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Pr......esi......y.......Ple............no

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Título del Test:
Pr......esi......y.......Ple............no

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LBRL REGIMENO

Fecha de Creación: 2025/04/18

Categoría: Idiomas

Número Preguntas: 27

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a) La organización de la Diputación. Pleno y delegable. Pleno y no delegable. Presidente y delegable. Presidente y no delegable.

b) La aprobación de las ordenanzas. Pleno y delegable. Pleno y no delegable. Presidente y delegable. Presidente y no delegable.

c) La aprobación y modificación de los Presupuestos, la disposición de gastos dentro de los límites de su competencia y la aprobación provisional de las cuentas; todo ello de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Pleno y delegable. Pleno y no delegable. Presidente y delegable. Presidente y no delegable.

d) La aprobación de los planes de carácter provincial. Pleno y delegable. Pleno y no delegable. Presidente y delegable. Presidente y no delegable.

e) El control y la fiscalización de los órganos de gobierno. Pleno y delegable. Pleno y no delegable. Presidente y delegable. Presidente y no delegable.

f) La aprobación de la plantilla de personal, la relación de puestos de trabajo, la fijación de la cuantía de las retribuciones complementarias fijas y periódicas de los funcionarios, y el número y régimen del personal eventual. Pleno y delegable. Pleno y no delegable. Presidente y delegable. Presidente y no delegable.

g) La alteración de la calificación jurídica de los bienes de dominio público. Pleno y delegable. Pleno y no delegable. Presidente y delegable. Presidente y no delegable.

h) El planteamiento de conflictos de competencias a otras Entidades locales y demás Administraciones públicas. Pleno y delegable. Pleno y no delegable. Presidente y delegable. Presidente y no delegable.

i) El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la Corporación en materias de competencia plenaria. Pleno y delegable. Pleno y no delegable. Presidente y delegable. Presidente y no delegable.

j) La declaración de lesividad de los actos de la Diputación. Pleno y delegable. Pleno y no delegable. Presidente y delegable. Presidente y no delegable.

k) La concertación de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada en el ejercicio económico exceda del 10 por 100 de los recursos ordinarios, salvo las de tesorería, que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15 por 100 de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Pleno y delegable. Pleno y no delegable. Presidente y delegable. Presidente y no delegable.

ñ) Aquellas atribuciones que deban corresponder al Pleno por exigir su aprobación una mayoría especial. Pleno y delegable. Pleno y no delegable. Presidente y delegable. Presidente y no delegable.

a) Dirigir el gobierno y la administración de la provincia. Pleno y delegable. Pleno y no delegable. Presidente y delegable. Presidente y no delegable.

b) Representar a la Diputación. Pleno y delegable. Pleno y no delegable. Presidente y delegable. Presidente y no delegable.

c) Convocar y presidir las sesiones del Pleno, salvo los supuestos previstos en la presente Ley y en la legislación electoral general, de la Junta de Gobierno y cualquier otro órgano de la Diputación, y decidir los empates con voto de calidad. Pleno y delegable. Pleno y no delegable. Presidente y delegable. Presidente y no delegable.

d) Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras cuya titularidad o ejercicio corresponde a la Diputación Provincial. Pleno y delegable. Pleno y no delegable. Presidente y delegable. Presidente y no delegable.

e) Asegurar la gestión de los servicios propios de la Comunidad Autónoma cuya gestión ordinaria esté encomendada a la Diputación. Pleno y delegable. Pleno y no delegable. Presidente y delegable. Presidente y no delegable.

f) El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado, disponer gastos dentro de los límites de su competencia, concertar operaciones de crédito, con exclusión de las contempladas en el artículo 158.5 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, siempre que aquéllas estén previstas en el Presupuesto y su importe acumulado dentro de cada ejercicio económico no supere el 10 por 100 de sus recursos ordinarios, salvo las de tesorería que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento no supere el 15 por 100 de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior, ordenar pagos y rendir cuentas ; todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Pleno y delegable. Pleno y no delegable. Presidente y delegable. Presidente y no delegable.

g) Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno, aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo y distribuir las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas. Pleno y delegable. Pleno y no delegable. Presidente y delegable. Presidente y no delegable.

h) Desempeñar la jefatura superior de todo el personal, y acordar su nombramiento y sanciones, incluida la separación del servicio de los funcionarios de la Corporación y el despido del personal laboral, dando cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre. Esta atribución se entenderá sin perjuicio de lo previsto en el artículo 99.1 y 3 de esta Ley. Pleno y delegable. Pleno y no delegable. Presidente y delegable. Presidente y no delegable.

i) El ejercicio de las acciones judiciales y administrativas y la defensa de la Diputación en las materias de su competencia, incluso cuando las hubiere delegado en otro órgano, y, en caso de urgencia, en materias de la competencia del Pleno, en este último supuesto dando cuenta al mismo en la primera sesión que celebre para su ratificación. Pleno y delegable. Pleno y no delegable. Presidente y delegable. Presidente y no delegable.

j) La iniciativa para proponer al Pleno la declaración de lesividad en materia de la competencia del Presidente. Pleno y delegable. Pleno y no delegable. Presidente y delegable. Presidente y no delegable.

l) La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el Presupuesto. Pleno y delegable. Pleno y no delegable. Presidente y delegable. Presidente y no delegable.

Decidir empates con voto de calidad. Pleno y delegable. Pleno y no delegable. Presidente y delegable. Presidente y no delegable.

¿Que 4 cosas puede delegar el PLENO DE LA DIPUTACIÓN EN EL PRESIDENTE Y LA COMISIÓN DE GOBIERNO que son exactamente iguales que lo que puede delegar el Pleno del Ayuntamiento en el Alcalde? y que ¿¿OTRA COSA PUEDE DELEGAR EL PLENO DE LA DIPUTACIÓN QUE EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO NO PUEDE??.

m) La aprobación de los proyectos de obra y de servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y cuando aún no estén previstos en los Presupuestos. Pleno y delegable. Pleno y no delegable. Presidente y delegable. Presidente y no delegable.

ALTERACIÓN DE LA CALIFICACIÓN JURÍDICA DE LOS BIENES DE DOMINIO PÚBLICO como competencia plenaria. PLENO DE LA DIPUTACIÓN. PLENO DEL AYUNTAMIENTO.

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