En las comunidades indígenas la asamblea comunitaria o agrupación de los
integrantes de la comunidad constituye: El medio principal que evidencia la aceptación colectiva de las decisiones de las
autoridades El ente de última instancia que toma decisiones unilateralmente En las comunidades indígenas no existe una asamblea comunitaria o agrupación de
los integrantes de la comunidad. Seleccione la opción correcta: La interculturalidad para su efectiva implementación debe partir del
reconocimiento y respeto recíproco de las diferentes culturas del Ecuador. La interculturalidad para su efectiva implementación debe reconocer una cultura
hegemónica que se ubique por encima del resto La interculturalidad para su efectiva implementación no puede partir del
reconocimiento y respeto recíproco de las diferentes culturas del Ecuador La interculturalidad para su efectiva implementación debe admitir algunas normas
propias de las diferentes culturas del Ecuador. En la sentencia del caso “La Cocha” N°113-14-SEPCC, Caso N° 071-10-EP se limita
materialmente a la justicia indígena, y en ella se señala que: Si bien la justicia indígena puede resolver respecto de la armonía dentro de una
comunidad, es la justicia ordinaria la que debe preocuparse y la única
competente para resolver respecto al bien jurídico protegido. Es la justicia ordinaria la engargada de resolver respecto a la armonía dentro de
una comunidad Es la justicia indígena puede resolver respecto del bien jurídico protegido Si bien la justicia indígena puede resolver respecto del bien jurídico protegido, es la
justicia ordinaria la que debe preocuparse y la única competente para resolver
respecto a la armonía comunitaria. Ejercerán funciones jurisdiccionales, con base en sus tradiciones ancestrales y su
derecho propio, dentro de su ámbito territorial, con garantía de participación de
las mujeres: Las autoridades de los GAD´s parroquiales Las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas Las autoridades de la justicia ordinaria. Debe reconocer la capacidad de interpretación intercultural del Derecho para una
efectiva integración del derecho estatal público con las culturas autóctonas: El estado laico El Estado multiétnico El Estado plurinacional El Estado pluricultural. En lo que respecta a la justicia indígena: Aplicarán normas y procedimientos
propios para la solución de sus conflictos internos y que no sean contrarios a la
Constitución y los derechos humanos reconocidos en los instrumentos
internacionales: Las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades Las autoridades de los GAD´s parroquiales Las autoridades de la justicia ordinaria Los jueces de paz. Seleccione la opción correcta: El estado plurinacional desaparece cono el reconocimiento de la capacidad de
interpretación intercultural del Derecho El estado plurinacional debe reconocer la capacidad de interpretación intercultural
del Derecho solo a las culturas autóctonas más avanzadas en el ámbito jurídico El estado plurinacional no puede reconocer la capacidad de interpretación
intercultural del Derecho para una efectiva integración del derecho estatal público
con las culturas autóctonas El estado plurinacional debe reconocer la capacidad de interpretación
intercultural del Derecho para una efectiva integración del derecho estatal
público con las culturas autóctonas. La Corte Constitucional señala, que las características de la plurinacionalidad e
interculturalidad: No contradicen el concepto de Estado unitario, sino el concepto de Estado
homogéneo; esto es, comportan el reconocimiento de una heterogeneidad
cultural dentro de un determinado territorio y la aceptación de minorías
históricamente discriminadas Contradicen el concepto de Estado homogéneo,y el concepto de Estado unitario;
esto es, comportan el reconocimiento de una heterogeneidad cultural dentro de
un determinado territorio y la aceptación de minorías históricamente
discriminadas No contradicen el concepto de Estado homogéneo, sino el concepto de Estado
