¿El Art. No. 93, numeral III, de la Ley General de Educación 66’97 establece la
estructura de las Juntas Regionales de Educación, las Juntas Distritales de Educación y las Juntas
de Centros Educativos? Verdadero Falso. Es el articulo de la ley general de educacion que crea la juntas descentralizadas. Art. 105 Art. 93 Art. 5. Son órganos de gestión educativa que tendrán como función velar por la aplicación de las
políticas educativas emanadas del Consejo Nacional de Educación en su ámbito de competencia. Juntas Descentralizadas Minerd Juntas de políticas publicas. Son las tres atribuciones básicas de la Dirección General de Gestión y Descentralización Educativa Favorecer la creación de las condiciones necesarias par involucrar a los actores, internos y externos del Sistema, en la solución de la problemática educativa a través de la instalación de las Juntas Descentralizadas. Monitorear la gradualidad en la implementación de la política de descentralización
educativa. Auspiciar la coordinación y evaluación de la ejecución de los planes de descentralización
en los niveles centrales, regionales, distritales y locales Proponer a la Junta Regional de Educación la definición de los planes de desarrollo anual
de la educación, la ciencia y la cultura de la región.
. Son los órganos descentralizados de gestión educativa Juntas Regionales de Educación
Juntas Distritales de Educación
Juntas de Plantel Educativo Juntas de Centro Educativo
Juntas de Red Rural de Gestión Educativa Juntas de Política Publica . Son los comités mínimo de que deberán constituirse en cada juntas descentralizada
Comité de la Calidad de la Educación
Comité de Gestión y Mantenimiento Escolar Comité Financiero Comité de actividades extracurriculares . La Junta de Centro Educativo como un organismo descentralizado de gestión y participación, es la encargada de crear los nexos entre la comunidad, el centro educativo y sus actores, con el objetivo de que éste desarrolle con éxito sus funciones. Verdadero Falso. Son seis funciones de la junta descentralizada de los centros educativos. Aplicar los planes de desarrollo del centro educativo, en el marco de las políticas definidas
por el Consejo Nacional de Educación. Cuidar que haya calidad en la educación y que exista equidad dentro del Centro Educativo. Fortalecer las relaciones entre escuela y comunidad y el apoyo recíproco de una a otra. Articular la actividad escolar y enriquecerla con actividades fuera del horario escolar Velar por la calidad de la educación y la equidad en la prestación de servicios educativos. Supervisar la buena marcha de los asuntos de interés educativo, económico y de orden general del centro educativo, incluyendo especialmente el mantenimiento de la planta física
y los programas de nutrición. Proponer a la Junta Distrital de Educación los planes anuales de desarrollo de la educación,
la ciencia y la cultura en su demarcación. Es por quienes esta integrada la junta descentralizada de centro educativo. El Director del Centro Educativo, quien la presidirá Dos representantes elegidos por los profesores del centro educativo, en asamblea del centro Dos representantes de la Asociación de Padres, Madres, Tutores y Amigos de la Escuela, elegidos en asamblea. Un educador elegido por la Asociación de Padres, Madres, Tutores y Amigos de la Escuela Dos representantes de la Sociedad Civil organizada, elegidos en asamblea de las organizaciones. Un representante de los estudiantes, elegido democráticamente cada año por el Consejo
Estudiantil y que corresponda al grado más alto ofertado por los Niveles del centro
educativo. Un represéntate de la policía escolar . En aquellos Centros Educativos unidocentes, donde el Director es maestro y Director a la vez, Junta de Centro esta integrada por: El Director, quien la presidirá. Un representante de la Asociación de Padres, Madres, Tutores y Amigos de la Escuela,
elegido en asamblea. Un representante de las asociaciones comunitarias, elegido en asamblea. Un representante de los estudiantes (Presidente del Gobierno Escolar). Un representante de los estudiantes (que no pertenezca a la directiva del Gobierno
Escolar).
Dos representantes de la Asociación de Padres, Madres, Tutores y Amigos de la Escuela,
elegidos en asamblea.
