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Perfeccionamiento 25

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Título del Test:
Perfeccionamiento 25

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Fecha de Creación: 2025/06/17

Categoría: Fans

Número Preguntas: 105

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La Ley Nacional Nº 26485 de Protección Integral de las Mujeres no reconoce a la violencia de tipo económica como uno de los tipos de violencia cometidos contra la mujer. V. F.

Por medio de la Ley Nacional 26746 de Identidad de Género se reconoce el derecho a todas las personas a solicitar la rectificación registral del sexo, y el cambio de nombre de pila e imagen, cuando no coincidan con su identidad de género autopercibida. V. F.

El modelo de jurado de la Provincia de Santa Fe es de 12 integrantes, donde la mitad son personas con conocimiento de derecho y la otra mitad no. V. F.

En la Ley 14253 no hay previstas reglas de excusación para ser jurado, ni de recusación. V. F.

En la ley provincial que establece el juicio por jurados en nuestra provincia, está estipulado taxativamente qué delitos se juzgarán bajo esta modalidad. V. F.

Según la autora del texto “Pensando el juicio por jurados con perspectiva de género”, no es común encontrarse con estereotipos de género actualmente en la práctica judicial. V. F.

El informe de PROCUNAR pretende ser un aporte tanto para dar una adecuada y eficaz respuesta al problema de la narcocriminalidad como para el cambio de patrones socioculturales que atraviesan y estructuran las prácticas judiciales. V. F.

Según el informe de PROCUNAR la “Ingesta de estupefacientes” se trata de una de las modalidades de microtráfico de estupefacientes donde la sustancia es trasladada por personas físicas en el interior del cuerpo. La variante más común consiste en ingerir cápsulas con drogas en su interior recubiertas con látex, que luego son expulsadas al llegar a destino. V. F.

Según el informe de PROCUNAR la “Ingesta de estupefacientes” se trata de una de las modalidades de microtráfico de estupefacientes utilizada de la misma manera tanto por mujeres como por varones. V. F.

La Ley provincial Nº 14239 -LEY DE ADHESIÓN A LA DESFEDERALIZACIÓN PARCIAL DE LA COMPETENCIA PENAL EN MATERIA DE ESTUPEFACIENTES - establece entre las prioridades de persecución penal: la participación de mujeres en contexto de vulnerabilidad. V. F.

Según el Protocolo para la investigación y litigio de casos de muertes violentas de mujeres lo femicidios en contextos de criminalidad organizada ocurren en el marco de organizaciones criminales o de bandas organizadas de menor envergadura dedicadas a acciones ilícitas (como puede ser el caso de la narcocriminalidad/narcomenudeo, la trata de personas, o los tráficos variados). V. F.

Según el Protocolo para la investigación y litigio de casos de muertes violentas de mujeres todo homicidio de una mujer necesariamente es un femicidio. V. F.

El Protocolo para la investigación y litigio de casos de muertes violentas de mujeres tiene como objetivo -entre otros- asegurar la incorporación de la perspectiva de género desde el inicio de la investigación de las muertes violentas de mujeres a lo largo de todo el procedimiento penal. V. F.

Según el Protocolo para la investigación y litigio de casos de muertes violentas de mujeres el término femicidio fue desarrollado como un concepto teórico-político para conceptualizar y visibilizar un fenómeno con manifestaciones y características particulares: las muertes violentas de mujeres por razones de género. V. F.

Según el Protocolo para la investigación y litigio de casos de muertes violentas de mujeres los crímenes contra la población trans y travesti suelen estar asociados a los asesinatos por discriminación o crímenes de odio y presentan particularidades en su modo de comisión. F. V.

Hay discrecionalidad cuando en determinadas circunstancias de hecho la administración tiene autoridad para decidir por tal o cual medida, por uno u otro curso de acción. El límite a la discrecionalidad es la razonabilidad. V. F.

El órgano desconcentrado posee personalidad jurídica y patrimonio propio. Es el caso de la Policía de las Provincias, la Policía Federal, el Ejército Argentino, etc.. V. F.