unitario; esto es, comportan el reconocimiento de una heterogeneidad cultural
dentro de un determinado territorio y la aceptación de minorías históricamente
discriminadas. Seleccione la opción correcta: En las comunidades indígenas la asamblea comunitaria o agrupación de los
integrantes de la comunidad no constituye el medio principal que evidencia la
aceptación colectiva de las decisiones de las autoridades En las comunidades indígenas la asamblea comunitaria no participa de las
decisiones de las autoridades En las comunidades indígenas la asamblea comunitaria o agrupación de los
integrantes de la comunidad constituye el medio principal que evidencia la
aceptación colectiva de las decisiones de las autoridades. En las comunidades indígenas no existe una asamblea comunitaria o agrupación de
los integrantes de la comunidad. Las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas: Aplicarán normas y procedimientos propios para la solución de sus conflictos
internos y que no sean contrarios únicamente al Convenio 169 de la OIT. Aplicarán normas y procedimientos propios para la solución de sus conflictos
internos y que no sean contrarios a la Constitución y los derechos humanos
reconocidos en los instrumentos internacionales Aplicarán normas y procedimientos propios para la solución de sus conflictos
internos y que no sean contrarios a sus costumbres y tradiciones Aplicarán normas y procedimientos propios para la solución de sus conflictos
internos y que no sean contrarios a la Ley. La interculturalidad para su efectiva implementación debe partir del: Marco normativo interno del país Reconocimiento y respeto recíproco de las diferentes culturas del Ecuador. Reconocimiento legal de las culturas en el Ecuador Convenio 169 de la OIT. Constituye el catalizador para un proceso de cambio a nivel constitucional en
Latinoamérica: El Bloque Intercultural Jurídico La Constitución ecuatoriana 2008 El Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y tribales de la Organización
Internacional del Trabajo (OIT) La Jurisprudencia de las Cortes Constitucionales latinoamericanas. Demuestra a través de la promulgación de sus variadas constituciones el espíritu
por definirse como un Estado de Derecho, republicano, independiente, unitario,
libre, democrático, con régimen de gobierno presidencialista, alternativo y
responsable. La tradición constitucionalista colombiana La tradición constitucionalista latinoamericana La tradición constitucionalista boliviana La tradición constitucionalista ecuatoriana. En el Ecuador tienen derecho a conservar y desarrollar sus propias formas de
organización social y sus propias formas de generación de la autoridad y de
solución de sus conflictos internos: Únicamente los pueblos indígenas Los pueblos indígenas, afro ecuatorianos y montubios Los pueblos afroecuatorianos y montubios. El Ecuador es un estado social de derecho, soberano, unitario, independiente,
democrático, pluricultural y multiétnico, está señalado en: La Constitución de 1998 La Constitución de 1967 La Constitución de 2008 La Constitución de 1978. Seleccione la opción correcta: La Corte no reconoció que la jurisdicción y competencia para conocer, resolver y
sancionar los casos que atentan contra la vida de toda persona, es facultad
exclusiva y excluyente del sistema de Derecho Penal Ordinario. La Corte reconoció que la competencia para conocer, los casos que atentan contra
la vida de toda persona, es facultad exclusiva y excluyente del sistema de Derecho
Penal Ordinario. La Corte reconoció que la jurisdicción y competencia para conocer, resolver y
sancionar los casos que atentan contra la vida de toda persona, es facultad
exclusiva y excluyente del sistema de Derecho Penal Ordinario, aun en los casos
en que los presuntos involucrados y los presuntos responsables sean ciudadanos
pertenecientes a comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas. Ejercerán funciones jurisdiccionales, con base en sus tradiciones ancestrales y su
derecho propio, dentro de su ámbito territorial, con garantía de participación de
