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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEPENAL I TEMA 21 UNED (con respuesta según pag del manual)

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Título del test:
PENAL I TEMA 21 UNED (con respuesta según pag del manual)

Descripción:
EL DELITO COMO CONDUCTA REPROCHABLE I: LA IMPUTABILIDAD, EXCLUSION Y GRADUACIÓN

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
18/04/2021

Categoría:
UNED

Número preguntas: 37
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Temario:
El vigente CP español define la imputabilidad como Capacidad de entender y de querer Capacidad de obrar Capacidad de culpabilidad El vigente CP español no define la imputabilidad.
Para la denominada concepción clásica del delito, la culpabilidad Es reprochabilidad Es la conciencia de la antijuridicidad Es la relación psicológica entre el autor y el resultado o hecho delictivo Es exigibilidad.
Si consideramos que la culpabilidad es fundamento y límite de la pena No podrá haber pena sin culpabilidad, aunque la medida de la pena deberá depender de factores ajenos a la culpabilidad Podrá haber pena sin culpabilidad, pero la medida de la pena deberá ajustarse a la medida de la culpabilidad No podrá haber pena sin culpabilidad y la medida de la pena deberá depender de la medida de la culpabilidad Tanto la imposición de la pena como la medida de la misma dependerá solo de la gravedad del delito.
Nuestro CP establece en su Art 5 que "no hay pena sin dolo o imprudencia" Según la opinión doctrinal mayoritaria se trata de la consagración legislativa del Principio de Culpabilidad Reprochabilidad Imputación subjetiva Responsabilidad.
El vigente CP utiliza, para regular la imputabilidad, una fórmula del tipo Biológico Psicológico Psiquiatrico Mixto.
Francisco sufre una grave adicción al alcohol, a consecuencia de la que comete diversas infracciones contra el patrimonio. Su adicción podría repercutir en la determinación de su responsabilidad penal por medio de La eximente incompleta de intoxicación La eximente completa de intoxicación La atenuante de grave adicción a las sustancias psicoactivas Una atenuante por analogía a la adicción a sustancias psicoactivas.
Para poder apreciar una causa de inimputacilidad, el vigente CP exige un presupuesto psiquiátrico y uno Lógico Ontológico Biológico Psicológico.
Casilda es condenada a 6 penas de 25 años de prisión por haber sometido como autora material 6 delitos de asesinato consumados del Art 139CP en relación con el Art 140CP. Se establece que el máximo de cumplimiento efectivo de la condena es de 40 años en virtud de lo dispuesto en el Art 76.1e CP. Si quisiéramos imponer a Casilda las condiciones más duras de acuerdo con el Art 78 CP, ¿Cuándo podríamos considerar que Casilda ha cumplido la mitad de su condena a efectos de concederle la clasificación del 3er grado penitenciario? A los 20 años de cumplimiento A los 25 años de cumplimiento A los 40 años de cumplimiento A los 75 años de cumplimiento .
El menor de 14 años es considerado por nuestro OJ penal vigente Imputable Semiimputable Inimputable Exculpado por razones de exibilidad de la obediencia al Dcho.
La privación de la capacidad de comprender lo ilícito del hecho o de actuar conforme a ese conocimiento, como base de la apreciación de una causa de inimputabilidad debe darse En el momento de la comision del delito Antes y durante la comision del delito Antes, durante y después de la comision del delito Durante la comisión del delito y después de su comisión.
Las fórmulas de regulación de la inimputabilidad se clasifican en Objetivas, subjetivas y mixtas Formales, materiales y mixtas Restrictivas, extensivas y mixtas Biológicas o psiquiátricas, psicológicas y psiquiátrico-psicológicas, biopsicológicas o mixtas .
Vicente se provoca un trastorno mental transitorio para realizar un delito de robo, pero realiza un delito contra la seguridad vial Quedará exento de responsabilidad criminal Se le aplicará la eximente incompleta de trastorno mental transitorio Se le aplicará una atenuante por analogía Sera plenamente responsable (acto libera in causa).
Manuel padece anomalía o alteración psíquica que ni le impide ni le dificulta la comprensión de la ilicitud de la conducta o la actuación conforme a dicha comprensión. Según nuestro CP Manuel sería Inimputable Imputable Semiimputable Peligroso.
