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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEPatín - 3

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Título del test:
Patín - 3

Descripción:
Patín - 3

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
17/03/2022

Categoría:
Deportes

Número preguntas: 22
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Temario:
114. Con relación a la munición anti tumulto (A.T.), se recomienda: No disparar a menos de 10mts. Siempre realizar el disparo con rebote. No dirigir los disparos a zonas del cuerpo donde se puedan provocar lesiones graves (cara, genitales, etc.). Nunca disparar a más de 10mts. Siempre realizar disparos al aire, antes que al cuerpo. Dirigir los disparos a zonas del cuerpo donde no se provoquen lesiones graves (cara, genitales, etc.). No disparar a menos de 10mts. Siempre realizar disparos al aire, antes que al cuerpo. Disparar a zonas vulnerables del cuerpo.
115. Al momento de apuntar deberá: Buscar la Línea de Mira; alinear ojo, alza, guion, y blanco. Para luego concentrarse únicamente en los aparatos de puntería dejando que el blanco se vea difuso. Buscar la Línea de Mira; alinear ojo, alza, guion, y blanco. Para luego solamente concentrarse en el blanco. Mirar claramente el blanco, y disparar.
116. El Obturador Táctico de Recámara (O.T.R.) es un recurso que se utiliza para desactivar temporalmente el funcionamiento correcto de las pistolas, bloqueando la recámara, evitando que suba un cartucho a la misma, facilitando una situación segura y propicia para la instrucción policial. F V.
117. Los principios fundamentales del TIRO son empuñamiento, presión de la cola del disparador, puntería, precisión y respiración. F V.
118. La escopeta de uso policial marca Hatsam, modelo Escort, Cal. 12/76, cuyo largo de cañón no supera los 600mm., sistema de repetición, para nuestra normativa nacional regulada por A.N.Ma.C. son: Arma de Uso Civil Condicional Arma de Uso Civil Arma de Uso Exclusivo de las FFAA Armas de Uso Prohibido.
119. El sistema de disparo semiautomático: son aquellas armas donde el ciclo de carga y descarga de la recámara se efectúa mecánicamente por acción del tirador, estando acumulados los cartuchos en un almacén cargador. F V.
120. La escopeta calibre 12 UAB cuyo largo de cañón no supera los 380 mm., cualquiera sea su sistema de disparo, para nuestra normativa nacional regulada por A.N.Ma.C. son: Armas de Uso Prohibido Arma de Uso Civil Arma de Uso Civil Condicional Arma de Uso Exclusivo de las FFAA.
121. La escopeta sistema de disparo a repetición es el arma larga o de hombro, de cañón liso, en la que el ciclo de carga y descarga se efectúa el tirador por medio de un mecanismo alimentado por un almacén cargador y su finalidad principal es el disparo con cartuchos con perdigones. F V.
122. Los principios fundamentales del TIRO son empuñamiento, presión de la cola del disparador, puntería, postura corporal y respiración. F V.
123. Las armas corta o de puño son aquellas que fueran diseñadas para ser empleadas con el uso de solo una mano, para nuestra legislación nacional únicamente estas son: el revólver y las pistolas. F V.
124. Las armas largas o de hombro son aquellas que fueran diseñadas en el empleo normal para ser usadas con el uso de las dos manos, y el apoyo en el hombro, para nuestra legislación nacional estas son: las escopetas, pistolones, carabinas y fusiles. F V.
125. Las armas largas o de hombro son aquellas que fueran diseñadas en el empleo normal para ser usadas con el uso de las dos manos, y el apoyo en el hombro, para nuestra legislación nacional estas son: las escopetas, carabinas y fusiles F V.
126. Sistema de disparo de repetición, se trata de las armas en que es necesario oprimir el disparador para cada disparo y en el que el ciclo de carga y descarga se efectúa sin la intervención del tirador. F V.
127. El Objetivo de las Normas y Disposiciones de Seguridad es convertir a cada policía en un operador de armas seguro y competente. La seguridad y la competencia van juntas cuando se trata de armas de fuego, la seguridad tiene máxima prioridad y nunca deberá comprometerse porque: “el aspecto más importante de la instrucción en armas de fuego es la seguridad”. F V.
128. El sistema de disparo semiautomático se trata de armas en que es necesario oprimir el disparador para cada disparo y el ciclo de carga y descarga se efectúa sin la intervención del tirador. F V.
129. La correcta condición de portación del arma provista policial es la condición N°1, cargador municionado colocado en su alojamiento, con cartucho en recámara, con martillo abatido, sin seguro. F V.
130. La correcta condición de portación del arma provista policial es la condición N°2, cargador municionado colocado en su alojamiento, sin cartucho en recámara, con martillo abatido, sin seguro. F V.
131. La Disposición 003/98 J.P.P. regula entre otros aspectos la condición del arma en la portación policial, prohibiendo el uso de cartucho en recámara, dejando una excepción al momento de un inminente procedimiento policial. F V.
32. La Disposición 003/98 J.P.P. regula entre otros aspectos la condición del arma en la portación policial, permitiendo dejar a criterio del operador el uso de cartucho en recámara. F V.
133. Los agresivos químicos son sustancias químicas productoras en el organismo humano de ciertos efectos, tales como lacrimógenos, vomitivos, diarreicos, o una combinación de los mismos, los de efectos pasajeros sin llegar a producir la pérdida del conocimiento y contenidos en recipientes de capacidad de hasta 500cm3, para nuestra legislación nacional son considerados como: Arma de Uso Civil Arma de Uso Civil Condicional Arma de Uso Exclusivo de las FFAA Armas de Uso Prohibido.
134. Los agresivos químicos son sustancias químicas productoras en el organismo humano de ciertos efectos, tales como lacrimógenas, vomitivas, diarreicas, o una combinación de los mismos, los de efectos de efecto letal y contenidos en recipientes de capacidad de hasta 500cm3, para nuestra legislación nacional son considerados como: Armas de Uso Prohibido Arma de Uso Civil Arma de Uso Civil Condicional Arma de Uso Exclusivo de las FFAA.
135. Existen dos clases de recarga de pistola, estas son: recarga de emergencia y recarga técnica. F V.
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