PENAL I UNED TEMA 26 (con respuestas según pág manual)
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Título del Test:![]() PENAL I UNED TEMA 26 (con respuestas según pág manual) Descripción: UNIDAD Y PLURIDAD DE DELITOS |




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El Art 238 CP define el delito de robo con fuerza en las cosas: "Son reos de delito de robo con fuerza en las cosas los que ejecuten el hecho cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes: 1. Escalamiento. 2.Rompiendo la pared, techo o suelo. 3.Fractura de armarios, arcas u otra clase de muebles u objetos cerrados o sellados....." Quien 1º escala para llegar a una ventana, después la rompe para penetrar por ella, y dentro del lugar todavía fuerza las cerraduras de las arcas que contienen los bienes ajenos para tomarlos, ha realizado una sola acción típica de robo, ya que estamos ante: Un delito continuado. Un delito permanente. Un tipo mixto alternativo. Una unidad típica en sentido amplio. María falsifica una escritura pública de propiedad de un inmueble (delito de falsedad documental) y después se la enseña a Pedro con el fin de hacerle creer que es la propietaria del inmueble y de esta manera obtener de él una señal de reserva del citado piso que el ha prometido alquilarle por una módica renta mensual. Por supuesto, María tras obtener el dinero de la reserva huye del mismo, pues en realidad no tenia intención de alquilar el inmueble ya que no era suyo, si no sólo de tima a Pedro (delito de estafa) María ha cometido un delito de falsedad documental y otro de estafa, que según el CP se hallan en una relación de. Concurso de leyes. Concurso real de delitos. Concurso medial de delitos. Concurso ideal de delitos. La regulación del delito continuado en nuestro CP. Exige siempre unidad de sujeto pasivo. Exige unidad de sujeto pasivo para los delitos que protegen bienes jurídicos eminentemente personales. Exige unidad de sujeto pasivo solo para los delitos contra el honor y contra la libertad e indemnidad sexuales en los que el Juez o Tribunal atendiendo a la naturaleza del hecho y del precepto infringido haya decidido que cabe aplicar esta figura. Exige unidad de sujeto pasivo solo para los delitos contra la vida, la integridad física y la salud. Estamos ante un concurso ideal de delitos. Cuando el sujeto realiza varias acciones u omisiones, cada una de las cuales realiza ya un delito (a). Cuando una sola acción u omisión constituye dos o mas delitos (b). Cuando una acción y omisión es subsumible en varias figuras delictivas pero basta con aplicar una de ellas porque ya comprende todo el desvalor del hecho (c). Tanto en los casos de la respuesta b) como en los de la respuesta c). ¿Cuál de los siguientes no es un requisito imprescindible para todos los supuestos de delito continuado según la regulación legal?. La actuación en ejecución de un plan preconcebido o aprovechando idéntica ocasión. La realización de una pluralidad de acciones u omisiones que ofendan el mismo precepto o preceptos de igual o semejante naturaleza. La unidad de sujeto pasivo. Todos los requisitos anteriores son obligatorios para cualquier delito continuado según la regulación legal. En ocasiones el tipo prevé la posibilidad de diferentes modalidades de comisión de manera que si se realiza una de ellas o varias se comete en todo caso una unidad típica. A estos tipo se les denomina. Delitos complejos. Tipos mixtos alternativos. Delitos compuestos. Delitos permanentes. Para la existencia de delito continuado es irrelevante que los tipos realizados afecten a uno o varios sujetos pasivos, excepto si se trata de. Delitos contra la vida y la integridad física, en los que se exige una unidad de sujeto pasivo. Delitos contra el honor o la libertad e indemnidad sexual, en los que se exige unidad de sujeto pasivo. Infracciones contra el patrimonio, en las que se exige unidad de sujeto pasivo. Todas las respuestas anteriores son incorrectas pues el delito continuado no exige en ningun caso unidad de sujeto pasivo. Para la resolución de un concurso de leyes nuestro CP. No establece criterios específicos, dejando la tarea a doctrina y jurisprudencia. Recoge los criterios de especialidad, subsidiaridad, consunción y alternancia. Recoge los criterios de especialidad, subvención, conjunción y mayor penalidad. Todas las anteriores son erróneas. Cuando nos encontramos ante una sola acción que resulta subsumible en varios preceptos penales, siendo necesario aplicar todos ellos para captar el total desvalor del hecho, estamos ante un. Concurso real de delitos. Concurso ideal de delitos. Concurso de leyes. Delitos continuado. Cuando según nuestro CP se