La fórmula que usa el CP que exige únicamente la concurrencia de una enfermedad o trastorno para considerar inimitable a quien lo padece, se denomina Mixta Psiquiátrico- psicológica Psicológica Psiquiátrica o biológica.
Florencia esta en tratamiento de una enfermedad autoinmune. Una tarde de septiembre queda con su amigo Arnold e ingiere una mínima cantidad de alcohol que, en reacción con el medicamento, le produce una intoxicación plena que le impide comprender el carácter ilícito de su actuar, consistente en agredir a su amigo. Como consecuencia de la agresión, Arnold, sufre graves lesiones tipificadas en el Art 147 CP. Teniendo en cuenta que Florencia no podía prever que la interacción del fármaco con el alcohol le podía llevar a esa situación y siguiendo el texto básico recomendado Se le aplicará la causa de inimputabilidad de anomalía o alteración psíquica completa pues no puede actuar dolosamente Se le aplicará la causa de ininmputabilidad de anomalía o alteración psíquica completa pues queda excluida su imputabilidad No se le aplicará la causa de inimputabilidad de anomalía o alteración psíquica completa ni incompleta. es un presupuesto de activo libera in causa Se le apreciará responsabilidad penal por imprudencia .
Para aplicar una causa de inimputabilidad como eximente incompleta del Art 21.1 CP es necesario Que concurran todos los elementos esenciales, pudiendo faltar los inesenciales Que concurran sus elemento inesenciales, pudiendo faltar alguno o algunos de los esenciales Que consuman tanto sus elementos esenciales como inesenciales Que concurra alguno de sus elementos esenciales pudiendo faltar los inesenciales y algún otro de los esenciales .
Entre las circunstancias atenuantes que operan en la categoría de la culpabilidad se encuentra La legítima defensa La grave adicción a sustancias psicoactivas La reparación total o parcial del daño La confesión de la infracción .
Entre los estados que junto con otros requisitos puedan dar lugar a la apreciación de una causa de inimputabilidad según nuestro vigente CP se encuentran La necesidad Las anomalías o alteraciones físicas La peligrosidad criminal Las anomalías o alteraciones psíquicas.
Nuestro vigente CP sigue una fórmula mixta para regular la inimputabilidad. Eso significa que para la apreciación de una causa de inimputabilidad se requieren Únicamente determinados efectos psicológicos en el sujeto Únicamente determinadas enfermedades o trastornos en el sujeto Tanto unas determinadas causas como unos determinados efectos en el sujeto La posición de garante y la equivalencia de contenido de injusto.
La necesidad de que el sujeto cuente con un cierto grado de madurez y la posesión de determinadas cualidades biopsiquicas que le permitan comprender la ilicitud de su conducta y adaptar su conducta a dicha comprensión son caracteres que nos remite a El dolo como elemento del tipo de lo injusto La antijuridicidad La exigibilidad de la obediencia al Dcho La imputabilidad.
Florencia conocedor de que la ingesta de alcohol le lleva a un estado de fuerte agresividad, ingiere una gran cantidad de cerveza mezclada con bitter, y bajo sus efectos propina una paliza a Arsenio, cliente habitual del bar del que el 1ro es camarero. Como consecuencia Arsenio sufre lesiones que además de una 1ra asistencia facultativa precisan de tratamiento quirúrgico. Durante la celebración del juicio se determina que Florencia actuó en esta de intoxicación plena que le impedía conocer el carácter ilícito de su conducta. Con tales datos podemos decir que Florencia No podrá ser hecho responsable penal de sus hechos en ningún caso Sólo podría ser hecho responsable penal de sus hechos si se comprueba que había buscado el estado de intoxicación plena con el propósito de cometer el delito (actio libera in causa) Podría ser responsable si se comprueba que al menos había previsto o debido prever la comisión del delito (acto libera in causa) Será responsable penal por los hecho descritos ya que la intoxicación por el consumo de bebidas alcohólicas, aun plena, no esta recogida como eximente en nuestro sistema penal vigente.
El presupuesto psicológico para aplicar la eximente de anomalía o alteración psíquica supone La concurrencia de una serie de enfermedades y trastornos psíquicos Que el sujeto no pueda comprender la punibilidad del hecho o actuar conforme a dicha comprensión Que el sujeto no pueda comprender la antijuridicidad del hecho o actuar conforme a esa comprensión Que el sujeto no pueda comprender la tipicidad del hecho o actuar conforme a dicha comprensión .
