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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEPenal1 1P Tema 7

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Título del test:
Penal1 1P Tema 7

Descripción:
Penal1 MAD

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
22/12/2023

Categoría:
UNED

Número preguntas: 26
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Temario:
Según el planteamiento sistemático que se utilizan esto básico, la causalidad aparece: Únicamente como un elemento de la conducta delictiva Únicamente como un elemento de los tipos delictivos En unos casos como elementos de la conducta y otros como elemento del tipo de lo injusto En unos casos como requisito del tipo de lo injusto y en otros casos como elemento de antijuridicidad o de la culpabilidad.
Alberto, de profesión empresario, convence a la juez Sagrario para que dicte una sentencia injusta en contra de Ernesto su competidor en los negocios. Sagrario comete el delito de prevaricación judicial que es un delito especial. En relación con la posible responsabilidad de Alberto: Responderá como inductor a una prevaricación judicial y se le rebajará de forma obligatoria la pena en un grado Responderá como inductor a una prevaricación judicial debiendo imponérsele obligatoriamente la misma pena que Sagrario No podrá serle exigida al no tener Alberto la condición de juez Responderá como inductor a una prevaricación judicial pudiendo imponérsele la pena inferior en grado .
De acuerdo con la postura que se defiende en el texto básico recomendado: En el ámbito sociocultural la causalidad es una nota exclusiva del comportamiento activo La causalidad es siempre y en todo caso parte de la conducta (acción u omisión) que constituye el primer elemento del concepto analítico del delito La causalidad se mueve en un plano previo al de atribución de responsabilidad penal y no siempre deriva en esta La causalidad no es un concepto antológico ni se da en un plano valorativo neutral previo al de su consideración por cualquier norma.
Según la fórmula de la conditio sine qua non: Es causa aquella de las condiciones del resultado de la que depende la aparición del resultado. Es causa todo fenómeno del que no cabe hacer abstracción mental sin que deje de producirse el resultado en sus concretas circunstancias Es causa aquella de las condiciones del resultado de la que depende la cualidad del resultado Es causa todo fenómeno del que cabe hacer abstracción mental sin que deje de producirse el resultado con sus concretas circunstancias.
Carmen obliga a su hija Antonia a ir a clase de Derecho Penal pese a la oposición de esta que se siente indispuesta. Al llegar a la facultad Antonia se encuentra con su amiga Ana que le cuenta que Amalia otra compañera se ha acostado con su novio. Antonia muy enfadada se encara con Amalia y la golpea en el labio con el puño causándole una herida sangrante que requiere puntos de sutura. Los conserjes de la facultad llaman a la ambulancia, pero al tardar está en llegar un profesor de Amalia decide llevarla al hospital en su vehículo particular. En el trayecto un camión no respeta una señal de stop e impacta contra el coche en el que viajaban Amalia y su profesor que mueren en el acto. De acuerdo con la teoría de equivalencia de las condiciones y aplicando la fórmula de la “condito sine qua non” es causa de la muerte de Amalia: Solo el comportamiento de Carmen consiste en obligar a su hija a ir a clase Solo el comportamiento del profesor consistente en llevar a María en su coche y el comportamiento del conductor del camión consistente en no respetar la señal de stop e impactar contra el vehículo en que Amalia viajaba. Todas las respuestas son incorrectas, ya que, todos los comportamientos a los que se refieren son causas del resultado muerte de Amalia de acuerdo con la teoría a la que se refiere el enunciado, sin que pueda hacerse distinción entre ellas desde esta perspectiva causal Solo comportamiento de Ana consistente en contarle Antonia lo ocurrido entre el novio de esta y Amalia y el comportamiento de Antonia consistente en golpear a Amalia en el labio.
La fórmula de la condición “sine qua non” es utilizada Para ampliar al caso concreto los principios de la teoría de la equivalencia de las condiciones Para distinguir entre causa y condición Ni para ampliar al caso concreto los principios de la teoría de la equivalencia de las condiciones ni para distinguir entre causa y condición Para ampliar al caso concreto los principios de la teoría de la equivalencia de las condiciones y para distinguir entre causa y condición.
