Código de Policía Marítima. V F.
Corresponde a las FF.AA. proporcionar seguridad física externa en la infraestructura del Sistema Hidrocarburìfero Nacional en las áreas de exploración, explotación, almace¬namiento y transporte mediante patrullaje y demás procedi¬mientos para cumplir esta misión. V F.
El delito flagrante se produce cuando la persona comete un delito en presencia de una o más personas, o cuando se descubre inmedia-tamente de su supuesta comisión, siempre que exista una persecución ininterrumpida, desde el momento de la supuesta comisión hasta la apre-hensión, asimismo cuando se encuentre a una persona con armas, instrumentos, el producto del ilícito, huellas o documentos relativos a la infracción recién cometida. V F.
Capacidades Marítimas son las aptitudes o suficiencias que posee un Estado para mantener, explotar y defender sus intereses marítimos. V F.
Contravención es un Hecho punible de irrespeto a una norma ju¬rídica, de mayor gravedad que un delito, que se castiga con penas leves. V F.
La tensión que es el estado de conflicto de menos intensidad puede superarse mediante la negociación. V F.
La Constitución de República permite la Tortura. V F.
Se consideran actividades ilícitas en los espa¬cios acuáticos, la pesca ilícita, delincuencia común, robo de embarcaciones y motores fuera de borda, la producción de drogas en áreas urbanas del litoral costero. V F.
Si las unidades navales son atacadas por algunas unidades hostiles en un tiempo y área determina¬dos, el comandante, bajo el principio de legítima defensa y proporcionalidad, puede hacer uso de la fuerza mediante ataques coordinados contra todas ellas sin requerir de RDE V F.
Durante el estado de excepción la Presidenta o Presidente de la República únicamente podrá suspender o limitar el ejercicio del derecho a la inviolabilidad de domicilio y de co¬rrespondencia, en los términos que señala la ley. V F.
La Cadena de custodia se establece para resguardar cualquier objeto relacionado con un hecho que amerita in¬vestigación penal. Por ejemplo: cadáver, armas, documentos, computadores, estupefacientes (muestras), dinero, entre otros y esto debe ser entregado al fiscal a cargo del caso para que este proceda a designar el custodio. V F.
Se considera como una actividad ilícita en los Espacios Acuáticos el Uso de embarcaciones con zarpe. V F.
Procede la retención, incautación de los bienes cuando exista una orden de la Autoridad corres¬pondiente como una medida cautelar sobre los bienes. V F.
Factores de riesgos son aquellos y característicos del medio social, del entorno físico y del sistema institucional, que no aumentan la probabilidad de una actividad ilícita. V F.
Cuando se afectan los intereses vitales del país a tal punto que atentan contra su supervivencia, se origina un conflicto armado sin la participación militar. V F.
1.- Desarrollar las capacidades marítimas y proveer la segu¬ridad integral en los espacios acuáticos que fortalezcan el poder naval y que contribuyan a la defensa de la soberanía y la integridad territorial, y, con su contingente, apoyar al desarrollo marítimo nacional y a la seguridad pública y del Estado. Esto se refiere a la a) Visión de la Armada b) Manual de Operaciones Militares c) Función básica de la Armada d) Misión de la Armada.
2.- “El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia social”, es decir que reconoce y garantiza a las personas el derecho a la inviola¬bilidad a la vida, a una vida digna que le asegure los servicios so¬ciales necesarios, a la integridad personal en todos sus aspectos, entre otros. Para eso restringe el uso de la fuerza a los propios límites fijados por el Estado. a) Código de Policía Marítima b) Constitución de la República c) Código Orgánico Integral Penal d) Ley de la Defensa Nacional.
3.- Es un conjunto de disposi¬ciones administrativas, comerciales, penales, procesales, protocolarias y sanitarias, que han sido instituidas por la práctica de las costumbres, y que, a pesar de su tiempo de expedición, se mantiene en vigencia. Esto se refiere a a) Constitución de la República b) Código de Policía Marítima c) Código Civil d) Código Integral Penal .
4.- Son el conjunto de actividades desarrolladas en un área marítima, ya sea en, sobre y/o bajo la superficie del mar y aguas interiores, con un propósito determinado, tiempo establecido y con los medios asignados, contra una amenaza. Se incluyen las actividades desde o hacia el mar. Esto se refiere a la a) Fuerza terrestre b) Fuerza Naval c) Fuerza Aérea d) Comando Conjunto .
