Cuestiones
ayuda
option
Mi Daypo

TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESERiesgos de trabajo

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del test:
Riesgos de trabajo

Descripción:
Med laboral

Autor:
Esme
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
07/12/2022

Categoría:
Ciencia

Número preguntas: 24
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Últimos Comentarios
No hay ningún comentario sobre este test.
Temario:
Contenido del articulo 472 Riesgos de trabajo son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio ó con motivo del trabajo. Las disposiciones de este Título se aplican a todas las relaciones de trabajo, incluidos los trabajos especiales, con la limitación consignada en el artículo 352. Quedan incluidos en la definición anterior los accidentes que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar de trabajo y de este a aquel. Accidente de trabajo es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste.
Numero del articulo de define un riesgo de trabajo como:los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio ó con motivo del trabajo. 460 472 471 473.
¿A que numero de articulo corresponde el siguiente contenido ''Accidente de trabajo es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste. Quedan incluidos en la definición anterior los accidentes que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar de trabajo y de este a aquel. '' 472 473 474 475.
¿A que articulo corresponde el siguiente contenido: ''Enfermedad de trabajo es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que venga en su origen o motivo en el trabajo o en el medio que en el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios''? 472 474 475 476.
El patrón es responsable de la seguridad e higiene y de prevención de riesgos en el trabajo, conforme a las disposiciones de esta ley, sus reglamentos y las normas oficiales mexicanas aplicables. Es obligación de los trabajadores observar las medidas preventivas de seguridad e higiene que establecen los reglamentos y las normas oficiales mexicanas expedidas por las autoridades competentes, así como las que indiquen los patrones para la prevención de riesgos de trabajo. 475 Bis 474 Bis 473 472.
¿Cuál es el contenido del articulo 476? Es obligación de los trabajadores observar las medidas preventivas de seguridad e higiene que establecen los reglamentos y las normas oficiales mexicanas expedidas por las autoridades competentes, así como las que indiquen los patrones para la prevención de riesgos de trabajo Serán consideradas en todo caso enfermedades de trabajo las que determine esta ley y, en su caso, la actualización que realice la Secretaría de Trabajo Previsión Social. Enfermedad de trabajo es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que venga en su origen o motivo en el trabajo o en el medio que en el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios. El patrón es responsable de la seguridad e higiene y de prevención de riesgos en el trabajo, conforme a las disposiciones de esta ley, sus reglamentos y las normas oficiales mexicanas aplicables. .
Cuando los riesgos se realizan pueden producir: I.-Incapacidad Temporal II.-Incapacidad Permanente Parcial III.-Incapacidad Permanente Total IV.-La Muerte y V.-Desaparicion 476 477 472 474.
¿Cuál es el contenido del articulo 478? INCAPACIDAD TEMPORAL: Es la perdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo por algún tiempo El patrón es responsable de la seguridad e higiene y de prevención de riesgos en el trabajo, conforme a las disposiciones de esta ley, sus reglamentos y las normas oficiales mexicanas aplicables. Es obligación de los trabajadores observar las medidas preventivas de seguridad e higiene que establecen los reglamentos y las normas oficiales mexicanas expedidas por las autoridades competentes, así como las que indiquen los patrones para la prevención de riesgos de trabajo. Serán consideradas en todo caso enfermedades de trabajo las que determine esta ley y, en su caso, la actualización que realice la Secretaría de Trabajo Previsión Social.
Este articulo define la INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL de la siguiente manera: Es la disminución de las facultades o aptitudes de una persona para trabajar 480 478 477 479.
¿Qué es la INCAPACIDAD PERMANTE TOTAL a que articulo de la Ley Federal del trabajo corresponde? Es la perdida del trabaje. Art 483 Es la perdida de facultades o aptitudes de una persona que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida. Art 480 Es la perdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo por algún tiempo. Art 478 Es la perdida de facultades o aptitudes de una persona que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida Art 482.
''La existencia de estados anteriores tales como idiosincrasias, taras, discrasias, intoxicaciones, o enfermedades crónicas, no es causa para disminuir el grado de la incapacidad, ni las prestaciones que corresponden al trabajador. '' 481 480 489 479.
Los trabajadores que sufran un riesgo de trabajo tendrán derecho a: I.- Asistencia medica y quirúrgica; II.- Rehabilitaciones; III.- Hospitalización, cuando el caso lo requiera; IV.- Medicamentos y material de curación; V.- Los aparatos de prótesis y ortopedia necesarios; y VI.- La indemnización fijada por el presente titulo. 477 487 486.
El patrón queda exceptuado de las obligaciones que determina el articulo anterior, en los casos y con las modalidades siguientes: I.- Si el accidente ocurre encontrándose el trabajador en estado de embriaguez; II.- Si el accidente ocurre encontrándose el trabajador bajo la acción de algún narcótico o droga enervante, salvo que existe prescripción medica o que el trabajador haya puesto el hecho en conocimiento del patrón y le hubiese presentado la prescripción suscrita por el medico; III.- Si el trabajador se ocasiona intencionalmente una lesión por si solo o de acuerdo con otra persona; y IV.- Si la incapacidad es el resultado de alguna riña o intento de suicidio . El patrón queda en todo caso obligado a prestar los primeros auxilios y a cuidar del traslado del trabajador a su domicilio o a un centro medico. 487 486 490 488.
