Cuestiones
ayuda
option
Mi Daypo

TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEPenal1 1P Tema 6

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del test:
Penal1 1P Tema 6

Descripción:
Penal 1 MAD

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
14/12/2023

Categoría:
UNED

Número preguntas: 25
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Últimos Comentarios
No hay ningún comentario sobre este test.
Temario:
Según el modelo de acción finalista, quedan al margen de la voluntad de realización: Las consecuencias previstas como posibles con cuya realización cuenta el autor Ninguna respuesta es correcta Las consecuencias previstas como posibles que el autor confiaba en que no se produjeran Las consecuencias previstas como posibles con cuya realización cuenta el autor y las que confiaba en que no se produjeran.
El contraste objetivo-subjetivo entre injusto y culpabilidad es propio de la escuela Significativa Causalista Social Finalista.
El Sujeto pasivo del delito es: El portador del bien jurídico lesionado o puesto en peligro Quien realiza la conducta delictiva La persona o cosa sobre la que recae la conducta delictiva Cualquiera de los perjudicados por la conducta delictiva.
¿Cuál de los siguientes elementos NO es parte necesaria del concepto de omisión? Cognoscibilidad de la situación real en la que desarrollar la conducta Voluntariedad Capacidad de acción Todos los elementos anteriores son necesariamente constitutivos del concepto de omisión.
¿En qué supuestos el resultado producido será parte de un comportamiento omisivo? En ningún caso Cuando se trate de una omisión causal y el resultado se encuentre incluido en la voluntad de realización del sujeto Cuando se trate de una omisión causal Cuando el resultado se encuentre incluido en la voluntad de realización del sujeto.
Según la teoría finalista de la acción, la voluntad de realización incluye El fin que se persigue el autor, las consecuencias necesariamente unidas al mismo y todas aquellas que contempla como meramente posibles Además del fin que persigue el autor y las consecuencias necesariamente unidas al mismo, las consecuencias meramente posibles con cuya realización cuenta. El fin que te sigue el autor y las consecuencias necesariamente unidas al mismo Únicamente el fin que persigue el autor.
Florencio viaja en metro y aprovechando un despiste de Eva que viaja en el mismo vagón y por tanto sin el consentimiento de esta, se apodera con ánimo de lucro de su monedero que se encontraba apoyado sobre un asiento. Supongamos que Florencio es considerado como autor penalmente responsable de un delito de hurto (delito contra el patrimonio). En este caso El objeto de la conducta delictiva es Eva El sujeto activo del delito es la propia Eva que ha facilitado el mismo al no cuidar debidamente del objeto de su propiedad El objeto de la conducta delictiva es el bolso El sujeto pasivo del delito es la conectividad.
Isabel LP mientras pasea con su Nieto Diego CL por un parque público, es golpeada por una rama que se desprende sorpresivamente de un árbol, lo que le hace caer sobre el menor y el golpe originado por el impacto de la abuela sobre el niño causa a éste graves lesiones. Si analizamos penalmente el suceso afirmaremos que: La acción de Isabel de golpear a su nieto es atípica No hay acción de Isabel en el suceso de su caída sobre su nieto Isabel actúa sin dolo pero imprudentemente La acción de Isabel de golpear a su nieto está justificada.
Por sujeto pasivo del delito entendemos: La persona que realiza la acción delictiva Toda persona que sufra la acción delictiva y/o sus consecuencias El Estado, la sociedad o la comunidad El portador del orden jurídico lesionado o puesto en peligro .
Según MAIHOFER la función sistemática que ha de cumplir el concepto de acción implica: Ninguna respuesta es correcta Que dicho concepto ha de ser valorativo y descriptivamente neutral Que dicho concepto ha de situarse en la base de la estructura del delito Que dicho concepto ha de excluir fenómenos como los actos reflejos.
La función sistemática de los conceptos de acción y omisión en la estructura del delito supone que los mismos: Constituyan una base unitaria de la estructura del delito Sean valorativos y descriptivamente neutrales Excluyan a aquellas conductas que no sean antijurídicas Deban incluir únicamente aquellas conductas que pueden ser calificadas como punibles.
¿Cuál de los siguientes modelos de conducta se caracteriza específicamente por situar en su centro a la voluntad de realización? Social Finalista Significativo Causalista.
¿Puede tener trascendencia causal un comportamiento omisivo? Tanto en el ámbito físico natural como en la esfera sociocultural No en ningún caso Únicamente en la esfera sociocultural Únicamente en el ámbito físico natural.
Según el principio ex nihilo nihil fit: No es lo mismo causalidad que responsabilidad De la nada surge nada El mero pensamiento no es constitutivo de delito La responsabilidad de los participantes depende de la del autor.
Hay quienes consideran que lo que realmente define al comportamiento como elemento del sistema de la teoría jurídica del delito no es su sustrato ontológico sino la atribución social de sentido. Los que así se manifiestan están formulando Un concepto casual de acción Un concepto social de acción Ninguna respuesta es correcta Un concepto significativo de acción .