5.-, Dispone al Ministerio de Defensa que, a través de la Fuerza Naval, en su calidad de Autoridad de Policía Marítima, tendrá entre sus atribuciones todas las re¬lacionas con el resguardo de la soberanía nacional, así como también el control de la seguridad de la navegación, la preser¬vación de la vida humana en el mar, el combate de las activida¬des ilícitas en los espacios marítimos, y en el mantenimiento de la seguridad y defensa nacional. a) Decreto Ejecutivo 433 b) Decreto Ejecutivo 1087.
.- ¿Cuál es el orden correcto de las instancias de un conflicto? 1) Tensión 2) Guerra 3) Crisis a) 1, 2, 3 b) 1, 3, 2 c) 2, 1, 3 d) 3, 1, 2.
2.- La Constitución determina que la protección interna y el mantenimiento del orden público son funciones privativas del Estado y que las Fuerzas Armadas son una de las insti¬tuciones destinadas a la protección de los derechos, liber¬tades y garantías de los ciudadanos. Escoja ordenadamente los numerales que corresponden al marco Jurídico Nacional para las Operaciones Militares Navales. 1. Constitución de la República 2. Código de Policía Marítima 3. Código Orgánico Integral Penal 4. El Decreto Ejecutivo 433 5. Manual de Derecho en las operaciones 6. Decreto Ejecutivo 1087 a) 1, 3, 2, 4, 6, 5 b) 1, 2, 6, 4, 5, 3 c) 2,1, 3, 6, 4, 5 d) 3,1, 2, 5, 6, 4.
3.- Ámbito en que se deben desenvolver las Fuerzas Armadas en el marco de los Derechos Humanos, el Derecho Internacional Humanitario, las resoluciones de autoridades competentes y demás normas jurídicas en un nivel político-estratégico, para el uso legítimo de la fuerza y la legítima defensa, a fin de cumplir con eficiencia la misión encomendada. Escoja ordenadamente los numerales que correspondan a la normativa Jurídica Internacional de Derechos Humanos. 1. La Carta de las Naciones Unidas 2. El Derecho Internacional Humanitario 3. La Declaración Universal de los Derechos Humanos 4. La Convención Americana de Derechos Humanos 5. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políti¬cos 6. Código de Conducta para los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley 7. Los Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de las armas de fuego por los funcionarios en¬cargados de hacer cumplir la ley 8. El Convenio para la Represión de Actos Ilícitos con¬tra la Seguridad de la navegación marítima 9. Convenio Internacional sobre búsqueda y salva¬mento marítimos (SAR por sus siglas en inglés) a) 1, 2, 4, 6, 8, 7, 9, 3, 8 b) 1, 3, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9 c) 2, 1, 3, 6, 4, 5, 8, 7, 9 d) 1, 2, 5, 6, 4, 3, 7, 8, 9.
4.- Para la declaratoria del Estado de Excepción el Presidente de la República de acuerdo a la Constitución que principios deberá observar: Escoja ordenadamente los numerales que correspondan a la aplicación de los principios en el Estado de excepción. 1. Territorialidad 2. Proporcionalidad 3. Legalidad 4. Temporalidad 5. Necesidad 6. Razonabilidad a) 1, 2, 4, 6, 8, 7 b) 1, 3, 2, 4, 5, 6 c) 5, 2, 3, 4, 1, 6 d) 1, 2, 5, 6, 4, 3 .
5.- Indique de manera ordenada el Procedimiento del empleo del arma de fuego 1.- Siempre podrá hacer uso de su arma en legítima defensa propia o la de ter¬ceros. 2.- Haga uso del empleo de arma de fue¬go como última opción. 3.- Dé una clara advertencia de su inten¬ción de emplear armas de fuego. a) 3, 1, 2 b) 1, 3, 2 c) 2, 1, 3 d) 3, 2, 1.
6.- Ponga de manera ordenada la Normativa Jurídica Internacional del Derecho Marítimo de acuerdo al Manual de Operaciones Militares. 1.- La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar 2.- La Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional 3.- La Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas 4.- El Protocolo contra el Tráfico Ilícito de Migran¬tes por tierra, mar, y aire 5.- El Manual de San Remo sobre Reglas de En¬frentamiento 6.- La Organización de las Naciones Unidas a) 3, 1, 2, 5, 4, 6 b) 1, 2, 3, 6, 5, 4 c) 1, 3, 2, 4, 5, 6 d) 4, 2, 1, 3, 6, 5.