las mujeres: Las autoridades de los GAD´s parroquiales Las autoridades de la justicia ordinaria Los jueces de paz Las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas. La Corte reconoció que la Asamblea General Comunitaria del pueblo Kichwa
Panzaleo Cuando conoció este caso de muerte, no resolvió respecto de la protección del
bien jurídico vida como fin en sí mismo, sino en función de los efectos sociales y
culturales que esta muerte provocó en la comunidad (cosmovisión indígena). Cuando conoció este caso de muerte, resolvió respecto de la protección del bien
jurídico vida como fin en sí mismo. Actuó sin tener en cuenta sus propias reglas y principios Cuando conoció este caso de muerte, no resolvió respecto de la protección del
bien jurídico vida. Seleccione la opción correcta El reconocimiento por parte del estado ecuatoriano del derecho propio de los
pueblos o nacionalidades indígenas implica la desaparición de sus normas y
principios El reconocimiento por parte del estado ecuatoriano del derecho propio de los
pueblos o nacionalidades indígenas conlleva el reconocimiento de sus valores y
principios. El reconocimiento por parte del estado ecuatoriano del derecho propio de los
pueblos o nacionalidades indígenas no conlleva el reconocimiento de sus valores y
principios El reconocimiento por parte del estado ecuatoriano del derecho propio de los
pueblos o nacionalidades indígenas no es necesario para un estado plurinacional y
étnico. Los únicos límites impuestos a la aplicación del Derecho Indígena son: El respeto a las leyes internas de la comunidad El respeto de la Constitución y los Derechos Humanos El respeto a las costumbres de cada comunidad El respeto a las leyes nacionales. Demuestra a través de la promulgación de sus variadas constituciones el espíritu
por definirse como un Estado de Derecho, republicano, independiente, unitario,
libre, democrático, con régimen de gobierno presidencialista, alternativo y
responsable. La tradición constitucionalista colombiana La tradición constitucionalista boliviana La tradición constitucionalista latinoamericana La tradición constitucionalista ecuatoriana. La sentencia emitida por la Corte Constitucional en el caso “La Cocha”: No tuvo en cuenta a la Asamblea General Comunitaria del Pueblo Kichwa Panzaleo
como la autoridad de justicia indígena habilitada y competente para resolver los
conflictos internos en sus territorios No reconoció que la Asamblea General Comunitaria del Pueblo Kichwa Panzaleo es
la autoridad de justicia indígena habilitada y competente para resolver los
conflictos internos en sus territorios Reconoció que la Asamblea General Comunitaria del Pueblo Kichwa Panzaleo es
la autoridad de justicia indígena habilitada y competente para resolver los
conflictos internos en sus territorios. Desestimó a la Asamblea General Comunitaria del Pueblo Kichwa Panzaleo es la
autoridad de justicia indígena habilitada y competente para resolver los conflictos
internos en sus territorios. Reconoció Que la Asamblea General Comunitaria del Pueblo Kichwa Panzaleo es
la autoridad de justicia indígena habilitada y competente para resolver los
conflictos internos en sus territorios. La sentencia del caso Saraguro emitida por la CC La sentencia del caso La Cocha emitida por la CC La sentencia del caso Kutukachi emitida por la CC La sentencia del caso Villonaco emitida por la CC. En el artículo 1 de la Constitución ecuatoriana 2008 se establece que el Ecuador
es un Estado: Soberano, federal, intercultural, plurinacional y laico Intercultural, pluricultural, soberano, confesional Democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y
laico. El reconocimiento por parte del estado ecuatoriano del derecho propio de los
pueblos o nacionalidades indígenas conlleva el reconocimiento de sus: Valores y principios Normas y valores Normas y Valores Costumbres y valores. Seleccione la opción correcta: La sentencia de la Corte no evidencia contradicciones entre lo preceptuado en la
