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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEProcedimientos Tributarios CCJJ

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Título del test:
Procedimientos Tributarios CCJJ

Descripción:
Autoevaluación T.3

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
29/10/2020

Categoría:
UNED

Número preguntas: 33
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Temario:
El Centro Directivo de la gestión recaudatoria encomendada a la Agencia Estatal de Administración Tributaria es: el Departamento de Recaudación. la Delegación de la Agencia. la Dependencia de Recaudación de las Delegaciones de la Agencia. la Delegación Especial de la Agencia.
Los Bancos, Cajas de Ahorro y Cooperativas de Crédito que desempeñan el servicio de Caja en las Delegaciones y Administraciones de la Agencia ¿tienen el carácter de órganos recaudadores? : sí. no. a veces.
¿Las Entidades de depósito que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tienen el carácter de órganos recaudadores? : sí. no. a veces.
¿El ingreso efectuado en las Entidades de depósito que actúan como colaboradoras en la recaudación de los tributos tiene efecto liberatorio para el obligado? sí, lo tiene. no lo tiene en ningún caso. sólo tendrá efecto liberatorio cuando esas Entidades trasladan las sumas recibidas a la Hacienda Pública.
Por regla general, el plazo voluntario de ingreso de las deudas tributarias resultantes de liquidaciones practicadas por la Administración se iniciará a partir de la fecha de la notificación y se extenderá: durante un plazo de quince días. según se haya notificado en la primera quincena o entre los días 16 y último del mes, hasta el día 20 del mes siguiente o hasta el día 5 del segundo mes posterior, respectivamente, o inmediato hábil posterior. según se haya notificado en la primera o en la segunda quincena del mes, hasta el día 5 o el 20, respectivamente, del mes siguiente, o inmediato hábil posterior.
El objeto del ingreso tributario: es, en todo caso, una suma de dinero, pese a que en ocasiones se utilicen efectos timbrados o se cumpla la prestación entregando un bien. no siempre es una suma de dinero. depende del tributo que se trate.
En el pago de deudas tributarias en período voluntario: no se admite el pago parcial sino que se debe ingresar la totalidad de la deuda. se admite el pago parcial de la deuda. el pago parcial solo es posible si lo admite el Departamento de Recaudación.
¿El cobro de una deuda tributaria de vencimiento posterior extingue las anteriores y el derecho de la Administración a exigirlas? siempre. nunca. depende de si nos encontramos en período voluntario o ejecutivo.
Durante el periodo voluntario: el deudor de varias deudas tributarias podrá, al realizar el pago, imputarlo a aquella o aquellas deudas que libremente determine. el pago se aplicará a las diversas deudas tributarias del sujeto por orden de mayor a menor antigüedad. el pago se aplicará a las diversas deudas tributarias del sujeto por orden de menor a mayor antigüedad.
La solicitud del pago en especie a través de la entrega de bienes del Patrimonio Histórico español: debe ser siempre aceptada por la Administración tributaria. puede ser rechazada por la Administración. debe ser a propuesta de la Administración, no cabe la solicitud del obligado.
El Reglamento General de Recaudación admite el pago de la deuda por cualquier tercero no obligado: cuando lo conozca y apruebe el obligado al pago. cuando lo conozca el obligado al pago, aunque no lo apruebe. ya lo conozca y lo apruebe, ya lo ignore el obligado al pago.
De acuerdo con lo previsto en el Reglamento General de Recaudación, el tercero que realizó el pago sin estar obligado a ello: en ningún caso estará legitimado para ejercitar ante la Administración los derechos que correspondan al obligado al pago. podrá ejercer, frente al obligado tributario, las prerrogativas con que cuenta la Administración para el cobro de sus créditos. no es posible el pago por tercero.
Señale cuál de las siguientes proposiciones es CORRECTA: No se devengan intereses de demora en caso de aplazamiento y fraccionamiento del pago. No se devengan intereses de demora en caso de suspensión de una liquidación administrativa objeto de impugnación. No se exigirán los intereses de demora devengados desde el inicio del período ejecutivo, cuando la deuda tributaria se ingrese una vez transcurrido el período de ingreso voluntario pero antes de la notificación de la providencia de apremio.
Señale cuál de las siguientes proposiciones es CORRECTA: No se devengan intereses de demora en caso de presentación de la autoliquidación y simultáneo ingreso de la deuda tributaria, sin requerimiento previo, dentro de los doce meses siguientes al término del plazo voluntario de presentación e ingreso. No se devengan intereses de demora en caso de aplazamiento y fraccionamiento del pago. No se devengan intereses de demora en caso de suspensión obtenida al impugnar una liquidación administrativa.
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley General Tributaria, el interés de demora tributario será el interés legal del dinero [vigente a lo largo del período en que aquél se devengue]: incrementado en un 25 por 100, sin que la Ley de Presupuestos Generales del Estado pueda establecer otro diferente. incrementado en un 25 por 100, salvo que la Ley de Presupuestos Generales del Estado establezca otro diferente. reducido en un 25 por 100, salvo que la Ley de Presupuestos Generales del Estado establezca otro diferente. será el 20 por 100 en todo caso.
De acuerdo con lo previsto en el art.27.2 LGT, los ingresos correspondientes a autoliquidaciones presentadas, sin requerimiento previo, una vez transcurridos doce meses desde el término del plazo voluntario de ingreso: sufrirán un recargo del 20 por 100, con exclusión de los intereses de demora, pero no de las sanciones que correspondan. sufrirán un recargo de apremio del 15 por 100 en todo caso. sufrirán un recargo del 20 por 100, con exclusión de las sanciones que en otro caso hubieran podido exigirse, pero no de los intereses de demora.