La principal crítica a las teorías de la causalidad adecuada se centran en: Hacer depender la existencia de una relación de causalidad entre una conducta y un resultado de si éste era o no previsible Que parte de un concepto ontológico de causalidad Que no dependen de la existencia de una relación de causalidad entre una conducta y un resultado de si éste era o no previsible ni parten de un concepto ontológico de causalidad Hacer depender la existencia de una relación de causalidad entre una conducta y un resultado de si éste era o no previsible y que parte de un concepto ontológico de causalidad.
Del estudio de la causalidad en la estructura del delito podemos extraer la siguiente conclusión: Solo los delitos dolosos de resultado necesitan el establecimiento de una relación de causalidad No hay causalidad sin responsabilidad jurídico penal No toda la relación de causalidad es jurídico-penalmente relevante No hay responsabilidad jurídica penal sin causalidad.
Según la teoría de la equivalencia de las condiciones No existe equivalencia alguna entre las distintas condiciones que intervienen en la producción de un resultado La causalidad equivale a la responsabilidad penal De todas las condiciones equivalentes que intervienen en la producción de un resultado solo una es su causa Todas las condiciones que intervienen en la producción de un resultado son equivalentes desde el punto de vista causal .
Verónica vierte una cantidad mortal de veneno en la sopa que sirve a Fernanda. Fernanda ingiere la sopa sin notar nada y sale el restaurante camino de su casa. Antes de que el veneno le haga efecto Fernanda cruza la calle sin prestar atención porque está consultando su WhatsApp y es atropellada por el autobús de línea que no puede frenar a tiempo ante la sorpresiva invasión de la calzada por parte de Fernanda. Analizando penalmente la actuación de Verónica y en aplicación de la teoría de la equivalencia de las condiciones podemos decir que: La actuación de Verónica es causa de la muerte de Fernanda, pero el resultado de la muerte no es objetivamente imputable l La actuación de Verónica consiste en poner veneno en la sopa de Fernanda no es la causa de la muerte de esta, pues se trata de un supuesto de interrupción del curso causal La actuación de Verónica consiste en poner veneno en la sopa de Fernanda es causa de la muerte de esta La actuación de Verónica consiste en poner veneno y la sopa de Fernanda es condición, pero no causa de la muerte de esta.
¿Cuál de las siguientes afirmaciones sobre la causalidad es correcta? La determinación de una relación de causalidad entre una acción y un resultado es suficiente para predicar su relevancia jurídico penal La existencia de una relación de causalidad es requisito imprescindible para el establecimiento de responsabilidad penal Si aceptamos la teoría finalista de conducta en los delitos imprudentes la causalidad no pertenece a la acción, sino que es un requisito del tipo La formula de la conditio sine qua non nos permite distinguir entre causa y condición .
La fórmula de la conditio sine qua non: Es propia de la teoría de la equivalencia de las condiciones y significa que es causa todo fenómeno del que no cabe hacer abstracción mental sin que deje de producirse el resultado en sus concretas circunstancias Todas las respuestas son incorrectas Es propia de la teoría de la causalidad adecuada y significa que es causa todo fenómeno del que no cabe hacer actuación mental sin que deje de producirse el resultado en sus concretas circunstancias Es propia de la teoría de la causalidad adecuada y significa que hay que distinguir entre causa y condición.
