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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEPREGUNTAS PEC CIVIL 1.2 FAMILIA

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Título del test:
PREGUNTAS PEC CIVIL 1.2 FAMILIA

Descripción:
PREGUTAS PEC

Autor:
lgarcia30
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Fecha de Creación:
26/04/2022

Categoría:
UNED

Número preguntas: 96
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Temario:
El acto de reconocimiento de paternidad puede ser revocado, según lo establecido en el Código Civil verdadero Falso.
El pacto de cláusula penal específica por incumplimiento de promesa de matrimonio es exigible jurídicamente a mayores de edad, pero no a menores emancipados verdadero falso.
No está permitido casarse con un pariente por afinidad, salvo dispensa concedida por el juez con justa causa verdadero falso.
Las donaciones por razón del matrimonio se entienden válidas por el mero hecho de otorgarse, aunque no se hayan aceptado expresamente por los donatarios verdadero falso.
En régimen económico de separación de bienes, a falta de acuerdo, la contribución de los cónyuges al sostenimiento de las cargas del matrimonio se hará por mitad verdadero falso.
El incumplimiento sin causa de la promesa de contraer matrimonio, hecha por mayor de edad o por menor emancipado, genera la obligación de indemnizar los daños morales verdadero falso.
En régimen de gananciales, los acreedores podrán pedir el embargo de bienes gananciales, si el patrimonio privativo del cónyuge deudor es insuficiente para cubrir todas sus deudas privativas verdadero falso.
En evitación de una posible supremacía de un cónyuge sobre el otro, un cónyuge puede vender bienes al otro cónyuge, pero no donarle inmuebles verdadero falso.
Si los padres viven separados, sean casados o no casados, la patria potestad se ejercerá por aquel con quien el hijo conviva, según el art.156.5 C.C. verdadero falso.
La separación de hecho es también inscribible en el Registro Civil verdadero falso.
Los cónyuges son parientes. verdadero falso.
El derecho de alimentos tiene carácter personalísimo y recíproco verdadero falso.
La venta de un bien ganancial por parte de un solo cónyuge sin el consentimiento del otro es nula verdadero falso.
Un menor de edad que tenga 15 años puede contraer matrimonio siempre que concurran dispensa judicial en atención al principio del superior interés del menor y consentimiento expreso de los progenitores verdadero falso.
Los frutos y ganancias de los patrimonios privativos tendrán carácter ganancial, cuando el régimen establecido, sea el de gananciales verdadero falso.
En las capitulaciones matrimoniales se podrán incluir todo tipo de cláusulas o estipulaciones, sin ningún tipo de limitación, pues son acuerdos de los cónyuges verdadero falso.
Cualquiera de los cónyuges puede realizar actos de administración y de disposición recayentes sobre los bienes gananciales de forma aislada e individual verdadero falso.
El reconocimiento de la filiación sólo puede ser llevada a cabo por el padre y en ningún caso por la madre verdadero falso.
Los frutos de los bienes de los menores podrán ser destinados por los padres al levantamiento de las “cargas familiares” verdadero falso.
La sociedad legal de gananciales se disuelve de pleno derecho solo cuando se declare el divorcio verdadero falso.
En nuestro Derecho vigente, el parentesco adoptivo y consanguíneo se hayan absolutamente equiparado verdadero falso.
La patria potestad, una vez perdida, es irrecuperable. verdadero falso.
La pensión compensatoria en caso de divorcio no podrá ser asignada al cónyuge culpable verdadero falso.
El juez puede dispensar el impedimento de edad con justa causa, a partir de los catorce años, siempre que los padres o guardadores presten su consentimiento verdadero falso.
El matrimonio en peligro de muerte se entiende condicional mientras no se acredita legalmente que los contrayentes no estaban ya vinculados con matrimonio anterior con otra persona verdadero falso.
En el caso de que la tutela sea desempeñada por un único tutor, siempre tendrán preferencia los padres sobre el designado por el proprio tutelado verdadero falso.
En los casos de mutuo acuerdo de separación y divorcio, el convenio regulador no siempre es perceptivo verdadero falso.
La redacción actual del Código Civil ha erradicado, por fin, la distinción entre hermanos uterinos y consanguíneos a efectos de alimentos verdadero falso.
Los bienes comprados a plazos por uno de los cónyuges antes de comenzar la sociedad tendrán siempre carácter privativo, aunque la totalidad o parte del precio aplazado se satisfaga con dinero ganancial verdadero falso.
Los abuelos no tienen derecho de visita o de comunicar con los nietos pues no son parte del procedimiento de separación o divorcio verdadero falso.
