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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESErp 185-211

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Título del test:
rp 185-211

Descripción:
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Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
05/05/2020

Categoría:
Personal

Número preguntas: 52
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Temario:
¿Por quién está compuesto el equipo multidisciplinar en las Unidades Psiquiátricas? (Art 185) Al menos, de un psiquiatra, psicólogo, médico general y trabajador social. Preferiblemente, de un psiquiatra, psicólogo, médico general y trabajador social. Al menos, de un psicólogo, educador, un médico especialista y trabajador social. Preferiblemente, de un psicólogo, educador, un médico especialista y trabajador social.
Al ingresar en una Unidad Psiquiátrica ¿Por quién va a ser atendido el recluso? Por el Facultativo de guardia Por el Psiquiatra Por el Director de la Unidad Por el Jefe de Servicios.
¿Quién informa de las normas en el centro psiquiátrico? El educador, según el reglamento del 81 El educador, según el reglamento del 95 El psiquiatra, según el reglamento del 95 El psiquiatra, según el reglamento del 81.
El equipo que atienda al paciente en una Unidad Psiquiátrica... Deberá presentar un informe a la Autoridad Judicial y al Ministerio Fiscal en 3 días hábiles Podrá presentar un informe a la Autoridad Administrativa y al Ministerio Fiscal en 5 días hábiles Deberá presentar un informe a la Autoridad Administrativa y al Ministerio Fiscal en 5 días hábiles Podrá presentar un informe a la Autoridad Judicial y al Ministerio Fiscal en 3 días hábiles.
Revisión del internamiento en Unidades Psiquiátricas: La situación personal del paciente será revisada, al menos, cada 6 meses por el Equipo multidisciplinar. La situación personal del paciente será revisada, al menos, cada 3 meses por la Junta de Tratamiento. La situación personal del paciente será revisada, al menos, cada 6 meses por la Junta de Tratamiento. La situación personal del paciente será revisada, al menos, cada 3 meses por el Equipo multidisciplinar.
Art 188. Régimen de los Establecimientos o Unidades Psiquiátricas: El empleo de medios coercitivos es una medida excepcional, que solo podrá ser admitida por indicación del facultativo y durante el tiempo mínimo imprescindible previo al efecto del tratamiento farmacológico que esté indicado. El empleo de medios coercitivos es una medida necesaria, que podrá ser admitida por indicación del Director y durante el tiempo que sea necesario previo al efecto del tratamiento farmacológico que esté indicado. El empleo de medios coercitivos es una medida excepcional, que solo podrá ser admitida por indicación del Director y durante el tiempo mínimo imprescindible previo al efecto del tratamiento farmacológico que esté indicado. El empleo de medios coercitivos es una medida necesaria, que podrá ser admitida por indicación del facultativo y durante el tiempo que sea necesario previo al efecto del tratamiento farmacológico que esté indicado.
En cuanto a las disposiciones de régimen disciplinario en las Unidades Psiquiátricas: No serán de aplicación a los pacientes internados en estas instituciones Se aplicarán con las mismas características que los internados en otras instituciones penitenciarias. Se aplicarán de forma limitada a los pacientes internados en estas instituciones No serán de aplicación salvo que sea estrictamente necesario.
Art. 189. Actividades rehabilitadoras en Unidades Psiquiátricas: Se establecerá una programación general de actividades rehabilitadoras, así como programas individuales de rehabilitación. Se establecerá una programación especial de actividades rehabilitadoras, así como actividades individuales de rehabilitación. Se establecerá una programación específica de actividades rehabilitadoras, así como actividades grupales de rehabilitación. Se establecerá una programación terapéutica de actividades rehabilitadoras, así como actividades grupales de rehabilitación.
¿Qué requisitos es el necesario para la libertad condicional? Haber extinguido 1/4 de la condena y no observar mala conducta. Haber extinguido 3/4 de la condena y observar buena conducta. Haber extinguido 1/4 de la condena y observar buena conducta. Haber extinguido 3/4 de la condena y no observar mala conducta.
¿Qué requisitos es el necesario para el permiso? Haber extinguido 1/4 de la condena y no observar mala conducta. Haber extinguido 3/4 de la condena y observar buena conducta. Haber extinguido 1/4 de la condena y observar buena conducta. Haber extinguido 3/4 de la condena y no observar mala conducta.