El Acto Administrativo es una declaración jurídica unilateral de la Administración Pública, efectuada en ejercicio de la función administrativa, que produce efectos jurídicos directos de alcance individual, provisionales o definitivos según su naturaleza, y con vigencia para el futuro. V. F.

El Reglamento es una declaración jurídica unilateral de la Administración Pública, efectuada en ejercicio de la función administrativa, que produce efectos jurídicos directos de alcance individual, provisionales o definitivos según su naturaleza, y sin vigencia para el futuro. V. F.

En razón de la materia o naturaleza de la actividad, la función administrativa puede ser ACTIVA, JURISDICCIONAL o EJECUTIVA. V. F.

La Delegación de facultades se da cuando un órgano o ente público confiere temporalmente sus facultades a sus inferiores jerárquicos para que las ejerzan en su nombre. La delegación de facultades puede ser total o parcial; para todo tipo de actos o para uno o varios determinados. V. F.

La función administrativa cumple un amplio espectro de actividad pública, de contenido heterogéneo, que puede consistir en el control preventivo de legitimidad y oportunidad de la actividad de los órganos estatales. V (aclaro que es un punto porque hay mas puntos). F.

Son faltas leves las infracciones o incumplimientos de los deberes de los funcionarios o empleados policiales establecidas expresamente o contenidas implícitamente en leyes, reglamentos y disposiciones vigentes, sean de orden policial o general, aplicables al personal de la Repartición. V. F.

Son faltas graves las infracciones o incumplimientos de los deberes de los funcionarios o empleados policiales establecidas expresamente o contenidas implícitamente en leyes, reglamentos y disposiciones vigentes, sean de orden policial o general, aplicables al personal de la Repartición. V. F.

Los incumplimientos a los deberes y atribuciones policiales y a las competencias que determina el Código Procesal Penal de la Provincia constituyen FALTA GRAVE. V. F.

La reincidencia o el concurso de tres (3) o más faltas leves se investigará por sumaria información breve y actuada, cuya instrucción ordenará el funcionario de dirección competente. Por las faltas leves comprobadas podrá aplicar la sanción de suspensión de empleo de entre uno (1) a cinco (5) días. V. F.

Es competente para la aplicación de la sanción directa de corrección el Superior que compruebe la falta. Si la falta se cometiere ante varios funcionarios con esta facultad disciplinaria, deberá resolver el de mayor grado o en su defecto, el de mayor antigüedad. V. F.

El juzgamiento de la responsabilidad que pueda corresponderle al personal dado de baja y al personal en situación de retiro, se efectúa mediante sumario administrativo ordenado y resuelto por el Jefe de Policía, quien asimismo dispone la autoridad que instruirá las actuaciones. V. F.

Al personal en disponibilidad por sumario administrativo se le retiene el 25% de sus haberes. V. F.

El personal con licencia ordinaria, especial, extraordinaria o excepcional se encuentra en servicio efectivo. V. F.

El análisis criminal comprende esencialmente cuatro tipos de análisis que realizan las agencias policiales: Análisis del delito-Análisis de Inteligencia Criminal -Análisis Investigativo Criminal-Análisis de operaciones. V. F.

Definición de análisis del delito: El análisis del delito es el estudio sistemático de hechos sucedidos en una sociedad de derecho más allá de los hechos policiales a fin de elaborar acciones de políticas de infraestructura por parte del Estado. V. F.

Funciones del análisis del delito: se ha descrito cuatro tipos funcionales de análisis delictual que se centran en el análisis del delito propiamente dicho (análisis estratégico y táctico), en la comunicación de los resultados obtenidos en el análisis (análisis administrativo) y en la organización policial (análisis operativo). V. F.

Análisis táctico del delito: Describe la identificación y análisis diario de patrones y series delictivas existentes o emergentes, incluyendo series y zonas calientes. V. F.

Análisis estratégico del delito Es el estudio de los problemas delictivos y otras cuestiones relacionadas con la policía para determinar patrones de actividad a largo plazo y evaluar la respuesta policial y los procedimientos de la organización. V. F.