La sentencia judicial no es requisito del divorcio, pues existe también “el divorcio de hecho" verdadero falso.
La separación legal de los cónyuges conlleva la disolución de pleno derecho de la sociedad de gananciales, mientras que la separación de hecho no conlleva la disolución automática de la sociedad de gananciales verdadero falso.
La adopción extingue la tutela del menor de edad, tutelado verdadero falso.
Se presumen privativos los bienes existentes en el matrimonio mientras no se pruebe que pertenecen a la sociedad de gananciales verdadero falso.
El cónyuge que aporte bienes privativos para gastos/pagos de la sociedad de gananciales tendrá derecho a ser "reintegrado" del valor con cargo al patrimonio común verdadero falso.
Al liquidarse la sociedad de gananciales, el cónyuge que viniese ejerciendo su profesión en un local de naturaleza ganancial, tiene derecho a que dicho local se incluya con preferencia en su haber verdadero falso.
Solo los bienes gananciales de los cónyuges están sujetos al levantamiento de las cargas familiares verdadero falso.
La separación matrimonial judicial exige siempre conformidad de los cónyuges verdadero falso.
Las obligaciones de los progenitores frente a los hijos menores de edad varían dependiendo de si los progenitores están casados entre sí o están unidos por unión de hecho verdadero falso.
Los bienes de los cónyuges "no" están sujetos al levantamiento de las cargas del Matrimonio, siendo solo los bienes gananciales los que "responden" frente a las cargas verdadero falso.
La sociedad legal de gananciales se disuelve de pleno derecho solo cuando se declare el divorcio verdadero falso.
En el régimen de separación de bienes, los cónyuges contribuirán al sostenimiento de las cargas del matrimonio de manera proporcional a sus propios recursos, salvo pacto en contrario verdadero falso.
Se considera bien ganancial, la renta obtenida por el alquiler de un piso privativo de uno de los cónyuges verdadero falso.
En los supuestos de vicios en el consentimiento a la hora de contraer matrimonio, cabe la convalidación del matrimonio celebrado verdadero falso.
Los menores de edad no emancipados y no sometidos a la patria potestad, podrán estar sometidos a tutela o curatela indistintamente según establece nuestro ordenamiento vigente verdadero falso.
La donación de inmuebles entre cónyuges está prohibida verdadero falso.
En las capitulaciones matrimoniales podríamos llevar a cabo también el reconocimiento de un hijo prematrimonial. verdadero falso.
La disolución del matrimonio por divorcio es un supuesto de nulidad matrimonial verdadero falso.
Como regla general, tendrá naturaleza ganancial, las mejoras o incrementos de valor que a lo largo de la convivencia matrimonial puedan experimentar cualquier tipo de bienes verdadero falso.
Cuando hablamos de cargas del matrimonio se hace referencia a los gastos en la educación e instrucción de los hijos, asistencia sanitaria de cónyuges e hijos, y la atención del hogar familiar verdadero falso.
Cuando la filiación está determinada respecto de ambos progenitores, estos pueden decidir de común acuerdo, el orden de transmisión de su respectivo primer apellido en escritura pública otorgada ante notario verdadero falso.
El convenio regulador hay que aportar en los procesos de separación y divorcio que no sean de mutuo acuerdo verdadero falso.
El deber de convivencia entre cónyuges es una obligación que puede imponerse coactivamente verdadero falso.
El derecho de alimentos regulado en los artículos 142 153 del código civil, no solo alcanza los familiares contemplados legalmente si no cualquiera otro en ausencia de los contemplados por la ley verdadero falso.
El divorcio requiere el consentimiento de los dos cónyuges para solicitarlo verdadero falso.
El incumplimiento sin causa de la promesa de matrimonio da lugar a la obligación de indemnizar a la otra parte por daño moral verdadero falso.
El levantamiento de las cargas del matrimonio está condicionado al régimen económico matrimonial que rija entre los cónyuges verdadero falso.
El matrimonio celebrado con posterioridad a la adopción, no permite, al cónyuge, la adopción de los hijos de su consorte verdadero falso.
El matrimonio nulo no es susceptible de convalidación en ningún caso verdadero falso.
El matrimonio nulo puede ser susceptible de convalidación verdadero falso.
El parentesco entre hermanos, ya de consanguinidad, ya de adopción, es parentesco colateral de primer grado verdadero falso.
El reconocimiento de la filiación extramatrimonial debe ser un acto expreso e incondicional verdadero falso.
El reconocimiento de la filiación extramatrimonial es revocable si el reconocedor, tras realizarlo, tuviera nuevos hijos, ya sean matrimoniales o extramatrimoniales verdadero falso.
