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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESERégimen jurídico del personal estatutario del SAS (I)

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Título del test:
Régimen jurídico del personal estatutario del SAS (I)

Descripción:
Tema 8 Régimen jurídico del personal del SAS (I)

Autor:
Daniel Chacón
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
13/08/2017

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 25
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Temario:
¿En qué año se aprobó la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía? 1984. 1985. 1986. 1987.
El Estatuto Básico del Empleado Público se aprobó por: La Ley 30/1984, de 2 de agosto. La Ley 6/1985, de 28 de noviembre. La Ley 7/2007, de 12 de abril. La Ley 7/1984, de 2 de agosto.
Indique si constituye un fundamento de actuación del Estatuto Básico del Empleado Público la eficacia en la planificación y gestión de los recursos humanos: En ningún caso. Sí. Depende de la situación. Sólo en algunos casos.
El Estatuto Básico del Empleado Público se aplica a: Las administraciones de las entidades locales. Los Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de cualquiera de las Administraciones Públicas. Las Universidades Públicas. Todas las respuestas son correctas.
Indique si la Ley 6/1985, de 28 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, se mantiene en vigor, conforme al Estatuto Básico del Empleado Público, hasta que no se apruebe la nueva Ley reguladora de la Función Pública de Andalucía: En ningún caso. Depende de la discrecionalidad de la Administración. Se mantienen en vigor las normas vigentes sobre ordenación, planificación y gestión de recursos humanos en tanto no se opongan a lo establecido en el Estatuto. Sí.
El personal comprendido en el ámbito de la aplicación de la Ley de Incompatibilidades sólo podrá desempeñar un segundo puesto de trabajo o actividad en el sector público en los supuestos previstos en la misma y en los que se determine por: El Consejo de Ministros. El órgano de Gobierno de la Comunidad Autónoma respectiva. Siempre por razones de interés público. Todas las respuestas son correctas.
En el ámbito de la Administración General del Estado las solicitudes formuladas en los procedimientos en materia de incompatibilidades para ejercer un segundo puesto de trabajo o actividad en el sector público se podrán entender estimadas: Una vez transcurridos 4 meses sin que se hubiera dictado resolución expresa. Una vez transcurridos 3 meses sin que se hubiera dictado resolución expresa. Una vez transcurridos 2 meses sin que se hubiera dictado resolución expresa. Una vez transcurridos 1 meses sin que se hubiera dictado resolución expresa.
El desempeño de un puesto de trabajo en el sector público: Es incompatible con la pensión de jubilación. Es incompatible con el retiro por derechos pasivos. En el ámbito laboral, será compatible con la pensión de jubilación un puesto de trabajo a tiempo parcial. Todas las respuestas son correctas.
El incumplimiento de lo dispuesto en las normas sobre compatibilidad se considerará una falta: Leve. Grave. Muy grave. Simple irregularidad.
El ejercicio de cualquier actividad compatible no servirá de excusa: Al deber de residencia. A la asistencia al lugar de trabajo que requiera su puesto o cargo. Al atraso, negligencia o descuido en el desempelo de los mismos. Todas las respuestas anteriores son correctas.
En materia de incompatibilidades, el personal laboral al servicio de las administraciones públicas: No está sujeto al régimen de incompatibilidades. Tienen un regulación específica. No puede nunca desempeñar dos puestos de trabajo. Se rige por la normativa establecida para los funcionarios.
En el supuesto de compatibilidad de dos puestos de trabajo en el sector público, la cantidad total percibida por ambos puestos no superará la remuneración prevista en los Presupuestos Generales del Estado para el cargo de: Subdirector General. Dierector General. Secretario de Estado. Subsecretario de Estado.
Al funcionario que ocupe puestos que perciban complemento específico: Podrá renunciar al complemento específico y ejercer así cualquier actividad privada. No podrá reconocérsele la compatibilidad en el sector público. No podrá reconocérsele compatibilidad alguna. No podrá reconocérsele compatibilidad alguna si su cuantía supera el 30% de la retribución básica.