No libera al patrón de responsabilidad: I.- Que el trabajador explicita o implícitamente hubiese asumido los riesgos de trabajo; II.- Que el accidente ocurra por torpeza o negligencia del trabajador; y III.- Que el accidente sea causado por imprudencia o negligencia de algún compañero de trabajo o de una tercera persona. 488 487 489 486.
En los casos de falta inexcusable del patrón, la indemnización podrá aumentarse hasta en un 25%, a juicio de la Junta de Conciliación y Arbitraje. 490 491 489.
Si el riesgo produce al trabajador una incapacidad permanente parcial, la indemnización consistirá en el pago del tanto porciento que fija la tabla de valuación de incapacidades, calculado sobre el importe que deberá pagarse si la incapacidad hubiese sido permanente total. Se tomará el tanto por ciento que corresponda entre el máximo y el mínimo establecidos, tomando en consideración la edad del trabajador, la importancia de la incapacidad y la mayor o menor aptitud para ejercer actividades remuneradas, semejantes a su profesión u oficio. Se tomara así mismo en consideración si el patrón se ha preocupado por la reeducación profesional del trabajador. 491 490 489 492.
Contenido del articulo 493 Dentro de los dos años siguientes al en que se hubiese fijado el grado de incapacidad podrá el trabajador o el patrón solicitar la revisión del grado, si se comprueba una averiguación o una atenuación posterior. Si la incapacidad parcial consiste en la perdida absoluta de las facultades o aptitudes del trabajador para desempeñar su profesión, la Junta de Conciliación y Arbitraje podrá aumentar la indemnización hasta el monto de la que correspondería por incapacidad permanente total, tomando en consideración la importancia de la profesión y la posibilidad de desempeñar una categoría similar, susceptible de producirle ingresos semejantes. Si un trabajador victima de un riesgo no puede desempeñar su trabajo, pero si algún otro, el patrón estará obligado a proporcionárselo, de conformidad con las disposiciones del contrato colectivo de trabajo. El patrón está obligado a reponer en su empleo al trabajador que sufrió un riesgo de trabajo, si esta capacitado, siempre que se presente dentro del año siguiente a la fecha en que se determino su incapacidad. No es aplicable lo dispuesto en el párrafo anterior si el trabajador recibió la indemnización por incapacidad permanente total.
Contenido del articulo 497 Si un trabajador victima de un riesgo no puede desempeñar su trabajo, pero si algún otro, el patrón estará obligado a proporcionárselo, de conformidad con las disposiciones del contrato colectivo de trabajo. Dentro de los dos años siguientes al en que se hubiese fijado el grado de incapacidad podrá el trabajador o el patrón solicitar la revisión del grado, si se comprueba una averiguación o una atenuación posterior. En los casos de falta inexcusable del patrón, la indemnización podrá aumentarse hasta en un 25%, a juicio de la Junta de Conciliación y Arbitraje. Los médicos de las empresas serán designados por los patrones. Los trabajadores podrán oponerse a la designación, exponiendo las razones en que se funden. En caso de que las partes no lleguen a un acuerdo, resolverá la Junta de Conciliación y Arbitraje.
El patrón está obligado a reponer en su empleo al trabajador que sufrió un riesgo de trabajo, si esta capacitado, siempre que se presente dentro del año siguiente a la fecha en que se determino su incapacidad. No es aplicable lo dispuesto en el párrafo anterior si el trabajador recibió la indemnización por incapacidad permanente total. 498 497 496 489.
Si un trabajador victima de un riesgo no puede desempeñar su trabajo, pero si algún otro, el patrón estará obligado a proporcionárselo, de conformidad con las disposiciones del contrato colectivo de trabajo. 498 499 496 497.
Relaciona los artículos siguientes con su contenido Art 505 Art 506 Art 507 .
Contenido del articulo 508 La causa de la muerte por riesgo de trabajo podrá comprobarse con los datos que resulten de la autopsia, cuando se practique, o por cualquier otro media que permita determinarla. Si se practica la autopsia, los presuntos beneficiarios podrán designar un medico que la presencie. Podrán igualmente designar un medico que la practique, dando aviso a la autoridad. El patrón podrá designar un medico que presencie la autopsia En los casos de falta inexcusable del patrón, la indemnización podrá aumentarse hasta en un 25%, a juicio de la Junta de Conciliación y Arbitraje. Dentro de los dos años siguientes al en que se hubiese fijado el grado de incapacidad podrá el trabajador o el patrón solicitar la revisión del grado, si se comprueba una averiguación o una atenuación posterior. La STPS realizará las investigaciones y estudios necesarios, a fin de que el Presidente de la Republica pueda iniciar ante el Poder Legislativo la adecuación periódica de las tablas a que se refieren los artículos 513 y 514 al progreso de la Medicina del Trabajo. .
''Las tablas a que se refiere el articulo anterior serán revisadas cada vez que se considere necesario y conveniente para el país, cuando existan estudios e investigaciones que lo justifiquen. En todo caso la STPS y la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo deberán tomar en cuenta el progreso y los avances de la Medicina del Trabajo y para tal efecto podrán auxiliarse de los técnicos y médicos especialistas que para ello se requiera, informando al Poder Legislativo.'' 505 508 514 510.
Relaciona el numero del articulo con su contenido 513 509 515.
Denunciar test Consentimiento Condiciones de uso