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Ordenación y estructura de enseñanzas oficiales

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Título del Test:
Ordenación y estructura de enseñanzas oficiales

Descripción:
RD 1393/2007

Fecha de Creación: 2024/01/31

Categoría: Universidad

Número Preguntas: 27

Valoración:(5)
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El volumen de créditos reconocibles a partir de la experiencia profesional o laboral , así como los procedentes de estudios universitarios NO oficiales ya sean propios o de formación permanente, no podrá superar : El 20% del total de créditos que configuran el plan de estudios del título que se pretende obtener. El 5% del total de créditos que configuran el plan de estudios del título que se pretende obtener. El 15% del total de créditos que configuran el plan de estudios del título que se pretende obtener. El 10% del total de créditos que configuran el plan de estudios del título que se pretende obtener.

En enseñanzas de Grado y de Máster universitario, el plan de estudios se estructura en : 30 créditos. 90 créditos. 60 créditos. 120 créditos.

¿ Quién ESTABLECE LOS LÍMITES máximos de los precios públicos de los títulos Universitarios oficiales que ofertan las universidades públicas ?. Las Universidades. El Consejo de Gobierno. Las Comunidades Autónomas. La Conferencia General de Política Universitaria.

¿ Quién FIJA los precios públicos de los títulos universitarios oficiales que ofertan las universidades públicas ?. Ministerio de universidades. Las Comunidades Autónomas. La Conferencia General de Política Universitaria. Las propias Universidades.

Las Universidades podrán implantar los planes de estudio de las titulaciones universitarias oficiales: De forma progresiva. curso a curso. De forma simultánea. Para todos los cursos o para varios , según los casos. Todas son correctas.

La superación de las enseñanzas del programa de Doctorado, así como la presentación y aprobación de la tesis doctoral, dará derecho a la obtención del título universitario oficial de Doctora o Doctor, cuya nivel equivale al : MECES 1. MECES 4. MECES 2. MECES 3.

El nivel que otorga la superación de Ciclos Formativos de Técnico Superior, equivale al : MECES 2. MECES 4. MECES 1. MECES 3.

El nivel que otorga la superación de enseñanzas de Grado, equivale al : MECES 3. MECES 4. MECES 2. MECES 1.

El nivel que otorga la superación de enseñanzas de Máster, equivale al : MECES 4. MECES 3. MECES 1. MECES 2.

¿ Quién elabora los planes de estudio de las enseñanzas universitarias oficiales ?. La Conferencia General de Política Universitaria. El Claustro. El Ministerio de Universidades. Las propias Universidades.

Los programas de Doctorado se regirán por lo dispuesto en el Real Decreto. 1002/2010, de 5 de agosto. 99/2011, de 28 de enero. 1125/2003, de 5 de septiembre. 99/2011, de 26 de enero.

El volumen de créditos reconocibles a partir de la experiencia profesional o laboral o aquellos procedentes de estudios universitarios no oficiales (propios o de formación permanente) NO podrá superar, globalmente. el 10% del total de los créditos. el 15 % del total de créditos. el 20% del total de los créditos. el 5% del total de los créditos.

Según dispone el art.6 del RD 822/2021, de 28 de septiembre, los programas de Doctorado se regirán por lo dispuesto en : RD 13/2011, de 18 de febrero. RD 55/2012, de 13 de enero. RD 82/2012, de 9 de mayo. RD 99/2011, de 28 de febrero.

Une como corresponda. MECES 1. MECES 2. MECES 3. MECES 4.

El Rector podrá crear cuantos Secretariados estime necesarios dentro de las áreas de competencia de los Vicerrectorados... Oído el Consejo de Universidades. Previo acuerdo con el Claustro. Oído el Consejo de Gobierno. Sin pasar por la consulta de ningún consejo.

Dará fe pública de los actos y acuerdos de los órganos colegiados de gobierno de la Universidad de Sevilla de los que forma parte. Hablamos de : El Director de Centro. El Secretario General. El Consejo de Universidades. El Notario contratado a tal efecto.

Organizar los actos solemnes de la Universidad y hacer cumplir el protocolo, es competencia de : El Rector. El Secretario General. El Decano. El Consejo Social.

Será propuesto y nombrado por el Rector de acuerdo con el Consejo Social, para un período de cuatro años, renovable a su término por períodos de igual duración. Podrá ser cesado por el Rector antes de expirar dicho plazo. Nos referimos a : Defensor Universitario. Secretario General. Gerente. Director de Departamento.

La gestión de la hacienda y patrimonio de la Universidad, La gestión de gastos e ingresos y La elaboración del proyecto del presupuesto y de los planes económicos, corresponden a : Rector. Gerente. Decano. Secretario General.

Es el órgano encargado de velar por el respeto a los derechos y las libertades de todos los miembros de la comunidad universitaria en el ámbito de la Universidad de Sevilla. No está sometido a mandato imperativo y desarrolla sus funciones con total independencia. El Consejo Social. El Consejo de Gobierno. El Defensor Universitario. El Claustro.

Asistir a las sesiones de los órganos colegiados de la Universidad que estime oportuno cuando en ellas se trate de materias relacionadas con las actuaciones que lleve a cabo en ese momento y Elaborar cuantos informes le sean solicitados o considere oportuno emitir en relación con las actuaciones en curso, son competencias de : El Rector. El Gerente. El Defensor Universitario. El Portavoz del Consejo Social.

Para el cumplimiento de sus funciones, la Universidad de Sevilla lo dotará de asignación presupuestaria, infraestructura y personal adecuados, nos referimos al : Gerente. Defensor Universitario. Decano. Consejo Social.

Promover y organizar actividades de extensión universitaria es función de : Los Departamentos. La Junta de Gobierno. Los Centros. El Consejo de Gobierno.

El número de miembros de cada Junta será. 100. 300. El que se determine en su Reglamento de funcionamiento. 51.

Elegir y revocar al Decano o Director, es competencia de : El Rector. La Junta de Centro. El Consejo de Universidades. El Gerente.

Emitir informes sobre los asuntos que requieran aprobación del Consejo de Gobierno y que afecten al Centro, así como sobre los asuntos que afecten sustancialmente y que sean objeto de decisión de cualquier órgano de gobierno de la Universidad de Sevilla, es competencia de : El Secretario General. El Rector. La Junta de Centro. El Gerente.

Es el órgano unipersonal que, como primera autoridad del Centro, ostenta la representación del mismo. El Rector. El Decano o Director. El Gerente. El Defensor Universitario.

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