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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEPORTATIL AUX 296-340

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Título del test:
PORTATIL AUX 296-340

Descripción:
ESTO MISMO

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
26/06/2022

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 45
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Temario:
296. La Exposición de Motivos de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas parte de que… La tramitación electrónica es una forma especial de gestión de los procedimientos administrativos. La tramitación electrónica no puede ser todavía una forma especial de gestión de los procedimientos sino que debe constituir la actuación habitual de las Administraciones. La tramitación electrónica es una obligación para la ciudadanía en sus relaciones con las administraciones públicas. La tramitación electrónica es un derecho para las Administraciones en la gestión de los procedimientos administrativos.
297. Según el artículo 16.1 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 37.2 del Real Decreto 203/2021, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, Cada Administración Pública dispondrá de un registro electrónico general. Cada Administración Pública podrá disponer de un registro electrónico general. Las Administraciones Públicas podrán disponer de un registro electrónico general. Las Administraciones Públicas disponen de un registro electrónico general.
298. De acuerdo con lo que dispone el artículo 16 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas… El registro electrónico debe ser plenamente vinculable a otros registros. La norma que crea el registro electrónico debe publicarse en la página web de la Administración correspondiente. El registro electrónico general funcionará como un portal que facilitará el acceso a los registros electrónicos de cada organismo o entidad. Las disposiciones de creación de los registros electrónicos podrán especificar el órgano o unidad responsable de su gestión, así como la fecha y hora oficial y los días declarados como inhábiles.
299. En el caso de la persona física que no está obligada a mantener la relación electrónica con la Administración, si voluntariamente mantiene esa relación a través de medios electrónicos pero posteriormente modifica esa voluntad de mantener la relación electrónica… El cambio de voluntad se entenderá realizado cuando la persona interesada lleve a cabo la primera operación con la Administración utilizando el papel como medio. El cambio de voluntad deberá comunicarse al órgano competente para la tramitación del procedimiento, de forma que quede constancia de la misma, y los efectos de la comunicación se producirán de forma inmediata. El cambio de voluntad deberá comunicarse al órgano competente para la tramitación del procedimiento, de forma que quede constancia de la misma, y los efectos de la comunicación se producirán a partir del quinto día hábil siguiente a aquel en que el órgano competente para tramitar el procedimiento haya tenido constancia de la misma. El cambio de voluntad deberá comunicarse al órgano competente para la tramitación del procedimiento, de forma que quede constancia de la misma, y los efectos de la comunicación se producirán a partir del quinto día natural siguiente a aquel en que el órgano competente para tramitar el procedimiento haya tenido constancia de la misma.
300. Según dispone el artículo 2 del RD 203/2021, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, el principio de interoperabilidad se entiende como… La capacidad de los sistemas de información y, por ende, de los procedimientos a los que estos dan soporte, de compartir datos y posibilitar el intercambio de información entre ellos. El conjunto de principios y técnicas que se deben respetar al diseñar, construir, mantener y actualizar los servicios electrónicos para garantizar la igualdad y la no discriminación en el acceso de las personas usuarias, en particular de las personas con discapacidad y de las personas mayores. La capacidad de las Administraciones Públicas para que, partiendo del conocimiento adquirido del usuario final del servicio, proporcione servicios precumplimentados y se anticipe a las posibles necesidades de los mismos. El conjunto de principios básicos y requisitos mínimos de seguridad mediante el que se aplican las medidas de seguridad adecuadas a los medios y soportes en los que se almacenen los documentos, de acuerdo con la categorización de los sistemas.
301. Se entiende por expediente administrativo… El conjunto ordenado de documentos y actuaciones que reflejan el procedimiento seguido y sirven de antecedente y fundamento a la resolución administrativa, así como las diligencias encaminadas a ejecutarla. El conjunto de normas que rigen una relación entre Administración y administrado. El conjunto de documentación y carpetas custodiadas en el registro civil de cada Comunidad Autónoma. Los documentos contenidos en el artículo 89 LPAC.
