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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESErp 240-262

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Título del test:
rp 240-262

Descripción:
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Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
15/05/2020

Categoría:
Personal

Número preguntas: 86
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Temario:
¿Quién resuelve y autoriza las ayudas a los gastos de los internos? El Director del Establecimiento Penitenciario, salvo las excepciones contempladas Siempre el Director del Establecimiento Penitenciario La Junta de Tratamiento Los Servicios de Medio Abierto y Penas y Medidas Alternativas.
¿Quién es el órgano instructor de las ayudas a los gastos de los internos? Servicio Social Penitenciario (Subdirección General Servicios de Medio Abierto y Penas y Medidas Alternativas), salvo en las salidas programadas, salidas terapéuticas y las recompensas (que será la Junta de Tratamiento) Junta de Tratamiento, salvo en las salidas programadas, salidas terapéuticas y las recompensas (que será la Subdirección General Servicios de Medio Abierto y Penas y Medidas Alternativas) Servicio Social Penitenciario (Subdirección General Servicios de Medio Abierto y Penas y Medidas Alternativas), salvo en las salidas programadas, salidas terapéuticas y las recompensas (que será el Centro Directivo) El Centro Directivo, salvo en las salidas programadas, salidas terapéuticas y las recompensas (que será la Subdirección General Servicios de Medio Abierto y Penas y Medidas Alternativas).
¿Quién es el órgano instructor de las ayudas a gastos en las comunicaciones telefónicas en la detención y traslados? Funcionario del Departamento de Ingresos Jefe de Servicios Cualquier funcionario Director del Establecimiento.
¿Quién aprueba las ayudas a los gastos de los internos? Salidas Terapeuticas (Excepción) El Director del Centro Penitenciario La Junta de Tratamiento Juez o Tribunal Sentenciador Juez de Vigilancia Penitenciaria.
¿Quién aprueba las ayudas a los gastos de los internos? Salidas Programadas (Excepción) El Director del Centro Penitenciario La Junta de Tratamiento Juez o Tribunal Sentenciador Centro Directivo.
¿Quién aprueba las ayudas a los gastos de los internos? Las Recompensas (Excepción) El Director del Centro Penitenciario La Junta de Tratamiento La Comisión Disciplinaria Centro Directivo.
¿Quién aprueba las ayudas a los gastos de los internos? De forma general El Director del Centro Penitenciario La Junta de Tratamiento La Comisión Disciplinaria Centro Directivo.
¿Qué tipo de faltas corresponden al Procedimiento Ordinario? Es para la faltas graves y muy graves Es para las faltas leves Es para las faltas leves y graves Es para todas las faltas leves y muy graves.
¿Quién sanciona en el Procedimiento Ordinario? Comisión Disciplinaria Junta de Tratamiento Centro Directivo Director del Establecimiento.
¿Plazo máximo de resolución en el Procedimiento Ordinario? 3 meses 2 meses 1 mes 15 días.
Para el esclarecimiento de los hechos que pudieran ser determinantes de responsabilidad disciplinaria: El Director podrá acordar la apertura de una información previa, que se practicará por un funcionario del Establecimiento designado por el Director. Se acordará siempre que un interno formule denuncia. El Centro Directivo deberá acordar la apertura de una información previa, que se practicará por un funcionario del Establecimiento designado por el Director. Se acordará siempre que un funcionario formule denuncia. El Director deberá acordar la apertura de una información previa, que se practicará por un funcionario del Establecimiento designado por el Director. Se acordará siempre que un funcionario formule denuncia. El Centro Directivo podrá acordar la apertura de una información previa, que se practicará por un funcionario del Establecimiento designado por el Director. Se acordará siempre que un interno formule denuncia.
El Director designará a un funcionario: Para la información previa y a otro diferente como Instructor Para la información previa y al mismo como Instructor.