Requisitos para la Libertad Condicional Estar en 3er grado, tener 3/4 de la pena cumplida, buena conducta y haber pagado la responsabilidad civil Estar en 2º o 3er grado, tener 1/2 de la pena cumplida, no tener mala conducta y haber pagado la responsabilidad penal Estar en 3er grado, tener 1/2 de la pena cumplida, buena conducta y haber pagado la responsabilidad penal. Estar en 2º o 3er grado, tener 3/4 de la pena cumplida, no tener mala conducta y haber pagado la responsabilidad civil.
Tengo dos condenas. 1ª de 6 años y la 2ª de 4 años. El Gobierno me ha indultado 2 años de la primera. Llevo cumplidos 6 años ¿Puedo acogerme a la libertad condicional? Sí puedes. No puedes.
Tengo dos condenas. 1ª de 6 años y la 2ª de 2 años. Llevo cumplidos 2 años ¿Puedo acogerme a la libertad condicional? Sí puedes. No puedes.
Art 194. Iniciación del expediente de la libertad condicional La Junta de Tratamiento deberá iniciar la tramitación del correspondiente expediente con la antelación necesaria para que no sufra retraso la concesión de este beneficio. El Centro Directivo deberá iniciar la tramitación del correspondiente expediente en un plazo máximo de 3 meses para que no sufra retraso la concesión de este beneficio. El JVP deberá iniciar la tramitación del correspondiente expediente en un plazo máximo de 6 meses para que no sufra retraso la concesión de este beneficio. El Consejo Directivo deberá iniciar la tramitación del correspondiente expediente en un plazo máximo de 2 meses para que no sufra retraso la concesión de este beneficio.
Cual de los siguientes documentos no es correcto que aparezca en el expediente de libertad condicional. Testimonio de sentencias recaídas y liquidación de condena Certificado de la clasificación de 3er grado y de los beneficios penitenciarios. Informe de pronóstico de integración social, elaborado por la Junta de Tratamiento. Resumen de su situación penal y penitenciaria, fechas incluidas. Se indicarán los permisos disfrutados e incidencias, sanciones y cancelaciones. Programa individual de libertad condicional y plan de seguimiento Acta de compromiso de acogida por parte de su familia. Manifestación del interesado sobre la localidad donde piensa fijar su residencia Manifestación del interesado sobre el trabajo o medio de vida que dispondrá al salir. Certificado literal del acta de la Junta de Tratamiento y donde se propondrá al JVP la aplicación de una o varias reglas de medidas de seguridad. Todas son correctas.
Cual de los siguientes documentos no es correcto que aparezca en el expediente de libertad condicional. Testimonio de sentencias recaídas y liquidación de condena Certificado de la clasificación de 3er grado y de los beneficios penitenciarios. Informe de pronóstico de integración social, elaborado por la Junta de Tratamiento. Resumen de su situación penitenciaria, horas incluidas. Se indicarán los permisos por disfrutar e incidencias, sanciones y cancelaciones. Programa individual de libertad condicional y plan de seguimiento Acta de compromiso de acogida por parte de su familia. Manifestación del interesado sobre la localidad donde piensa fijar su residencia Manifestación del interesado sobre el trabajo o medio de vida que dispondrá al salir. Certificado literal del acta de la Junta de Tratamiento y donde se propondrá al JVP la aplicación de una o varias reglas de medidas de seguridad. Todas son correctas.
Cual de los siguientes documentos no es correcto que aparezca en el expediente de libertad condicional. Informe de sentencias recaídas Certificado de la clasificación de 3er grado y de los beneficios penitenciarios. Informe de pronóstico de integración social, elaborado por la Junta de Tratamiento. Resumen de su situación penal y penitenciaria, fechas incluidas. Se indicarán los permisos disfrutados e incidencias, sanciones y cancelaciones. Programa individual de libertad condicional y plan de seguimiento Acta de compromiso de acogida por parte de su familia. Manifestación del interesado sobre la localidad donde piensa fijar su residencia Manifestación del interesado sobre el trabajo o medio de vida que dispondrá al salir. Certificado literal del acta de la Junta de Tratamiento y donde se propondrá al JVP la aplicación de una o varias reglas de medidas de seguridad. Todas son correctas.
Cual de los siguientes documentos no es correcto que aparezca en el expediente de libertad condicional. Testimonio de sentencias recaídas y liquidación de condena Certificado de la clasificación de 3er grado y de los beneficios penitenciarios. Informe de pronóstico de integración social, elaborado por la Junta de Tratamiento. Resumen de su situación penal y penitenciaria, fechas incluidas. Se indicarán los permisos disfrutados e incidencias, sanciones y cancelaciones. Programa individual de libertad condicional y plan de seguimiento Declaración escrita de compromiso de acogida por parte de su familia. Manifestación del interesado sobre la localidad donde piensa fijar su residencia Manifestación del interesado sobre el trabajo o medio de vida que dispondrá al salir. Certificado literal del acta de la Junta de Tratamiento y donde se propondrá al JVP la aplicación de una o varias reglas de medidas de seguridad. Todas son correctas.
