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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEPROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO: P. ORDINARIO

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Título del test:
PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO: P. ORDINARIO

Descripción:
TEMA 19/22_AUXILIO/TRAMITACIÓN

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
21/02/2017

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 20
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Carluk ( hace 5 años )
Cuando el recurso se inicie por demanda contra una disposición general, acta o inactividad, o vía de hecho en que no existan terceros interesados. ¿Qué requisito exige la ley que ha de cumplir la demanda, además de concretar la disposición impugnada? la respuesta correcta es "Se razonará su disconformidad a Derecho" art 45.5 LJCA
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Temario:
1. ¿ En qué plazo deberán personarse los interesados como demandados en el proceso Contencioso-Administrativo? En el plazo de 10 días En el plazo de 9 días En el plazo que se les conceda En el plazo de 15 días.
2. Si los demandados no se personaran en el plazo de emplazamiento, ¿podrán personarse en algún momento? Si lo hicieran posteriormente, se les tendrá por parte para los trámites no precluidos. Podrán hacerlo antes del período de pruebas. Podrán hacerlo antes de la contestación. Podrán hacerlo en cualquier momento posterior iniciándose otra vez el procedimiento.
3. Recibido por el Juzgado o Sala de lo Contencioso-Administrativo el escrito de interposición del recurso, ¿Qué es lo primero que deberá hacer? El LAJ reclamará el expediente administrativo. El LAJ examinará de oficio la validez de la comparecencia. El LAJ examinará que se acompaña el poder del Procurador. El LAJ ordenará publicar edictos.
4. En el caso de actos presuntos, el plazo para interponer la demanda será de: 6 meses 2 meses 3 meses No existe plazo.
5. Cuando sea la Admón. la que interponga recurso Contencioso-Administrativo por declaración de lesivida.¿Desde cuándo se contará el plazo de interposición? Desde que la lesividad se publique en el BOE. Desde el día siguiente a la declaración de lesividad. Desde el día siguiente a la publicación en el BOE. Desde que lo autorice el Consejo de Ministro.
6. En los litigios entre Administraciones públicas qué requisito es necesario: Recurso ordinario administrativo Formular reclamación previa No es necesario interponer recurso en vía administrativa Requerimiento previo.
7. Como regla general, la publicación del anuncio de interposición del recurso contencioso-Administrativo, en el período oficial que proceda se hace: Siempre de oficio A petición del Ministerio Fiscal A solicitud del recurrente A solicitud del demandante.
8. ¿Cómo se emplaza a la Administración en el recurso contencioso-Administrativo? Personalmente Mediante cédula de emplazamiento Por reclamación del expediente Por medio de exhorto.
9. A qué efectos se realiza la notificación por la Administración a los interesados: Simplemente para que tenga conocimiento. Emplazarles. Citarles ante el órgano jurisdiccional. Requerirles para que se personen en el recurso.
10. En el recurso contra una vía de hecho en que no existan terceros interesados, ¿Qué plazo se concede a los que tengan un interés legítimo para personarse? No existe plazo 20 días 9 días 15 días.
11. La Administración podrá remitir el expediente administrativo: Por copia autentificada u original. Siempre original. Original o copia. Siempre por copia autentificada.
12. EL plazo para contestar a la demanda será: 10 días 20 días 30 días 15 días.
13. Si no se solicita la celebración de vista en los escritos de demanda y contestación.¿Cuándo podrá solicitarse? En cualquier momento. Al solicitarse el recibimiento de prueba Terminada la fase de alegaciones Una vez concluso el período de prueba.
14. El plazo de práctica de prueba en el recurso contencioso-Administrativo, será de: 15 días 30 días para practicar 20 días para proponer y otros tantos para practicar El que fije el Tribunal.
15. En el documento por el que se inicie el recurso contencioso-Administrativo, cuando no sea por demanda: Se solicitará ya el recibimiento a prueba. Se solicitará la celebración de vista. Se solicitará que se tenga por interpuesto el recurso. Todas son ciertas.
16. El recurso contencioso-Administrativo, se interpondrá generalmente por medio de: Demanda Papeleta de demanda reducida a citar las dispposición, acto, inactividad o actuación constitutiva de vía de hecho que le impugne y a solicitar que se tenga por interpuesto el recurso, salvo cuando esta Ley disponga otra cosa. Por medio de escrito reducido a citar las disposición, acto, inactividad o actuación constitutiva de vía de hecho que le impugne y a solicitar que se tenga por interpuesto el recurso, salvo cuando esta Ley disponga otra cosa. Planteando conciliación.
17. ¿En qué plazo deberá la Administración remitir al órgano judicial el expediente administrativo? 15 días a contar desde que la comunicación judicial tenga entrada en el registro general del órgano requerido. 20 días a contar desde que la comunicación judicial tenga entrada en el registro general del órgano requerido 12 días a contar desde que la comunicación judicial tenga entrada en el registro general del órgano requerido. 10 días a contar desde que la comunicación judicial tenga entrada en el registro general del órgano requerido.
18. En el recurso dirigido contra una disposición general, acto o inactividad o vía de hecho en que no existan interesados se iniciará: Por medio de escrito en que concretará la disposición, acto o conducta impugnados y se razonará su disconformidad a Derecho. Por demanda en que concretará la disposición, acto o conducta impugnados y se razonará su disconformidad a Derecho. Podrá iniciarse por demanda en que concretará la disposición, acto o conducta impugnados y se razonará su disconformidad a Derecho. Se anunciará previamente concretando la disposición, acto o conducta impugnados y se razonará su disconformidad a Derecho.
19. Una vez impuestas las tres multas que prevé la Ley por la no remisión del Expediente Administrativo: Se podrán imponer dos multas más. Se pueden imponer tres multas más. No existe ningún límite máximo en cuanto a nuevas multas. No se pueden imponer más de tres multas.
20. Cuando el recurso se inicie por demanda contra una disposición general, acta o inactividad, o vía de hecho en que no existan terceros interesados. ¿Qué requisito exige la ley que ha de cumplir la demanda, además de concretar la disposición impugnada? Se razonará el suplico de la demanda. Se razonará su disconformidad a Derecho. Se razonará la causa de interposición del recurso. Se razonará el perjuicio que causa la disposición.
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