El interno dispone de: 3 días hábiles para presentar el pliego de descargo por escrito o comparecer ante el Instructor. 3 días naturales para presentar el pliego de descargo por escrito o comparecer ante el Instructor. 2 días hábiles para presentar el pliego de descargo por escrito o comparecer ante el Instructor. 2 días naturales para presentar el pliego de descargo por escrito o comparecer ante el Instructor.
¿Cuándo se presentarán las pruebas pertinentes propuestas por el interno y las que el Instructor considere convenientes? Dentro de los 10 días siguientes a la presentación del pliego de descargos, o a la formalización verbal de las alegaciones o transcurrido el plazo del art 242.h (3 días hábiles) Dentro de los 3 días siguientes a la presentación del pliego de descargos, o a la formalización verbal de las alegaciones o transcurrido el plazo del art 242.h (2 días hábiles) Dentro de los 5 días siguientes a la presentación del pliego de descargos, o a la formalización verbal de las alegaciones o transcurrido el plazo del art 242.h (4 días hábiles) Dentro de los 15 días siguientes a la presentación del pliego de descargos, o a la formalización verbal de las alegaciones o transcurrido el plazo del art 242.h (5 días hábiles).
Si alguna prueba propuesta por el interno fuese estimada improcedente o innecesaria se hará constar así expresamente: Por el Instructor, en acuerdo motivado. Solo podrán declararse improcedentes aquellas pruebas que no puedan alterar la resolución final del procedimiento o que sean de imposible realización Por el Director del Centro, en acuerdo motivado. Solo podrán declararse procedentes aquellas pruebas que puedan alterar la resolución final del procedimiento o que sean de imposible realización Por el Instructor, en acuerdo motivado. Solo podrán declararse procedentes aquellas pruebas que puedan alterar la resolución final del procedimiento o que sean de imposible realización Por el Director del Centro, en acuerdo motivado. Solo podrán declararse improcedentes aquellas pruebas que no puedan alterar la resolución final del procedimiento o que sean de imposible realización.
Plazos de tramitación para que el interesado alegue o presente los documentos y justificaciones que considere pertinentes (Instruido el procedimiento y antes antes de redactar la propuesta de resolución) 10 días hábiles 3 días naturales 5 días hábiles 7 días naturales.
Plazos en el procedimiento ordinario: 10 días de forma general, salvo los 3 días del pliego de descargo. 3 días de forma general, salvo los 10 días del pliego de descargo. 5 días de forma general, salvo los 2 días del pliego de descargo. 2 días de forma general, salvo los 5 días del pliego de descargo.
Plazo Resolución PO y PA 3 meses y 1 mes respectivamente 1 mes y 3 meses respectivamente 6 meses y 3 meses respectivamente 3 meses y 6 meses respectivamente.
Los órganos colegaidos en las prisiones No se pueden abstener en las votaciones (pero sí emitir voto particular) Se pueden abstener en las votaciones.
¿Cuándo se notifica al interno del acuerdo sancionador? En el mismo día. Lo notificará el secretario de la comisión disciplinaria Al día siguiente. Lo notificará el presidente de la comisión disciplinaria En el mismo día o al día siguiente. Lo notificará el secretario de la comisión disciplinaria En un plazo máximo de tres días. Lo notificará el presidente de la comisión disciplinaria.
¿Qué recurso cabe frente a la notificación de la resolución sancionadora? Recurso de alzada al Juez de Vigilancia. Si éste te lo desestima, podrás ir por recurso de reforma al mismo Juez de Vigilancia. Como excepción, recurso de apelación (después de reforma) si la sanción de aislamiento supera los 14 días. Recurso de reforma al Juez de Vigilancia. Si éste te lo desestima, podrás ir por recurso de apelación al mismo Juez de Vigilancia. Como excepción, recurso de alzada (después de apelación) si la sanción de aislamiento supera los 14 días. Recurso de alzada al Juez de Vigilancia. Si éste te lo desestima, podrás ir por recurso de reforma al mismo Juez de Vigilancia. Como excepción, recurso de apelación (después de reforma) si la sanción de aislamiento no supera los 14 días. Recurso de reforma al Juez de Vigilancia. Si éste te lo desestima, podrás ir por recurso de apelación al mismo Juez de Vigilancia. Como excepción, recurso de alzada (después de apelación) si la sanción de aislamiento no supera los 14 días.
