Penal I UNED TEMA 1º
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Título del Test:![]() Penal I UNED TEMA 1º Descripción: Principios |




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El objeto de protección del Derecho penal esta constituido por. Los delitos y faltas. Las penas y medidas de seguridad. Las leyes penales. Los bienes jurídicos. ¿Cual de las siguientes afirmaciones sobre las medidas de seguridad y reinserción social es verdadera?. Son una clase de penas. Se imponen atendiendo a la peligrosidad criminal del sujeto. Tienen naturaleza cautelar, imponiéndoselas con anterioridad a la celebración del juicio. Todas las anteriores respuestas son correctas. La idea de que la pena ha de ser proporcional al delito cometido: Es propia del pensamiento preventivo. Es propia del pensamiento retributivo. Es ajena a todos los modelos de fundamento de las penas. Todas las respuestas anteriores son incorrectas. Señale cual de las siguientes afirmaciones es incorrecta: El bien jurídico se define como todo bien, situación o relación deseados y protegidos por el Derecho. El vigente Código Penal solo protege bienes jurídicos individuales y colectivos. Los bienes jurídicos no son privativos de los ciudadanos si no que pertenecen al Derecho. El portador del Bien jurídico puede será tanto el individuo como la sociedad. La relación en la que se encuentran los distinto elementos del concepto analítico del delito puede definirse como. Una relación completamente arbitraria. Una relación aleatoria. Una relación secuencial. Una relación meramente gramatical. Señale de entre las siguientes afirmaciones la incorrecta: La prevención especial incluye tanto la mera intimidación como la rehabilitación y reinserción e incluso la inoculación. La prevención general negativa pretende reforzar en la conciencia de los ciudadanos la idea de la vigencia de las normas. La retribución esta ligada a la idea de que la pena ha de ser proporcional al delito cometido. Mientras que la prevención general se dirige a la comunidad, la prevención especial está centrada en la persona del condenado: trata de que este no vuelva a delinquir. Los bienes jurídicos "vida humana independiente", "interés del Estado en el control del flujo migratorio" y la "seguridad vial" pertenecen respectivamente a las siguientes categorías. Individuales, colectivos y supraindividuales. Colectivos, supreindividuales e individuales. Individuales, supraindividuales y colectivos. Supraindividuales, colectivos e individuales. Para justificar su contenido el anteproyecto de ley de reforma del CP actualmente en trámite se refiere a su Exposición de Motivos a "la finalidad de reeducación a la que debe ser orientada la ejecución de las penas de prisión" se trata de un referencia a. Prevención general. Prevención especial. Retribución. Retorsión. Las medidas de seguridad y reinserción social. Son penas orientadas exclusivamente a la prevención especial. Se pueden aplicar con anterioridad a la comisión de un delito. Conforman junto con la penas el sistema de consecuencias jurídicas del delito y están orientadas exclusivamente a la prevención general. Tienen como campo subjetivo de aplicación el de los delincuentes peligrosos. Las teorías absolutas de la pena se basan: Exclusivamente en la retribución. Solo en razones preventivo especiales. Únicamente en razones preventivo generales. Tanto en la retribución como en razones preventivo especiales y preventivo generales. Cuando afirmamos que el DP no se aplica frente a cualquier tipo de agresión, si no solo frente a las más graves, y solo se debe aplicar en los supuestos en los que sea absolutamente necesario por no ser suficiente la protección otorgada por otros sectores del OJ, estamos haciendo referencia a. El principio de proporcionalidad. El principio de culpabilidad. El principio de lesividad. Los principios de intervención mínima y última ratio. Cuando hablamos de la finalidad de reforzar en la conciencia de los ciudadanos la idea de la vigencia de las normas y de las valoraciones jurídicas que subyace a las mismas como mejor forma de garantizar su respeto, estamos refiriéndonos a. La prevención especial. La prevención general positiva. La prevención general negativa. La retribución. Aquellos bienes jurídicos con cuya protección se incide en la protección de las condiciones necesarias para que los bienes jurídicos individuales que se encuentran tras ellos puedan cumplir una función social, constituyendo una garantía negativa o de contención de hipotéticos riesgos se conocen como. Extrapenales. Individuales. Colectivos. Supraindividules. Desde una perspectiva formal, el DP. Es un sector del ordenamiento jurídico constituido por un conjunto de disposiciones legales que asocian a delitos y estados peligrosos, como supuestos de hecho, penas y medidas de seguridad como, como consecuencias jurídicas. Es un sector del OJ cuyo objeto es la protección de los BJ fundamentales del individuo y la sociedad frente a las formas más graves de agresión. Se identifica con el DP subjetivo y como tal gira en torno a la legitimidad del poder punitivo del Estado. Consiste en el derecho del Estado a penar y a establecer normas penales. Los BJ que suponen una anticipación a la tradicional protección otorgada a los BJI se denominan. BJ colectivos. BJ individuales. BJ supraindividuales. BJ antecesores. Según se expone en le texto básico, los dos principios básicos en la fundamentación de las penas son. La prevención general y la prevención especial. La retribución positiva y negativa. La prevención general positiva y la prevención general negativa. La retribución y la prevención. Según se expone en el testo básico, la determinación del ámbito de lo delictivo depende de las concepciones imperantes en una sociedad. Dichas concepciones son de carácter: Jurídico, político, ético-social y económico. Exclusivamente jurídico. Exclusivamente político. Político y económico. Según se expone en el texto básico, de un BJ cuya existencia no se entiende de modo autónomo o independiente, si no como anticipación a la protección otorgada a loa BJ individuales, decimos que tiene carácter. Individual. Supraindividual. Colectivo. Mixto. Según se expone en el testo básico, en atención a sus elemento fundamentales podemos definir el delito como. Una conducta antijurídica y punible. Una conducta culpable y punible. Una conducta típica, antijurídica, culpable y unible. Una conducta típica y unible. El/los fines de la medidas de seguridad es/son. La retribución, la prevención especial y la general. Solo la retribución. Solo la prevención especial. Solo la prevención general. Autores como Beccaria, Feuerbach o lardizabal sustentan teorías de la pena. Absolutas. Utilitarias. Mixtas. Abolicionistas. Podemos calificar la teoria de la pena desarrollada por Hegel como. Teoría absoluta de la retribución jurídica. Teoria relativa de la retribución jurídica. Teoría absoluta de la retribución moral. Teoría relativa de la retribución moral. Al conjunto de las normas penales se le conoce como. Derecho penal objetivo o iuspoenale. Derecho penal objetivo o iuspuniendi. Derecho penal subjetivo o iuspoenale. Derecho penal subjetivo o iuspuniendi. ¿Cuál de las siguiente tipos de BJ sin una ligazón directa con los BI, tiene su fundamento en la protección de las condiciones necesarias para el funcionamiento del sistema?. Los BJ colecivos. Los BJ comunes. Los BJ sociales. Los Bj supraindividuales. Un determinado sistema penal fundamenta la aplicación de la pena exclusivamente en la retribución, podemos decir que se basa en una teoría de la pena. Absoluta. Utilitaria. Judicial. Mixta. |