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Título del Test:
procesal civil

Descripción:
PEC ENERO 2026

Fecha de Creación: 2026/01/17

Categoría: UNED

Número Preguntas: 10

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1. La Sección Civil de un Tribunal de Instancia de Madrid admite una prueba propuesta por una de las partes, consistente en la aportación, por parte de la policía municipal, de la grabación de una de las cámaras de vigilancia del tráfico instaladas en la vía pública, para lo cual deberá requerir a dicha autoridad para que proceda a remitir dicha grabación al Tribunal. El Tribunal deberá librar oficio a la policía municipal de Madrid a tal efecto. El acto de comunicación procesal a realizar por el Tribunal será un requerimiento. Se requerirá a la Policía municipal a tal efecto mediante una citación. El Tribunal remitirá un mandamiento a la Policía Municipal de Madrid para que le remita la grabación.

Se notifica a su cliente una demanda de divorcio el 31 de julio de 2025. Dado que el art. 404 de la LEC establece un plazo de veinte días para contestarla: Teniendo en cuenta que el plazo vence el viernes 26 de septiembre, en caso de que transcurridas las veinticuatro horas de dicho día no se haya presentado la contestación a la demanda, precluirá definitivamente el plazo para ello. Teniendo en cuenta que el plazo vence el jueves 28 de agosto, en caso de que transcurridas las veinticuatro horas de dicho día no se haya presentado la contestación a la demanda, podrá presentarse válidamente hasta las quince horas del día 29 de agosto. Teniendo en cuenta que el plazo vence el viernes 26 de septiembre, en caso de que transcurridas las veinticuatro horas de dicho día no se haya presentado la contestación a la demanda, podrá presentarse válidamente hasta las quince horas del día 29 de septiembre. Teniendo en cuenta que el plazo vence el jueves 28 de agosto, en caso de que transcurridas las veinticuatro horas de dicho día no se haya presentado la contestación a la demanda, precluirá definitivamente el plazo para ello.

Interpuesta solicitud de procedimiento monitorio por don Rafael Sánchez contra Don José Martín, en reclamación de 2.500 €, no se presentó oposición por el requerido de pago, dictando el Letrado de la Administración de Justicia decreto dando por terminado el proceso monitorio: a. Se inadmitirá la solicitud de despacho de ejecución al no presentarse demanda de ejecución según el artículo 549 de la L.E.C. b. No se despachará la ejecución por no permitirlo el artículo 520 de la L.E.C., al ser inferior a 3.0000 € la cantidad ejecutada. c. Se despachará ejecución directamente y sin necesidad de abogado y procurador al ser la cantidad a despachar inferior a 3.000 €. d. Se le requerirá para que nombre abogado y procurador al ser la cantidad a despachar de 2.500 €.

En relación con los expedientes de jurisdicción voluntaria relativos a las declaraciones judiciales sobre hechos pasados: El Ministerio Fiscal no ostenta legitimación alguna, únicamente será parte en el expediente si el declarante es menor o persona con discapacidad. No es preceptiva la defensa de Letrado ni la representación por Procurador para la promoción e intervención en este expediente, salvo que el asunto sobre el que se solicita la declaración afecte al orden público. El interesado, cumplidas todas las condiciones que establece la Ley de Jurisdicción Voluntaria al respecto, podrá acudir a este expediente para obtener una declaración que no se hubiere podido practicar en un procedimiento de juicio verbal en el que sea parte y que se siga ante la Sección Civil de un Tribunal de Instancia de la localidad en la que ocurrieron los hechos sobre los que se interesa la declaración judicial. El interesado, cumplidas todas las condiciones que establece la Ley de Jurisdicción Voluntaria al respecto, podrá acudir a este expediente, únicamente, si no existe otro procedimiento judicial legalmente indicado para la demostración de los hechos sobre los que se interesa la información.

El procedimiento de restitución o retorno de menores en los supuestos de sustracción internacional, regulado en el artículo 778 quinques de la LEC podrá ser iniciado: Por quien no ostente la custodia del menor, pero tenga atribuido un régimen de visitas con el mismo, en el caso de que el progenitor custodio, sin el consentimiento del primero, haya desplazado al menor de 15 años de edad, desde su ciudad de residencia habitual (París) a Barcelona, quedando el menor retenido en esta ciudad, habiendo comunicado su intención de fijar su nueva residencia habitual en ella. Existiendo custodia compartida, por un progenitor custodio en el caso de que el otro, sin el consentimiento del primero, haya desplazado al menor, de 17 años de edad, desde su ciudad de residencia habitual (París) a Barcelona, quedando el menor retenido en esta ciudad, habiendo comunicado su intención de fijar su nueva residencia habitual en ella. Existiendo custodia compartida, por un progenitor custodio en el caso de que el otro, sin el consentimiento del primero, haya desplazado al menor, de 15 años de edad, desde su ciudad de residencia habitual (París) a Barcelona, quedando el menor retenido en esta ciudad, habiendo comunicado su intención de fijar su nueva residencia habitual en ella. Por quien ostente la custodia exclusiva del menor, en el caso de que el otro, sin el consentimiento del primero, haya desplazado al menor, de 17 años de edad, desde su ciudad de residencia habitual (París) a Barcelona, quedando el menor retenido en esta ciudad, habiendo comunicado su intención de fijar su nueva residencia habitual en ella.