Análisis de operaciones: pertenece al campo de la administración policial más que al análisis del delito propiamente dicho. Este se relaciona con el estudio de las propias operaciones y políticas adoptadas por la policía. Se relaciona con la organización del personal, equipos, distribución geográfica y temporal de los recursos y de la eficacia de las operaciones policiales. V. F.

Análisis administrativo se relaciona con la producción de informes y presentación de los hallazgos a los decisores, políticos y ciudadanos. Por tanto, sigue un proceso de selección de los hallazgos más importantes detectados en los análisis previos y búsqueda de los formatos de presentación más adecuados para la audiencia a la que se dirige. V. F.

Análisis operacional del delito Es el estudio de los problemas delictivos y otras cuestiones relacionadas con la policía para determinar patrones de actividad a largo plazo y evaluar la respuesta policial y los procedimientos de la organización. V. F.

Análisis estratégico: pertenece al campo de la administración policial más que al análisis del delito propiamente dicho. Este se relaciona con el estudio de las propias operaciones y políticas adoptadas por la policía. Se relaciona con la organización del personal, equipos, distribución geográfica y temporal de los recursos y de la eficacia de las operaciones policiales. V. F.

Análisis táctico del delito: se relaciona con la producción de informes y presentación de los hallazgos a los decisores, políticos y ciudadanos. Por tanto, sigue un proceso de selección de los hallazgos más importantes detectados en los análisis previos y búsqueda de los formatos de presentación más adecuados para la audiencia a la que se dirige. V. F.

El proceso del análisis del delito sigue un proceso cíclico cuyos pasos comprende la recopilación de datos, filtrado, análisis y difusión de resultados. V. F.

El proceso del análisis del delito sigue un proceso de dos pasos que comprende la recopilación de datos y el almacenamiento de los mismos. V. F.

El desplazamiento del delito es una de las críticas más frecuentes al enfoque de la prevención situacional del delito, afirmando que esta no previene, sino que simplemente desplaza al delito. V. F.

Desplazamiento espacial. Cuando el delito se cometa en otra zona geográfica. Es decir, cuando los delincuentes cambian la zona en donde cometen los delitos. V. F.

Ordenamiento y Filtrado: Es el paso que sigue a la reunión de datos y hace referencia a la indexación, ordenamiento, almacenamiento y administración de los datos no procesados para permitir una extracción directa y rápida de los mismos para su posterior análisis. V. F.

¿Qué implica una “seguridad con equidad”?. Seguridad con equidad es la protección universal a todo ciudadano y no solo a quien pueda pagarla. -.

¿Cuál es una función esencial del Estado en relación a la seguridad pública?. La seguridad pública es una función esencial del Estado que tiene como propósito garantizar la protección de las personas, sus bienes y el orden social dentro de un territorio determinado. Se basa en un conjunto de políticas, estrategias y acciones dirigidas a prevenir y controlar el delito, asegurar el cumplimiento de la ley y garantizar la paz social. -.

La seguridad ciudadana se refiere a la protección y garantía de la integridad física, psicológica y patrimonial de los ciudadanos y su entorno comunitario. V. F.

¿Qué actor coordina las fuerzas federales en el nivel nacional?. Ministerio de Seguridad de la Nación: Órgano rector de las políticas de seguridad a nivel federal. Coordina y supervisa las fuerzas federales. -.

¿Qué significa “seguridad con libertad”?. Seguridad con libertad implica que la protección de todos los ciudadanos conduzca a que no exista temor y a que todos puedan desarrollar plenamente sus capacidades. -.

¿Qué fuerza tiene competencia en ríos y puertos?. Prefectura Naval Argentina (PNA): Seguridad en ríos, mares y puertos. -.

¿Qué es el Consejo de Seguridad Interior?. Consejo de Seguridad Interior: Espacio de coordinación entre Nación y provincias. -.

¿Qué órgano regula la seguridad aeroportuaria en Argentina?. Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA): Seguridad en aeropuertos. -.

¿Qué rol cumple la policía provincial según la Ley 7395/75?. Funciones de policía de seguridad - Artículo 8 y 9 Ley 7395/75. -.