En capitulaciones matrimoniales podrán los cónyuges modificar, estipular o sustituir el régimen económico de su matrimonio, o cualesquiera otras disposiciones por razón del mismo, cómo son donaciones por razón de matrimonio o pactos en relación al tercio de mejora hereditaria verdadero falso.
En el caso de declaración de fallecimiento, si el declarado fallecido aparece, su matrimonio volverá a tener validez verdadero falso.
En la sociedad de gananciales, se presumen gananciales los bienes existentes en el matrimonio mientras no se pruebe que pertenecen privativamente a uno de los cónyuges verdadero falso.
En régimen de separación de bienes, cuando no sea posible acreditar a cuál de los cónyuges pertenece algún bien o derecho, se considera integrado en una masa común conyugal que se regirá en cuanto a su administración y disposición por las normas de la sociedad de gananciales verdadero falso.
En régimen de separación de bienes, el trabajo para la casa se computa como contribución a las cargas del matrimonio verdadero falso.
Frente acreedores, no responden directamente los bienes gananciales por las deudas contraídas por uno solo de los cónyuges en el ejercicio de la potestad doméstica verdadero falso.
La Constitución no contiene ningún artículo relativo a la investigación de la paternidad verdadero falso.
La Constitución establece la absoluta igualdad ante la ley entre hijos matrimoniales y extramatrimoniales verdadero falso.
La falta de consentimiento matrimonial cuanto el consentimiento es viciado es exactamente lo mismo verdadero falso.
La investigación de la paternidad requiere que la consienta el padre investigado verdadero falso.
La obligación que pesa sobre los cónyuges respecto al levantamiento de las cargas del matrimonio, puede ser objeto de pacto verdadero falso.
La separación judicial requiere que exista una causa para solicitarla verdadero falso.
La separación legal de los cónyuges no es supuesta de disolución ipso Iure de la sociedad de gananciales verdadero falso.
La separación y el divorcio una vez firme la sentencia producen la disolución o extinción del Vínculo existente entre los cónyuges verdadero falso.
La tutela, se ejercerá siempre y sin salvedades, por un sólo tutor verdadero falso.
Las capitulaciones matrimoniales deben realizarse antes de contraer matrimonio verdadero falso.
Las capitulaciones matrimoniales tienen carácter contractual verdadero falso.
Las donaciones entre cónyuges están permitidas únicamente si son en interés de la familia verdadero falso.
Las donaciones por razón de matrimonio, no pueden ser revocados verdadero falso.
Los bienes heredados por cualquiera de los cónyuges en régimen de gananciales, tendrán carácter ganancial verdadero falso.
Los cónyuges pueden actuar en representación del otro, aunque dicha representación no la haya sido conferida verdadero falso.
Los esponsales o promesa de matrimonio no obligan a contraer matrimonio verdadero falso.
Los muebles comprados a plazos por uno de los cónyuges antes de empezar la sociedad tendrán siempre carácter privativo, aunque la totalidad o parte del precio aplazado se satisfaga con dinero ganancial verdadero falso.
No son de cargo de la sociedad de gananciales los gastos de alimentación y educación de los hijos de uno solo de los cónyuges que no conviven en el hogar familiar, aunque deban ser sufragados por la sociedad de gananciales verdadero falso.
Se consideran gananciales, los bienes adquiridos por derecho de retracto perteneciente a uno solo de los cónyuges, si los cónyuges se rigen por la sociedad de gananciales verdadero falso.
Según artículo 178 del código civil, la adopción produce la extinción de los vínculos jurídicos entre el adoptado y su familia de origen sin excepciones verdadero falso.
Tanto el divorcio como la separación conyugal disuelven el matrimonio verdadero falso.
Una persona puede casarse con el hijo que no sea común de su ex cónyuge verdadero falso.
Nuestro Código Civil, otorga la posibilidad de adoptar a parientes colaterales en segundo grado ya sean consanguíneos o afines verdadero falso.
De las deudas de juego contraídas por uno solo de los cónyuges no responden los bienes de la sociedad de gananciales verdadero falso.
Sólo excepcionalmente, y con precisas condiciones establecidas en el Código Civil, puede adoptarse a un menor emancipado verdadero falso.
Si la causa de nulidad del matrimonio es la falta de edad, el Ministerio Fiscal es, mientras el contrayentes sea menor, el único facultado para instar la acción de nulidad verdadero falso.
Cualquiera de los cónyuges podrá realizar los actos encaminados a atender las necesidades ordinarias de la familia, encomendadas a su cuidado, conforme al uso del lugar y a las circunstancias de la misma verdadero falso.
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