302. Desde la entrada en vigor de la LPAC 39/2015… Se emplea alternativamente el expediente físico y el electrónico. No hay más expediente que el electrónico. El expediente electrónico será obligatorio solamente en materia sancionadora. Solamente se digitalizarán las resolución y actos definitivos, no los actos de trámite.
303. NISAE es… La empresa público-privada encargada de emitir y gestionar los certificados electrónicos. La nueva denominación de la Agencia Vasca de Protección de Datos. El sistema municipal para la digitalización de los expedientes electrónicos. El Nodo de interoperabilidad y seguridad de las administraciones de Euskadi.
304. De acuerdo con lo previsto en el artículo 27.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, tendrá la consideración de copia auténtica de un documento público administrativo o privado original o de otra copia auténtica… Solamente las aportadas por el órgano administrativo en el marco de un procedimiento, nunca los documentos aportados por los particulares. Aquellos documentos cuyo origen proceda de expedientes previamente incluidos en los ficheros electrónicos de la Administración estatal. La realizada, cualquiera que sea su soporte, por los órganos competentes de las Administraciones Públicas en las que quede garantizada la identidad del órgano que ha realizado la copia y su contenido. La realizada por los órganos competentes en resolver el procedimiento. .
305. Los documentos presentados por el interesado en soporte papel que por cualquier circunstancia no le puedan ser devueltos en el momento de su presentación, una vez digitalizados Serán inmediatamente devueltos a su titular. Serán conservados a su disposición, al menos, durante seis meses para que pueda recogerlos. Se procederá a su inmediata destrucción de acuerdo con las competencias del Ministerio de Cultura y Deporte o del órgano competente de la comunidad autónoma. Se conservarán como documentos con valor histórico, artístico u otro relevante o de documentos en los que la firma u otras expresiones manuscritas o mecánicas confieran al documento un valor especial.
306. El archivo electrónico único de cada Administración es El conjunto de sistemas y servicios que sustenta la gestión, custodia y recuperación de los documentos y expedientes electrónicos, así como de otras agrupaciones documentales o de información una vez finalizados los procedimientos administrativos o actuaciones correspondientes. El producto derivado de la aplicación de la operación logarítmica-informática que resulta en un código numérico con el que se identifica esa Administración. La base de datos disponible a todo el funcionariado de las distintas administraciones para la consulta de expedientes anteriores a 2015. Aquel expediente compuesto por único documento, digitalizado por el órgano competente o portado por alguna de las partes legitimadas.
307. La información auxiliar o de apoyo… Formará parte del expediente administrativo solamente cuando se trate de notas, borradores, opiniones o resúmenes de carácter no preceptivo. Requerirán de firma electrónica que determine su origen, fecha y lugar de emisión. Se refiere a la información contenida en aplicaciones, ficheros y bases de datos informáticas, notas, borradores, opiniones, resúmenes, comunicaciones e informes internos o entre órganos o entidades administrativas, así como los juicios de valor emitidos por las Administraciones Públicas, salvo que se trate de informes, preceptivos y facultativos, solicitados antes de la resolución administrativa que ponga fin al procedimiento. La componen aquellos informes, preceptivos y facultativos, solicitados antes de la resolución administrativa que ponga fin al procedimiento.
308. ¿Qué no es el NISAE? Es la plataforma común para todas las administraciones y entidades del sector público vasco constituido como nodo autonómico para implementar el intercambio de datos electrónicos entre ellas y con el resto de las administraciones (AGE y CCAA), aunando sinergias. Nodo de interoperabilidad y seguridad de las Administraciones de Euskadi. Una solución común que se articula en torno a un modelo de gestión distribuida en el intercambio de datos entre entidades. La Norma sobre la Informatización de la Seguridad en la Administración Estatal.