¿Cuál de las siguientes afirmaciones sobre el concepto de omisión es correcta? Junto a omisiones no causales existen omisiones auténticamente causales El concepto causalista de omisión exige que el omitente dirija su omisión a la consecución de un fin El de omisión es un concepto meramente negativo, la mera ausencia de comportamiento Ninguna respuesta es correcta.
¿Cuáles de las siguientes afirmaciones se corresponde con el concepto causal de acción? Pertenecen al concepto de acción solo aquellas consecuencias que se encuentran comprendidas por la finalidad La acción humana es toda conducta socialmente relevante Pertenecen a la acción la manifestación de la voluntad, la relación de causalidad y el resultado Lo que realmente define al comportamiento es la atribución social de sentido.
El elemento básico del delito en la propuesta de MAIHOFER está caracterizado por su naturaleza: Binaria Imprudente Dolosa Unitaria .
Según el concepto social de acción humana que defienden algunos autores, esta es la conducta socialmente relevante que afecte a la relación entre individuo y la sociedad, repercutiendo sobre la misma con sus consecuencias esta concepción se ha criticado por: Su falta de concreción que afectan tanto a su papel como elemento básico del sistema analítico del delito como a sus posibilidades de construirse en el enlace de las distintas categorías que integran dicho sistema. No incluye en su formulación elementos valorativos Su falta de concreción que afectan tanto a su papel como elemento básico del sistema analítico del delito como a sus posibilidades de construirse en el enlace de las distintas categorías que integran dicho sistema además de no incluir en su formulación elementos valorativos Es falso su falta de concreción y que no incluya en su formulación elementos valorativos.
Mario dispara y mata Antonio y es considerado responsable de un delito de homicidio. En este caso: Antonio es el sujeto pasivo del delito, pero no el objeto de la conducta Antonio es el objeto de la conducta, pero no el sujeto pasivo del delito Antonio es el objeto del bien jurídico, pero no tiene la consideración de objeto de la conducta ni de objeto del bien jurídico. El sujeto pasivo del delito, el objeto de la conducta y el objeto del bien jurídico coinciden en la persona de Antonio. .
De acuerdo con la postura defendida en el texto básico recomendado: La omisión solo puede tener eficacia causal en el ámbito socio cultural. La omisión solo puede tener eficacia causal en el ámbito físico natural. La omisión no puede tener eficacia causal en ningún caso, ni en el ámbito socio cultural ni en el físico natural. La acción no puede tener eficacia causal en el ámbito socio cultural.
¿Pueden existir perjudicados por un delito que no sean sujetos pasivos del delito? No, el sujeto pasivo siempre coincide con el perjudicado. Únicamente en los supuestos en el que el sujeto pasivo ha fallecido, ya que, sus familiares se subrogan en su posición de sujeto pasivo. Sí pues los perjudicados por el delito no tienen por qué coincidir con el sujeto pasivo del delito Solo cuando existan varias víctimas que sean portadoras de bienes jurídicos distintos afectados por el delito.
Conforme a la postura que se defiende en el texto básico recomendado, la misión puede ser causal: Tanto en el marco físico natural como en el ámbito socio cultural Solo en el marco físico natural Solo en el ámbito socio cultural Ninguna respuesta es correcta.
El Artículo 318 bis del Código Penal castiga a “el que intencionadamente ayude a una persona que no sea nacional de un Estado miembro de la Unión Europea a entrar en territorio español o a transitar a través del mismo de un modo que vulnere la legislación sobre entrada o tránsito de extranjeros”. Si afirmamos que el bien jurídico protegido en esta figura es el interés del Estado en el control de los flujos migratorios, concluiremos que: El sujeto pasivo es el Estado y el objeto de la conducta son los ciudadanos extranjeros inmigrantes en circunstancias irregulares. El sujeto pasivo son los ciudadanos extranjeros inmigrantes en circunstancias irregulares y el objeto de la conducta es el control del flujo migratorio. El sujeto pasivo son los ciudadanos extranjeros inmigrantes en circunstancias irregulares y el objeto es la conducta el Estado El sujeto pasivo son los ciudadanos extranjeros inmigrantes en circunstancias irregulares y el objeto de la conducta son sus derechos humanos.
Para que los conceptos de acción y omisión, como primer elemento del concepto analítico del delito, cumplan con la función lógica es necesario: Que sean lo suficientemente concretos para excluir a aquellos fenómenos que por sí solos no puedan ser relevantes para el Derecho Penal Que sean valorativa y descriptivamente neutros para servir de enlace o Unión entre todas las fases del análisis jurídico penal. Que sean lo suficientemente amplios para que todos los fenómenos que puedan constituirse en delito queden integrados en los mismos. Que introduzcan elementos valorativos en su definición.
Denunciar test Consentimiento Condiciones de uso