Recursos. En el mismo día (o al día siguiente si está en horario fuera de oficina), el Director del Establecimiento remitirá el expediente disciplinario al Juez de Vigilancia. En el mismo día, el Director del Establecimiento remitirá el expediente disciplinario al Juez de Vigilancia. En el mismo día (o al día siguiente si está en horario fuera de oficina), el Instructor remitirá el expediente disciplinario al Juez de Vigilancia. En el mismo día, el Instructor remitirá el expediente disciplinario al Juez de Vigilancia.
Si el interno fallece o es excarcelado ¿en qué hoja de registro de su expediente se anotaría? Hoja azul (vicisitudes penitenciarias) Hoja amarilla (vicisitudes penadas) Hoja rosa (vicisitudes preventivas) En todas las citadas.
Si el interno se fuga (quebrantamiento de condena) ¿en qué hoja de registro de su expediente se anotaría? Hoja azul (vicisitudes penitenciarias) Hoja amarilla (vicisitudes penadas) Hoja rosa (vicisitudes preventivas) Hoja preventiva y penada Hoja penada y penitenciaria.
¿Qué tipo de faltas corresponden al Procedimiento Abreviado? Es para la faltas graves y muy graves Es para las faltas leves Es para las faltas leves y graves Es para todas las faltas leves y muy graves.
¿Quién sanciona en el Procedimiento Abreviado? Comisión Disciplinaria Junta de Tratamiento Director ó Comisión Disciplinaria Director del Establecimiento.
¿Plazo máximo de resolución en el Procedimiento Abreviado? 3 meses 2 meses 1 mes 15 días.
¿Por qué la Comisión Disciplinaria puede sancionar una falta leve? Porque el Director la alzó creyendo que iba a ser grave/muy grave y luego resultó no serla. Porque así lo dice el reglamento Esto es un repaso, si estás leyendo esto aprende la explicación que es muy clara.
Un acuerdo sancionador no será ejecutivo hasta que: No haya sido resuelto el recurso interpuesto por el interno ante el Juez de Vigilancia Que haya transcurrido el plazo de 5 días para poder impugnar. Ambas correctas Ninguna correcta.
Las sanciones serán inmediatamente ejecutadas si los actos corresponden a:Si la falta hace referencia al Art 108, artículos: a, b, c, d, e y f Art 108: a, b, c, d, e y f Art 109: a, b, c, d, e y f Art 110 A las faltas graves.
La tramitación de la queja y del recurso contra el acuerdo de ejecución inmediata (252.2), tendrá: Carácter urgente y preferente cuando la sanción sea de aislamiento y ésta no exceda de 14 días. (Notificación al Juez de Vigilancia) Carácter general y especial cuando la sanción sea de los recogidos en el art 108 y ésta exceda de 14 días (Notificación al Juez de Vigilancia) Carácter urgente y preferente cuando la sanción sea de los recogidos en el Art 108 y ésta exceda de 14 días. (Notificación al Juez de Vigilancia) Carácter general y especial cuando la sanción sea de los recogidos en el art 108 y ésta no exceda de 14 días (Notificación al Juez de Vigilancia).
¿Qué recurso cabe contra el acuerdo de ejecución inmediata de la sanción de aislamiento? Queja, reforma y apelación. Alzada y reforma (y excepcionalmente apelación ante la Audiencia Provincial si la sanción supera los 14 días) Queja, Alzada y Reforma. Alzada, Queja y Reforma (y excepcionalmente apelación ante la Audiencia Provincial si la sanción no supera los 14 días).