carta magna y la práctica jurídica ecuatoriana La sentencia de la Corte es evidencia de las contradicciones entre lo preceptuado
en la carta magna y la práctica jurídica ecuatoriana. La sentencia de la Corte es evidencia de la integración entre lo preceptuado en la
carta magna y la práctica jurídica ecuatoriana. Las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas
ejercerán funciones jurisdiccionales, lo establece: La Constitución ecuatoriana 2008 La Constitución ecuatoriana 1998 La Constitución ecuatoriana 1978 La Constitución ecuatoriana 1967. El reconocimiento constitucional por parte del estado ecuatoriano de las
organizaciones de pueblos o nacionalidades indígenas implica: Reconocer el ejercicio de los derechos colectivos en el ámbito de competencia de
las comunidades autóctonas. Revisar el ejercicio de los derechos colectivos Desconocer el ejercicio de los derechos colectivos en el ámbito de competencia de
las comunidades autóctonas. El tipo del proceso del caso “La Cocha” es una: Apelación a Corte Provincial Acción de protección Acción Extraordinaria de Protección contra Decisiones de la Justicia Indígena. Acción por incumplimiento. De acuerdo a la Corte Constitucional, la instancia competente para resolver
respecto al bien jurídico protegido (vida) es: Las dos justicias Las dos justicias La justicia ordinaria La justicia indígena. Al referirse a “funciones jurisdiccionales” la Carta Magna de 2008 le atribuye
automáticamente un poder más real y completo a las autoridades indígenas ya
que: La jurisdicción, conforme al código de procedimiento civil, implica tanto el juzgar
como el hacer ejecutar lo juzgado La jurisdicción, conforme la Constitución, implica juzgar La jurisdicción, conforme al código de procedimiento civil, implica el juzgar y no
hacer ejecutar lo juzgado La jurisdicción, conforme al código de procedimiento civil, implica hacer ejecutar lo
juzgado. Las normas constitucionales y supranacionales: Ordenan la homologación y sujeción de los sistemas ancestrales a la justicia
ordinaria Limitan la dinámica propia de los sistemas ancestrales, tampoco ordenan la
homologación entre ellos, ni la adecuación o sujeción de estos al sistema de justicia
ordinaria No limitan la dinámica propia de los sistemas ancestrales, tampoco ordenan la
homologación entre ellos, ni la adecuación o sujeción de estos al sistema de
justicia ordinaria Ordenan la adecuación o sujeción de los sistemas ancestrales a la justicia ordinaria. El caso “La Cocha” fue conocido por: Un sistema de justicia No se judicializó Dos sistemas de justicia. No se podría hablar de un Estado Plurinacional e Intercultural. Sin los elementos fundamentales: justicia y libertad Sin los elementos fundamentales: identidad y cultura Sin los elementos fundamentales: ética y dignidad. El caso “La Cocha”. (Mayo de 2010): Constituye uno de los casos más trascendentes en el análisis de la justicia
indígena ecuatoriana y limitó el actuar jurisdiccional de la justicia indígena. Constituye uno de los casos más trascendentes en el análisis de la justicia indígena
ecuatoriana. Constituye uno de los casos más trascendentes en el análisis de la justicia indígena
ecuatoriana y reconoció los derechos ilimitados de las comunidades en el ámbito
jurisdiccional. Reconoce a los pueblos indígenas funciones de justicia, aplicando normas y
procedimientos propios para la solución de conflictos internos de conformidad
con sus costumbres o derecho consuetudinario, siempre que no sean contrarios a
la Constitución y las leyes. Constitución de 1998 Constitución de 1967 Constitución de 2008 Constitución de 1978. El caso “La Cocha” constituye uno de los casos más trascendentes en el análisis
de la justicia indígena ecuatoriana debido a que: Limitó el actuar jurisdiccional de la justicia indígena Se aplicó por primera vez la Constitución en casos de justicia indígena Fue el primer caso de justicia indígena en el Ecuador. Seleccione la opción correcta: La Constitución de 1998 no reconoce a los pueblos indígenas funciones de justicia y
