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PROCESAL I

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Título del Test:
PROCESAL I

Descripción:
PROCESAL I TEMAS DEL 7 AL 9

Fecha de Creación: 2026/02/11

Categoría: Universidad

Número Preguntas: 30

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¿Qué es la capacidad de postulación?. A. Un presupuesto procesal de las partes. B. Es un presupuesto procesal del órgano jurisdiccional. C. No es un presupuesto procesal. D. Todas las respuestas anteriores son falsas.

¿Quién de los siguientes sujetos no tiene capacidad para ser parte?. A. El nasciturus. B. Los semovientes. C. La herencia yacente. D. Los patrimonios con titular provisionalmente indeterminado.

¿Un cliente puede oponerse al pago de honorarios a su abogado?. A. Sí, pero solo cuando se trate de honorarios injustos. B. No puede oponerse en ningún caso. C. Solo puede oponerse en caso de honorarios indebidos cuando se reclame el pago en procedimiento especial. D. Puede oponerse al pago en procedimiento especial tanto por honorarios indebidos como excesivos.

¿Qué diferencia existe entre el litisconsorcio y la intervención de terceros?. A. Son conceptos idénticos. B. El litisconsorcio conlleva siempre una intervención de terceros. C. El litisconsorcio implica una pluralidad sobrevenida de sujetos y la intervención de terceros conlleva una pluralidad inicial de sujetos. D. El litisconsorcio conlleva una pluralidad inicial de sujetos mientras que la intervención de terceros es una pluralidad sobrevenida.

¿Qué significa la capacidad procesal?. A. La capacidad para comparecer en un proceso. B. La legitimación para afirmar el ejercicio de la acción. C. La aptitud genérica para ser sujeto de derechos y obligaciones procesales. D. La capacidad para ser parte.

¿En cuál de los siguientes casos pueden las partes actuar sin procurador?. A. En cualquier tipo de proceso. B. En todo proceso civil siempre que la cuantía sea inferior a 2000 euros. C. En la petición inicial de los procedimientos monitorios. D. En todo tipo de reclamaciones de consumidores contra empresarios.

¿Qué tratamiento procesal tiene la legitimación?. A. Solo admite examen de oficio. B. Admite tanto examen de oficio como denuncia de parte. C. No tiene tratamiento alguno porque no es un presupuesto procesal. D. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

¿Qué ocurre respecto de los sucesores si, de forma sobrevenida, a lo largo del proceso fallece el demandante?. A. Se tiene siempre por personados a los sucesores de este. B. Si los sucesores no conocen o no pueden ser localizados se entiende que han renunciado a la tutela solicitada. C. Si los sucesores no desean comparecer se dicta decreto por el letrado de la Administración de Justicia dándolos por desistidos. D. Si los sucesores no desean comparecer se entiende que renuncian al ejercicio de la acción.

¿Puede el adquiriente del objeto litigioso ocupar el lugar del transmitente en juicio?. A. En el curso de un proceso nunca puede transmitirse lo que es objeto de este. B. Puede transmitirse perfectamente y el adquirente puede ocupar el lugar del transmitente salvo que haya oposición de la contraparte. C. Puede transmitirse perfectamente y el adquirente puede ocupar el lugar del transmitente sin condicionamiento alguno por la contraparte procesal. D. Solo puede ocupar ese lugar procesal si así se ha pactado en contrato.

¿Qué ocurre respecto de los sucesores si, de forma sobrevenida, a lo largo del proceso fallece el demandado?. A. Se entiende siempre que el proceso del fallecido no les afecta. B. Solo cuando los sucesores no quieran comparecer se procede a la declaración de rebeldía. C. Si los sucesores no pueden ser localizados se archiva la causa. D. Cuando los sucesores no quieran comparecer, no puedan ser localizados o no se conozca, procede siempre la declaración en rebeldía y la continuidad del proceso.

¿Pueden acumularse procesos pendientes ante distintos tribunales?. A. Nunca pueden acumularse procesos pendientes en diversos tribunales. B. Pueden acumularse procesos tramitados en diversos tribunales a petición de las partes. C. No pueden acumularse salvo que haya conexión objetiva entre los mismos y la resolución de uno de ellos produzca efectos prejudiciales sobre otros. D. Todas las respuestas anteriores son falsas.

¿Qué es la acumulación de acciones?. A. El litisconsorcio. B. Una pluralidad inicial del objeto procesal. C. Una pluralidad sobrevenida del objeto procesal. D. Una cuestión de competencia territorial.

¿Qué es la teoría de la sustanciación?. A. Una teoría en torno al petitum. B. Una teoría en torno a la fundamentación jurídica de la causa petendi. C. Una teoría de la causa petendi restringida a la mera fundamentación fáctica. D. Una teoría procesal que afecta tanto al petitum como a la causa petendi.