Cuando hablamos de la capacidad de comprender lo ilícito de la conducta y de actuar conforme a dicha comprensión nos estamos refiriendo a La imputabilidad La conciencia de la antijuridicidad La exigibilidad de la obediencia al Dcho Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.
Arsenio que en el pasado ha tenido episodios de comportamiento violento en estado de embriaguez, desconoce, sin embargo, que la mediación que el actualidad toma le puede provocar un estado de intoxicación pelan en caso de una mínima ingesta de alcohol, Invitado por su amiga Florencia a dos cañas de cerveza, cuando Arsenio llega a casa propina una paliza a su compañero de piso, Jaime, que necesita asistencia facultativa y tratamiento médico por las lesiones causadas, En el posterior juicio se establece que, efectivamente, en el momento de los hechosArsenio se encontraba en un estado de intoxicación plena que le impedía comprender el carácter ilícito de su conducta. Con respecto a la exigencia de responsabilidad penal a Arsenio podemos decir que Si se da el resto de elementos, se le podrá hacer responsable por aplicación de la actio libera in causa pues debería haber previsto la comisión de los hechos. (A) No se podrá aplicar la actio libera in causa pues el estado de intoxicación plena no ha sido provocado voluntariamente (B) Sis e da el resto de elementos, se le podrá hacer responsable por aplicación de la actio libera in causa pese a que el estado de intoxicación pelan no haya sido provocado voluntariamente. (C) Tanto las respuestas A) como C) son correctas .
Según el texto básico recomendado, ¿es posible que un sujeto declarado inimputable por los efectos del consumo de alcohol haya actuado dolosamente? Sí, porque el solo es un elemento subjetivo de lo injusto y por lo tanto su concurrencia es en principio independiente de la imputabilida o no del sujeto No, porque el dolo es una forma de culpabilidad y el inimitable no es culpable No, porque solo pueden actuar dolosamente semiimputables e imputables El planteamiento de la pregunta no es correcto porque no se puede declarar inimitable a quien actúa bajo los efectos del alcohol.
¿Qué supone la actio libera in causa? Que el sujeto que se encuentra en 3er grado puede dormir en su domicilio Que quien es detenido puede solicitar su comparecencia ante el juez Que a quien es inimitable en el momento de realización del delito bajo determinadas circunstancias no se le va a aplicar causa de inimputabilidad alguna Que mientras que la accion es causal en todo caso, la omisión no lo es salvo que estemos ante un supuesto de causalidad en el ámbito socio- cultural .
Según la regulación del CP la grave adicción al alcohol Tiene carácter de atenuante en todo caso Tiene carácter de atenuante solo cuando el sujeto haya actuado a causa de la misma Tiene carácter de eximente en todo caso El planteamiento de la pregunta es incorrecto pues la grave adicción al alcohol bno esta expresamente prevista en nuestro OJ penal .
La fórmula reguladora de la inimputabilidad que hace referencia únicamente a la enfermedad o trastorno, sin exigir nada mas, se denomina Psicológica Biológica o psiquiátrica Biopsicológica Mixta.
Señale cual de las siguientes afirmaciones es falsa El vigente CP no contiene una eximente de minoría de edad La jurisprudencia, en ocasiones y a efectos de apreciar la alteración psíquica permanente como eximente completa, exige que dicha alteración anule la capacidad del sujeto de comprender la ilicitud del hecho o de adaptar su conducta a dicha comprensión de la ilicitud De acuerdo con lo que expresamente dispone el vigente CP, para que el síndrome de abstinencia se aprecie como eximente completa es necesario que no haya sido provocado intencionadamente por el sujeto para delinquir Que un sujeto cometa una infracción penal a causa de su grave adiccion a las drogas tóxicas se prevé expresamente como atenuante en el vigente CP.
De acuerdo con un sector doctrinal uy con la postura que se defiende en el testo básico recomendado, si un sujeto se provoca de forma imprudente (no voluntaria) un estado de intoxicación plena y en dicho estado comete un delito Puede quedar exento de responsabilidad penal No podrá quedar exento de responsabilidad penal en ningún caso Solo podrá apreciarse respecto del mismo una atenuante por analogía Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.
Partiendo de la regulación expresa de las causas de inimputabilidad del vigente CP, podemos definir la imputabilidad como La conciencia y voluntad de realizar los elementos del tipo objetivo La inexigibilidade del comportamiento conforme a Dcho La capacidad de comprender lo ilícito del hecho y de actuar conforme a dicha comprensión El desconocimiento invencible de la ilicitud del hecho.