7.- Ponga de manera ordenada en qué casos se puede utilizar el uso de la Fuerza de acuerdo a las Reglas de Enfrentamiento (RDE) establecidas en el Manual de Operaciones Militares. 1.- En conflicto armado 2.- Alcanzar el cumplimiento de una misión 3.- Autodefensa nacional, 4.- En la conducción de operaciones navales 5.- En apoyo a las autoridades civiles a) 3, 1, 2, 5, 4, 6 b) 1, 2, 3, 6, 5, 4 c) 1, 3, 2, 4, 5, 6 d) 4, 2, 1, 3, 6, 5.
8.- Escoja de manera ordenada los Principios para el Uso de la Fuerza en el marco de los Derechos Humanos. 1.- Principio de Necesidad 2.- Principio de Proporcionalidad 3.- Principio de Legalidad a) 2, 1, 3 b) 1, 3, 2 c) 3, 1, 2 d) 2, 3, 1.
9.- Ponga de manera ordenada los pasos del Uso progresivo y diferenciado de la fuerza 1.- El dialogo 2.- Empleo del arma de fuego 3.- Acciones defensivas 4.- Control físico 5.- Presencia militar a) 5, 4, 1, 3, 2 b) 5, 1, 4, 3, 2 c) 4, 1, 2, 3, 5 d) 4, 2, 3, 1, 5.
10.- Ponga de manera correcta el procedimiento para el manejo de la escena del delito. 1.- Documentar (fotografiar y/o filmar) la escena del delito. 2.- Si existiera un fallecido, no se lo debe mover. 3.- No tocar o mover armas, objetos o cualquier superfi¬cie, siempre y cuando no esté en riesgo la integridad del personal 4.- Requerir presencia de personal adicional o solici¬tar los servicios especiales. 5.- Cercar el área en espera de la Fiscalía con personal de la Policía Nacional. 6.- Elaborar el parte y el informe de lo ocurrido, y diri¬girlo al escalón superior 7.- Proteger la evidencia contra la destrucción causa¬da por las condiciones atmosféricas, realizar un listado de los bienes u objetos encontrados. a) 2, 5, 3, 4, 1, 6, 7 b) 5, 3, 2, 1, 4, 7, 6 c) 3, 5, 1, 4, 2, 6, 7 d) 4, 2, 1, 3, 6, 5, 7.
Procedimientos operativos para interceptación de embarcación sospechosa en áreas marítimas Unir con líneas correctamente el enunciado con el detalle correspondiente A.-LAS UNIDADES DE EXPLORACIÓN AEROMARÍTIMA b) LAS UNIDADES DE SUPERFICIE c) LAS UNIDADES SUBMARINAS.
Procedimientos operativos para interceptación de embarcación sospechosa en un área ribereña fluvial. a) LAS UNIDADES AERONAVALES DE ALA ROTATORIA b) LAS UNIDADES GUARDACOSTAS c) LAS UNIDADES DE INFANTERÍA DE MARINA.
Procedimientos operativos para la interdicción a embarcación en actividad ilícita. a) LAS UNIDADES DE EXPLORACIÓN AEROMARÍTIMA B.-LAS UNIDADES DE SUPERFICIE c) LAS UNIDADES SUBMARINAS.
Procedimientos operativos para el abordaje en embarcaciones en pesca ilícita. a) SI UNA EMBARCACIÓN ES DESCUBIERTA CON ESPECIES QUE SE ENCUENTRA EN VEDA b) SI UNA EMBARCACIÓN ES ENCONTRADA PESCAN¬DO EN UNA ZONA O ÁREA DE RESERVA PESQUERA c) LAS EMBARCACIONES DE PESCA EXTRANJERAS QUE NO TENGAN LOS RESPECTIVOS PERMISOS Y QUE SE ENCUENTREN DENTRO DE NUESTRO MAR TERRITORIAL d) LAS EMBARCACIONES PESQUERAS QUE TENGAN A BORDO ARTES DE PESCA NO PERMITIDAS.
Denunciar test Consentimiento Condiciones de uso