¿Contra un acuerdo? Queja, Reforma y Apelación Alzada y Reforma (y excepcionalmente apelación).
¿Contra una resolución de sanción? Queja, Reforma y Apelación Alzada y Reforma (y excepcionalmente apelación).
¿Cuáles son las faltas del Art 108 del RP?.
¿Cuáles son las faltas del 109? (Graves).
¿Cuáles son las faltas del 110? (Leves).
Un interno se pelea con otro (sin agresividad) ¿Qué tipo de falta es? ¿Qué sanción tiene? Falta muy grave (108c) + Hasta 7 fines de semana en celda Fata grave (109c) + 6-14 días en celda Falta muy grave (108b) + 6-14 días en celda Falta grave (109b) + Hasta 7 fines de semana en celda.
Un interno se pelea con otro (con agresividad) ¿Qué tipo de falta es? ¿Qué sanción tiene? Falta muy grave (108c) + Hasta 7 fines de semana en celda Fata grave (109c) + 6-14 días en celda Falta muy grave (108c) + 6-14 días en celda Falta grave (109b) + Hasta 7 fines de semana en celda.
Un interno agrede/amenaza a un funcionario (con agresividad) ¿Qué tipo de falta es? ¿Qué sanción tiene? Falta muy grave (108c) + Hasta 7 fines de semana en celda Fata grave (109c) + 6-14 días en celda Falta muy grave (108b) + 6-14 días en celda Falta grave (109b) + Hasta 7 fines de semana en celda.
Un interno amenace a un funcionario (sin agresividad) ¿Qué tipo de falta es? ¿Qué sanción tiene? Falta muy grave (108b) + Hasta 7 fines de semana en celda Fata grave (109c) + 6-14 días en celda Falta muy grave (108b) + 6-14 días en celda Falta grave (109b) + Hasta 7 fines de semana en celda.
¿En qué consiste la sanción de una falta muy grave con violencia? Aislamiento en celda 6-14 días Aislamiento hasta 7 fines de semana Aislamiento en celda de L-V (máximo 5 días) Privación de derechos de salidas (máximo 2 meses).
¿En qué consiste la sanción de una falta grave sin violencia? Aislamiento en celda 6-14 días Aislamiento hasta 7 fines de semana Aislamiento en celda de L-V (máximo 5 días) Privación de derechos de salidas (máximo 2 meses).
¿En qué no consiste la sanción de una falta leve con/sin violencia? Aislamiento en celda 1 día Privación paseos/actos recreativos (máximo 3 días) Limitación comunicaciones orales (máximo 20 minutos) Privación de derechos de salidas (máximo 2 meses).
Características repetición de infracción (indicar la errónea) Se le debe haber amonestado anteriormente con sanciones firmes Debe ser una falta grave o muy grave Deben haberse cancelado las anotaciones Las sanciones podrán incrementarse hasta la mitad como máximo.
Características repetición de infracción (indicar la errónea) Se le debe haber amonestado anteriormente con cualquier sanción Debe ser una falta grave o muy grave No deben haberse cancelado las anotaciones Las sanciones podrán incrementarse hasta la mitad como máximo.
XXCaracterísticas repetición de infracción (indicar la errónea) Se le debe haber amonestado anteriormente con cualquier sanción Debe ser una falta grave o muy grave No deben haberse cancelado las anotaciones Las sanciones podrán incrementarse hasta la mitad como máximo.
Concurso de Sanciones. Seleccione la errónea Culpable de 2 o más faltas en el mismo expediente. Si es posible, cumplimiento simultáneo. Si no es posible, por orden de sanción. No puede exceder del triple de la más grave o de 42 días consecutivos en aislamiento. Si supera los 14 días el aislamiento, deberá ser aprobado por el JVP. Si el mismo hecho constituye 2 o más faltas (o una de ellas es un medio para cometer otra), se aplicará en su límite máximo de la falta más grave.