¿Qué ocurre si durante un expediente de jurisdicción voluntaria se formula una oposición por tercero?. a. Se remite al Ministerio Fiscal para resolver. b. Se continúa sin tener en cuenta la oposición. c. Se transforma en proceso contencioso. d. Se archiva el expediente automáticamente.

En un procedimiento de ejecución dineraria, el ejecutante solicita el embargo de las cantidades depositadas en una cuenta corriente titularidad exclusiva del ejecutado, donde habitualmente el ejecutado cobra su pensión de jubilación. El Tribunal lo acuerda pero señalando que (señale la respuesta correcta): Se considerará a estos efectos pensión el importe ingresado en dicha cuenta por eses concepto en el mes que se practique el embargo o, en su defecto, en los tres meses anteriores. Se considerará a estos efectos inembargables todas las cantidades ingresadas en dicha cuneta por el concepto de pensión. Se considerará a estos efectos pensión el importe ingresado en dicha cuenta por ese concepto en el mes que se practique el embargo o, en su defecto, en el mes anterior. Se considerará a estos efectos como pensión todas las cantidades ingresadas en dicha cuenta y se aplicarán los límites legales.

Teresa y Alfonso, padres de Leo ‒menor de edad‒, necesitan solicitar la aprobación judicial para realizar un acto de disposición sobre un bien inmueble propiedad de su hijo valorado en 80.000€. Dado que nunca han promovido un expediente de Jurisdicción Voluntaria, se preguntan si para presentar la solicitud inicial del expediente necesitarán asistirse de Abogado y Procurador. Señale la respuesta correcta. a. Sí, dado que el valor del acto de disposición para el que se insta el expediente supera los 6.000 euros, la solicitud inicial deberá presentarse necesariamente firmada por Abogado y Procurador. b. La solicitud inicial del expediente deberá presentarse necesariamente firmada por Abogado, pero la intervención del Procurador en estos casos será facultativa. c. Sí, en todos los expedientes de jurisdicción voluntaria es preceptiva la intervención de Abogado y Procurador desde el inicio del expediente. d. No, la solicitud inicial podrá realizarse sin necesidad de ambos profesionales, sin perjuicio de que el Juez pueda ordenar la actuación de todos los interesados por medio de abogado cuando la complejidad de la operación así lo requiera o comparezcan sujetos con intereses enfrentados.

Se interpone demanda de nulidad matrimonial por minoría de edad. Admitida a trámite la demanda y, antes de ser emplazada la parte demandada, la parte actora presente escrito de desistimiento, por lo que de conformidad con lo establecido en el Libro IV de la L.E.C. para los “Procesos Especiales” y esencialmente, en atención a la indisponibilidad del objeto del proceso. A. El desistimiento no requerirá la conformidad del Ministerio Fiscal, cuando el cónyuge que contrajo matrimonio siendo menor ejercite, después de llegar a la mayoría de edad, la acción de nulidad. B. Habrá que requerir la conformidad de la parte demandada y del Ministerio Fiscal al ser un proceso especial. C. El desistimiento no requerirá de la conformidad del Ministerio Fiscal, cuando cualquiera de los cónyuges ejercite la acción de nulidad siendo mayor de edad. D. El desistimiento requerirá, en todo caso, la conformidad del Ministerio Fiscal por el carácter indisponible del objeto procesal.

Iniciado juicio cambiario por la parte actora “Rocinante y Dulcinea, S.L.” contra la parte demandada “Ambrosia, S.A.” por impago de varias cambiales por importe, todas ellas, de 40.000€, la demandada efectuó oposición cambiaria en los términos que estimó convenientes. Dictada sentencia: a. No cabe recurso alguno contra la misma, pudiendo la parte vencida plantear las cuestiones en el procedimiento declarativo correspondiente. b. Produce efectos de cosa juzgada, respecto de las cuestiones que pudieron ser alegadas y discutidas, una vez sea firme. c. Produce efectos de cosa juzgada, una vez sea firme, a todos los efectos. d. Produce efectos de cosa juzgada desde su notificación.

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