309. La diferencia entre certificaciones en sentido estricto y copias certificadas es: La certificación la emite solamente aquella agencia adjudicataria, mientras que la copia certificada la puede emitir cualquier trabajador público a través del procedimiento recogido a tales fines. La certificación crea un documento, en el que se copia o transcribe la totalidad o parte del contenido del documento del que se certifica, mientras que la copia certificada se obtiene una copia de este y sobre ella se pone una diligencia de certificación. La primera tiene carácter de documento jurídico, mientras que la segunda carece de valor probatorio a menos que lleve el pertinente sello notarial. Las certificaciones forman parte del expediente electrónico, mientras que las copias certificadas solamente se adjuntarán cuando refieran a hecho jurídicos no recogidos en informes preceptivos.
310. ¿Qué es una copia auténtica? Una copia auténtica es un documento, expedido por una organización con capacidad y competencia para hacerlo, con valor probatorio limitado a supuestos legalmente tasados sobre los hechos o actos que documenta, pero que carece del valor que se atribuye al documento original. Una copia auténtica es un nuevo documento, expedido solamente por el órgano directivo del Registro Central de cada administración, con valor probatorio pleno sobre los hechos o actos que documenta. Una copia auténtica es un nuevo documento, expedido por una organización con capacidad y competencia para hacerlo, con valor probatorio pleno sobre los hechos o actos que documenta, con el mismo valor en todos los sentidos que él documento original. Es aquel documento que remite al documento original para certificar exclusivamente los hechos y actos determinantes para resolución de un expediente determinado.
311. Para la emisión de una «copia auténtica» Se precisa obligatoriamente una diligencia en la que se hace constar que el documento expedido es copia del original con la fórmula «es copia auténtica». Solo se precisa el sello digital institucional o la firma digital de funcionario público. Es suficiente con tomar una mera fotocopia de un documento en poder de la Administración, sin ningún tipo de anotación especial. Se precisa obligatoriamente tanto, una diligencia en la que se hace constar que el documento expedido es copia del original con la fórmula «es copia auténtica », como el sello digital institucional o la firma digital de funcionario público.
312. Las garantías sobre la identidad de un documento firmado electrónicamente son: Identidad, integridad, autenticidad, irrevocabilidad y confidencialidad. Identidad, integralidad, autenticidad, revocabilidad y publicidad. Identidad, integridad, publicidad, irrevocabilidad y confidencialidad. Identidad, interoperabilidad, publicidad, y revocabilidad.
313. La norma europea que garantiza la equivalencia jurídica entre la firma electrónica cualificada y la firma manuscrita es… El Reglamento (UE) 910/2014. La Directiva 910/2014 (UE). El Decreto (UE) 910/2014. La Ley de la Comisión Europea 910/2014.
314. Agencia Tributaria, Izenpe y el Consejo General de la Abogacía son… Las únicas autoridades de certificación en el Estado, registradas en el Ministerio de Presidencia. Empresas adjudicatarias para la emisión del certificado, pero carecen de competencias en materia de verificar la validez de las firmas. Algunas de las autoridades de certificación del Estado, registradas en el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Autoridades con meras funciones de vigilancia de las agencias de certificación.
315. La diferencia entre «clave privada» y «clave pública» de un certificado digital es… La primera sirve para firmar y cifrar el certificado, y la segunda para comprobarlo y descifrarlo. La primera descifra el certificado y la segunda da la posibilidad de firmar. La primera está contenida en el propio certificado, mientras que la segunda es mantenida en secreto. La primera solamente sirve para firmar, mientras que la segunda permite firmar y descifrar al mismo tiempo.
316. Las certificaciones que expide Izenpe… Solo son válidas si van acompañadas de un certificado de autenticidad otorgado por la Administración central. Tienen plena validez administrativa y legal durante el tiempo de su vigencia. Tienen plena validez administrativa y legal en procedimientos vinculados al Gobierno Vasco y las Diputaciones Forales, y durante el tiempo de su vigencia. Tienen plena validez administrativa y legal durante un año, prorrogable en dos ocasiones más.
