SIMULACIÓN DE JUICIOS LABORAL-CIVIL
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Título del Test:
![]() SIMULACIÓN DE JUICIOS LABORAL-CIVIL Descripción: Profesor: Vicente Blanch |



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Según el análisis jurídico del caso, la pretensión principal ejercitada frente al despido es: La declaración de improcedencia con indemnización de 33 días por año trabajado. La declaración de nulidad del despido con readmisión y salarios de tramitación. La declaración de procedencia por existencia de causa disciplinaria. La declaración de improcedencia con opción empresarial entre readmisión o indemnización. ¿Cuál es el derecho fundamental que, según el análisis jurídico del caso, habría sido vulnerado por el empresario?. Libertad sindical. Derecho a la intimidad. Garantía de indemnidad. Derecho de huelga. La vulneración del Convenio nº 158 de la OIT se fundamenta, entre otras razones, en que la trabajadora fue despedida: Tras solicitar una reducción de jornada. Tras impugnar judicialmente el convenio colectivo. Después de manifestar su desacuerdo con la modificación unilateral del horario. Por negarse a realizar horas extraordinarias. El artículo 24 de la Carta Social Europea exige: Que todo despido sea autorizado judicialmente. La existencia de razones válidas para extinguir la relación laboral. La obligación de indemnizar con 45 días por año. La readmisión obligatoria en todos los despidos improcedentes. La acción de reclamación de cantidad planteada en el caso tiene como fundamento: Impago de salarios. Horas extraordinarias no abonadas. Diferencias salariales derivadas de incorrecta clasificación profesional. Incumplimiento de convenio colectivo sobre vacaciones. La presentación de la papeleta de conciliación produce: Interrupción indefinida del plazo de caducidad. Suspensión del plazo de caducidad con un máximo de 15 días hábiles. Suspensión del plazo de prescripción durante un mes. Interrupción del plazo de prescripción durante 15 días naturales. Si el solicitante no comparece al acto de conciliación previa: Se declara la caducidad automática de la acción. Se archiva provisionalmente el procedimiento. Se considera desistido. Se celebra igualmente el acto. ¿Cuál de los siguientes supuestos aparece expresamente recogido como excepción a la conciliación o mediación previa?. Reclamación de salarios. Clasificación profesional. Vacaciones. Movilidad geográfica. ¿Cuál de los siguientes documentos debe acompañarse a la demanda?. Contrato de trabajo original. Informe de vida laboral. Certificado de empresa. Documento acreditativo del intento de conciliación previa. Si la demanda no acredita el intento de conciliación previa, el plazo de subsanación indicado en las diapositivas es de: 4 días. 5 días. 10 días. 15 días. Con carácter general, entre la citación y el acto del juicio debe mediar un plazo mínimo de: 5 días. 7 días. 10 días. 15 días. En el acto de conciliación judicial, si ambas partes comparecen y alcanzan un acuerdo: Se dicta sentencia. Se dicta decreto por el LAJ con fuerza ejecutiva. Se dicta auto. El acuerdo necesita homologación posterior. En los procesos por despido existe una particularidad consistente en: Supresión de la fase probatoria. Ausencia de conclusiones. Inversión del orden de intervención de las partes. Prohibición de reconvención. La reconvención del demandado solo será posible cuando: Exista autorización judicial. Haya sido anunciada en la conciliación previa. El actor la acepte expresamente. Se formule antes de la prueba. Cuando el juez inadmite una prueba propuesta por una parte: Debe solicitarse reposición. Debe formularse protesta a efectos de recurso. Debe solicitarse nulidad de actuaciones. Debe reiterarse en conclusiones. En los supuestos de vulneración de derechos fundamentales corresponde al demandado justificar: La inexistencia de perjuicio económico. La buena fe contractual. Las medidas adoptadas y la proporcionalidad de su actuación. La concurrencia de culpa exclusiva del trabajador. Las diligencias finales tienen por objeto: Reabrir el periodo de alegaciones. Practicar pruebas imposibles de realizar en la vista oral. Formular conclusiones complementarias. Subsanar defectos procesales de la demanda. Según las diapositivas, la sanción por temeridad o mala fe puede oscilar entre: 150 y 3.000 euros. 180 y 6.000 euros. 300 y 6.000 euros. 