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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEPRUEBA DE LA BARRA-EQUIPO ELECTRONICO

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Título del test:
PRUEBA DE LA BARRA-EQUIPO ELECTRONICO

Descripción:
EQUIPO ELECTRONICO

Autor:
JHON MACIAS
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Fecha de Creación:
03/07/2020

Categoría:
Otros

Número preguntas: 27
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Temario:
El seguro de equipo electrónico pertenece a los riesgos técnicos V F.
Este seguro cubre las pérdida producidas por paros en el trabajo F V.
Este seguro excluye el daño y/o responsabilidad causados por acto o negligencia voluntarios del asegurado V F.
En caso de avería, la compañía de seguros podrá optar por reparar, restaurar o sustituir el artículo dañado o pagar en efectivo la pérdida o daño ocasionados V F.
La compañía de seguros podrá en cualquier momento razonable inspeccionar y examinar las máquinas aseguradas bajo este seguro V F.
La suma asegurada en gastos suplemetarios, se fija a primer riesgo con un importe convenido entre el cliente y la compañía de seguros, según los gastos estimados para tal evento. V F.
La cobertura de este seguro empieza después de terminarse el montaje, cuando la instalación está lista para su uso V F.
El riesgo de terremoto está amparado dentro de la cobertura básica de la póliza de este seguro F V.
El presente seguro cubre el material de datos o donde se almacena información V F.
Este seguro cubre los daños ocasionados por incendio V F.
Este seguro no cubre granizo, helada y/o tempestad F V.
El hundimiento del terreno, deslizamientos de tierra, caída de rocas y aludes, son riesgos que no cubre el seguro de equipo electrónico F V.
Este seguro cubre negligencia de los operadores. V F.
El monto asegurado se entiende reducido, desde el momento del siniestro, en una cantidad igual a la indemnización pagada por la compañía de seguros V F.
En caso de pérdida total del bien asegurado, el salvamento es devuelto al asegurado F V.
El alquiler de equipo suplementario no puede cubrirse F V.
En caso de siniestro, la compañía de seguros puede solicitar cualquier documento aun cuando no conste dentro de las condiciones generales o especiales F V.
No es obligatoria la inclusión de una cláusula en la que conste la opción de las partes de someter a decisión arbitral o mediación las diferencias que se originen en el contrato o póliza de seguro F V.
Las condiciones generales pueden ser modificadas por las condiciones particulares F V.
La avería, merma, o pérdida de una cosa, que proviene de vicio propio no están comprendidos dentro de los riesgos asumidos por esta póliza. V F.
La indemnización es pagadera en dinero, o mediante la reposición, reparación o reconstrucción de la cosa asegurada, a opción del asegurado F V.
El dictamen o laudo emitido por el árbitro en una disputa, tiene fuerza obligatoria para las partes en disputa V F.
Las condiciones generales y especiales previa utilización por parte de la compañía de seguros, deben ser aprobadas por la Superintendencia de Bancos y Seguros V F.
Las condiciones particulares deben ser aprobadas previo a su utilización por la Superintendencia de Bancos y Seguros V F.
La reacción nuclear, radiación nuclear o contaminación radioactiva se encuentran cubiertas por el seguro de equipo electrónico F V.
Los errores de construcción, fallas de montaje y defectos de material no se encuentran cubiertos por el seguro de equipo electrónico F V.
Están cubiertos por este seguro los daños ocasionados por cortocircuito, azogamiento o arco voltaico V F.
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