317. Pueden ser Autoridades de certificación… Solamente las entidades públicas vinculadas a la Administración Central del Estado. Solamente personas jurídicas con fines comerciales. Solamente aquellas personas físicas o jurídicas que estén debidamente acreditadas por el organismo oficial competente. Solamente las entidades públicas y privadas vinculadas a la Administración Central del Estado.
318. El «certificado de ciudadano» de Izenpe… Debe ser solicitado por una persona física mayor de 18 años en su propio nombre, para uso vinculado siempre a servicios públicos. Debe ser solicitado por una persona jurídica privada mayor de 16 años en su propio nombre, para uso vinculado siempre a servicios privados. Debe ser solicitado por una persona física mayor de 16 años en su propio nombre, para uso vinculado siempre a servicios públicos. Debe ser solicitado por una persona física, independientemente de su edad, en su propio nombre, para uso vinculado siempre a servicios públicos.
319. Los certificados electrónicos permiten: Firmar mensajes, pero con cierta inseguridad debido a la fragilidad de las agencias de certificación. Ocultar el cargo de la persona que está capacitada para emitir el certificado. Identificar a la persona que ha solicitado el certificado y posee la clave, así como a la organización a la que aquélla, en su caso, pertenece. Ocultar el cargo de la persona de manera que pueda firmar con seguridad y anonimato.
320. La «firma electrónica avanzada» Permite detectar cualquier cambio en los datos con anterioridad al firmado, lo cual es una desventaja en cuanto a proteger el contenido de la información. Permite detectar cualquier cambio en los datos con posterioridad al firmado, lo cual es una ventaja en cuanto a proteger el contenido de la información. Es plenamente segura, pues se puede copiar y es reproducible, aunque con cierta dificultad. Admitiremos su uso en las facturas telemáticas o por la ciudadanía, así como por parte de organismos públicos en gestiones que requieran totales seguridad y privacidad.
321. La competencia sobre educación… Está regulada en el artículo 148.1.30 CE. Es una competencia compartida entre el Estado y la CAPV. Es una competencia exclusiva del Estado según el 149.1.30 CE. Es una competencia exclusiva de la CAPV según el 149.1.30 CE.
322. De acuerdo con la legislación, la prestación del servicio público de la educación se realizará… Solamente a través de los centros públicos. A través de los centros públicos y de los centros privados concertados y no concertados. Solamente a través de los centros concertados. A través de los centros públicos y de los centros privados concertados.
323. Corresponde a los municipios cooperar con la Administración educativa... Para recoger las líneas estratégicas marcadas en el ámbito europeo con respecto a la educación y la formación para el 2025. En la creación, construcción y mantenimiento de los centros públicos docentes, así como velar por el cumplimiento de la escolaridad obligatoria. En la creación, construcción y mantenimiento solamente de los centros privados docentes, así como velar por el cumplimiento de la escolaridad obligatoria. Y establecer la programación general de la enseñanza a través de medidas de planificación dirigidas a satisfacer las necesidades educativas de la ciudadanía.
324. El Instituto Vasco de Evaluación e Investigación Educativa (ISEI-IVEI) Entre otras tareas, elabora sistemas e indicadores de evaluación para las diferentes enseñanzas no universitarias y/o ámbitos específicos y realiza investigaciones y estudios que promuevan la mejora de la calidad de la enseñanza. Solamente elabora de sistemas e indicadores de evaluación para las diferentes enseñanzas no universitarias y/o ámbitos específicos y realiza investigaciones y estudios que promuevan la mejora de la calidad de la enseñanza. Se creó en 2011 para apoyar a los centros educativos en la planificación de la enseñanza. Es una empresa privada de prospección sociológica del ámbito educativo.