600 y 12.000 euros. ¿Cuál NO constituye uno de los motivos tasados del recurso de suplicación?. Infracción de normas sustantivas o jurisprudencia. Revisión de hechos probados. Infracción procesal causante de indefensión. Nueva valoración integral de toda la prueba practicada. Para apreciar contradicción en el recurso de casación para la unificación de doctrina se exige: Identidad de partes y tribunal. Triple identidad de hechos, fundamentos y pretensiones. Identidad de convenio colectivo. Identidad de cuantía litigiosa. El depósito exigido para el recurso de casación es de: 300 euros. 400 euros. 600 euros. 1.800 euros. Según las diapositivas, están exentos del depósito para recurrir: Todas las personas físicas. Únicamente los trabajadores. Beneficiarios de justicia gratuita, trabajadores, causahabientes, sindicatos y beneficiarios de la Seguridad Social. Exclusivamente los sindicatos. La presentación de la papeleta de conciliación produce la suspensión del plazo de caducidad de la demanda judicial por un máximo de: 10 días hábiles. 15 días naturales. 15 días hábiles. 20 días hábiles. Una vez admitida la demanda, el LAJ debe señalar la fecha de los actos de conciliación y juicio dentro de: 2 días. 3 días. 5 días. 10 días. Con carácter general, entre la citación y el acto del juicio debe mediar un plazo mínimo de: 5 días. 7 días. 10 días. 15 días. Cuando la demanda se dirija contra la Administración del Estado, Entidades Gestoras de la Seguridad Social o Administración Autonómica, el plazo mínimo entre citación y juicio será de: 10 días. 15 días. 20 días. 22 días. Admitida una demanda laboral el lunes, el LAJ dispone para señalar fecha de conciliación y juicio hasta: Martes. Miercoles. Jueves. Viernes. Si el demandado no comparece al acto de conciliación previa, la conciliación se tendrá por: Desistida. Archivada. Intentada sin efecto. Caducada. ¿Qué resolución recoge una conciliación judicial con avenencia?. Sentencia. Auto. Decreto del LAJ. Providencia. La inversión del orden de intervención en procesos de despido afecta a: Alegaciones exclusivamente. Alegaciones y prueba. Alegaciones, prueba y conclusiones. Únicamente conclusiones. ¿Cuándo puede formularse reconvención?. En cualquier momento antes de sentencia. Antes de la prueba. Siempre que se hubiera anunciado en conciliación previa. Con autorización judicial. En una alegada vulneración de derechos fundamentales: El trabajador debe probar toda la vulneración. El empresario debe justificar medidas y proporcionalidad. El juez debe acordar prueba de oficio. El Ministerio Fiscal debe emitir informe previo. Si el juez inadmite una prueba propuesta por una parte, para preservar la posibilidad de recurso deberá: Solicitar nulidad de actuaciones. Formular protesta. Interponer reposición. Pedir diligencias finales. Además de la acción de despido, la trabajadora ejercita: Acción de movilidad geográfica. Acción de modificación sustancial. Acción de reclamación de cantidad por clasificación profesional. Acción de tutela de derechos fundamentales. Según el artículo 31 de la Ley 25/2014, los tratados internacionales válidamente celebrados y publicados: Tienen rango constitucional. Son inferiores a la ley ordinaria. Prevalecen sobre cualquier norma interna salvo las constitucionales. Sólo prevalecen sobre reglamentos. La conciliación o mediación previa tiene como finalidad: Dictar una resolución judicial anticipada. Intentar que las partes alcancen un acuerdo antes de la demanda. Sustituir el proceso judicial. Practicar prueba anticipada. La solicitud de conciliación previa se presenta ante: El Juzgado de lo Social. La Inspección de Trabajo. La Autoridad Laboral de la Comunidad Autónoma. El Tribunal Superior de Justicia. La incomparecencia del solicitante a la conciliación previa determina: Archivo provisional. Suspensión del procedimiento. Desistimiento. Caducidad. La incomparecencia del demandado a la conciliación previa supone: Rebeldía. Desistimiento. Intentado sin efecto. Archivo. Lo acordado en conciliación previa tiene: Valor orientativo. Fuerza ejecutiva. Valor probatorio únicamente. Efectos suspensivos. ¿Cuál de las siguientes materias aparece expresamente como excepción a la conciliación previa?. Reclamación de cantidad. Clasificación profesional. Vacaciones. Salarios. La demanda laboral debe formularse: Verbalmente. Mediante comparecencia. Por escrito. Mediante formulario administrativo. ¿Cuál de los siguientes extremos debe constar en la demanda?. La petición concreta. La fecha y firma. El órgano al que se dirige. Todas las respuestas son correctas. El cumplimiento de los requisitos formales de la demanda corresponde inicialmente a: Juez. LAJ. Ministerio Fiscal. TSJ. |