Antonio quiere matar a Pedro y para ello le pone veneno en la comida. Mientras Pedro está comiendo suena sorpresivamente la alarma de incendios en el restaurante. Pedro no había ingerido el veneno suficiente para causarle la muerte, pero al oír la alarma sale a la calle mareado por el efecto de la parte de veneno que sí ha penetrado en su organismo y que disminuye sus sentidos y su capacidad para pensar. Debido a esta condición que le provoca el veneno invade la calzada y es atropellado por un autobús falleciendo de inmediato. Antonio: Quedará impune por no existir relación de causalidad entre su acción de envenenar y la muerte de Pedro Responde por una tentativa de asesinato, pero no por el asesinato doloso consumado ya que si aplicamos el criterio de imputación objetiva de la conducta no se da el tipo objetivo y tampoco concurre el tipo subjetivo del mismo Responderá por asesinato del oso consumado al tratarse de un error de tipo irrelevante Responderá por un homicidio doloso consumado, ya que, quería matar a Pedro por lo que la desviación imprevisible del curso causal es irrelevante.
¿Cuál de los siguientes planteamientos pretende distinguir entre causa y condición? Las teorías individualizadas Las teorías de la causalidad adecuada Las teorías individualizadas y las teorías de la causalidad adecuada Ni las teorías individualizadas ni las teorías de la causalidad adecuada.
La determinación de la existencia de una relación de causalidad entre la conducta de un sujeto y un determinado resultado recogido por la figura delictiva No implica la responsabilidad penal del autor Implica en cualquier caso la responsabilidad final del autor Implica la responsabilidad penal del autor y se verifica que no concurre causa de justificación alguna y se trata de un imputable o semi imputable Implica la responsabilidad penal del autor si no concurre causa de justificación alguna.
Carmen S R participa en una reyerta con arma blanca y hiere superficialmente a Isidoro M D que fallece cuando era trasladado al hospital en un accidente de la ambulancia que le trasladaba. Desde el punto de vista causal estamos ante un supuesto de: Causalidad en la esfera sociocultural Interrupción del curso causal Causalidad acumulativa Anudamiento del curso causal .
A las 15:00 h del 23 de diciembre de 2012 en el comedor de la empresa donde trabaja Luis, con intención de matar a Joaquín su compañero de despacho con quien come a diario, introduce en el plato de comida de este una dosis letal de veneno que hubiera provocado su muerte sobre las 19:00 h horas de este mismo día. Una vez que Joaquín ingiere la comida envenenada regresa camino a su domicilio como cada día y alrededor de las 16:00 h cuando está cruzando un paso de peatones con sus capacidades intactas, es atropellado por un vehículo conducido por Jorge y fallece en el acto por el impacto. Si aplicamos la teoría de la equivalencia de las condiciones a través de la fórmula de la conditio sine qua non, es correcto afirmar que: La conducta de Jorge consistente en atropellar a Joaquín con su vehículo no es causa de la muerte de éste, ya que, Joaquín había muerto en todo caso horas más tarde a consecuencia del veneno que había ingerido Tanto la conducta de Jorge como la de Luis son causas de la muerte de éste La conducta de Luis consiste en envenenar a Joaquín y es causa de la muerte de éste La conducta de Jorge consiste en atropellar a Joaquín con su vehículo es la causa de la muerte de éste .
Según la idea básica de las teorías individualizadoras de la causalidad: Es necesario distinguir en sede causal, entre causa y condición Es necesario distinguir en sede causal, entre causa y causalidad Es necesario distinguir entre causa. causación causalidad y responsabilidad. No es posible distinguir entre sede causal entre causa y condición.
Según la teoría de la equivalencia de las condiciones, los fenómenos que contribuyen a la producción de un resultado: Tienen distinta relevancia tanto causal como penal Tienen distinta eficacia causal, pudiéndose distinguir entre causa y condición Tienen todos la misma eficacia causal, sin que quepa distinguir entre causa y condición. Tienen todos la misma relevancia penal sin que quepa distinguir entre causa condición.