¿Qué documento no deben tener los mayores de 70 años y enfermos graves en su expediente de libertad condicional? El mencionado en el artículo a El mencionado en el artículo b El mencionado en el artículo c El mencionado en el artículo d El mencionado en el artículo e El mencionado en el artículo f El mencionado en el artículo g El mencionado en el artículo h El mencionado en el artículo i.
Art 196. Libertad condicional para mayores de 70 años y enfermos terminales. Cuando se trate de enfermos muy graves con padecimientos incurables se incluirá en el expediente el informe médico acreditativo de la enfermedad, así como de la gravedad e irreversibilidad de la misma. En el caso de septuagenarios, se acreditará la edad del interno mediante la certificación del nacimiento. Cuando se trate de enfermos graves con padecimientos dolorosos se incluirá en el expediente el informe médico acreditativo de la enfermedad, así como de la gravedad e irreversibilidad de la misma. En el caso de sexagenarios se acreditará la edad del interno mediante la certificación del nacimiento. Cuando se trate de enfermos muy graves con padecimientos incurables se incluirá en el expediente el informe médico acreditativo de la enfermedad, así como de la gravedad e irreversibilidad de la misma. En el caso de sexagenarios se acreditará la edad del interno mediante la certificación del nacimiento. Cuando se trate de enfermos graves con padecimientos dolorosos se incluirá en el expediente el informe médico acreditativo de la enfermedad, así como de la gravedad e irreversibilidad de la misma. En el caso de septuagenarios, se acreditará la edad del interno mediante la certificación del nacimiento.
Art. 197. Libertad condicional de extranjeros. Con el fin de poder dar cumplimiento a la medida de expulsión prevista en el art 89 del CP, con la antelación suficiente, se comunicarán al Ministerio Fiscal las propuestas de libertad condicional de penados extranjeros junto con un breve resumen de su situación penal. Con el fin de poder dar cumplimiento a la medida de expulsión prevista en el art 89 del CP, con al menos 6 meses de antelación, se comunicarán al Ministerio Fiscal las propuestas de libertad condicional de penados extranjeros junto con un breve resumen de su situación penal. Con el fin de poder dar cumplimiento a la medida de expulsión prevista en el art 89 del CP, con al menos 3 meses de antelación, se comunicarán al Ministerio Fiscal las propuestas de libertad condicional de penados extranjeros junto con un breve resumen de su situación penal. Con el fin de poder dar cumplimiento a la medida de expulsión prevista en el art 89 del CP, con al menos 12 meses de antelación, se comunicarán al Ministerio Fiscal las propuestas de libertad condicional de penados extranjeros junto con un breve resumen de su situación penal.
Artículo 89 del Código Penal. Las penas de prisión de más de un año impuestas a un ciudadano extranjero serán sustituidas por su expulsión del territorio español. El juez o tribunal resolverá en sentencia sobre la sustitución de la ejecución de la pena siempre que ello resulte posible. Las penas de prisión de más de dos años impuestas a un ciudadano extranjero serán sustituidas por su expulsión del territorio español. El juez o tribunal resolverá en sentencia sobre la sustitución de la ejecución de la pena siempre que ello resulte posible. Las penas de prisión de más de tres años impuestas a un ciudadano extranjero serán sustituidas por su expulsión del territorio español. El juez o tribunal resolverá en sentencia sobre la sustitución de la ejecución de la pena siempre que ello resulte posible. Las penas de prisión de más de 6 meses impuestas a un ciudadano extranjero serán sustituidas por su expulsión del territorio español. El juez o tribunal resolverá en sentencia sobre la sustitución de la ejecución de la pena siempre que ello resulte posible.
¿Quién aprueba la libertad condicional? El JVP El Tribunal/Juez Sentenciador.
¿Quién revoca la libertad condicional? El JVP El Tribunal/Juez Sentenciador.
¿Qué ocurre si no se revoca la libertad condicional a un preso? Seguirá en libertad provisional. Se le dará paso al régimen ordinario hasta que pueda ser clasificado.
¿Qué ocurre si se le revoca la libertad condicional a un preso? Seguirá en libertad provisional. Se le dará paso al régimen ordinario hasta que pueda ser clasificado.
