PENAL I TEMA 29 UNED (con respuestas según pág manual)
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Título del Test:![]() PENAL I TEMA 29 UNED (con respuestas según pág manual) Descripción: LAS PENAS PRIVATIVAS DE LIBERTAD. EJECUCION |




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De acuerdo con la vigente legislación penitenciaria española, ¿qué clase de penados se debe clasificar en el 1er grado?. Aquellos en quien concurran circunstancias personales y penitenciarias de normal convivencia. Aquellos que por circunstancias personales y penitenciarias estén capacitados para llevar a cabo un régimen de vida en semilibertad. Aquellos considerados de peligrosidad extrema o inadaptados al régimen ordinario. Aquellos a quienes se lea haya impuesto medidas de seguridad privativas de libertad por la gravedad y peligrosidad de su enfermedad mental. Pedro en condenado a una pena de 6 años de prisión y a una multa de 12 meses a razón de 30 euros diarios como autor de un delito de estafa del Art 248.1 en relación con el Art 250 .1.1 CP. En tal caso, ¿puede el juez ordenar la clasificación de Pedro inicialmente en el 3er grado penitenciario?. No, pues el tribunal sentenciador está obligado a ordenar que la clasificación en 3er grado no se realice hasta que no se cumpla la mitad de la condena. No, pues el tribunal de vigilancia penitenciaria está obligado a evitar la clasificación en 3er grado no se realice hasta que no se cumpla la mitad de la condena. No, pues de acuerdo con el régimen general que establece la normativa penitenciaria, no cabe clasificación inicial en 3er grado. Si, porque aunque la pena impuesta es superior a 5 años de prision, no lo ha sido por a comision de delitos referentes a organizaciones y grupo terroristas y de delito de terrorismo, delitos cometidos en el seno de una organización o grupo criminal, o delitos de agresión, abuso sexual, prostitución y corrupción cuando la víctima fuere menor de 13 años. El sistema pensilvánico o filadelfico. Era ajeno a consideración moralizares en el sentido de que no perseguía el arrepentimiento del penado. Combinaba el aislamiento con el trabajo en común de los penados. Exigía que los penados permanecieran permanentemente en sus celdas. Tenia en el contagio penitenciario su principal inconveniente. El sistema de Auburn. Presentaba algunas características propias de los sistemas penitenciarios progresivos que aparecieron posteriormente. Prohibía cualquier tipo de actividad común entre los penados. No permitía la aplicación de castigos corporales a los penados. Imponía las mismas condiciones de cumplimiento de la privación de libertad a todos los penados. El régimen de ejecución de penas de prision en el ordenamiento español vigente. Presentaba características de los sistemas progresivos y de individualización científica. Está previsto únicamente en el Reglamento Penitenciario. No prevé la regulación de la libertad condicional pues la misma no se desarrolla fuera del ámbito penitenciario. Está previsto únicamente en el LOGP por tratarse de una materia que afecta a Derechos Fundamentales. En el contexto de la ejecución de las penas de prision, los denominados periodos de seguridad. Se refieren a medidas de seguridad que se imponen a sujetos imputables tras el cumplimiento de la pena de prision. Están previstos para posponer la clasificación en el 3er grado penitenciario en determinados supuestos. Se refieren al tiempo que puede estar detenido un sujeto en dependencias policiales antes de ser puesto a disposición de la autoridad judicial. Se identifican con el tiempo que ha de transcurrir para que se conceda el licenciamiento definitivo del penado. en el sistema penitenciario español, como particularidad esencial del sistema de individualización científica, rige el principio de. Variabilidad. Flexibilidad. Arbitrariedad. Aleatoriedad. Para atender al cumplimiento de la garantía jurisdiccional, en materia de ejecución de penas, nuestra legislación introdujo la figura de. El Juez central de instruccio. El Juez de vigilancia penológica. El Juez de vigilancia particular. El Juez de vigilancia penitenciaria. Según nuestra legislación penitenciaria, los establecimiento de cumplimiento pueden ser. Centros hospitalarios, psiquiátricos, y de rehabilitación o inserción social. Ordinarios o especiales. Abiertos, ordinarios y cerrados. Comunes, para presos preventivos y especiales. El cumplimiento de la garantía jurisdiccional de las penas privativas de libertad se realiza en nuestro ordenamiento a través de la figura del. Juez de 1ra Instancia e Instruccio. Juez de Vigilancia Penitenciara. CGPJ. Juez de instrucción Penitenciaria. Como última etapa de cumplimiento de las penas privativas de libertad y de acuerdo con la opinión mayoritaria encontramos. El 3er grado. El 2do grado. La libertad vigilada. La libertad condicional. Un aspecto esencial de la ejecución de la pena de prision en el ordenamiento español es la existencia de distintos grados de cumplimiento, Si no tenemos en cuenta el periodo de libertad condicional podemos asegurar que el régimen vigente diferencia. 2 grados de cumplimiento. 3 grados de cumplimiento. 