En lo que respecta a la actividad de los municipios, estos no tienen competencia en las medidas penales que involucran la detención, el enjuiciamiento y la sanción del delito una vez ocurrido. Son competencias propias de los Estados provincial y nacional a través de las instituciones del sistema policial, judicial y carcelario. V. F.

¿Qué representa el riesgo en la fórmula de seguridad?. Fórmula: Seguridad es igual a Riesgo (amenazas externas) más Vulnerabilidad (amenazas internas) menos protección (medidas físicas o psicológicas). -.

En la Seguridad comunitaria es imprescindible potenciar los sistemas de defensa vecinal que alerten y prevengan contra la proliferación de la delincuencia, cuyos primeros indicios deben ser denunciados para neutralizar. V. F.

¿Qué es el “orden público”?. Es uno de medios por los que se conduce al bienestar general o bien común, y su objetivo es asegurar el imperio, la existencia de la Ley y la efectividad de su cumplimiento por medio de la coacción del poder público, es decir, por la fuerza organizada. -.

¿Qué representa la seguridad jurídica?. La seguridad jurídica, representa el ORDEN JURIDICO; es conocida como expresión del Estado de Derecho, confiriendo a aquella la condición de su principio concretizado y estructurador del Estado de Derecho. -.

¿Cuál es un paso clave en la gestión de seguridad?. Administrar los recursos humanos, materiales y financieros para crear y mantener una situación donde la comunidad, sus valores y su calidad de vida se hallen protegidos de los riesgos de delitos y siniestros. -.

1. ¿Cuál es la diferencia clave entre la ética y la moral?. ETICA: es el resultado del razonamiento individual y filosófico MORAL: conjunto de normas, valores y creencias que una sociedad considera correctos o aceptables. -.

¿Qué tipo de norma es impuesta por una autoridad y sancionada si se incumple?. NORMA JURIDICA. -.

¿Qué significa que la libertad es una “potencia”?. La libertad es una potencia de la voluntad del hombre: la potencia o capacidad de opción. -.

¿Qué actitud fomenta la deontología profesional?. LA ETICA PROFESIONAL. -.

La deontología es una ciencia normativa pura. V. F.

La ética profesional permite transgredir normas si se justifica el beneficio personal. V. F.

El utilitarismo considera siempre válidas las normas, sin excepciones. V. F.

La libertad solo se mide por la cantidad de opciones disponibles. V. F.

¿Qué personas están sujetas a la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública?. todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en forma permanente o transitoria, funcionarios y empleados del Estado de la Provincia de Santa Fe. -.

¿Qué debe hacer un funcionario respecto a los bienes públicos?. Proteger y conservar la propiedad del Estado y sólo emplear sus bienes con los fines autorizados. -.

¿Qué sucede si un funcionario no mantiene una conducta ética según el artículo 3?. Si así no lo hicieren serán sancionados o removidos por los procedimientos establecidos en el régimen propio de su función. -.

¿Qué principio rige las contrataciones públicas?. Observar en los procedimientos de contrataciones públicas en los que intervengan los principios de publicidad, igualdad, concurrencia y razonabilidad;. -.

El uso de la información pública con fines privados está permitido si no causa perjuicio. V. F.

La ética pública exige priorizar el interés particular sobre el bienestar general. V. F.

Los funcionarios deben fundamentar sus decisiones y actuar con transparencia. V. F.

La oratoria se limita únicamente a transmitir información. V. F.

Un buen orador es aquel que utiliza congruentemente las tres V: vocal, verbal y visual. V. F.

La oratoria forense se utiliza exclusivamente en actos políticos. V. F.

La empatía es innecesaria cuando se trata de una presentación académica. V. F.

La glosofobia es el miedo a hablar en público. V. F.

Imaginar a una persona de confianza en el público puede ayudar a calmar la ansiedad. V. F.

El contacto visual ayuda a generar una conexión emocional con la audiencia. V. F.

Una estructura clara en el discurso no es esencial si el tema es interesante. V. F.

Las figuras retóricas deben evitarse para no distraer al público. V. F.