325. Los modelos lingüísticos A, B y D se ofertan… En la enseñanza Infantil y Básica (que comprende la educación Primaria y la SecundariaObligatoria) y en los niveles de enseñanza postobligatorios. En la enseñanza Infantil y Básica (que comprende la educación Primaria y la SecundariaObligatoria). En los niveles de enseñanza postobligatorios únicamente. Únicamente en la educación Primaria.
326. El Consejo Escolar … Es el órgano de participación de los miembros de la comunidad escolar en el Gobierno Vasco Es el órgano de participación de los miembros de la comunidad escolar en el gobierno de los centros de la escuela pública vasca. Es el órgano de inspección de los centros de la escuela pública vasca. Es un órgano de participación de los miembros de la comunidad escolar en el gobierno de los centros de la escuela pública vasca dependiente de la dirección del centro.
327. La selección del director o directora de un centro escolar… Se realiza mediante concurso de méritos entre todo el profesorado, funcionario de carrera o no, que imparta alguna de las enseñanzas encomendadas al mismo. Se realiza de acuerdo con los principios de igualdad, privacidad, mérito y antigüedad en el centro. Se realiza de acuerdo con los principios de privacidad, mérito, igualdad y antigüedad en el centro. Se realiza mediante concurso de méritos entre el profesorado funcionario de carrera que imparta alguna de las enseñanzas encomendadas al mismo.
328. El claustro de profesores … Es un órgano colegiado es presidido por el presidente o presidenta elegido por el Consejo Escolar. Está integrado por la totalidad del profesorado que presta sus servicios en el centro y la asamblea de padres y madres. Está integrado por la totalidad del profesorado que presta sus servicios en el centro. Está integrado por la totalidad del profesorado funcionario de carrera que presta sus servicios en el centro.
329. La Jefatura de Estudios Es nombrada por la Administración educativa (Gobierno Vasco) a propuesta del director o directora del centro. Es nombrada por el equipo directivo del centro a propuesta de la Administración Educativa (Gobierno central). El nombramiento se realiza entre el profesorado del centro y la asamblea de padres y madres para el mismo periodo de mandato que el director o directora que les propone. El nombramiento se realiza para el mismo periodo de mandato que la Consejería de Educación del Gobierno Vasco.
330. Las funciones de la Secretaría Académica Consisten en la preparación de los asuntos a incluir en el orden del día de las reuniones de la Asamblea de Padres y Madres. Se limitan a la custodia las actas, expedientes y demás documentación. Consisten en presidir las reuniones del Órgano Máximo de Representación. Se realizan a través de un órgano designado por el Departamento de Educación a propuesta del director o directora del centro.
331. ¿Qué norma es la que regula los cuerpos docentes al servicio de las administraciones públicas vascas? Ley Orgánica 4/2013, de 9 de diciembre para la mejora de la calidad educativa. La Ley de la Función Pública Vasca (Ley 6/1989, de 6 de julio). La Ley Orgánica 12/2006, de 3 de mayo, de Educación. La Ley Orgánica 30/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley 2/2006.
332. Los funcionarios interinos docentes son quienes… En virtud de nombramiento y por razones de urgencia, ocupan transitoriamente plazas vacantes de plantilla en tanto no sean provistas por funcionarios docentes de carrera,o les sustituyen en el desempeño de sus puestos de trabajo en los casos de ausencia temporal. Únicamente, en virtud de nombramiento y por razones de urgencia, sustituyen a funcionarios docentes de carrera en los casos de ausencia permanente. Ocupan permanentemente plazas vacantes de plantilla cedidas por funcionarios docentes de carrera. En virtud de nombramiento y por razones de urgencia, ocupan permanentemente plazas vacantes de plantilla en tanto no sean provistas por funcionarios docentes de carrera, o les sustituyen en el desempeño de sus puestos de trabajo en los casos de ausencia permanente.
