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Simulador 3 4ta Ronda

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Título del Test:
Simulador 3 4ta Ronda

Descripción:
DERECHO CIVIL, MERCANTIL Y PROCESAL GENERAL

Fecha de Creación: 2026/03/23

Categoría: Universidad

Número Preguntas: 41

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Simulador 3. DERECHO CIVIL, MERCANTIL Y PROCESAL GENERAL - 4ta Ronda.

El endoso es: El acto mediante el cual se transmite el título valor a otro titular. Una garantía bancaria. Un testimonio notarial. Un contrato accesorio.

En el pagaré intervienen: Suscriptor y beneficiario. Avalista y endosatario. Librador y librado. Deudor solidario y notario.

En la audiencia de juicio se presentan: Pruebas nuevas sin control. Peticiones de suspensión. Alegatos de apertura, práctica probatoria y alegatos de cierre. Solo documentos escritos.

Si el deudor no cumple, el acreedor puede: Exigir el cumplimiento forzoso o la indemnización. Retener el pago. Anular el contrato sin juicio. Exonerar al deudor automáticamente.

La remisión de deuda es: Un acto administrativo. El perdón voluntario del acreedor al deudor. El perdón voluntario del acreedor al deudor. La condonación judicial.

Los derechos reales se caracterizan por: Exigir una prestación personal. Ser intransferibles. Otorgar poder directo e inmediato sobre una cosa. Crear una obligación recíproca.

"Nadie puede alegar ignorancia de la ley" se refiere al principio de: Justicia. Publicidad. Obligatoriedad. Irretroactividad.

El incumplimiento del pagaré genera: Obligación del banco. Pérdida de validez. Extinción del derecho. Acción cambiaria directa contra el suscriptor y sus garantes.

La ley se entiende como: Norma jurídica emanada de autoridad competente y obligatoria. Opinión social predominante. Resolución administrativa. Norma moral.

La aceptación de la letra implica: Que el librado se compromete formalmente a pagarla. Que el librador paga anticipadamente. Que el título se anula. Que el banco retiene el valor.

Las partes procesales deben actuar con: Discreción y secreto. Lealtad y buena fe procesal. Interés económico. Dependencia judicial.

La patria potestad puede ser: Transmitida a terceros. Revocada por los hijos. Renunciada libremente. Limitada o suspendida por decisión judicial.

Una persona puede ser propietaria sin poseer el bien cuando: Lo arrienda o lo entrega a un tercero. Es curador. No lo inscribe. Lo abandona.

La curaduría se aplica también a: Bienes de menores en conflicto con sus tutores. Relaciones laborales. Casos penales. Procedimientos administrativos.

La libre valoración de la prueba significa que: Se valoran por mayoría. Se ponderan con sistema numérico. El juez puede apreciarlas según la lógica, experiencia y sana crítica. El juez decide arbitrariamente.

El principio que rige toda relación filial es: La voluntad judicial. El interés superior del niño. El poder del tutor. La autonomía de los padres.

El abuso del derecho se configura cuando: Se reclama ante autoridad judicial. Se usa un derecho para causar perjuicio a otro. Se ejerce un derecho legítimo. Se desconoce una obligación.

La persona natural se define como: Todo ser humano capaz de adquirir derechos y contraer obligaciones. Un sujeto mora. Todo ente colectivo. Un ente patrimonial.

El procedimiento ordinario se aplica: A la mayoría de causas civiles y mercantiles. Solo a juicios penales. Solo a alimentos. A medidas cautelares.

En ambos procedimientos se garantiza: Oralidad, inmediación, contradicción y celeridad. Juicio secreto. Actos reservados. Esquema escrito.

El protesto tiene como finalidad: Endosarlo nuevamente. Dejar constancia del no pago o no aceptación del título. Anular el título. Cederlo al banco.

La principal diferencia entre dominio y posesión es: El dominio depende del tiempo. El dominio es un derecho, la posesión un hecho. Ambos son idénticos. La posesión otorga propiedad inmediata.

La accesión se refiere a: La inscripción registral. Lo que produce o se une a una cosa principal. La sucesión hereditaria. La venta forzada de bienes.

Los bienes inmuebles se definen como: Los que están bajo dominio público. Los que no pueden trasladarse sin destruirse. Los de propiedad privada. Los que no producen frutos.

Entre los medios probatorios reconocidos están: Testimonios, documentos, pericias, inspección judicial y prueba electrónica. Solo documentos físicos. Opiniones de terceros. Declaraciones informales.

El COGEP se fundamenta principalmente en: Principios constitucionales de justicia, debido proceso y tutela efectiva. Códigos derogados. Normas internacionales únicamente. Usos consuetudinarios.

La competencia por cuantía depende de: La nacionalidad del demandado. El valor económico de la pretensión. El lugar del proceso. El tipo de abogado.

Las formas de extinguir las obligaciones buscan: Favorecer al deudor. Garantizar certeza y seguridad en las relaciones patrimoniales. Extender indefinidamente el vínculo. Evitar nuevos contratos.

La función principal de la buena fe es: Equilibrar las relaciones jurídicas mediante la confianza. Favorecer al más fuerte. Permitir el dolo. Evitar el cumplimiento de contratos.

Si un juez actúa sin competencia: Se valida con apelación. Sus actuaciones son nulas. El proceso continúa. El tribunal lo corrige.

El recurso de casación se interpone: Ante el juez de primera instancia. En la Corte Constitucional. Ante la Corte Nacional de Justicia. En el tribunal provincial.

La función social de la propiedad implica: Que no tiene limitaciones. Que el Estado es el único propietario. Que su uso debe contribuir al bienestar colectivo. Que puede ser absoluta.

La responsabilidad patrimonial universal implica: Solo los futuros. Que todos los bienes del deudor responden por sus obligaciones. Solo los bienes muebles. Ninguno.

La transmisión de títulos valores fomenta: La circulación del crédito en el comercio. El crédito público. La restricción económica. El control estatal.

El matrimonio, según el Código Civil ecuatoriano, es: Una unión legítima entre dos personas con consentimiento libre. Un contrato civil unilateral. Una unión temporal con fines patrimoniales. Una obligación del Estado.

La filiación puede ser: Por naturaleza o por adopción. Solo por reconocimiento judicial. Por matrimonio o concubinato. Exclusivamente biológica.

El recurso extraordinario de protección se presenta ante: El juez de primera instancia. La Corte Nacional. El Consejo de la Judicatura. La Corte Constitucional.

Las presunciones judiciales se caracterizan por: Ser dictadas por el legislador. Ser inapelables. Ser deducidas por el juez de los indicios del caso. No requerir motivación.

La tutela se establece cuando: El tutor lo elige libremente. El padre lo solicita. El menor no tiene patria potestad. El menor tiene más de 16 años.

La unión de hecho se inscribe: En el Registro Civil. En el juzgado de familia. En el Ministerio de Gobierno. En la notaría.

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