Concurso de Sanciones. Seleccione la errónea Culpable de 2 o más faltas en el mismo expediente. Si es posible, cumplimiento simultáneo. Si no es posible, por orden de gravedad/duración. No puede exceder del cuádruple de la más grave o de 42 días consecutivos en aislamiento. Si supera los 14 días el aislamiento, deberá ser aprobado por el JVP. Si el mismo hecho constituye 2 o más faltas (o una de ellas es un medio para cometer otra), se aplicará en su límite máximo de la falta más grave.
Infracción continuada: Pluralidad de acciones/omisiones que infrinjan el mismo/similar precepto (ya sea planeado o aprovechando la ocasión). Se aplica el límite máximo de la pena más grave. 2 o más acciones que infrinjan el mismo precepto (ya sea planeado o aprovechando la ocasión). Se aplica el límite máximo de la pena más grave. 2 o más acciones/omisiones que infrinjan el mismo/similar precepto (ya sea planeado o aprovechando la ocasión). Se aplica el límite máximo de la pena más grave en su grado superior. Pluralidad de acciones/omisiones que infrinjan el mismo/similar precepto (ya sea planeado o aprovechando la ocasión). Se aplica el límite máximo de la pena menos grave.
Órganos competentes para la imposición de sanciones a los funcionarios: Faltas graves o muy graves [Incoación] Subsecretario del departamento (Subsecretario de Interior para prisiones) Directores Generales, Subdelegados y Delegados de Gobierno y SGIP Subsecretario de Interior (para casos de la SGIP o de la EETPFE).
Órganos competentes para la imposición de sanciones de régimen disciplinario: Faltas muy graves, graves o leves Subsecretario del departamento (Subsecretario de Interior para prisiones) Directores Generales, Subdelegados y Delegados de Gobierno y SGIP Subsecretario de Interior (para casos de la SGIP o de la EETPFE) SG Inspección Penitenciaria.
¿Quién impone las sanciones a los funcionarios? Faltas muy graves en separación de servicio Ministerio de Interior Subsecretario de Interior SG Inspección Penitenciaria Comité Disciplinario.
¿Quién impone las sanciones a los funcionarios? Faltas graves y muy graves Ministerio de Interior Subsecretario de Interior SG Inspección Penitenciaria Comité Disciplinario.
¿Quién impone las sanciones a los funcionarios centrales (Sgip, eetpfe)? Faltas graves, muy graves y leves. Ministerio de Interior Subsecretario de Interior SG Inspección Penitenciaria Comité Disciplinario.
¿Quién impone las sanciones a los funcionarios? Apercibimiento por faltas leves Ministerio de Interior Subsecretario de Interior Ministerio de Política Territorial y Función Pública Subsecretario de Interior + Subdelegado del Gobierno.
¿Quién impone las sanciones por el régimen disciplinario de incompatibilidad? Ministerio de Interior Subsecretario de Interior Ministerio de Política Territorial y Función Pública Subsecretario de Interior + Subdelegado del Gobierno.
¿Cuándo prescriben las faltas? Desde la fecha en la que se hubiere cometido la infracción Desde el día siguiente a la firmeza de la sanción Desde el día que cumpla la sanción.
¿Cuándo prescriben las sanciones? Desde la fecha en la que se hubiere cometido la infracción Desde el día siguiente a la firmeza de la sanción Desde el día que cumpla la sanción.
¿Cuándo prescribe la cancelación? Desde la fecha en la que se hubiere cometido la infracción Desde el día siguiente a la firmeza de la sanción Desde el día que cumpla la sanción.
¿Cuándo prescriben las faltas para los funcionarios/laboral/internos? MG/G/L 3 años / 2 años / 6 meses 3 años / 2 años / 1 año 6 años / 2 años / 6 meses 6 meses / 3 meses / 1 mes.