procedimientos propios para la solución de conflictos internos La Constitución de 1998 reconoce a los pueblos indígenas autonomía total en el
ámbito de aplicación de su derecho autóctono La Constitución de 1998 reconoce a los pueblos indígenas solo funciones de
justicia, que no sean contrarios a la Constitución y las leyes La Constitución de 1998 reconoce a los pueblos indígenas funciones de justicia,
aplicando normas y procedimientos propios para la solución de conflictos
internos de conformidad con sus costumbres o derecho consuetudinario, siempre
que no sean contrarios a la Constitución y las leyes. Luego de la sentencia del caso “La Cocha” en el Ecuador: No se ha creado ninguna normativa respecto a la justicia indígena Se creó una ley de cooperación entre la justicia indígena y la justicia ordinaria o
estatal. Se creó una ley de armonización entre la justicia indígena y la justicia ordinaria Se creó una ley de armonización entre la justicia indígena y la justicia estatal. Seleccione la opción correcta: La integración al derecho estatal de las nacionalidades o pueblos indígenas y
negros conlleva la negación de las normas reconocidas por el derecho ecuatoriano La integración al derecho estatal de las nacionalidades o pueblos indígenas y
negros contradice los preceptos de su derecho propio o consuetudinario La integración al derecho estatal de las nacionalidades o pueblos indígenas y
negros no puede conllevar la negación de las normas de su derecho propio o
consuetudinario. La integración al derecho estatal de las nacionalidades o pueblos indígenas y
negros conlleva la negación de las normas de su derecho propio o consuetudinario. Facilita el reconocimiento del derecho propio de las nacionalidades indígenas y
negras del Ecuador. La Antropología jurídica y su teoría de integración entre la ley y la estructura
social. La teoría de integración La Antropología social y su teoría de integración entre la ley y la estructura social La integración al derecho estatal de las normas y principios de las nacionalidades
indígenas. En la Constitución ecuatoriana 2008, se establece que: El Ecuador es un Estado (…) legal de derechos y de justicia social El Ecuador es un Estado (…) plurinacional de derechos y justicia social El Ecuador es un Estado (…) constitucional de derechos, y de justicia social El Ecuador es un Estado (..) social de derechos y justicia social. Seleccione la opción correcta: El Derecho propio de las comunidades indígenas se fundamenta en reglas,
principios y costumbres que nunca reciben el influjo del derecho estatal El Derecho propio de las comunidades indígenas no se fundamenta en reglas,
principios y costumbres propias y ancestrales El Derecho propio de las comunidades indígenas se fundamenta en reglas,
principios y costumbres adquiridas del derecho estatal vigente El Derecho propio de las comunidades indígenas se fundamenta en reglas,
principios y costumbres que se desarrollan y transforman en el tiempo por el
influjo del derecho estatal. Según la sentencia de la Corte Constitucional en el caso “La Cocha” se establece
que: La Asamblea General Comunitaria del Pueblo Kichwa Panzaleo es la autoridad de
justicia indígena habilitada y competente para resolver los conflictos internos en
sus territorios. No tuvo en cuenta a la Asamblea General Comunitaria del Pueblo Kichwa Panzaleo
como la autoridad de justicia indígena habilitada y competente para resolver los
conflictos internos en sus territorios. Desestimó a la Asamblea General Comunitaria del Pueblo Kichwa. La lucha de los pueblos indígenas del Ecuador lograron: Garantizar el pleno disfrute de derechos y libertades La definición constitucional de Estado pluricultural y multiétnico Su reconocimiento como ciudadanos. La Constitución ecuatoriana de 1998 La Constitución ecuatoriana de 1967 La Constitución ecuatoriana de 1978 La Constitución ecuatoriana de 1998 La Constitución ecuatoriana de 2008. El simple reconocimiento normativo, incluso constitucional del pluralismo