¿Quién aprueba la libertad condicional en los casos de PPR? El JVP El Tribunal/Juez Sentenciador.
¿Quién revoca la libertad condicional en los casos de PPR? El JVP El Tribunal/Juez Sentenciador.
¿Quién aprueba la libertad condicional en los casos de Enfermedad Patente? El JVP El Tribunal/Juez Sentenciador.
¿Quién revoca la libertad condicional en los casos de Enfermedad Patente? El JVP El Tribunal/Juez Sentenciador.
¿De quién depende la Subdirección de Penas y Medidas Alternativas y Medio Abierto? De la SGIP De la DGEPRS Del Ministerio de Interior Secretaría de Estado de Seguridad.
¿De quién depende la SGIP? De la Secretaría de Estado de Seguridad De la DGEPRS Del Ministerio de Interior.
Art 202. Beneficios Penitenciarios. Adelantamiento de la libertad condicional y el indulto particular El Adelantamiento de indulto y la libertad particular La prórroga de los permisos y la resolución favorable La prórroga favorable y la resolución de permisos.
Art 204. Propuesta beneficios penitenciarios. Requerirá la ponderación razonada de los factores que la motivan, la acreditación de la concurrencia de buena conducta, el trabajo, la participación de interesado en actividades de reeducación y reins. social y la evolución positiva en el proceso de reinserción. Podrá requerir la ponderación razonada de los factores que la motivan, la acreditación de la concurrencia de buena conducta, el trabajo, la participación de interesado en actividades de reeducación y reins. social y la evolución positiva en el proceso de reinserción. Requerirá el seguimiento y control de los internos, un auto que coteje la propuesta, una valoración que demuestre la preparación necesaria para la vida en libertad y el tiempo suficiente de condena. Podrá requerir el seguimiento y control de los internos, un auto que coteje la propuesta, una valoración que demuestre la preparación necesaria para la vida en libertad y el tiempo suficiente de condena.
Art. 206 Indulto particular La Junta de Tratamiento, previa propuesta del Equipo Directivo podrá solicitar al JVP la tramitación de un indulto para los penados. Debe concurrir de modo continuado durante un tiempo mínimo de 2 años y en un grado a nivel extraordinario: buena conducta, buen desempeño actividad laboral (dentro/fuera) y participar en las act de reinserción social/reeducación. El Centro Directivo, previa propuesta de la Junta de Tratamiento podrá solicitar al JVP la tramitación de un indulto para los preventivos. Debe concurrir de modo continuado durante un tiempo mínimo de 2 años y en un grado a nivel extraordinario: buena conducta, desempeño laboral sin incidentes (dentro/fuera) y participar en las act de reinserción social/reeducación. La Junta de Tratamiento, previa propuesta del Equipo Directivo podrá solicitar al JVP la tramitación de un indulto para los preventivos. Debe concurrir de modo continuado durante un tiempo mínimo de 1 año y en un grado a nivel extraordinario: no tener mala conducta, buen desempeño actividad laboral (dentro/fuera) y participar en las act de reinserción social/reeducación. El Centro Directivo, previa propuesta de la Junta de Tratamiento podrá solicitar al JVP la tramitación de un indulto para los penados. Debe concurrir de modo continuado durante un tiempo mínimo de 1 año y en un grado a nivel extraordinario: buena conducta, buen desempeño actividad laboral (dentro/fuera) y participar en las act de reinserción social/reeducación.
Sobre la tramitación del indulto. Propone el Equipo Técnico a la Junta de Tratamiento. Propone el Equipo Técnico al Consejo de Dirección Propone la Junta de Tratamiento al Consejo de Dirección Propone la Junta de Tratamiento al Director del Centro.
Sobre la tramitación del indulto. La Junta de Tratamiento solicita al JVP que lo tramite. El Equipo Técnico solicita al JVP que lo tramite La Junta de Tratamiento solicita al Centro Directivo que lo tramite. El Equipo Técnico solicita al Centro Directivo que lo tramite.
Sobre la tramitación del indulto. El JVP pasa el informe de la Junta de Tratamiento con el informe del J/T sentenciador al Ministerio de Justicia e Interior El Centro Directivo pasa el informe del Equipo Técnico con el informe del J/T sentenciador al parlamento. El JVP para el informe del Equipo Técnico con el informe del J/T sentenciador al Ministerio de Justicia e Interior El Centro Directivo para el informe de la Junta de Tratamiento con el informe del J/T sentenciador al parlamento.