Señale cual de las siguientes afirmaciones es falsa Para apreciar la anomalía psíquica como eximente completa el TS ha llegado a exigir en algunas sentencias que la misma provoque en el sujeto una anulación de sus capacidades de comprensión de la ilicitud y de adaptar su conducta a dicha comprensión de ilicitud Para apreciar la anomalía psíquica como eximente completa el TS ha exigido, en ocasiones, que la misma provoque en el sujeto una grave afectación de sus capacidades de comprensión de la ilicitud y de adaptar su conducta a dicha comprensión de ilicitud La consecuencia mas importante de la apreciación de la eximente completa de anomalía o alteración psíquica es la posibilidad de aplicar tanto penas como medidas de seguridad Para que se pueda apreciar la anomalía o alteración psíquica como eximente completa la afectación que esta produzca en las capacidades del sujeto debe darse en el momento de hecho, salvo en los supuestos de las acciones libres en la causa .
Maria Antonieta lleva tiempo planeando cometer un delito de hurto.Para atreverse a hacerlo se provoca voluntariamente un estado de intoxicación plena y en dicho estado, el el que era incapaz de adaptar la conducta a la comprensión de ilicitud del hecho, lleva a cabo el delito de hurto. En este caso Quedará exenta de responsabilidad penal porque en el momento en que se cometió el hurto era inimputable Se le aplicará la eximente incompleta de intoxicación plena No puede aplicarse la eximente completa ni incompleta de intoxicación plena Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.
La eximente de intoxicación plena del Art 20.2 CP según la cual esta exento de responsabilidad penal "el que al tiempo de cometer la infracción penal se halle en estado de intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras que produzcan efectos análogos.....que le impida comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a dicha comprensión " Tiene naturaleza de causa de justificacion y usa una fórmula psicológica para su regulación Tiene naturaleza de causa de exculpación basada ene la inexiblidad de la obediencia al Dcho y usa una fórmula biopsicológica para su regulación Tiene naturaleza de causa de inimputabilidad y usa una fórmula psiquiátrico-psicológica para su regulación Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.
Agustín padece una esquizofrenia paranoia que, con el tratamiento médico adecuado, le permite llevar una vida normal. Durante un viaje de fund e semana a los Pirineos un alud le deja incomunicado a 2200 metros de altitud en el refugio de Responsumo, en el que también se encuentra Isidoro. Al cabo de 4 días la medicación se agota, pues había llevado Agustin pastillas para dos días mas de los que pensaba permanecer en el lugar. Tres días después de dejar de seguir el tratamiento sufre un brote psicótico con alucinaciones, escuchando voces que le dicen que el culpable de la situación es Isidoro. Entendiendo que lo que hacia constituia un ilícito penal, pero sin poder actuar conforme a ese entendimiento, Agustin acaba con la vida de Isidoro. De acuerdo con el texto básico recomendado, Agustin Se le aplica la causa de inimputabilidad de anomalía o alteración psíquica completa Se el aplicará la causa de inimputabilidad de anomalía o alteración psíquica incompleta pues comprendía la ilicitud del hecho No se le aplicara la causa de inimputabilidad de anomalía o alteración psíquica completa ni incompleta; es un supuesto de actio libera in causa: aunque era inimitable en el momento de llevar a cabo el delito, provocó voluntariamente la situación de inimputabilidad No se le aplicara la causa de inimputabilidad de anomalía o alteración psíquica completa ni incompleta; es un supuesto de actio libera in causa: aunque era inimitable en el momento de llevar a cabo el delito, debió prever su comisión .
Quien no ha cumplido 14 años es considerado Inimputable en caso de que no comprenda el caracter ilícito de la conducta o no pueda actuar conforme a esa comprensión Inimitable en todo caso por una presunción iris et de iure Semiimputable, de acuerdo a las reglas incluidas en el art 16 CP vigente Inimputable solo si no alcanza los 12 años, edad a partir de la cual se le aplicará la LO reguladora de la responsabilidad penal de los menores .
¿Qué es la actio libera in causa? Una de las bases del principio de culpabildad El principio según el cual nadie puede ser condenado por el mero pensamiento Una excepción a la aplicación de las causas de inimputabilidad La idea directriz del concepto finalista de acción.
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