. En aquellos centros educativos en donde el número de docentes sea de dos (2) o
tres (3) docentes la Junta estará constituida por El Director, quien la presidirá. Un docente, que en caso de que sean dos los docentes existentes en el centro, queda
automáticamente designado; en caso de que fuere mayor que dos se elegirá en asamblea de
profesores. Un miembro de la Asociación de Padres, Madres, Tutores y Amigos de la Escuela, elegido
en asamblea. Un miembro de las organizaciones comunitarias, elegido/a en asamblea. Un representante de los estudiantes (Presidente del Gobierno Escolar). Un representante de los estudiantes (que no pertenezca a la directiva del Gobierno
Escolar). Las Juntas de Centros Educativos deberán reunirse. De manera ordinaria cada mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario para tratar asuntos urgentes De manera ordinaria cada periodo de clase y extraordinariamente cuantas veces sea necesario para tratar asuntos urgentes De manera ordinaria al inicio y final de cada año educativo y extraordinariamente cuantas veces sea necesario para tratar asuntos urgentes. Los integrantes de la Junta de Centro Educativo son elegido por un periodo de: Tres años Un año (al inicio del año escolar) Dos año. ¿El director en su función de presidente de la junta descentralizada de centro, podrá ser cambiado como presidente de la misma? Verdadero Falso. El tesorero de a Junta de Centro Educativo será un miembro de: Sociedad de Padres, Madres, Tutores y Amigos de la Escuela El Director del Centro Educativo Un representantes elegidos por los profesores del centro educativo. El secretario de a Junta de Centro Educativo será un miembro de: Sociedad de Padres, Madres, Tutores y Amigos de la Escuela El Director del Centro Educativo Un representantes elegidos por los profesores del centro educativo. Son cinco funciones que desempeñara el director como Presidente de la Junta de Centro Educativo Cumplir y hacer cumplir las funciones de la Junta de Centro Educativo consignadas en el
Art. No. 46 de la ordenanza 02-2008. Cumplir y hacer cumplir las Resoluciones y todas las demás disposiciones emanadas de la
Junta de Centro Educativo y de los demás organismos de dirección. Proponer las medidas que la Junta del Centro Educativo debe adoptar para garantizar la
calidad de la educación y la equidad en la prestación de los servicios educativos en la demarcación correspondiente. Coordinar las actividades que la Junta de Centro Educativo deberá llevar a cabo para fortalecer las relaciones y el apoyo mutuo entre el Centro Educativo y la comunidad. Firmar conjuntamente con el tesorero las requisiciones y comprobantes para los desembolsos
económicos de los recursos financieros asignados a la Junta del Centro Educativo. Rendir informe a la Junta Regional de Educación y a la Dirección General de Gestión
y Descentralización Educativa, quien a su vez lo remitirá al Consejo Nacional de
Educación. Son cinco funciones que desempeñara el tesorero de la Junta de Centro Educativo Organizar las finanzas y las labores contables de la Junta de Centro Educativo.. Gestionar la puntual entrega y recibir las partidas presupuestarias asignadas al Centro Educativo por la Secretaría de Estado de Educación, así como las asignaciones de otras instituciones públicas y/o privadas y los recursos económicos provenientes de donaciones y
contribuciones autorizadas legalmente. Firmar conjuntamente con el Presidente los cheques expedidos que hayan sido debidamente autorizados por la Junta de Centro Educativo. Presentar un Estado de Cuentas a la Junta de Centro Educativo al final de cada mes, o antes
si le es solicitado a través del Presidente. Depositar los valores recibidos en la cuenta bancaria que corresponda Representar a la Junta de Centro Educativo en todas las actividades y eventos que así lo
requieran. . Son cinco funciones que desempeñara el secretario de la Junta de Centro Educativo Redactar, con la aprobación del Presidente, las correspondencias de la Junta de Centro
Educativo y hacerlas llegar a su destino. Redactar, de acuerdo con el Presidente, la convocatoria y agenda a las reuniones de la Junta
de Centro Educativo. Levantar el acta correspondiente de las sesiones de la Junta de Centro Educativo y velar por
su conservación.. Tomar nota de las declaraciones y acuerdos surgidos de las sesiones de la Junta del Centro
Educativo, redactarlos y transcribirlos en el libro de actas, así como llevar la relación de las
comunicaciones dadas a conocer en las sesiones o cuyas respuestas documentadas fueren
aprobadas. Depositar los valores recibidos en la cuenta bancaria que corresponda Dar lectura en cada sesión de la Junta de Centro Educativo al acta de la sesión anterior y
suscribirla conjuntamente con el Presidente, una vez aprobada. Los correctivo y las sanciones impuestas por las Juntas de Centros Educativos, de Planteles y de
Redes son Diálogo privado. Amonestación pública en presencia de todos los miembros de la Junta correspondiente Información escrita, debidamente sustentada, dirigida al órgano o instancia que la persona
representa explicando la falta o las faltas cometidas. Esta comunicación debe estar firmada
por todos los miembros de la Junta, menos por el o los afectados. Suspensión temporal de la función o el cargo que ostente. Esta sanción debe ser con la
aprobación de las dos terceras partes de los miembros. Solicitarle al órgano o instancia a que pertenece el representante, su separación de la Junta
y la selección de otra persona. El pago de 5 salario mínimo, este debe de realizarse a la juntas distrital. La ordenanza 02-2008 deroga el Reglamento de las Juntas Descentralizadas aprobado mediante Ordenanza 01-2003 09-2000 03-2008.