En los supuestos de compatibilidad con actividades públicas, los servicios prestados en el segundo puesto o actividad no se computarán a efectos de: Trienios. Derechos pasivos. Pagas extraordinarias. Son correctas las respuestas a) y b).
En el ámbito del personal al servicio de la Administración General del Estado, la autorización o denegación de compatibilidad para un segundo puesto o actividad del sector público corresponde: Al Gobierno. A las Cortes Generales. Al Ministerio de Política Territorial y Administración Pública. A la Dirección General de la Función Pública.
La retribución de los profesores eméritos. No será compatible con su pensión de jubilación. Será compatible con su pensión de jubilación. Será compatible con su pensión de jubilación si la relación contractual es a tiempo parcial. Dependerá de la duración del contrato.
El ejercicio de actividades profesionales, laborales, mercantiles o industriales fuera de las Administraciones Públicas: Requerirá el previo reconocimiento de compatibilidad. Está exceptuada del régimen de incompatibilidades. Su ejercicio sin el previo reconocimiento de compatibilidad comportará la sanción de separación de servicio del funcionario. Son correctas las respuestas a) y c).
Quienes accedan por cualquier título a un nuevo puesto del sector público que con arreglo a la Ley de Incompatibilidades resulte incompatible con el que vinieran desempeñando habrán de optar por uno de ellos dentro de: Diez días. Quice días. Veinte días. El plazo de toma de posesión.
Las incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas se regulan por: La Ley 53/1984, de 26 de diciembre. La Ley 53/1988, de 28 de diciembre. La Ley 58/1983, de 26 de diciembre. La Ley 58/1988, de 28 de diciembre.
A efectos de la Ley de Incompatibilidades, en todos los supuestos que se refieren a puestos de trabajo a tiempo parcial se han de entender por tal aquella que no supere: Las quince horas semanales. Las veinte horas semanales. Las veinte cinco horas semanales. Las treinta horas semanales.
Será requisito necesario para autorizar la compatibilidad de actividades públicas el que la cantidad total percibida por ambos puestos o actividades no supere la remuneración prevista en los Presupuestos Generales del Estado para el cargo de Director General, ni supere la correspondiente al principal, estimada en régimen de dedicación ordinaria, incrementada en: Un 35%, para los funcionarios del grupo B o personal con nivel equivalente. Un 35%, para los funcionarios del grupo C o personal con nivel equivalente. Un 35%, para los funcionarios del grupo D o personal equivalente. Un 35%, para los funcionarios del grupo E o personal equivalente.
En el ámbito de la Administración General del Estado la resolución motivada reconociendo la compatibilidad o declarando la incompatibilidad con actividades privadas, se dictará, como regla general, en el plazo de: Un mes. Dos meses. Tres meses. Seis meses.
No podrá reconocerse compatibilidad para el ejercicio de las actividades privadas que en cada caso se expresan: El personal que realice cualquier clase de funciones en la Administración, con el desempeño de servicios de gestoría administrativa, ya sea como titular, ya como empleado en tales oficinas. El personal que realice cualquier clase de funciones en la Administración, con el ejercicio de Procurador o cualquier actividad que pueda requerir presencia ante los Tribunales durante el horario de trabajo. El personal que realice funciones de informe, gestión o resolución, con la realización de servicios profesionales, remunerados o no, a los que se pueda tener acceso como consecuencia de la existencia de una relación de empleo o servicio en cualquier Departamento, Organismo, Entidad o Empresa públicos, cualesquiera que sea la persona que los retribuya y la naturaleza de la retribución. Todas las respuestas son correctas.
El carácter público, la universalidad y gratuidad del Sistema Nacional quedó establecido en: La Constitución Española. El Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio. La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud.
La necesidad de mantener una regulación especial para el personal de los servicios sanitarios ha sido puesta de manifiesto por: La Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. El art. 82.1 de la Ley General de Sanidad. El art. 84.2 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estaturario de los Servicios de Salud. La Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estaturario de los Servicios de Salud.
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