¿Cuándo prescriben las sanciones para los funcionarios/laboral/internos? MG/G/L 3 años / 2 años / 6 meses 3 años / 2 años / 1 año 6 años / 2 años / 6 meses 6 meses / 3 meses / 1 mes.
¿Cuándo prescriben las sanciones para los funcionarios? MG/G/L 3 años / 2 años / 6 meses 3 años / 2 años / 1 año 6 años / 2 años / 6 meses 6 meses / 3 meses / 1 mes.
¿Cuándo prescriben las sanciones para los laborales? MG/G/L 3 años / 2 años / 6 meses 2 años / 1 año / 3 meses 6 años / 2 años / 6 meses 6 meses / 3 meses / 1 mes.
¿Cuándo prescriben las sanciones para los internos? MG/G/L 3 años / 2 años / 6 meses 2 años / 1 año / 3 meses 6 años / 2 años / 6 meses 6 meses / 3 meses / 1 mes.
Cometí una infracción muy grave hace 4 meses y cometo una ahora catalogada como grave: 2 meses de privación de paseo ¿Cuál será mi pena ahora? ¿Cuándo prescribirán mis infracciones? Hasta 3 meses de privación de paseo (2+1/2) y empezará a prescribir primero la pena más grave (la anterior que era de 6m) y después la siguiente (la actual de 3m) Hasta 15 meses de privación de paseo (5x3) y solo prescribirá la más grave (15 meses) Hasta 4 meses de privación de paseo (2x2) y empezará a prescribir primero la pena más grave (la anterior que era de 6m) y después la siguiente (la actual de 4m).
¿Cada cuanto tiempo se realizará el reconocimiento por parte del Médico del establecimiento en los casos de sanción por aislamiento? Diariamente Dos veces al día Semanalmente En las primeras 24 horas.
¿Cada cuanto tiempo se realizará el reconocimiento por parte del Médico del establecimiento en los casos del primer ingreso en prisión? Diariamente Dos veces al día Semanalmente En las primeras 24 horas.
El recluso internado en celda con sanción de aislamiento disfrutará de: 2 horas diarias de paseo 3 horas diarias de paseo 4 horas diarias de paseo Sanción de privación de paseo.
El recluso internado en celda con sanción de aislamiento no podrá: Recibir paquetes del exterior + Adquirir productos del economato (salvo los autorizados por el director) Recibir paquetes del exterior (salvo los autorizados por el director) + Adquirir productos del economato Recibir paquetes del exterior + Adquirir productos del economato Recibir paquetes del exterior + Adquirir productos del economato (salvo lo autorizado por el director en ambos casos).
Horario de patio: régimen cerrado 3 horas + 3 horas para actividades programadas 4 horas + 3 horas para actividades programadas 2 horas.
Horario de patio: departamentos especiales 3 horas + 3 horas para actividades programadas 4 horas + 3 horas para actividades programadas 2 horas.
Horario de patio: sancionados con aislamiento 3 horas + 3 horas para actividades programadas 4 horas + 3 horas para actividades programadas 2 horas.
¿Qué presos están obligados a salir al patio? Los que tengan parte de baja médica Los ingresados en módulo de respeto Los sancionados con aislamiento Los sancionados con privación de paseo Los clasificados en 2º grado por defecto.
La Comisión Disciplinaria, de oficio o a propuesta de la Junta de Tratamiento, podrá acordar motivadamente la suspensión de la efectividad de las sanciones de aislamiento impuestas: Principio de Oportunidad Principio de Flexibilidad Principio de Responsabilidad Principio de Redención.
