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Penal II UNED 1er parcial tema 4

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Título del Test:
Penal II UNED 1er parcial tema 4

Descripción:
Penal II UNED 1er parcial tema 4

Fecha de Creación: 2022/12/21

Categoría: UNED

Número Preguntas: 17

Valoración:(6)
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Temario:

1.- Según la ley orgánica 2/2010 de la salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, sus artículos 14 y 15 dicen: podrá interrumpirse el embarazo dentro de las 14 primeras semanas de gestación a petición de la embarazada siempre que concurran los requisitos siguientes: (Señale la INCORRECTA): a) Que la embarazada haya sido informada sobre los derechos, prestaciones y ayudas públicas de apoyo a la maternidad. b) Que haya transcurrido un plazo de 3 días desde la información mencionada y la intervención. c) Que haya transcurrido un plazo de 5 días desde la información mencionada y la intervención. d) Excepcionalmente cuando no se superen las 22 semanas de gestación y siempre que exista grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada.

2.- El bien jurídico protegido en el aborto es: a) La vida de la persona en general y la del feto en particular. b) La vida del producto de la concepción y en su caso la madre. c) La vida del producto de la concepción. d) La vida de la madre exclusivamente.

3.- Se considera aborto: a) Solo la expulsión prematura y voluntariamente provocada del producto de la concepción. b) No solo la expulsión prematura y voluntariamente provocada del producto de la concepción, sino también la destrucción en el seno de la madre. c) Solo la expulsión prematura y voluntaria del producto de la concepción y en algunos casos la destrucción involuntaria en el seno de la madre. d) La expulsión voluntaria del producto de la concepción sea voluntaria o no.

4.- El delito de aborto puede cometerse: a) Solo caben las conductas dolosas. b) Caben además de las conductas dolosas y también el aborto por imprudencia grave. c) Mediante dolo o imprudencia profesional. d) Caben además de las conductas dolosas, el aborto por imprudencia grave, leve y menos leve.

5.- En cuanto a la forma de ejecución en el aborto se puede considerar,. a) Que el delito de aborto es un delito de resultado, y solamente se castiga la consumación. b) Que castiga la consumación y también es posible la tentativa, cuando se intenta provocar el aborto en las 14 primeras semanas y, a pesar de ello, no se consigue. c) Un delito de resultado que castiga, tanto la consumación como la tentativa. d) Solo se puede considerar como delito punible la consumación del aborto por parte de un tercero con consentimiento de la madre.

6.- La conducta de llevar a cabo un aborto dentro de los casos comprendidos en la ley, pero sin haber comprobado que la mujer haya recibido la información previa relativa a los derechos, prestaciones y ayudas públicas de apoyo a la maternidad: a) Es punible la conducta del médico y de la mujer. b) Es punible la conducta del médico, pero no de la mujer. c) Es impune. d) Es punible sólo cuando el acto se realiza fuera del un centro oestablecimiento público o privado destinado al efecto.

7.- El art. 144 C.P. castiga al que produzca el aborto en una mujer sin su consentimiento;. a) Con una pena de prisión de 4 a 8 años, pero sin penas accesorias. b) Con una pena de prisión de 4 a 8 años, además de pena de inhabilitación especial para ejercer cualquier profesión sanitaria o para prestar servicios de toda índole en clínicas, establecimientos o consultorios ginecológicos. c) Con una pena de prisión de 6 a 10 años, además de pena de inhabilitación especial para ejercer cualquier profesión sanitaria o para prestar servicios de toda índole clínica. d) Con una pena de prisión de 4 a 8 años, además de pena de inhabilitación especial para ejercer cualquier profesión sanitaria, pero no para prestar servicios de toda índole clínica.

8.- La madre que produjere su aborto fuera de los casos permitidos por la Ley;. a) Realiza una conducta punible. b) Realiza una conducta impune. c) Realiza una conducta punible sólo cuando el acto se realizará fuera de un Centro o establecimiento público o privado acreditado. d) Realiza una conducta punible sólo si se realiza a partir de la vigésimo segunda semana de gestación.

9.- El aborto por imprudencia cometido por la embarazada: a) Es impune. b) Es punible cuando la imprudencia sea grave. c) Es punible cuando la imprudencia sea grave y menos grave. d) Puesto que se le exige un especial de deber de cuidado, se aplica una modalidad agravada de imprudencia.

