Cuestiones
ayuda
option
Mi Daypo

TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEOPG4

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del test:
OPG4

Descripción:
4 alternativas de respuestas

Autor:
Rhys
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
06/02/2020

Categoría:
Ocio

Número preguntas: 20
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Últimos Comentarios
No hay ningún comentario sobre este test.
Temario:
El objeto de la Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia, es: La modernización del sector público autonómico, aplicando las tecnologías existentes en cada momento, de modo que la actividad pública sea más transparente, ágil, responsable e innovadora. El fomento del uso de las tecnologías de la información con el objetivo de asegurar los principios de simplificación, racionalización administrativa y reducción de cargas a los que hace referencia el artículo 4 de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico. Ambas son correctas. Ninguna es correcta.
La ley 4/2019 regula: El régimen de utilización de los medios electrónicos por el sector público gallego en el desarrollo de su actividad y en sus relaciones con la ciudadanía, las demás administraciones públicas y las empresas y entidades, las infraestructuras y servicios del sector público gallego, las medidas para el desarrollo digital en la sociedad con criterios de inclusión y no discriminación y los órganos con competencias en relación con la administración digital. El régimen jurídico de utilización de los medios digitales por el sector público gallego en el desarrollo de su actividad y en sus relaciones con la ciudadanía, las demás administraciones públicas y las empresas y entidades, las infraestructuras y servicios del sector público gallego, las medidas para el desarrollo digital en la sociedad con criterios de inclusión y no discriminación y los órganos con competencias en relaciones con la administración digital. El régimen jurídico de utilización de los medios electrónicos por el sector público gallego en el desarrollo de su actividad y en sus relaciones con la ciudadanía, las demás administraciones públicas y las empresas y entidades, las infraestructuras y servicios del sector público gallego, las medidas para el desarrollo digital en la sociedad con criterios de inclusión y no discriminación y los órganos con competencias en relación con la administración digital. Ninguna respuesta es correcta.
La Ley 4/2019: Regula con autonomía el modelo de administración digital en el sector público autonómico, como competencia exclusiva. Ejecuta la normativa estatal en materia de administración electrónica. Implementa y fomenta la adopción de medidas precisas para incorporar el potencial de las tecnologías digitales en el diseño de las políticas públicas. Todas son correctas.
Indica cuál de los siguientes no es un principio de actuación, según el artículo 4 de la Ley 4/2019: El impulso del uso de la identificación electrónica y de los servicios de confianza para las transacciones digitales. Hacer efectiva la garantía de los derechos digitales previstos en la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. Adoptar las medidas necesarias para que el diseño de los servicios, trámites y procedimientos sea conforme con el objetivo de reducir las cargas, costes y plazos de resolución de los procedimientos administrativos, al objeto de lograr la mayor eficacia, eficiencia y economía en la actividad administrativa. Garantizar el uso normal de la lengua gallega en todas las plataformas, procedimientos y servicios de la administración digital, así como potenciar el desarrollo de herramientas tecnológicas en gallego y en estándares abiertos.
¿Quién/es garantizará/n el acceso a los servicios públicos digitales que se pongan a disposición de la ciudadanía, para su empleo en las relaciones con las administraciones públicas? La Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia. La Administración general y las entidades públicas instrumentales del sector público autonómico de Galicia. Los poderes públicos gallegos. Las administraciones públicas gallegas.
Las entidades instrumentales, ¿podrán crear sus propias sedes electrónicas? Sí, de acuerdo con las condiciones y requisitos que se establezcan reglamentariamente. Excepcionalmente, por razones de eficacia, eficiencia e interés general derivadas de la concurrencia de circunstancias especiales. Ambas son correctas. Ninguna es correcta.
El empleo de procedimientos administrativos electrónicos o digitales: No supondrá ninguna modificación de la naturaleza y de los efectos de los servicios o actos administrativos, ni implicará la eliminación, reducción o condicionamiento indebido de los derechos reconocidos o atribuidos a la ciudadanía. Supondrá la modificación de la naturaleza y de los efectos de los servicios o actos administrativos, sin implicar la eliminación, reducción o condicionamiento indebido de los derechos reconocidos o atribuidos a la ciudadanía. No supondrá ninguna modificación de la naturaleza y de los efectos de los servicios o actos administrativos que implique la eliminación, reducción o condicionamiento indebido de los derechos reconocidos o atribuidos a la ciudadanía. Podrá suponer la modificación de la naturaleza y de los efectos de los servicios o actos administrativos, siempre que no implique la eliminación, reducción o condicionamiento indebido de los derechos reconocidos o atribuidos a la ciudadanía.
Según establece el artículo 13 de la Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia, los contenidos y servicios digitales establecerán: El gallego como lengua de contacto oficial. El gallego como lengua de contacto inicial. El gallego como lengua de contacto normal. El gallego como lengua de contacto.
La Ley 4/2019 dispone que, de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, reglamentariamente podrá establecerse: La obligación de relacionarse a través de medios electrónicos con el sector público autonómico para determinados procedimientos y ciertos colectivos de personas físicas respecto a los cuales, en razón a su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos, quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios. La obligación de presentar determinados documentos por medios electrónicos para ciertos procedimientos y colectivos de personas físicas respecto a los cuales, en razón a su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos, quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios. Ambas son correctas. Ninguna es correcta.
Las referencias contenidas en la Ley 4/2019 a los ciudadanos y ciudadanas comprenderán (señala la incorrecta): A las personas físicas. A las personas jurídicas. A los grupos de afectados y a las uniones y entidades sin personalidad jurídica. A los patrimonios independientes o autónomos, cuando legalmente tengan reconocida capacidad de obrar ante las administraciones públicas.