jurídico: Garantiza un disfrute pleno de derechos y libertades No garantiza un disfrute pleno de derechos y libertades Es suficiente para que los ciudadanos cumplamos lo ahí establecido. Seleccione la opción correcta: La sentencia de la Corte incurre en contradicciones entre el reconocimiento de las
comunidades indígenas para aplicar su propio derecho y la limitación en los casos
donde el bien protegido es la vida. La sentencia de la Corte no incurre en contradicciones entre el reconocimiento de
las comunidades indígenas para aplicar su propio derecho y la limitación en los
casos donde el bien protegido es la vida La sentencia de la Corte incurre en contradicciones en todas sus decisiones. La sentencia de la Corte incurre en contradicciones entre el reconocimiento de las
comunidades indígenas para aplicar su propio derecho y los derechos
patrimoniales reconocidos constitucionalmente. En el caso “La Cocha” la parte demandada es: Decisiones de la Justicia Indígena adoptadas el 16 y 23 de mayo de 2010, por las
autoridades de la Comunidad Indígena de la Cocha, pertenecientes al pueblo de
Panzaleo, de la nacionalidad Kichwa de la provincia de Cotopaxi. Víctor Manuel Olivo Pallo (hermano del difunto Marco Antonio Olivo Pallo) Decisiones de la Justicia Estatal adoptadas el 16 y 23 de mayo de 2010, por las
autoridades de la Comunidad Indígena de la Cocha, pertenecientes al pueblo de
Panzaleo, de la nacionalidad Kichwa de la provincia de Cotopaxi. Decisiones de la Justicia Ordinaria adoptadas el 16 y 23 de mayo de 2010, por las
autoridades de la Comunidad Indígena de la Cocha, pertenecientes al pueblo de
Panzaleo, de la nacionalidad Kichwa de la provincia de Cotopaxi. Tuvo un rol fundamental para la adopción de sistemas jurídicos pluralistas en
Latinoamérica: El Convenio 169 de la OIT La Constitución ecuatoriana de 1998 La Declaración de los Derechos humanos de 1948. En la sentencia de La Cocha, se hace referencia a que cuando se trate de los casos
que atenten contra la vida de toda persona: Es facultad exclusiva y excluyente del Sistema de derecho Penal ordinario, “aún
en los casos en los que los presuntos involucrados sean ciudadanos
pertenecientes a comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, así los hechos
ocurran dentro del ámbito territorial de una comunidad indígena, pueblo o
nacionalidad. La administración de justicia indígena conserva su jurisdicción para
dar solución a los conflictos internos que se producen entre sus miembros dentro
de su ámbito territorial y que afecten sus valores comunitarios”. Es facultad exclusiva y excluyente del Sistema de derecho indígena, “aún en los
casos en los que los presuntos involucrados sean ciudadanos pertenecientes a
comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, así los hechos ocurran dentro
del ámbito territorial de una comunidad indígena, pueblo o nacionalidad. La
administración de justicia indígena conserva su jurisdicción para dar solución a los
conflictos internos que se producen entre sus miembros dentro de su ámbito
territorial y que afecten sus valores comunitarios” Es facultad exclusiva y excluyente del Sistema de derecho Penal indígena, “aún en
los casos en los que los presuntos involucrados sean ciudadanos que no
pertenecen a comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, así los hechos no
ocurran dentro del ámbito territorial de una comunidad indígena, pueblo o
nacionalidad. La administración de justicia indígena conserva su jurisdicción para
dar solución a los conflictos internos que se producen entre sus miembros dentro
de su ámbito territorial y que afecten sus valores comunitarios”. La justicia indígena tiene la potestad de dirimir conflictos de índole interna
siempre y cuando estos se den: Dentro de la región en la que existen comunidades indígenas Dentro de la provincia en la que existe una nacionalidad indígena Dentro del territorio ecuatoriano Dentro de los parámetros territoriales de la comunidad. Seleccione la opción correcta: El reconocimiento constitucional por parte del estado ecuatoriano de las
organizaciones de pueblos o nacionalidades indígenas implica su sometimiento al