10.- La conducta de la mujer que consiente que otra persona le cause un aborto: a) Es una conducta siempre impune. b) Es una conducta punible cuando se trata de un supuesto fuera de los casos permitidos por la ley. c) Es una conducta punible cuando se trata de un supuesto fuera de los casos permitidos por la ley y exista dolo o imprudencia. d) Es una conducta siempre impune cuando se lleve a cabo antes de la vigésimo segunda semana de gestación.

11.- Se podrá interrumpir el embarazo por causas medicas: a) Siempre que no supere las 22 semanas de gestación y exista un grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada y así conste en dictamen médico emitido con anterioridad a la intervención por un medico distinto del que se practique el aborto. b) Siempre que no supere las 22 semanas de gestación y exista un grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada y así conste en dictamen médico emitido con anterioridad a la intervención por el mismo médico que practique el aborto. c) Siempre que no supere las 14 semanas de gestación y exista un grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada. d) Siempre que no supere las 20 semanas de gestación y exista un grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada y así conste en dictamen médico emitido con anterioridad a la intervención por un medico distinto del que se practique el aborto, en caso de urgencia por riesgo vital se podrá prescindir del dictamen.

12.- El Código Penal español contempla el supuesto agravado específico para el delito de aborto sin consentimiento de la mujer cuando: a) Cuando la conducta se llevare a cabo a partir de la vigésimo segunda semana de gestación. b) Cuando la anuencia de la mujer se hubiera logrado mediante violencia. c) Cuando la víctima sea menor de 16 años. d) No, ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

13.- Según el artículo 145 bis 1 del CP, se castigará con pena de multa de 6 a 12 meses e inhabilitación especial para prestar servicio de toda índole en clínicas, establecimientos o consultorías ginecológicas, por tiempo de seis meses a dos años, a quienes practiquen un aborto dentro de los casos permitidos en la Ley, sin cumplir las formalidades de la Ley Orgánica 2/2010: ¿Cuál de las siguientes formalidades está permitida y por tanto es impune?. a) El que practique un aborto sin haber comprobado que la mujer haya recibido la información previa relativa a los derechos, prestaciones y servicios públicos de apoyo a la maternidad. b) El que practique un aborto en un centro público o privado acreditado. c) El que practique un aborto sin haber transcurrido los días de espera contemplado en la legislación. d) El que practique un aborto sin contar con los dictámenes médicos previos preceptivos.

14.- En un delito de aborto y según el Código penal, ¿en qué casos se considera expresamente que el consentimiento de la mujer ha sido obtenido de modo ilícito y por lo tanto se considera que no existe dicho consentimiento?. a) Cuando haya sido obtenido mediante violencia, amenaza o engaño. b) Cuando haya sido obtenido mediante violencia, amenaza o precio. c) Cuando haya sido obtenido mediante violencia, amenaza, abuso de confianza o precio. d) Cuando haya sido obtenido mediante violencia, abuso de confianza o amenaza únicamente.

15.- ¿Sera castigado el aborto cometido por imprudencia grave de la embarazada?. a) Sí, pero solo en los casos de imprudencia grave al igual que la cometida por un profesional, Art. 146 C.P. b) Si, en todos los casos. c) No, se excluye este tipo de penal a la embarazada, el aborto por imprudencia grave cometido por la propia embarazada es impune. d) Si, en los casos de imprudencia leve solo con multa de 3 a 6 meses.

16.- Si para producir un aborto se causan lesiones a la madre: a) Se producirá un concurso ideal de delitos. b) Se producirá un concurso real de delitos. c) Se producirá un concurso ideal de delitos únicamente si las lesiones a la madre son dolosas. d) Se producirá un concurso real de delitos únicamente si las lesiones a la madre son dolosas.

17.- La mujer que produjere su aborto o consintiere que otra persona se lo cause, fuera de los casos permitidos por la ley, será castigada…. a) Con la pena de prisión de seis meses a tres años. b) Con la pena de multa de seis a veinticuatro meses. c) Con la pena de prisión de uno a tres años. d) La embarazada no será penada en estos supuestos.

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