6 grados de cumplimiento. El vigente. régimen no diferencia grados de cumplimiento. Según la Ley orgánica general penitenciaria, los establecimiento penitenciaros pueden ser de las siguientes clases. PAra presos preventivos y para presos condenados en firme. PAra presos preventivos y para presos condenados en firme y especiales. PAra presos preventivos, de cumplimiento y especiales. PAra presos preventivos, de cumplimiento y para presos peligrosos. Según la vigente normativa penitenciara, se consideran beneficios penitenciarios. El arresto domiciliario y la prision atenuada. El adelantamiento de la concesión de la libertad condicional y el indulto particular. La liberación anticipada y el indulto total. La liberación anticipada, el indulto total y el mejoramiento de las condiciones de cumplimiento. La legislación penitenciaria en nuestro país presenta rasgos de los sistemas. Progresivos y de individualización científica. Pensilvánicos y Filadélficos. Absolutos o represivos. REaltivos o preventivos. El sistema penitenciario español, recogido en la LOGP y el RD 190/1996 está inspirado. En el sistema celular. El sistema pensilvánico. Los sistemas progresivos y de individualización científica. Todas las anteriores son correctas. Jaime es condenado a la pena de prision permanente revisable por un delito de terrorismo de los ARt 571 y ss CP. Según el régimen general su acceso al 3er grado una vez que cumpla el resto de requisitos se podrá producir. En cualquier momento, de acuerdo con el Principio de flexibilidad que impera en el sistema penitenciario español. Solo cuando haya cumplido 15 años de prisión efectiva. Solo cuando haya cumplido 20 años de prision efectiva. Solo cuando haya cumplido 25 años de prisión efectiva. Los establecimiento penitenciarios se clasifican en establecimiento. De alta seguridad, seguridad media y régimen abierto. De cumplimiento, régimen abierto y sanitarios. De 1er grado, 2do y 3ro. Para presos preventivos, de cumplimiento y especiales. ¿Cual de los siguiente sistemas penitenciarios se caracteriza por que los penados permanecen constantemente solo en sus celdas, sin poder establecer ningún tipo de contacto con el exterior, ni con el resto de sus compañeros ?. El sistema Pensilvánico o Filadelfico. El sistema Aubirniano o de Auburn. Los sistemas progresivos o de individualización científica. El sistema de 3er grado. ¿Cuál de los siguientes sistemas penitenciarios se caracteriza por el aislamiento nocturno del recluso y la imposición de trabajo en común y actividades educativas básicas durante el día?. El sistema pensilvánico o filadélfico. El sistema Auburniano o de Auburn. Los sistemas progresivos o de individualización científica. El sistema de 3er grado. La normativa penitenciaria vigente reconoce los siguientes beneficios penitenciarios. La redención de penas por trabajo, el adelantamiento de la concesión de la libertad condicional y el indulto parcial. Exclusivamente la redención de penas por trabajo y el adelantamiento de la concesión de la libertad condicional. Exclusivamente la redención de penas por trabajo y el indulto particular. Exclusivamente el adelantamiento de la concesión de la libertad condicional y el indulto particular. De los sistemas penitenciaros progresivos, el que terminó imponiéndose tanto en Europa como en EEUU fue. El pensilvánico o Filadelfico. El auburniano o de Auburn. El valenciano o del de Montesinos. El de individualización científica. La clasificación de los centros penitenciarios en cerrados, ordinario, y abiertos se aplica a los siguientes establecimientos penitenciarios. Establecimiento penitenciarios para presos preventivos y detenido. Establecimiento penitenciarios para condenados en sentencia firme a pena de prision superior a 6 meses. Establecimiento penitenciarios especiales. Establecimiento penitenciarios provisionales y definitivos. Una figura con importantes competencia en el control de la ejecución de las penas y medidas de seguridad privativas de libertad es. El juez de asistencia penitenciaria. El juez de vigilancia penitenciaria. el juez de imposición penitenciaria. El juez de rehabilitación y reinserción social. Los denominados periodos de seguridad son. Un limite para acceder a la libertad condicional. Un limite para acceder al 3er grado. Un límite para acceder al 2do grado. Un limite para revocar la medidas de seguridad. Según el texto básico recomendado podemos definir el Dcho penitenciario como. El conjunto de normas que regulan el cumplimiento de las penas, así como las actividades y condiciones de vida de los penados. El conjunto de normas que regulan el funcionamiento interno de las prisiones, así como las actividades y condiciones de vida de los reclusos. El conjunto de normas que regulan el funcionamiento interno de las prisiones y centros de cumplimiento, así como las condiciones de vida de los internos. El conjunto de normas que regulan el cumplimiento de las penas privativas de libertad, así como las actividades y condiciones de vida de los penados. ¿Cual es el régimen que se aplica a los penados clasificados en 2do grado?. El régimen cerrado. El régimen abierto. El régimen semiabierto. el régimen ordinario. Según la normativa actualmente vigente, en nuestro país, se reconocen como beneficios penitenciarios. el 3er grado penitenciario y la libertad condicional. La suspension y sustitución de las penas privativas de libertad. El adelantamiento de la libertad condicional y del indulto parcial. El licenciamiento definitivo y la asistencia postpenitenciaria. La consolidación de la prisión como pena privativa de libertad autónoma y la extension de su uso se produce. En el S XVII. En el S XVIII. a lo largo del XIX. En el Renacimiento. |