dan las circunstancias legales para aplicar la figura del delito continuado, ¿puede esta aplicación perjudicar al reo?. No, siempre le beneficia. Únicamente en los casos de la variante del delito masa, de notoria gravedad. Si, asi sucede por ejemplo cuando por la suma de las cuantías se pasa de varias faltas a un delito. La apreciación de un delito continuado siempre perjudica al reo en comparación con la apreciación de un concurso de delitos. El tipo que prevé la posibilidad de diferentes modalidades de comisión de manera que si se realiza una de ellas o varias se comete en todo caso una sola unidad típica, se denomina. Tipo complejo. Tipo compuesto. Tipo mixto alternativo. Tipo permanente. ¿Cuál de los siguientes no es un requisito del delito continuado que no es delito masa?. Realización de una pluralidad de acciones o de omisiones. Infracción del mismo precepto penal o preceptos de igual o semejante naturaleza. Ejecución de un plan preconcebido o aprovechamiento de idéntica ocasión. Pluralidad de acciones u omisiones que afecten a una generalidad de personas. La estrecha conexión espacial o temporal entre las diversas acciones típicas, así como la existencia de una idéntica situación de motivación desde la perspectiva subjetiva, constituyen elementos o requisitos que se suelen exigir para apreciar. La exigencia de unidad típica en sentido estricto. La existencia de unidad típica en sentido amplio. La existencia de un delito compuesto. La existencia de un delito complejo. De acuerdo con el vigente CP se excluye de la aplicación del delito continuado a los bienes eminentemente personales salvo. La integridad física. La integridad moral. El honor y la libertad e indemnidad sexuales. Ninguna de las anteriores es correcta. Los principios de especialidad, subsidiaridad, consunción y alternatividad, están previstos en el CP vigente para regular. El concurso real de delitos. La punibilidad como categoría del delito. El concurso ideal de delitos. El concurso de leyes penales. Cuando un sujeto es enjuiciado en un mismo proceso por una pluralidad de acciones u omisiones y cada una de ellas realiza un delito estamos ante. Un concurso real de delitos. Un concurso aparentemente de leyes penales. Un concurso ideal de delitos. Un supuesto de subsidiaridad expresa. Tras una acalorada discusión , Antonio dispara por la espalda tres veces seguidas a Alejandro con intención de matarle, cosa que consigue. Esos 3 disparos. Realizan una sola accion típica de asesinato ya que estamos ante un supuesto de unidad típica en sentido amplio. Son constitutivas de un concurso real homogéneo de dos tentativas de asesinato y un asesinato consumado. son constitutivas de un delito continuado de asesinato. Son constitutivas de un concurso ideal de delitos de lesiones y de asesinato. La especialidad, la subsidiariedad, la consunción y la alternatividad. Se prevén en el CP como reglas para resolver los concursos de leyes. No se prevén en el CP conmino reglas para resolver los concursos de leyes pero reiterada jurisprudencia del TS las aplica para tal fin. Se prevén en el CP como reglas para resolver a los efectos de determinar la pena a aplicar, los concursos ideal y media de infracciones penales. Rigen para determinar el lugar de comisión del delito. De acuerdo con una parte de la doctrina y reiterada jurisprudencia del TS, la relación de medio a fin entre dos infracciones, necesaria para apreciar el concurso medias. Se interpreta tomando solo en consideración el plan del autor. No se aprecia en ningun caso dado que ello supone un privilegio de difícil justificacion para el delincuente. Se interpreta en sentido real, concreto y restrictivo, de manera que el 1er delito ha de ser objetivamente indispensable para cometer el 2do en al ocasión concreta. Solo se aprecia si el 1er delito es menos grave que el 2do. Los criterios que recoge el vigente CP español para la resolución de los concursos de leyes. Exhaustividad, suspendibilidad, consumación y variabilidad. Generalidad, subsidiaridad, consumación y alternatividad. Real, ideal y medial. Especialidad, Subsidiaridad, consunción y alternatividad. Señale cual de la s siguientes afirmaciones sobre el concurso ideal de delitos es cierta. En el mismo nos encontramos ante supuestos en que varias acciones u omisiones dan lugar a varios delitos. En el mismo nos encontramos ante supuestos en que una única acción u omisión da lugar a dos o mas delitos. En el mismo nos encontramos ante supuestos en que el sujeto actúa con tanta profesionalidad o destreza criminal que merece ser castigado por dos o mas delitos. En el mismo nos encontramos ante supuestos en que se cometen varios delitos y