333. Los Cuerpos docentes en educación infantil y primaria son: El Cuerpo de Maestros de la Comunidad Autónoma de Euskadi, el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de la Comunidad Autónoma de Euskadi y el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de Profesores Técnicos de Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de Euskadi. El Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de la Comunidad Autónoma de Euskadi. El Cuerpo de Maestros de la Comunidad Autónoma de Euskadi (se exige estar en posesión del título de maestro y superar el correspondiente proceso selectivo) y el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de la Comunidad Autónoma de Euskadi. El Cuerpo de Maestros de la Comunidad Autónoma de Euskadi (se exige estar en posesión del título de maestro y superar el correspondiente proceso selectivo).
334. El sistema de selección del personal funcionario de carrera docente es Oposición cada 5 años. Concurso entre personal interino. Sistema de bolsas de empleo de personal laboral. El concurso-oposición, tras convocatoria pública.
335. ¿Qué determina el perfil lingüístico docente? Certifica la posesión del PL3 (enseñanza en castellano). Determina el conjunto de niveles de competencia lingüística en castellano necesarios para la provisión y el desempeño del puesto de trabajo. Determina el conjunto de niveles de competencia lingüística en euskera necesarios para la provisión y el desempeño del puesto de trabajo. Certifica la posesión del PL3 (enseñanza en inglés).
336. Heziberri 2020 es El plan del Departamento de Educación para la mejora del sistema educativo de la CAE. El plan del Departamento de Educación de Balance y previsión de la respuesta comunitaria a la evolución de la pandemia de la COVID-19 en Euskadi. El plan del Departamento de Cultura para la mejora del sistema educativo de la CAE. El plan del Ministerio de Educación para la mejora del sistema educativo de la CAE.
337. La Inspección de Educación y de la Inspección Administrativa de Servicios de la CAE Realiza el informe tras la decisión del Ministerio de Educación, Universidades e Investigación, en los proyectos y programas de los centros que se desarrollen en el marco de su autonomía pedagógica, así como su seguimiento e inspección. Se limita exclusivamente al control del cumplimiento de la normativa vigente en materia educativa, y vela por las condiciones de funcionamiento de los centros y del sistema de apoyo para el cumplimiento de los fines básicos del sistema educativo. Realiza el control del cumplimiento de la normativa vigente en materia educativa, y vela por las condiciones de funcionamiento de los centros y del sistema de apoyo para el cumplimiento de los fines básicos del sistema educativo, entre otras funciones. Establece el número total de miembros del Consejo Escolar y su distribución (dentro de los límites que establece la Ley de Escuela Pública Vasca).
338. El artículo 2 de la Ley de la Escuela Pública Vasca reconoce a los centros educativos… La autonomía de creación, inspección y de gestión. La autonomía de organización, inspección, contratación y de gestión. La autonomía de organización, pedagógica y de gestión. La autonomía de creación, cese y de gestión.
339. En la nueva Ley 3/2020 de 29 de diciembre, las enseñanzas mínimas en las Comunidades Autónomas con lengua cooficial se establecerán de la siguiente manera: El Estado fija el 45% de las competencias curriculares. Y las Comunidades Autónomas el restante 55%. El Estado fija el 40% de las competencias curriculares. Y las Comunidades Autónomas el restante 60%. El Estado fija el 50% de las competencias curriculares. Y las Comunidades Autónomas el restante 50%. El Estado fija el 60% de las competencias curriculares. Y las Comunidades Autónomas el restante 40%.
340. Los centros privados concertados deben cumplir el requisito de… Ofrecer enseñanzas de pago y satisfacer las necesidades de escolarización que debe garantizar la empresa adjudicataria para tal labor. Ofrecer enseñanzas gratuitas reconocidas y satisfacer las necesidades de escolarización que debe garantizar la Administración. Ofrecer enseñanza de religión reconocidas y satisfacer las necesidades de escolarización que debe garantizar la Iglesia Católica. Ofrecer enseñanzas gratuitas reconocidas y satisfacer las necesidades de escolarización que debe garantizar la empresa adjudicataria para tal labor.
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