derecho estatal público El reconocimiento constitucional por parte del estado ecuatoriano de las
organizaciones de pueblos o nacionalidades indígenas implica reconocer el
ejercicio de los derechos colectivos en el ámbito de competencia de las
comunidades autóctonas. El reconocimiento constitucional por parte del estado ecuatoriano de las
organizaciones de pueblos o nacionalidades indígenas no implica reconocer el
ejercicio de los derechos colectivos en el ámbito de competencia de las
comunidades autóctonas El reconocimiento constitucional por parte del estado ecuatoriano de las
organizaciones de pueblos o nacionalidades indígenas no significa aplicar el
derecho propio autóctono en situaciones ocurridas en el ámbito de su
competencia. “La Cocha” es un caso desarrollado en: Los juzgados de Cotopaxi La comunidad Indígena La Cocha perteneciente al pueblo Panzaleo La CONAIE La comunidad Indígena Panzaleo perteneciente al pueblo La Cocha. Seleccione la opción correcta: La Corte reconoció que se vulneraron derechos constitucionales, tanto en ejercicio
de la administración de justicia indígena por parte de la Asamblea Comunitaria de
la Cocha, como tampoco por parte del Ministerio Público y la judicatura penal
ordinaria. La Corte reconoció que no se vulneraron derechos constitucionales, tanto en
ejercicio de la administración de justicia indígena por parte de la Asamblea
Comunitaria de la Cocha, como tampoco por parte del Ministerio Público y la
judicatura penal ordinaria. La Corte reconoció que se vulneraron derechos constitucionales, en ejercicio de la
administración de justicia indígena por parte de la Asamblea Comunitaria de la
Cocha. El pueblo Kichwa Panzaleo cuando conoció el caso La Cocha según la Corte
Constitucional: No resolvió respecto de la protección del bien jurídico vida como fin en sí mismo,
sino en función de los efectos sociales y culturales que esta muerte provocó en la
comunidad (cosmovisión indígena). Actuó sin tener en cuenta sus propias reglas y principios Resolvió respecto de la protección del bien jurídico vida como fin en sí mismo, sino
en función de los efectos sociales y culturales que esta muerte provocó en la
comunidad (cosmovisión indígena). Seleccione la opción correcta: La Corte reconoció que la Asamblea General Comunitaria del pueblo Kichwa
Panzaleo, cuando conoció este caso de muerte, no resolvió respecto de la
protección del bien jurídico vida como fin en sí mismo, sino en función de los
efectos sociales y culturales que esta muerte provocó en la comunidad
(cosmovisión indígena). La Corte reconoció que la Asamblea General Comunitaria del pueblo Kichwa
Panzaleo, cuando conoció este caso de muerte, no resolvió respecto de la
protección del bien jurídico vida La Corte reconoció que la Asamblea General Comunitaria del pueblo Kichwa
Panzaleo, cuando conoció este caso de muerte, resolvió respecto de la protección
del bien jurídico vida como fin en sí mismo. La definición constitucional de Estado pluricultural y multiétnico fue el resultado
de la lucha organizada, en el ámbito político: De los GAD´s provinciales De las minorías De los pueblos indígenas del Ecuador De la Asamblea Nacional Constituyente. Seleccione la opción correcta: La sentencia emitida por la Corte Constitucional en el caso “La Cocha” desestimó a
la Asamblea General Comunitaria del Pueblo Kichwa Panzaleo es la autoridad de
justicia indígena habilitada y competente para resolver los conflictos internos en
sus territorios La sentencia emitida por la Corte Constitucional en el caso “La Cocha” no tuvo en
cuenta a la Asamblea General Comunitaria del Pueblo Kichwa Panzaleo como la
autoridad de justicia indígena habilitada y competente para resolver los conflictos
internos en sus territorios La sentencia emitida por la Corte Constitucional en el caso “La Cocha” no reconoció
que la Asamblea General Comunitaria del Pueblo Kichwa Panzaleo es la autoridad
de justicia indígena habilitada y competente para resolver los conflictos internos en
