Relaciones laborales en las administraciones públicas
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Título del Test:![]() Relaciones laborales en las administraciones públicas Descripción: Examen AVEX 2020_segunda semana. Ciencias jurídicas en las AA.PP |




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Luisa es personal laboral fijo de la administración X. Luisa presenta servicios en el centro de esta administración situado en la localidad Z donde Luisa también tiene su domicilio. La administración X comunica a Luisa, que por razones organizativas dentro de cinco días debe pasar a presentar servicios en otro centro de la administración, situado en la provincia y se trata de un cambio temporal que solo durará dos meses pero que obliga a Luisa a cambiar su domicilio durante dicho periodo. ¿Qué puede hacer Luisa si no está de acuerdo con esta decisión empresarial?. El cambio no puede adoptarse unilateralmente por la administración es necesario el mutuo acuerdo, por lo que Luisa puede negarse a cumplir la orden empresarial. la decisión de la administración empleadora es ejecutiva, pero Luisa puede impugnarla ante la jurisdicción social. Luisa puede optar por la extinción del contrato de trabajo en cuyo caso tendrá derecho a percibir una indemnización de 20 días de salario por año de servicio con un máximo de 12 mensualidades. El despido de la trabajadora embarazada: Es nulo siempre y en todo caso. es nulo, salvo que se declare la procedencia del despido por motivos no relacionados con el embarazo. es improcedente, salvo que se declare la procedencia del despido por motivos no relacionados con el embarazo. En el ámbito de las Administraciones Públicas como el convenio colectivo tiene que tener siempre: Eficacia contractual y limitada. eficacia contractual y general. eficacia normativa y general. Señale la afirmación correcta: las huelgas políticas son siempre ilegales porque se dirige contra los poderes públicos, que representa el interés general. las huelgas políticas son ilícitas porque no opera, en puridad, como medida de conflicto laboral. las huelgas políticas son ilegales salvo cuando reaccionan a medidas de los poderes públicos que afectan a los intereses profesionales de los trabajadores. El ente público X, con una plantilla de 100 trabajadores en régimen laboral, se extinguirá, por mandato legal, el 1 de enero del 2020. Antes tiene que extinguir los contratos de trabajo de su personal laboral. Para ello: Deberá acudir al procedimiento de despido colectivo. No será necesario despedir los contratos de trabajo se extinguirán automáticamente en la fecha señalada en la extinción de la personalidad jurídica del ente los trabajadores tendrán derecho al abono de una cantidad equivalente a un mes de salario. No será necesario despedir los contratos de trabajo se extinguirán automáticamente en la fecha señalada para la extinción de la personalidad jurídica del del ente. Los trabajadores no tendrán derecho a indemnización. Pedro suscribió el 13 de abril del 2019 con la Administración X un contrato de trabajo de interinidad por vacante. El 10 de enero del 2020, la Administración X decide amortizar la plaza que ocupa Pedro. Conforme a la doctrina de la Sala IV del Tribunal Supremo, la amortización de la plaza: No justifica la extinción del contrato de trabajo de interinidad por vacante. Conlleva la extinción automática del contrato de trabajo por interinidad por vacante, sin necesidad de acudir al procedimiento previsto para el despido objetivo o, en su caso, colectivo. No conlleva la extinción automática del contrato de trabajo de interinidad por vacante, debiendo para ello, acudirse al procedimiento previsto para el despido objetivo o, en su caso, colectivo. Luis C. fue despedido por causas disciplinarias por la Administración X, despido que, posteriormente, fue declarado procedente en sentencia firme. Para Luis, este despido comporta: La inhabilitación para ser funcionario. La inhabilitación para ser titular de un nuevo contrato de trabajo con funciones similares a las que desempeñaba. La inhabilitación para ser titular de un contrato de trabajo cualesquiera que sean las funciones desempeñadas. Francisco suscribió hace 14 años con a Administración X un contrato de trabajo por interinidad por vacante. Este contrato se ha mantenido en vigor, hasta que, finalmente, en enero 2020, la Administración convocó la plaza, que, tras el procedimiento reglamentariamente establecido, fue cubierta por un tercero. La Administración X cesa a Francisco, que presenta demanda de despido. En el juicio, la Administración X no acredita la existencia de una causa que justifique la demora para promover la cobertura de la vacante. En estas circunstancias: Procede el reconcomiendo del carácter indefinido no fijo de la relación laboral de Francisco y la Administración X. El cese por cobertura de la vacante tendrá una indemnización de 20 días de salario por año de servicio con el tope de 12 mensualidades. Procede el reconocimiento de carácter indefinido no fijo de la relación laboral de Francisco con la Administración X. El cese por cobertura de la vacante tendrá una indemnización de 12 días de salario por año de servicio con el tope de 12 mensualidades. No procede el reconocimiento del carácter indefinido no fijo de la relación laboral de Francisco y la Administración X. El cese por cobertura de la vacante no da derecho a indemnización a favor de Francisco. En relación a la movilidad geográfica regulada en el Estatuto de los Trabajadores, se puede afirmar que: El traslado y el desplazamiento supone un cambio de centro de trabajo, pero mientras el traslado implica un cambio de residencia del trabajador, el desplazamiento no. Tanto el desplazamiento como el traslado exigen cambios de residencia, pero mientras es primero es definitivo, el segundo es temporal. El traslado y el desplazamiento exigen ambos un cambio de residencia del trabajador, pero el traslado tiene carácter definitivo o de larga duración, mientras que el desplazamiento supone un cambio temporal de menor impacto en la vida del trabajador. De acuerdo con la doctrina del Tribunal Constitucional, el recurso a la contratación laboral por la Administración Pública: Se admite con