Proceso Laboral (III)
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Título del Test:
![]() Proceso Laboral (III) Descripción: Artículo 88 a 90 de la Ley de Jurisdicción Social |



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Una vez haya acabado el juicio, dentro del plazo para dictar sentencia, las diligencias finales se podrán practicar. si lo solicita el Ministerio Fiscal. si lo solicitan las partes. si hay acuerdo entre las partes. si el juez o tribunal lo acuerdan. ¿Mediante qué instrumento se ordenará la práctica de las diligencias finales, con intervención de las partes y en la forma establecida para las pruebas de su clase?. Providencia. Diligencia. Decreto. Auto. ¿En qué plazo se practicará la prueba o se señalará comparecencia para su práctica y valoración de los resultados?. No excederá de 20 días. No excederá de 10 días. No excederá de 30 días. No excederá de 40 días. En caso de no haber señalado comparecencia, el resultado de la diligencia final de pondrá de manifiesto a las partes durante (...) a las partes en la oficina judicial para alegaciones sobre su alance e importancia, salvo que se pudiera hacer por vía telemática. 3 días. 5 días. 6 días. 7 días. En caso de que haya transcurrido el plazo inicial de práctica sin que se haya llevado a efecto, el órgano judicial dictará uno nuevo, con plazo no superior a (...) para la ejecución del acuerdo y librando las comunicaciones oportunas. 10 días. 20 días. 3 días. 5 días. ¿Qué sucederá en el supuesto de que no se haya podido practicar la prueba en este plazo?. Los autos quedarán definitivamente conclusos para sentencia. Los autos se archivarán. La causa quedará paralizada. La causa quedará suspendida. ¿Qué trámite será imprescindible realizar antes de que los autos queden definitivamente conclusos para la sentencia?. Declarar la suspensión del procedimiento. Dar audiencia a las partes. Proponer nuevas pruebas. Todas son incorrectas. En caso de que la diligencia consistiera en el interrogatorio de parte o en la aportación de algún documento por las partes y no compareciera o no lo presentare sin causa justificada en el plazo fijado. se le reiterará. se le apercibirá. se le multará. se estimarán probadas las alegaciones hechas por la parte contraria en relación con la prueba acordada. Las sesiones del juicio oral y el resto de actuaciones se documentarán según los artículos 146 y 147 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. La oficina debe asegurar la correcta incorporación den la grabación al expediente judicial electrónico. Si los sistemas no lo proveen, el Letrado. debe custodiar el documento electrónico que sirva de soporte*. debe requerir que se incorpore al expediente judicial electrónico. usará el sistema de firma electrónica u otro que, según la ley, sea garantía de la autenticidad e integridad de lo grabado o reproducido*. las dos marcadas son correctas. Las partes, previa justificación de la utilidad y pertinencia de las diligencias propuestas,. podrán servirse de cuantos medios de prueba se encuentren regulados en la Ley para acreditar los hechos controvertidos o necesitados de prueba. no podrán utilizar medios de prueba obtenidos mediante procedimientos que supongan violación de derechos fundamentales o libertades públicas. podrán solicitar con, al menos, diez días de antelación a la fecha del juicio, la práctica de diligencias de preparación de la prueba a practicar en el juicio, salvo cuando el señalamiento dé menos margen, en cuyo caso el plazo será de tres días. todas son correctas. Cuando se requiera acceder a documentos o archivos que puedan afectar a la intimidad personal u otro derecho fundamental, el juez, siempre que no existan otros medios de prueba alternativos. lo rechazará. deberá ponderarlo con la persona afectada. lo autorizará, previa ponderación de los intereses afectados a través del juicio de proporcionalidad y con el mínimo sacrificio, determinando las condiciones de acceso, garantías de conservación y aportación al proceso. lo admitirá, en todo caso. ¿A través de qué instrumento autorizará el acceso a las pruebas?. Auto. Providencia. Diligencia. Decreto. En caso de que el afectado no dé consentimiento y sea necesaria, cuando la emisión de un dictamen pericial médico o psicológico, requiera someterse a reconocimientos clínicos, obtención de muestras o recogida de datos personales relevantes. no se podrá llevar a cabo. se llevará a cabo a través de la fuerza pública. se podrán adoptar las medidas de garantía oportunas. se deberán proponer otras medidas. La autorización judicial no será necesaria. si se exige por gestión o colaboración en la gestión de la seguridad social. si se exige por las normas de prevención de riesgos laborales. todas son correctas. si se exige pro la específica normativa profesional aplicable o norma legal o convencional aplicable. Si como resultado de las medidas anteriores se obtienen datos innecesarios, ajenos al proceso o que afecten injustificada o desproporcionadamente a los derechos fundamentales. no se incorporará al expediente. se incorporará al expediente. se resolverá lo necesario para preservar y garantizar adecuada y suficientemente los intereses y derechos que pudieran resultar afectados. se eliminará la información. En caso de negativa injustificada de la persona afectada a la realización de las actuaciones acordadas por el órgano jurisdiccional, la parte interesada podrá solicitar la adopción de las medidas que fueran procedentes, pudiendo igualmente. imponerse una multa. apercibir a la persona. valorarse en la sentencia dicha conducta para tener por probados los hechos que se pretendía acreditar a través de la práctica de dichas pruebas, así como a efectos de apreciar temeridad o mala fe procesal. archivarse el procedimiento. |