Art 256. Reducción y revocación de sanciones: Cuando se advierta error en la aplicación de una sanción que no haya sido recurrida ante el JVP, la Comisión Disciplinaria efectuará una nueva calificación de la infracción, siempre que no implique una sanción superior a la impuesta, procediendo a su reducción o sustitución Cuando se advierta error en la aplicación de una sanción que haya sido recurrida ante el JVP, la Comisión Disciplinaria efectuará una nueva calificación de la infracción, siempre que no implique una sanción superior a la impuesta, procediendo a su reducción o sustitución Cuando se advierta error en la aplicación de una sanción que haya sido recurrida ante el JVP, la Comisión Disciplinaria efectuará una nueva calificación de la infracción, siempre que no implique una sanción inferior a la impuesta, procediendo a su reducción o sustitución Cuando se advierta error en la aplicación de una sanción que no haya sido recurrida ante el JVP, la Comisión Disciplinaria efectuará una nueva calificación de la infracción, siempre que no implique una sanción inferior a la impuesta, procediendo a su reducción o sustitución.
Toda revocación o reducción de sanciones: No podrá efectuarse sin autorización del JVP cuando éste haya intervenido en su imposición (directamente o en vía de recurso) Podrá efectuarse sin autorización del JVP cuando éste haya intervenido en su imposición (directamente o en vía de recurso) No podrá efectuarse sin autorización del JVP cuando éste no haya intervenido en su imposición (directamente o en vía de recurso) Podrá efectuarse sin autorización del JVP cuando éste no haya intervenido en su imposición (directamente o en vía de recurso).
Cuando el Juez de Vigilancia "toque" algo: Aún existen opciones de revocarlo. Ya no se puede revocar.
¿Cuándo empieza a cancelar? Penitenciario. Desde el día que cumple la sanción Desde el día que te notifican la sanción/condena Desde el día que produce Desde el día siguiente.
¿Cuándo empieza a cancelar? Penal Desde el día que comienza a cumplir. Desde el día que te notifican la sanción/condena Desde el día que produce Desde el día siguiente de cumplir el delito.
¿Cuándo se considerará extinguida automáticamente una sanción? Cuando el interno reingrese en prisión Cuando el interno salga de prisión En ambos casos En ninguno.
Ante la repetición de infracciones ¿qué sanción es la que se modifica? La segunda, aumentándola hasta la mitad de su límite máximo La primera, aumentándola hasta la mitad de su límite máximo La segunda, aumentándola hasta el doble de la sanción La primera, aumentándola hasta el doble de la sanción.
Cancelación cuando hay dos sanciones en un mismo acto o los plazos corrieran simultáneamente: Comenzará el plazo de cancelación cuando finalice la sanción más reciente. El tiempo de cancelación será el de la falta más grave. Comenzará el plazo de cancelación cuando finalice la sanción más grave. El tiempo de cancelación será el de la falta más grave. Comenzará el plazo de cancelación cuando finalice la sanción más reciente. El tiempo de cancelación será el de la falta más reciente. Comenzará el plazo de cancelación cuando finalice la sanción más grave. El tiempo de cancelación será el de la falta más reciente.
En casos de no cumplimiento de sanción por razones médica o casos no imputables al interno, los plazos de cancelación comenzarán a contar: Desde la finalización de la fecha real de cumplimiento de la sanción Desde la finalización de la fecha original de cumplimiento de la sanción Quedará extinguida la sanción.
Los plazos de cancelación: No se interrumpirán por la interposición de recurso contra una nueva sanción disciplinaria. Se interrumpirán por la interposición de recurso contra una nueva sanción disciplinaria. Podrán interrumpirse por la interposición de recurso contra una nueva sanción disciplinaria.
Reducción de plazos de cancelación: Por obtener una recompensa, pudiéndose acortar hasta la mitad de la duración (siempre antes de que se cumpla el plazo) Como valoración de la Junta de Tratamiento, pudiéndose acortar hasta la mitad de la duración (siempre antes de que se cumpla el plazo) Por obtener una recompensa, pudiéndose acortar hasta una cuarta parte de la duración (siempre antes de que se cumpla el plazo) Como valoración de la Junta de Tratamiento, pudiéndose acortar hasta una cuarta parte de la duración (siempre antes de que se cumpla el plazo).
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