Real Decreto 4/2010, de 8 de enero (2021)
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Título del Test:![]() Real Decreto 4/2010, de 8 de enero (2021) Descripción: Completar los espacios (Capítulos I y II) |




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CAPÍTULO I Disposiciones generales. . Artículo 1 Objeto El presente real decreto tiene por objeto regular el Esquema Nacional de Interoperabilidad establecido en el artículo 42 de la Ley 11/2007, de 22 de junio. El Esquema Nacional de Interoperabilidad comprenderá los criterios y recomendaciones de seguridad, normalización y conservación de la información, de los formatos y de las aplicaciones que deberán ser tenidos en cuenta por las Administraciones públicas para asegurar un adecuado nivel de interoperabilidad organizativa, semántica y técnica de los datos, informaciones y servicios que gestionen en el ejercicio de sus competencias y para evitar la ... a los ciudadanos por razón de su elección tecnológica. Artículo 3 Ámbito de aplicación El ámbito de aplicación del presente real decreto será el establecido en el artículo 2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio. El Esquema Nacional de Interoperabilidad y sus normas de desarrollo, prevalecerán sobre cualquier otro ... en materia de política de interoperabilidad en la utilización de medios electrónicos para el acceso de los ciudadanos a los servicios públicos. CAPÍTULO II Principios básicos. . Artículo 4 Principios básicos del Esquema Nacional de Interoperabilidad La aplicación del Esquema Nacional de Interoperabilidad se desarrollará de acuerdo con los principios generales establecidos en el artículo 4 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, y con los siguientes principios específicos de la interoperabilidad: a) La interoperabilidad como cualidad integral. b) Carácter ... de la interoperabilidad. c) Enfoque de soluciones multilaterales. Artículo 5 La interoperabilidad como cualidad integral La interoperabilidad se tendrá presente de forma integral desde la concepción de los servicios y sistemas y a lo largo de su ciclo de vida: planificación, diseño, adquisición, construcción, ... , explotación, publicación, conservación y acceso o interconexión con los mismos. Artículo 6 Carácter multidimensional de la interoperabilidad La interoperabilidad se entenderá contemplando sus dimensiones organizativa, semántica y técnica. La cadena de interoperabilidad se manifiesta en la práctica en los acuerdos interadministrativos, en el despliegue de los sistemas y servicios, en la determinación y uso de estándares, en las infraestructuras y servicios básicos de las Administraciones públicas y en la publicación y reutilización de las aplicaciones de las Administraciones públicas, de la documentación asociada y de otros objetos de información. Todo ello sin olvidar la ... temporal que ha de garantizar el acceso a la información a lo largo del tiempo. Artículo 7 Enfoque de soluciones multilaterales Se favorecerá la aproximación multilateral a la interoperabilidad de forma que se puedan obtener las ventajas derivadas del escalado, de la aplicación de las arquitecturas ... y multiplataforma, de compartir, de reutilizar y de colaborar. |