El seguro de rotura de maquinaria cubre los gastos por desgaste natural F V. La compañía de seguros debe reponer una maquina nueva cuando la vieja termina de
funcionar F V. Una condición para que sea posible contratar una póliza de rotura de maquinaria, es que la
maquinaria se encuentre en el predio montadas, probadas y listas para operar V F. El seguro de rotura de maquinaria, dentro de su amparo principal, cubre los combustibles y
refrigerantes F V. Los riesgos catastróficos de la naturaleza están cubiertos por la póliza de rotura de
maquinaria F V. El seguro de rotura de maquinaria es de vencimiento anual V F. La póliza de seguro de rotura de maquinaria es de cobertura todo riesgo V F. Máquina es el conjunto de mecanismos lógicamente unidos que transforman energía para
producir un trabajo V F. Valor actual es el valor de reposición de la maquinaria menos la depreciación V F. El costo de adquisición de la maquinaria está compuesto por costos de fabrica, aduana,
transporte, seguro, etc. V F. El seguro de rotura de maquinaria, está dentro de riesgos técnicos V F. El seguro de rotura de maquinaria cubre robo y/o hurto F V. El seguro de rotura de maquinaria cubre negligencia de los operadores. V F. La cobertura de responsabilidad civil no se puede incluir en la póliza de rotura de maquinaria F V. En el seguro de rotura de maquinaria el valor asegurado debe ser el valor real
F V. Pérdida parcial es considerada como tal, si el valor del reclamo es menor que el valor de
reposición F V. Un punto que debe analizarse para poder pagar un reclamo es la inspección de riesgo F V. La cuantificación de la pérdida, es uno de los puntos básicos de un informe pericial en un
reclamo V F. El seguro de rotura de maquinaria, cubre la pérdida económica resultante de roturas de
maquinaria F V. El valor de reposición es el valor a nuevo de una nueva máquina del mismo tipo V F. Este seguro no cubre los daños causados directamente por impericia, descuido y sabotaje
individual del personal del asegurado o de extraños. F V. Este seguro cubre los daños causados por acción directa de energía eléctrica como resultado
de cortocircuitos, arcos voltáicos.
V F. Este seguro no cubre los daños causados por rayo. F V. Este seguro puede terminarse, a petición del Asegurado, en cualquier momento. V F. Si la suma asegurada es inferior al valor de reposición del bien asegurado, se considera un
supraseguro. F V. Si la suma asegurada es superior al valor de reposición del bien asegurado, se considera un
infraseguro. F V. Este seguro cubre los errores de diseño, defectos de construcción, fundición y uso de
materiales defectuosos. V F. Este seguro no cubre los defectos de mano de obra y montaje incorrecto. F V. Este seguro cubre la rotura debida a fuerza centrífuga. V F. Este seguro cubre los daños causados directamente por cuerpos extraños que se introduzcan
en los bienes asegurados. V F. Este seguro no cubre daños causados directamente por tempestad. F V. Este seguro cubre la maquinaria especificada en la póliza esté o no operando, o haya sido
desmontada para reparación, limpieza, revisión o reacondicionamiento. V F. Este seguro cubre incendio, extinción de incendio, derrumbes o remoción de escombros. F V. Este seguro puede terminarse, a petición del Asegurado, en cualquier momento. V F. Si la suma asegurada es inferior al valor de reposición del bien asegurado, se considera un
supraseguro. F V. Si la suma asegurada es superior al valor de reposición del bien asegurado, se considera un
infraseguro. F V. Este seguro no cubre terremoto, temblor, erupción volcánica, huracán, ciclón. V F. Este seguro cubre desgaste y deterioro paulatino, como consecuencia del uso o del
funcionamiento normal. F V. Este seguro cubre lucro cesante. F V. Este seguro cubre pérdidas o daños de los cuales fueren responsables contractualmente el
fabricante o vendedor del bien asegurado F V. Los gastos adicionales generados por tiempo extra, trabajo nocturno y en días festivos, se
cubre sin necesidad de que se hubiere convenido por medio de endoso. F V. La compañía de seguros indemnizará los gastos por modificaciones, adiciones, mejoras,
mantenimiento y reacondicionamiento. F V. En caso de pérdida total el valor real se obtendrá deduciendo la depreciación correspondiente
del valor de reposición en el momento de siniestro. V F. La compañía de seguros podrá, a su criterio, reparar o reponer el bien dañado o destruido, o
pagar en dinero efectivo. V F. Cuando existe infraseguro se aplica la regla proporcional. V F. El Asegurado está en la obligación a dar aviso del siniestro dentro de los cinco (5) días
posteriores en que tuvo conocimiento del mismo. F V. El Asegurado está en la obligación a dar aviso del siniestro dentro de los tres (3) días
posteriores en que tuvo conocimiento del mismo. V F. El Asegurado, por cuenta propia, tomará todas las precauciones razonables y cumplirá con
las recomendaciones hechas por la compañía de seguros con el objeto de prevenir pérdidas o
daños. V F. Se considera pérdida total cuando el costo de reparación de un bien asegurado sea igual o
mayor que su valor real. V F. El seguro de rotura de maquinaria pertenece al ramo de riesgos técnicos. V F.
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