El lenguaje corporal incluye postura, gestos y contacto visual. V. F.

El contacto visual debe mantenerse con una sola persona de la audiencia. V. F.

Conocer bien el contenido de la presentación ayuda a reducir el miedo escénico. V. F.

El humor debe evitarse siempre en la oratoria. V. F.

El volumen debe ajustarse según el entorno donde se habla. V. F.

El uso de jerga y tecnicismos facilita la conexión con cualquier tipo de audiencia. V. F.

Organizar es el proceso de distribuir actividades, recursos, a través de la división de funciones, definiendo las autoridades y responsabilidades de cada departamento para que la empresa pueda alcanzar de una forma fácil sus metas. V. F.

Estructura: es el ensamblaje de una construcción, una ordenación relativamente duradera de las partes de un todo y su relación entre ellas. V. F.

La estructura organizacional es: La división de todas las organizaciones de una empresa que se agrupan para formar áreas o departamentos, estableciendo actividades que, a través de la organización y coordinación, buscan alcanzar una mejor división. V. F.

Los distintos tipos de organizaciones, algunos con variantes muy parecidas, son: Organizaciones Adhocráticas; Organizaciones en red y Organizaciones en mercadeo. V. F.

Leonardo Schvarstein (citando a Etzioni), define a las organizaciones como: “las unidades económicas construidas para el logro de fines específicos”. V. F.

La Policía se divide operacionalmente en grandes unidades territoriales a fin del cumplimiento de su misión en todo el territorio provincial. Estas grandes unidades territoriales se denominan: Unidades Regionales, y coinciden con los límites políticos de cada uno de los 19 departamentos de la Provincia de Santa Fe. V. F.

El Sr. Jefe de Unidad Regional: Es el responsable directo ante el Ministerio Publico de la Acusación del cumplimiento de los deberes policiales. Ejerce la conducción de la Unidad, asegura su gobierno, administración y coordinación con el municipio. V. F.

El Segundo Jefe de Unidad Regional: Colabora con el jefe en el asesoramiento y estudio de los asuntos de su incumbencia; es el Jefe de la Plana Mayor y reemplaza al Jefe de Unidad en su ausencia. V. F.

Los Sres. Inspectores de Zona: Excepto que en las unidades regionales funcione la Agrupación de Unidades Orden Público, dependerán del Jefe de Unidad, en los demás casos los Inspectores de zona se hallaran subordinados de esta agrupación. Su misión específica es controlar a las comisarías y subcomisarias de su jurisdicción y los servicios complementarios. V. F.

La Plana Mayor de la Unidad Regional, que está integrada por cinco Oficiales que tienen a su cargo la atención de asuntos relacionados con: Personal; Informaciones; Operaciones Policiales; Policía de Acción Táctica y Judicial. V. F.

La División Judicial: Tiene a su cargo el planeamiento, la organización, control y coordinación de operaciones policiales de seguridad, dentro de la jurisdicción de cada unidad regional. V. F.

Secretaría es: La dependencia administrativa de mayor magnitud a cargo de un funcionario político y dependiente del Ministro de Seguridad, responsable del planeamiento, organización, ejecución, control y coordinación de las tareas relacionadas a un aspecto determinado de la conducción estratégica provincial. V. F.

Dirección Provincial es: La dependencia administrativa a cargo de un funcionario político y dependiente del Ministro de Seguridad o de una secretaría, responsable de las tareas inherentes o asignadas por el nivel superior correspondiente, y relacionadas a un aspecto determinado de la conducción estratégica provincial. V. F.

Gestión de Recursos Humanos es: La disciplina que se encarga de estudiar las relaciones entre los empleados que conforman la organización junto con las causas y consecuencias que producen cambios en ese ambiente. V. F.

El Aprendizaje Organizacional: Es una disciplina gerencial basada en el conocimiento, en donde se consigue adquirir el mismo de algún área específica por medio del estudio o partiendo de la experiencia; generando así un nuevo conocimiento que contribuye al desarrollo y por ende a las acciones que toman los individuos dentro de la organización. V. F.

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