carácter excepcional y únicamente en los supuestos previsto por ley. Se admite sin restricciones. Se admite previa autorización reglamentaria. La movilidad funcional dentro del grupo profesional (movilidad interna): Se efectuará de acuerdo a las titulaciones académicas o profesionales precisas para ejercer la prestación laboral y con respeto a la dignidad del trabajador. Solo será posible si existen razones técnicas u organizativas que la justifiquen y por el tiempo imprescindible para su atención. No es posible en el ámbito de las Administraciones Públicas. El 13 de marzo de 2015 María C, suscribió un contrato de trabajo temporal eventual con el Ayuntamiento X por un plazo de seis meses, que es objeto de sucesivas prórrogas sin solución de continuidad. En febrero de 2020, María decide ejercitar una acción declarativa de reconocimiento de fijeza por haberse incumplido los límites temporales de la contratación eventual y por ser el trabajo realizado el normal y permanente del órgano donde presta servicios. ¿Procede la declaración de fijeza?. Sí, conforme a lo dispuesto en el art. 15.3 del Estatuto de los Trabajadores. No. El contrato de trabajo debe declararse nulo. No. El contrato de trabajo debe declararse indefinido o no fijo. La Administración Pública, en su condición de empresario, pueden acudir al cierre patronal: En caso de ocupación ilegal del centro de trabajo, entre otros supuestos. Cuando consideren ilegal la huelga. Las Administraciones Públicas, en su condición de empresario, no puede acudir al cierre patronal. Señale la afirmación correcta: Existe una reserva de competencias a la ley de presupuestos de cada año para establecer el incremento salarial del personal de las AAPP, lo que excluye la negociación colectiva sobre el mismo. Existe una reserva de competencias a la ley de presupuestos de cada año para establecer el incremento salarial del personal de las AAPP, lo que no excluye la negociación colectiva sobre el mismo, aunque el resultado de esa negociación sólo será una "propuesta no vinculante" para el órgano que tiene que aprobar el presupuesto. La reserva de competencias a la ley de presupuestos de cada año para establecer el incremento salarial no aplica al personal laboral de las AAPP, pues ello vulneraría el derecho a la negociación colectiva (art. 37 CE). Luis F. es personal labora fijo de la Administración X. Tras el correspondiente procedimiento disciplinario, Luis F. ha sido despedido. El motivo del despido ha sido el acoso laboral que Luis ejercía sobre su subordinado Pedro G. ¿Procede el despido disciplinario del personal laboral de la Administración por este motivo?. Sí. Se trata de una falta muy grave, y como tal, puede ser sancionada con el despido. No. El derecho solo puede sancionar la comisión de faltas muy graves y el acoso laboral constituye falta grave. Sí. Se trata de una falta grave y, como tal, puede ser sancionada con el despido. Emma F. fue despedida por causas disciplinarias por la Administración X, despido que, posteriormente, fue declarado procedente en sentencia firme. Para Emma, este despido comporta: La inhabilitación para ser funcionaria. La inhabilitación para ser titular de un nuevo contrato de trabajo con funciones similares a las que desempeñaba. La inhabilitación para ser titular de un nuevo contrato de trabajo cualquiera que sean las funciones desempeñadas. Cuando se produce el vencimiento del término en un contrato de trabajo temporal: El contrato se extingue, con la correspondiente denuncia, sin que el trabajador tenga, con carácter general, derecho a indemnización. El contrato se extingue, sin necesidad de denuncia y sin que el trabajador tenga el derecho a indemnización. El contrato se extingue, previa denuncia, y el trabajador tiene con carácter general derecho a una indemnización de 12 días de salario de servicio. María es trabajadora indefinida no fija de la Administración Z. La Administración Z quiere amortizar la plaza que ocupa Maria y cesar a la trabajadora. La Administración pregunta cómo debe proceder el cese. La amortización de la plaza no justifica la extinción del contrato de trabajo que tiene suscrito con María. La Administración no puede, pues, cesar a Maria. La amortización de la plaza conlleva la extinción automática del contrato de trabajo, sin necesidad de acudir al procedimiento previsto para el despido objetivo o, en su caso, colectivo. La amortización de la plaza no conlleva la extinción automática del contrato de trabajo, debiendo, para ello, acudirse al procedimiento previsto para el despido objetivo, o en su caso, colectivo. Los órganos de gobierno de las Administraciones Públicas (AAPP) pueden suspender o modificar el cumplimiento de Convenios Colectivos (CC) ya firmados, excepcionalmente y por causa grave de interés público derivada de una alteración sustancial de las circunstancias económicas. Para ello, deberán: Solicitar autorización judicial. Informar a las organizaciones sindicales de las causas de la suspensión o modificación. Solicitar autorización a las organizaciones sindicales. Daniel F. es personal laboral fijo en la Administración Z. La Administración Z le ha encomendado, de forma temporal, la realización de funciones superiores a la de su grupo profesional. La Administración le ha comunicado las razones de esta decisión y el periodo de tiempo que durará esta situación. En estas circunstancias: Daniel tendrá derecho a la retribución correspondiente a las funciones que efectivamente realice. Daniel mantendrá la retribución correspondiente a su puesto de origen. Daniel mantendrá la retribución correspondiente a su puesto de origen, pero podrá pedir una indemnización por daños y perjuicios. Pedro G. es personal laboral fijo del Ayuntamiento X. El día 13 de enero de 2020 fue despedido por causas disciplinarias con efectos desde ese mismo día. Pedro presenta demanda por despido el día 27 de febrero de 2020. Señale la afirmación correcta. Pedro tenia que haber agotado la reclamación administrativa previa. Pedro no tenía que haber agotado ninguna vía administrativa previa, pero la demanda ha sido presentada fuera de plazo. Pedro no tenía que haber agotado ninguna vía administrativa previa y la demanda está presentada en plazo. |