sus territorios La sentencia emitida por la Corte Constitucional en el caso “La Cocha” reconoció
Que la Asamblea General Comunitaria del Pueblo Kichwa Panzaleo es la
autoridad de justicia indígena habilitada y competente para resolver los
conflictos internos en sus territorios. Constituye uno de los casos más trascendentes en el análisis de la justicia
indígena ecuatoriana y limitó el actuar jurisdiccional de la justicia indígena: La Cocha Los Saraguros Kutukachi. Posibilitó el reconocimiento del carácter ancestral de las comunidades: El Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y tribales de la Organización
Internacional del Trabajo (OIT) La Constitución ecuatoriana 2008 La Jurisprudencia de las Cortes Constitucionales latinoamericanas El Bloque Intercultural Jurídico. Seleccione la opción correcta: La Antropología jurídica y su teoría de integración entre la ley y la estructura
social facilitan el reconocimiento del derecho propio de las nacionalidades
indígenas y negras del Ecuador. La Antropología jurídica y su teoría de integración entre la ley y la estructura social
impiden el reconocimiento del derecho propio de las nacionalidades indígenas y
negras del Ecuador La Antropología jurídica y su teoría de integración entre la ley y la estructura social
facilitan el carácter hegemónico del estado ecuatoriano sobre el derecho propio de
las nacionalidades indígenas y negras del Ecuador La Antropología jurídica y su teoría de integración entre la ley y la estructura social
no resuelven la cuestión de integración al derecho estatal de las normas y
principios de las nacionalidades indígenas y negras del Ecuador. Seleccione la opción correcta: El caso “La Cocha”. (Mayo de 2010) constituye uno de los casos más trascendentes
en el análisis de la justicia indígena ecuatoriana y reconoció los derechos ilimitados
de las comunidades en el ámbito jurisdiccional El caso “La Cocha”. (Mayo de 2010) constituye uno de los casos más trascendentes
en el análisis de la justicia indígena ecuatoriana El caso “La Cocha”. (Mayo de 2010) constituye uno de los casos más
trascendentes en el análisis de la justicia indígena ecuatoriana y limitó el actuar
jurisdiccional de la justicia indígena. El caso “La Cocha”. (Mayo de 2010) representó un adelanto en el reconocimiento
de los derechos de las comunidades indígenas. El Ecuador es un Estado (…) constitucional de derechos y de justicia social,
democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y
laico, está señalado en: La Constitución de 1978 La Constitución de 1967 La Constitución de 2008 La Constitución de 1998. Las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas
ejercerán funciones jurisdiccionales, con base en sus tradiciones ancesatrales y su
derecho propio, dentro de su ámbito territorial, con garantía de participación de
las mujeres, lo establece: La Constitución de 1978 La Constitución de 1967 La Constitución de 2008 La Constitución de 1998. Seleccione la opción correcta: La Corte reconoció que las autoridades de la justicia penal ordinaria, en el
procesamiento y resolución de casos penales que involucren a ciudadanos
indígenas, aplicarán solamente lo establecido en la Constitución del Ecuador. La Corte reconoció que las autoridades de la justicia penal ordinaria, en el
procesamiento y resolución de casos penales que involucren a ciudadanos
indígenas, no aplicarán lo establecido en el Convenio 169 de la OIT La Corte reconoció que las autoridades de la justicia penal ordinaria, en el
procesamiento y resolución de casos penales que involucren a ciudadanos
indígenas, solo aplicarán lo establecido en la legislación ordinaria. La Corte reconoció que las autoridades de la justicia penal ordinaria, en el
procesamiento y resolución de casos penales que involucren a ciudadanos
indígenas, aplicarán lo establecido en el Convenio 169 de la OIT. El Derecho propio de las comunidades indígenas se fundamenta en: Únicamente principios Únicamente costumbres Reglas, principios y costumbres.
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