Sobre la tramitación del indulto. El Consejo de Ministros lo concede y lo remiten al Rey para su firma El Rey lo concede y lo remiten al Presidente del Gobierno para su firma El Presidente del Gobierno lo concede y lo remite al Rey para su firma.
¿Quién realiza el indulto? Consejo de Ministros Presidente del Gobierno Centro Directivo DGIP.
¿Quién realiza el indulto? Rey Presidente del Gobierno Centro Directivo DGIP.
Orden protagonistas de la tramitación del indulto: Equipo Técnico-Junta de Tratamiento-JVP-Ministerio de Justicia e Interior-Consejo de Ministros-Rey Junta de Tratamiento-Centro Directivo-JVP-Parlamento-Presidente del Gobierno-Rey Equipo Técnico-Junta de Tratamiento-JVP-Ministerio de Justicia e Interior-Rey-Presidente del Gobierno Junta de Tratamiento-JVP-Centro Directivo-Parlamento-Presidente del Gobierno-Rey.
Art 207. Asistencia Integral: Principios Universalización y Corresponsabilidad Universalización y Eficacia Globalización y Corresponsabilidad Globalización y Eficacia.
¿En qué consiste el principio de universalización? Se garantiza la asistencia global a todos los internos y en condiciones equiparables a la de la vida en libertad. Se garantiza la asistencia global a todos los penados y en condiciones equiparables a la de la vida en libertad Se articulan los cauces de colaboración necesarios entre la administración penitenciaria y la sanitaria competente para ser efectiva la asistencia Se articulan los cauces de colaboración exigidos entre las administraciones públicas y la sanitaria competente para ser efectiva la asistencia.
¿En qué consiste el principio de corresponsabilidad? Se garantiza la asistencia global a todos los internos y en condiciones equiparables a la de la vida en libertad. Se garantiza la asistencia global a todos los penados y en condiciones equiparables a la de la vida en libertad Se articulan los cauces de colaboración necesarios entre la administración penitenciaria y la sanitaria competente para ser efectiva la asistencia Se articulan los cauces de colaboración exigidos entre las administraciones públicas y la sanitaria competente para ser efectiva la asistencia.
Art 208. Prestaciones Sanitarias: Se garantizarán con medios propios o ajenos concertados. Se garantizarán con medios propios o ajenos públicos Se garantizarán con medios propios o ajenos privados.
¿Quienes son los miembros mínimos que componen la Atención primaria? Según RP 1x Médico General + 1x DUE + 1x Auxiliar de Enfermería 1x Médico General con conocimientos de psiquiatría + 1x ATS + 1 x Odontólogo + Personal Auxiliar necesario 1x Médico General + 2x DUE + 2x Auxiliar de Enfermería 1x Médico General con conocimientos de psiquiatría + 2x ATS + 1 x Odontólogo + Personal Auxiliar necesario.
¿Quienes son los miembros mínimos que componen la Atención primaria? Según Art 36 LOGP 1x Médico General + 1x DUE + 1x Auxiliar de Enfermería 1x Médico General con conocimientos de psiquiatría + 1x ATS + 1 x Odontólogo + Personal Auxiliar necesario 1x Médico General + 2x DUE + 2x Auxiliar de Enfermería 1x Médico General con conocimientos de psiquiatría + 2x ATS + 1 x Odontólogo + Personal Auxiliar necesario.
¿A qué hace referencia la atención primaria? A las propias enfermerías del establecimiento penitenciario A los medios ajenos: hospitales y médicos que visitan el establecimiento penitenciario).
¿A qué hace referencia la atención especializada? A las propias enfermerías del establecimiento penitenciario A los medios ajenos: hospitales y médicos que visitan el establecimiento penitenciario).
Art 210. Asistencia obligatoria en casos de urgencia vital: Tratamiento Se llevará a cabo siempre con el consentimiento informado del interno. Solo cuando exista peligro inminente para la vida de éste se podrá imponer un tratamiento contra la voluntad. Se llevará a cabo siempre con el consentimiento informado del interno. Podrá realizarse sin el consentimiento del paciente cuando el no hacerlo suponga un peligro evidente para la salud o la vida de terceras personas.
Art 210. Asistencia obligatoria en casos de urgencia vital: Intervención Se llevará a cabo siempre con el consentimiento informado del interno. Solo cuando exista peligro inminente para la vida de éste se podrá imponer un tratamiento contra la voluntad. Se llevará a cabo siempre con el consentimiento informado del interno. Podrá realizarse sin el consentimiento del paciente cuando el no hacerlo suponga un peligro evidente para la salud o la vida de terceras personas.
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