María y Marta discuten acaloradamente en un momento determinado Marta pasando de las palabras a los hechos, golpea a María en la cabeza con un objeto punzante con intención de lesionarla. María comienza a sangrar por lo que es trasladada en ambulancia al hospital. En el trayecto un vehículo no respeta a un stop y se choca con la ambulancia. María fallece en el acto a consecuencia del impacto. En este caso, aplicando la teoría de la equivalencia de las condiciones: Solo el choque entre el vehículo que no respeta el stop y la ambulancia es causa de la muerte de María Son causas de la muerte de María tanto el choque entre el vehículo que no respeta el stop y la ambulancia como el golpe con el objeto punzante que María le propina El choque entre el vehículo que no respeta el stop y la ambulancia es causa de la muerte de María, mientras que el golpe que Marta le propina es la condición de dicho resultado y carece de relevancia causal Solo el golpe con objeto punzante que Marta propina a María es causa de la muerte de esta.
María y Marta discuten acaloradamente. En un momento determinado Marta, pasando de las palabras a los hechos, golpea a María en la cabeza repetidas veces con un objeto punzante con intención de matarla, siendo esta conducta idónea para causar la muerte. Algunas personas que estaban en las inmediaciones acuden a socorrer a María y la trasladan en un coche al hospital. En el trayecto un vehículo no respeta un stop y choca con el coche donde se encontraba María. María fallece en el acto a consecuencia del impacto. En este caso de acuerdo con la postura defendida en el texto básico recomendado: A María se le pueden imputar la comisión de una tentativa de homicidio A María se le puede imputar la comisión de un homicidio consumado A María no se le puede imputar ni la comisión de una tentativa de homicidio, ni la comisión de un homicidio consumado La conducta de Marta consistente en golpear a María no es causa de la muerte de esta.
Según la teoría objetivo-subjetiva de la causalidad adecuada: La omisión solo será causal cuando el resultado sea equivalente a la inacción La conducta será causada objetivamente cuando el autor haya actuado infringiendo el deber de cuidado que le era exigible Todo resultado es consecuencia de una acción La conducta será causa objetiva del resultado cuando éste era objetivamente previsible .
¿Qué establece la teoría de la equivalencia de las condiciones? Todo resultado es consecuencia de una multitud de condiciones siendo todas ellas, desde una perspectiva causal, equivalentes Es preciso diferenciar causa y condición pues el resultado solo es consecuencia de la primera Toda conducta delictiva resulta equivalente al desvalor causado a las víctimas del delito Todo resultado es la consecuencia equivalente de una acción u omisión típica, pero no antijurídica .
Como precursora directa de la teoría de la imputación objetiva señala el texto básico recomendado La teoría de la causa eficiente La teoría de la imputación subjetiva La teoría de la equivalencia de las condiciones La teoría objetivo-subjetiva de la causalidad adecuada .
Fernando empuja a Loreto para evitar que le alcance el disparo de Andrés, que en ese momento la estaba apuntando. Con su acción Fernando evita que Loreto muera por el disparo, pero debido al empujón Loreto se golpea fuertemente en el brazo fracturándoselo y es trasladada al hospital. Allí es operada de la rotura de húmero, falleciendo durante la intervención por una reacción adversa a la anestesia. Aplicando la teoría de equivalencia de las condiciones ¿Es el empujón de Fernando a Loreto la causa de la muerte de esta? No porque la causa de la muerte es exclusivamente la anestesia No porque el resultado no era previsible ex ante No porque Fernando no tenía intención de matarla sino de salvarla Sí el empujón de Fernando es la causa de la muerte de Loreto .
Luisa con ánimo de lesionar a Juana, le corta de forma superficial en un brazo Juana es hemofílica y muere desangrada a consecuencia de ese corte aplicando la teoría de la equivalencia de las condiciones en el análisis de este caso, es correcto afirmar que nos encontramos ante un supuesto de: Anudamiento del nexo causal en el que existe relación de causalidad entre el corte en el brazo y la muerte Interrupción del nexo causal en el que no existe relación de causalidad entre el corte en el brazo y la muerte Causalidad acumulativa en el que no existe relación de causalidad entre el corte en el brazo y la muerte Mantenimiento activo de las circunstancias que hacen posible el resultado en el que no existe relación de causalidad entre el corte en el brazo y la muerte.
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