uno de ellos es medio necesario para cometer otro. Señale cual de las siguientes afirmaciones sobre el delito continuado es cierta. Su aplicación perjudica siempre al reo. Su aplicación beneficia siempre al reo. Su aplicación puede perjudicar al reo. Su aplicación solo beneficia al reo en el caso de delitos contra la vida. Cuando un tipo prevé la posibilidad de diferentes modalidades de comisión, de forma que si se realiza una de ellas o varias se comete en cualquier caso una única realización típica, decimos que estaos ante. Un delito continuado. Un tipo mixto alternativo. Un concurso real de delitos. Un concurso idean de delitos. Francisco es enjuiciado en un proceso por la comisión de varias acciones delictivas cada una de las cuales constituye un delito. Se trataría de un supuesto de. Concurso de leyes penales. Concurso real de delitos. Concurso ideal de delitos. Todas las anteriores son erróneas. La regulación del delito continuado del vigente CP español excluye su aplicación en el caso de BJ eminentemente personales, a excepción de. Los delitos contra el honor y la libertad e indemnidad sexual. Los delitos contra la vida. Los delitos contra la integridad física. Los delitos contra la integridad moral. En un delito permanente de detenciones ilegales (delito que lesiona la libertad ambulatoria) el secuestrado realiza varias acciones dirigidas a impedir que la víctima escape (además de introducirla en un lugar cerrado, pone candado en la puerta de acceso al mismo y vigila la salida) De acuerdo con la postura defendida en el texto básico recomendado, todas esas acciones: Se incluyen en una sola realización del tipo. Constituyen cada una por separado una realización independiente del tipo de manera que el secuestrado sería responsable de tres delitos de detención ilegal en concurso real. Son constitutivas de un delito continuado de detenciones ilegales. Integran lo que se conoce como delito masa, dada la relevancia del BJ en juego. A efectos de apreciar la existencia de un concurso media es preciso determinar cuando uno de los delitos es medio necesario para cometer el otro. Para el TS esta relación de necesidad. Se da siempre que un delito sea medio para cometer el otro según el plan del autor. Se da cuando los distintos delitos aparezcan ligados por elementos lógicos, temporales y espaciales. No se da nunca de manera que en estos casos hay que aplicar siempre las reglas del concurso real para no beneficiar injustamente al reo. Ninguna de las anteriores es correcta ya que el TS nos e ha pronunciado nunca sobre esta cuestión. De acuerdo con la regulación vigente, para la existencia de delito continuado. Es necesario siempre y en todo caso que los tipos realizados afecten al mismo sujeto pasivo. Es necesario que se cometa una sola acción que infrinja distintos preceptos penales de semejante naturaleza. Es necesario que se realicen distintas acciones u omisiones que infrinjan el mismo precepto penal o preceptos penales de igual o semejante naturaleza. Es necesario que exista una conexión espacio temporal entre las distintas acciones u omisión realizadas. El concurso real. Sólo se puede apreciar cuando las distintas acciones u omisiones que lleva a cabo el sujeto realizan delitos idénticos o semejantes. Sólo se puede apreciar cuando las distintas acciones u omisiones que lleva a cabo el sujeto realizan delitos de distinta naturaleza. Exige, desde el punto de vista de las consecuencias enológicas que para el mismo prevé el CP, que los hechos se enjuicien o pudieran haberse enjuiciado en un mismo proceso y que sobre ninguno de ellos haya recaído sentencia condenatoria. Se considera un supuesto de unidad típica en sentido amplio. ¿Cual de los siguientes supuestos no se encuadra en la categoría de unidad típica en sentido estricto?. Los delitos compuestos. Los delitos complejos. Los tipos mixtos alternativos. El delito continuado. ¿Cuando es necesario que exista identidad de sujeto pasivo para apreciar el delito continuado?. Cuando la pluralidad de acciones u omisiones atenten contra BJ eminentemente personales. En los casos de delito mas. En todo caso. Solo cuando la continuidad delictiva no beneficia al reo. El delito masa como variante del delito continuado. Se aprecia respecto de cualquier clase de infracciones siempre que hubieren perjudicado a una pluralidad de personas. Se aprecia respecto de infracciones contra el patrimonio con independencia de su gravedad y del nº de personas a las que afecten. Solo excluye de su ámbito las infracciones cometidas contra los bienes jurídicos eminentemente personales salvo el honor y la libertad o indemnidad sexuales. Ninguna de las anteriores es correcta. |