La cobertura de pérdida de beneficios por rotura de maquinaria garantiza la pérdida
económica resultante de averías de maquinaria. V V F. La cobertura de este ramo se refiere al beneficio bruto, pero se limita a un periodode
paralización definido. V F. La cobertura se limita a daños en la empresa en su totalidad. F V. Este seguro puede terminarse, a petición del Asegurado, en cualquier momento. V F. En el seguro de pérdida de beneficios se aplica una franquicia temporal o carencia. V F. La cobertura de pérdida de beneficios se limita a daños en máquinas especialmente
designadas. V F. La pérdida de beneficio en este seguro está relacionado a las pérdidas contempladas en el
seguro de rotura de maquinaria. V F. La póliza de pérdida de beneficios por rotura de maquinaria cubre los períodos de
paralización en la producción V F. El hecho de que se dañe una máquina resulta automáticamente en una pérdida de beneficios
por rotura de maquinaria. F V. En el seguro de pérdida de beneficios por rotura de maquinaria no se aplica franquicia
temporal o carencia. F V. La suma asegurada será la suma total anual de beneficio neto de producción, más gastos
fijos, variables y extraordinarios. F V. La suma asegurada será la suma total anual de beneficio neto de la producción, más gastos
fijos. V F. Para el cálculo de tarifa de primas se considerará la marca, edad y origen de las máquinas. V F. Para el cálculo de tarifa de primas se considerará las posibilidades de reparación y obtención
de piezas de recambio. V F. Existe una relación directa para el cálculo de la tarifa de primas entre el seguro de rotura de
maquinaria y pérdida de beneficios por rotura de maquinaria. F V. Para determinar la prima se toma en cuenta los cuellos de botella en la línea de producción V F. Una empresa con resultados a pérdida puede tomar la póliza de lucro cesante por rotura de
maquinaria V F. Se puede asegurar lucro cesante solo en gastos fijos V F. Las compras de materia prima, transporte, embalaje y fletes, están cubiertos por este seguro. F V. El periodo máximo de indemnización es de 12 meses. F V. El volumen normal del negocio representa el volumen del negocio durante los seis meses
inmediatamente anteriores a la fecha del siniestro. F V. El volumen anual del negocio representa el volumen del negocio durante los doce meses
inmediatamente anteriores a la fecha del siniestro. V F. Las formas de lucro cesante son inglesa o francesa F V. Las formas de lucro cesante son inglesa o americana V F. Cuando existe infraseguro se aplica la regla proporcional. V F. El Asegurado está en la obligación de dar aviso del siniestro dentro de los cinco (5) días
posteriores en que tuvo conocimiento del mismo. F V. El Asegurado está en la obligación a dar aviso del siniestro dentro de los tres (3) días
posteriores en que tuvo conocimiento del mismo. V F. El Asegurado, por cuenta propia, tomará todas las precauciones razonables y cumplirá con
las recomendaciones hechas por la compañía de seguros con el objeto de prevenir pérdidas o
daños. V F. Este seguro cubre la pérdida de beneficio derivada de la interrupción del negocio a
consecuencia de daños por incendio, impacto de rayo y explosión. F V. Este seguro cubre la pérdida de beneficio derivada de la interrupción del negocio a
consecuencia de daños rotura de maquinaria debido a prototipos. F V. Este seguro cubre la pérdida de beneficio derivada de la interrupción del negocio a
consecuencia de actos intencionales o culpa grave del asegurado. F V. Este seguro cubre la pérdida de beneficio derivada de la interrupción del negocio a
consecuencia de reparaciones por desgaste, corrosión e incrustaciones. F V. Este seguro cubre la pérdida de beneficio derivada de la interrupción del negocio a
consecuencia de daños por los cuales el proveedor o contratista sean responsables. F V. Este seguro cubre la pérdida de beneficio derivada de la interrupción del negocio a
consecuencia de daños por guerra, invasión y actos de enemigos extranjeros. F V. Este seguro no cubre pérdidas o daños que se deriven de armas nucleares. V F. Este seguro cubre los daños o pérdidas a consecuencia de restricciones para la reparación u
operación decretadas por autoridad competente. F V. La compañía de seguros no se hace responsable por la interrupción del negocio resultante del
empleo continuado de máquinas averiadas, sin su previa autorización. V F. El asegurado deberá llevar libros de contabilidad. V F. La póliza de pérdida de beneficios por rotura de maquinaria puede ser suscrita sin la
existencia de un seguro de rotura de maquinaria. F V. La reticencia o falsedad en las declaraciones del asegurado vician de nulidad relativa el
contrato de seguro. V F. El dolo y culpa grave del asegurado pueden ser cubiertos mediante endoso a la póliza. F V. La compañía de seguros está obligada a mantener el estado del riesgo. F V. El asegurado está obligado a mantener el estado del riesgo. V F. El asegurado debe hacer la notificación de la modificación del riesgo, si ésta depende de su
propio arbitrio, con antelación no menor a 15 días. F V. El asegurado debe hacer la notificación de la modificación del riesgo, si ésta depende de su
propio arbitrio, con antelación no menor a 10 días. V F. No notificar la modificación del riesgo produce un ajuste en la prima. F V. La modificación del riesgo da lugar a que la compañía de seguros pueda dar por terminado el
contrato de seguro o a exigir un ajuste en la prima. V F. Si existieren otros seguros amparando el mismo riesgo, la compañía de seguros puede
rehusar el pago de la indemnización. F V. Este seguro cubre daños o pérdidas por destrucción de materia prima, productos elaborados y
en proceso. F V. El seguro de pérdida de beneficios por rotura de maquinaria pertenece al ramo técnico o de
ingeniería. V F.
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