Artículo 529.
1. El Juez o Magistrado que entregare una causa criminal a otra autoridad o funcionario,
militar o administrativo, que ilegalmente se la reclame, será castigado con la ___________. pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 6 meses a 2 años pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 1 año a 3 años pena de inhabilitación absoluta para empleo o cargo público por tiempo de 6 meses a 2 años pena de inhabilitación absoluta para empleo o cargo público por tiempo de 1 año a 3 años. Artículo 529.
2. Si además entregara la persona de un detenido, se le impondrá la _________. pena superior en grado pena superior en uno o dos grados pena superior en dos grados pena en su mitad superior. Artículo 530.
La autoridad o funcionario público que, mediando causa por delito, acordare, practicare o
prolongare cualquier privación de libertad de un detenido, preso o sentenciado, con violación
de los plazos o demás garantías constitucionales o legales, será castigado con la _________. pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 4 a 8 años pena de inhabilitación absoluta para empleo o cargo público por tiempo de 4 a 8 años pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 2 a 6 años pena de inhabilitación absoluta para empleo o cargo público por tiempo de 2 a 6 años. Artículo 531.
La autoridad o funcionario público que, mediando causa por delito, decretare, practicare
o prolongare la incomunicación de un detenido, preso o sentenciado, con violación de los
plazos o demás garantías constitucionales o legales, será castigado con la pena de
inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de dos a seis años. pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 2 a 6 años pena de inhabilitación absoluta para empleo o cargo público por tiempo de 2 a 6 años pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 5 a 8 años pena de inhabilitación absoluta para empleo o cargo público por tiempo de 5 a 8 años. Artículo 532.
Si los hechos descritos en los dos artículos anteriores fueran cometidos por imprudencia
grave, se castigarán con la pena de suspensión de empleo o cargo público por tiempo de
seis meses a dos años. pena de suspensión de empleo o cargo público por tiempo de 6 meses a 2 años pena de suspensión de empleo o cargo público por tiempo de 1 a 3 años pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 6 meses a 2 años pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 1 a 3 años. Artículo 533.
El funcionario penitenciario o de centros de protección o corrección de menores que
impusiere a los reclusos o internos sanciones o privaciones indebidas, o usare con ellos de
un rigor innecesario, será castigado con la pena de inhabilitación especial para empleo o
cargo público por tiempo de dos a seis años. pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 2 a 6 años pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 4 a 8 años pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 6 meses a 2 años pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 1 año a 3 años. Artículo 534.
1. Será castigado con las _______________ la autoridad o funcionario público que,
mediando causa por delito, y sin respetar las garantías constitucionales o legales:
1.º Entre en un domicilio sin el consentimiento del morador.
2.º Registre los papeles o documentos de una persona o los efectos que se hallen en su
domicilio, a no ser que el dueño haya prestado libremente su consentimiento. penas de multa de 6 a 12 meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público de 2 a 6 años penas de multa de 12 a 24 meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público de 4 a 6 años penas de multa de 1 a 6 meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público de 2 a 4 años penas de multa de 6 a 24 meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público de 3 a 6 años. Artículo 534.
Si no devolviera al dueño, inmediatamente después del registro, los papeles,
documentos y efectos registrados, las ___________________, sin perjuicio de la pena que pudiera corresponderle por la apropiación. penas serán las de inhabilitación especial para empleo o cargo público de 6 a 12 años y multa de 12 a 24 meses penas serán las de inhabilitación especial para empleo o cargo público de 8 a 12 años y multa de 12 a 24 meses penas serán las de inhabilitación especial para empleo o cargo público de 4 a 8 años y multa de 6 a 12 meses penas serán las de inhabilitación especial para empleo o cargo público de 5 a 10 años y multa de 6 a 12 meses. Artículo 534
2. La autoridad o funcionario público que, con ocasión de lícito registro de papeles,
documentos o efectos de una persona, cometa cualquier vejación injusta o daño innecesario
en sus bienes, será castigado con las penas previstas para estos hechos, _____________, y, además, con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo
público por tiempo de ________________.
impuestas en su mitad superior, 2 a 6 años impuesta en superior grado, 4 a 6 años impuesta en superior en uno o dos grados, 3 a 6 años impuestas en superior en dos grados, 4 a 6 años.
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