¿En qué casos no puede hablarse de pluralidad de objetos procesales?. A. En supuestos de ampliación de la demanda. B. Cuando existe reconvención. C. En casos de acumulación de autos. D. Ante todo tipo de acumulación alternativa de pretensiones.

¿Cuál de los siguientes no es un requisito para acumular autos?. A. La existencia de reconvención. B. La tramitación de procesos conexos pendientes en diversos tribunales. C. La tramitación de procesos conexos pendientes en el mismo tribunal. D. El riesgo de dictar resoluciones judiciales contradictorias.

¿En qué se diferencia la acumulación de autos respecto de la acumulación de procesos?. A. La acumulación de autos es una acumulación del objeto procesal inicial. B. La acumulación de autos nunca es una acumulación de procesos. C. La acumulación de autos es una acumulación sobrevenida de procesos. D. No existe ninguna diferencia porque se trata del mismo concepto.

¿Pueden acumularse procesos si antes y de forma objetiva se pudieron acumular acciones?. A. Con independencia de la posibilidad de acumular acciones antes siempre se pueden acumular procesos. B. Nunca pueden acumularse procesos si antes se pudieron acumular acciones. C. Sí pueden acumularse procesos, pero solo en supuestos muy restringidos. D. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

¿Hay algún elemento preclusivo para impedir la acumulación de acciones?. A. La fase de juicio oral. B. No hay ningún momento preclusivo. C. La contestación a la demanda por el demandado. D. Se puede pedir la acumulación hasta la práctica de pruebas.

Señala la respuesta correcta: A. Por regla general, la solicitud de acumulación de procesos no tiene efectos suspensivos. simple. B. Por regla general, la acumulación de procesos tiene efectos suspensivos. C. La acumulación de procesos solo puede realizarse en casos tramitados por distintos tribunales. D. La acumulación de acciones menos utilizada es la acumulación objetiva.

¿Cuál de los siguientes no es un caso de acumulación sucesiva de acciones?. A. La denominada acumulación objetiva simple. B. La denominada acumulación sucesiva. C. La denominada acumulación de autos. D. La denominada acumulación objetiva eventual.

¿Qué es el fumus boni iuris?. A. Un presupuesto para la adopción de diligencias preliminares. B. Un presupuesto para la práctica de prueba anticipada. C. Un presupuesto para el aseguramiento de prueba. D. Todas las respuestas anteriores son falsas.

¿Cuál de las siguientes no es una diligencia preliminar?. A. Exhibición de acto de última voluntad. B. Petición de integración de un grupo de afectados fácilmente determinables. C. Embargo preventivo. D. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

¿Puede practicarse oposición a las diligencias preliminares?. A. Las diligencias preliminares no son susceptibles de oposición. B. Las diligencias preliminares son susceptibles de oposición en algunos casos. C. Sí puede practicarse oposición a la solicitud de diligencia preliminar. D. No puede practicarse oposición, pero sí procede la apelación.

¿Cuál es el órgano judicial competente para adoptar medidas cautelares?. A. El órgano judicial de instancia que conocerá del asunto principal. B. El juez de paz. C. El juzgado del domicilio del demandante en todo caso. D. La Audiencia Provincial del domicilio del demandado.

¿Dónde se regula actualmente la conciliación civil?. A. En la LEC de 1881. B. En la Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria. C. En la LEC 1/2000. D. En la Ley 5/2012, de mediación de asuntos civiles y mercantiles.

¿Cuál de los siguientes no es un acto previo al proceso civil?. A. Las diligencias preliminares. B. La solicitud de anticipación de prueba. C. La conciliación. D. La reclamación administrativa previa.

¿Cuál de los siguientes no es un presupuesto de las medidas cautelares?. A. Opinio iuris. B. Periculum in mora. C. Prestación de caución. D. Fumus boni iuris.

¿La mediación y la conciliación civiles son obligatorias?. A. La mediación es obligatoria, pero la conciliación no. B. Mediación y conciliación son voluntarias. C. Ambas son obligatorias. D. La mediación es voluntaria y la conciliación obligatoria como dispone la Ley de Jurisdicción Voluntaria 15/2015.

¿Qué ocurre si el requerido por una diligencia preliminar se niega a ejecutarla?. A. No puede negarse a ejecutar la diligencia y se somete a coerción. B. Puede negarse a ejecutar la diligencia practicándose entonces contradicción. C. La diligencia se practicará una vez introducida la demanda. D. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

¿Cuál es la regla preferente para determinar el tipo de proceso declarativo ordinario correspondiente al caso concreto?. A. La determinación por razón de la cuantía de la demanda. B. La determinación por razón de la materia de la demanda. C. La determinación por razón de providencia emitida por el órgano jurisdiccional. D. La determinación en virtud de la voluntad de las partes en el marco del principio dispositivo.

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