Un sujeto pasivo presenta, sin requerimiento previo, una autoliquidación dentro de los tres meses siguientes al término del plazo voluntario, no efectuando simultáneamente el ingreso de la deuda tributaria. Señale cuál de las siguientes proposiciones es CORRECTA: Se aplicará el recargo de prórroga del 5 por 100 previsto en el art.27 LGT, así como el recargo ejecutivo previsto en el art.28 de la misma Ley. Se aplicará el recargo de prórroga del 5 por 100 previsto en el art.27 LGT, pero no el recargo ejecutivo previsto en el art.28 de la misma Ley. Se aplica un recargo de prórroga del 15 por 100, el recargo de apremio previsto en la Ley General Tributaria, los intereses de demora y las sanciones que procedan. Se devengan intereses de demora y se impondrán las correspondientes sanciones, sin que proceda la aplicación de recargo alguno.
El título que inicia el procedimiento de apremio y que tiene la misma fuerza ejecutiva que la sentencia judicial para proceder contra los bienes y derechos de los obligados al pago es: la providencia del apremio. la liquidación definitiva. la certficación de descubierto.
Señale cuál de las siguientes circunstancias NO es motivo de oposición contra la procedencia de la vía de apremio, de acuerdo con lo previsto en el art.167 de la Ley General Tributaria: pago o extinción de la deuda. error de derecho en la liquidación girada por la Administración. falta de notificación de la liquidación.
De acuerdo con lo previsto en la Ley General Tributaria, si una deuda tributaria liquidada por la Administración y no ingresada en el período de pago voluntario se satisface antes de que haya sido notificada al deudor la providencia de apremio: se devengará un recargo del 10 por 100 del importe de la deuda no ingresada. se aplicará un recargo del 5 por 100. no se aplicará recargo alguno.
Desatendida por el deudor la providencia de apremio y no ingresada la deuda apremiada en los plazos correspondientes, el procedimiento de apremio se sigue a través de diversas fases o actuaciones que se estructuran u ordenan del siguiente modo: 1ª. Embargo de bienes del deudor. 2ª. Valoración de los bienes. 3ª. Enajenación de los bienes. 4ª. Aplicación e imputación de la suma obtenida. 1ª. Valoración de bienes del deudor. 2ª. Embargo de los bienes. 3ª. Aplicación e imputación de la suma obtenida. 4ª. Enajenación de los bienes. 1ª. Embargo de los bienes del deudor. 2ª. Enajenación de los bienes. 3ª. Valoración de los bienes. 4ª. Aplicación e imputación de la suma obtenida.
La diligencia de embargo debe notificarse siempre: de forma simultánea a la práctica del embargo. con anterioridad a la práctica del embargo. ninguna de las respuestas anteriores es correcta.
La tercería de mejor derecho [interpuesta en oposición al procedimiento de apremio]: se basa en la existencia de un crédito preferente al perseguido en el procedimiento de apremio. se basa en el dominio del tercero sobre los bienes embargados al deudor. sólo se puede interponer por los responsables solidarios.
Los ingresos correspondientes a autoliquidaciones presentadas, sin requerimiento previo, dentro de los tres meses siguientes al término del plazo voluntario de ingreso: sufrirán un recargo del 10 por 100, con exclusión de los intereses de demora, pero no de las sanciones que correspondan. sufrirán un recargo de apremio del 5 por 100 en todo caso. sufrirán un recargo único del 5 por 100, con exclusión del interés de demora y de las sanciones que, en otro caso, hubieran podido exigirse.
En los casos de ejecución forzosa en que se hubieran acumulado varias deudas tributarias del mismo sujeto pasivo procedentes de la Hacienda Pública estatal y no pudieran satisfacerse totalmente, la Administración aplicará el pago a las deudas [si el ingreso realizado no resulta suficiente para cubrir en su totalidad las deudas tributarias pendientes, este ingreso se aplicará a las deudas]: por orden de mayor a menor antigüedad. por orden de menor a mayor antigüedad. según la libre elección del deudor.
Cuando se hayan acumulado varias deudas tributarias, unas procedentes de tributos de la Hacienda pública estatal y otras de tributos a favor de otras Entidades, tendrán preferencia para su cobro: las primeras, salvo determinados supuestos de prelación o afectación. las segundas en todo caso. ninguna, no existe tal preferencia.
¿Pueden los órganos de recaudación solicitar a los obligados documentos con transcendencia tributaria?: Sí. No, solo pueden hacerlo los de inspección. Sólo cuando investigan actividades económicas.
De acuerdo con el orden previsto en el art. 169.2 LGT ¿cuál de estos bienes o derechos será el primero en ser embargado?: Bienes inmuebles. Intereses, rentas y frutos de toda especie. Sueldos, salarios y pensiones.
¿Cabe en el procedimiento de apremio la adjudicación directa?: NO es posible. Sólo cuando ha quedado desierta la subasta. Las respuestas anteriores son incorrectas.
El pago de la deuda a los veintidós días de recibir la providencia de apremio determina el devengo de un: Recargo de apremio del 20 por 100. Recargo de apremio reducido del 10 por 100. Recargo ejecutivo del 5 por 100.
El pago de la deuda a los dos días de recibir la providencia de apremio determina el devengo de un: Recargo de apremio del 20 por 100. Recargo ejecutivo del 5 por 100. Recargo de apremio reducido 10 por 100.
Si la notificación de la providencia de apremio se realiza en la primera quincena del mes el plazo de pago será hasta: el día 5 del mes siguiente. el día 20 de ese mes. el día 20 del mes siguiente.
Si la notificación de la liquidación en período voluntario se realiza en la segunda quincena del mes el plazo de pago será hasta: el día 5 del mes siguiente. el día 5 del segundo mes posterior. el día 20 del mes siguiente.
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