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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESELa reclamación económico-administrativa.

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Título del test:
La reclamación económico-administrativa.

Descripción:
Derecho Admnistrativo.

Autor:
R3b3c4
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Fecha de Creación:
24/04/2021

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 15
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Temario:
La reclamación económico-administrativa se regula en: En el título VIII de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el título VIII de la Ley 58/2003, Ley General Tributaria. En el título V de la Ley 30/1992, Reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el título V de la Ley 58/2003, Ley General Tributaria.
En el procedimiento de reclamación económico-administrativa, serán reclamables las actuaciones u omisiones, de los particulares en materia tributaria: Relativas a las obligaciones de practicar o soportar, retenciones o ingresos a cuenta. Relativas a liquidaciones provisionales o definitivas. Relativas a las presentadas en vía administrativa. Relativas a las devoluciones no practicadas.
En el ámbito de competencias del Estado, no son órganos económico--administrativos: Los tribunales económico-administrativos regionales. El Tribunal Económico-Administrativo Central. Los tribunales superiores de justicia. La Sala Especial para la Unificación de Doctrina.
¿Quiénes están legitimados para promover reclamaciones económico-administrativas? Los denunciantes. Los que asumen obligaciones tributarias por pacto o contrato. Los sujetos infractores y los obligados tributarios. Los funcionarios y empleados públicos.
¿Cuál de los siguientes actos es reclamable? Los actos dictados en el procedimiento de recaudación. Los dictados en procedimientos en los que esté reservada al Ministro de Hacienda la resolución que ultime la vía administrativa. Los dictados en procedimientos en los que esté reservada al Secretario de Estado de Hacienda la resolución que ultime la vía administrativa. Los dictados en virtud de una ley que los excluya de reclamación económico-administrativa.
¿Son reclamables los actos que impongan sanciones? No, en ningún caso. Sí, así lo dispone el artículo 227.3 de la LGT. Aunque la LGT no lo recoge expresamente, debemos suponer que sí. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.
¿Cuál de los siguientes sujetos no está legitimado para promover las reclamaciones económico-administrativas? Los funcionarios y empleados públicos, salvo en los casos en que inmediata y directamente se vulnere un derecho que en particular les esté reconocido o resulten afectados sus intereses legítimos. Los denunciantes. Los que asuman obligaciones tributarias en virtud de pacto o contrato. Todas las respuestas mencionadas son correctas.
¿Es obligatoria la notificación de forma electrónica para los interesados? No, en ningún caso. Sí, siempre. Si, en los supuestos en que sea obligatoria la interposición de la reclamación por esta vía. Sí, siempre que el interesado sea mayor de edad.
¿Cómo puede ser la resolución de la reclamación económico--administrativa? Estimatoria. Desestimatoria. Declarar la inadmisibilidad. Todas las respuestas anteriores son correctas.
La duración del procedimiento de reclamación económico-administrativa, en cualquiera de sus instancias, será de: 3 meses desde la interposición de la reclamación. 6 meses desde la interposición de la reclamación. 1 año desde la interposición de la reclamación. 2 años desde la interposición de la reclamación.
No es un recurso en vía económico-administrativa: El recurso contencioso-administrativo. El recurso de alzada ordinario. El recurso de anulación. El recurso contra la ejecución.
¿Ante qué órgano se interpone el recurso de alzada ordinario? Ante el Tribunal Económico-Administrativo Central. Ante el Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. Ante el Tribunal de Cuentas.
Cuando en una resolución de una reclamación administrativa se haya declarado incorrectamente la inadmisibilidad de la reclamación, ¿cabe algún recurso? No, no es posible interponer ningún recurso. Se puede interponer recurso de anulación. Se puede interponer recurso contra la ejecución. Se puede interponer recurso extraordinario de revisión.
¿En qué plazo debe dictar la resolución del recurso extraordinario para la unificación de doctrina? 1 mes. 2 meses. 6 meses. 1 año.
¿Qué recurso no podrá interponerse contra las resoluciones que se dicten en el procedimiento abreviado de las reclamaciones económico-administrativas? Recurso de alzada ordinario. Recurso extraordinario para la unificación de doctrina. Recurso de anulación. Recurso contra la ejecución.
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