Corresponde a la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y a las entidades públicas instrumentales incluidas en su ámbito: La titularidad de la sede electrónica de la Xunta de Galicia. La responsabilidad de los contenidos puestos a disposición de la ciudadanía en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. Ambas son correctas. Ninguna es correcta.
El artículo 7 de la Ley 4/2019, en relación con los deberes en el acceso y utilización de los servicios públicos digitales, establece que, en particular, los ciudadanos y ciudadanas deberán (señala la incorrecta): Utilizar los sistemas de identificación y firma electrónicas de los que sean legítimos titulares. Usar la información disponible conforme a la política de privacidad publicada. Respetar la normativa en materia de protección de datos de carácter personal. Ninguna es correcta.
La Administración general y las entidades públicas instrumentales del sector público autonómico de Galicia promoverán el desarrollo de servicios públicos digitales que (señala la incorrecta): Atiendan de manera personalidad a la ciudadanía, habida cuenta de sus circunstancias. Promueven la prestación de servicios conjuntos entre los órganos de la Administración general o los órganos de las entidades públicas instrumentales del sector público autonómico, orientados a la atención de las necesidades de la sociedad. Promuevan actuaciones automatizadas o no que reduzcan los tiempos de atención o resolución administrativa. Tengan en cuenta las características especiales del medio rural, tanto en su dispersión como en la disponibilidad de medios de acceso a los servicios públicos digitales.
Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 4/2019, la Administración general y las entidades instrumentales del sector público autonómico adoptarán las medidas tendentes a garantizar, con arreglo a la normativa vigente en materia de protección de datos, que los ciudadanos y ciudadanas faciliten una misma información solo una vez. A estos efectos, y respetando las exigencias impuestas por dicha normativa: Se establecerán los mecanismos que permitan la reutilización externa de los datos facilitados por las personas que se relacionan con el sector público autonómico con el objetivo de reducir sus cargas administrativas. Se establecerán los mecanismos que permitan la reutilización interna de los datos facilitados por las personas que se relacionan con el sector público autonómico con el objetivo de reducir sus cargas administrativas. Se establecerán los mecanismos que permitan la reutilización interna y externa de los datos facilitados por las personas que se relacionan con el sector público autonómico con el objetivo de reducir sus cargas administrativas. Se establecerán los mecanismos que permitan la reutilización libre de los datos facilitados por las personas que se relacionan con el sector público autonómico con el objetivo de reducir sus cargas administrativas.
Las medidas necesarias para garantizar que los ciudadanos gallegos y ciudadanas gallegas residentes fuera de Galicia y las entidades gallegas asentadas fuera de Galicia tengan acceso por medios electrónicos a los servicios públicos digitales que les sean de aplicación, con especial atención a las medidas necesarias para asegurar la provisión de medios de identificación y firma electrónicas suficientes para el acceso a tales servicios públicos digitales, serán determinadas por: La Administración general de la comunidad autónoma de Galicia. Las entidades públicas instrumentales del sector público autonómico. La Xunta de Galicia. Todas son correctas.
En el ámbito del sector público autonómico estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo (señala la incorrecta): Los sujetos indicados en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Los trabajadores autónomos y trabajadoras autónomas para los trámites y actuaciones que realicen en el ejercicio de su actividad profesional. El estudiantado universitario para todos los trámites y actuaciones que realicen. Las personas que representen a un sujeto obligado del resto de respuestas.
La Administración general y las entidades instrumentales del sector público autonómico de Galicia promoverán las actuaciones necesarias para facilitar la relación digital de las personas con discapacidad para el pleno ejercicio de sus derechos y obligaciones al amparo de la presente ley, con especial atención a las personas con: Discapacidad intelectual o sensorial. Discapacidad mental o sensorial. Discapacidad mental, intelectual o sensorial. Discapacidad física, mental, intelectual o sensorial.
Se promoverá la identificación y el diseño de servicios digitales que incluyan las actuaciones coordinadas y complementarias con las restantes administraciones del territorio, potenciando la mejora en la atención a la ciudadanía mediante el uso de herramientas y de medios electrónicos que soporten esa coordinación entre administraciones: En aras de garantizar la cooperación entre Administraciones Públicas. En aras de mejorar la atención a la ciudadanía y simplificar su relación con la administración pública. En aras de asegurar la interoperablidad de los servicios digitales de las Administraciones Públicas. Todas son correctas.
La sede electrónica de la Xunta de Galicia es: La dirección electrónica disponible para la ciudadanía en los términos establecidos en el artículo 38 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y su ámbito de aplicación abarca al conjunto de órganos y entidades públicas instrumentales que configuran el sector público autonómico de Galicia. Un punto de acceso electrónico para la ciudadanía en los términos establecidos en el artículo 38 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y su ámbito de aplicación abarca al conjunto de órganos y entidades instrumentales que configuran el sector público autonómico de Galicia. La dirección electrónica disponible para la ciudadanía en los términos establecidos en el artículo 38 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y su ámbito de aplicación abarca al conjunto de órganos y entidades que configuran el sector público autonómico de Galicia. Ninguna es correcta.
La sede electrónica de la Xunta de Galicia permitirá (señala la incorrecta): El acceso al Registro Electrónico General para la presentación electrónica de solicitudes, escritos, comunicaciones y documentos. El acceso al Registro Electrónico General para la presentación de quejas o sugerencias. El acceso personalizado a la Carpeta ciudadana de la Xunta de Galicia. El otorgamiento de apoderamientos apud acta mediante comparecencia electrónica en la sede electrónica por parte de los ciudadanos.
Denunciar test Consentimiento Condiciones de uso