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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEEL SISTEMA ESPAÑOL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

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Título del test:
EL SISTEMA ESPAÑOL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Descripción:
SEGUNDA PARTE

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
04/08/2017

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 15
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Temario:
Cual es el plazo de prescripción de la obligación de cotizar si se tiene en cuenta las causas de interrupción del mismo. 4 años. 3 años. 2 años. 5 años.
indica cual es la mejor frase que se ajusta mejor al articulo 1.1 del Estatuto de los trabajadores; La cotización se inicia con la prestación laboral. La obligación de cotizar no nace por la mera existencia del contrato de trabajo; es necesario que se haya iniciado la prestación de servicios por cuenta ajena, de forma dependiente del empresario y percibiendo por ello una remuneración. La cotización no se inicia con la prestación laboral. La obligación de cotizar nace por la mera existencia del contrato de trabajo; es necesario que se haya iniciado la prestación de servicios por cuenta ajena, de forma dependiente del empresario y percibiendo por ello una remuneración. La cotización se inicia con la prestación laboral. La obligación de cotizar no nace por la mera existencia del contrato de trabajo; no es necesario que se haya iniciado la prestación de servicios por cuenta ajena, de forma dependiente del empresario y percibiendo por ello una remuneración. La cotización no se inicia con la prestación laboral. La obligación de cotizar no nace por la mera existencia del contrato de trabajo; es necesario que se haya iniciado, al menos, una prestación de servicios por cuenta ajena, de forma dependiente del empresario, aunque no hace falta percibir por ello una remuneración.
Quienes son los sujetos obligados a cotizar según se indica en el articulo 141.1 del TRLGSS (Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social). Solo los trabajadores. Los trabajadores y los asimilados. Los empresarios y los asimilados. Los trabajadores y asimilados y los empresarios por cuya cuenta trabajen.
Quien es el sujeto responsable del cumplimiento de la obligación de cotizar e ingresará las aportaciones propias y las de sus trabajadores, según lo dispuesto en el articulo 142 del TRLGSS (Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social). El trabajador, o la persona (física o jurídica) en la que delegue, tiene que llevar sus obligaciones de la cotización a la seguridad social El empresario. Los trabajadores. De oficio en la seguridad social.
Según el texto refundido de la ley general de la Seguridad Social, la base de cotización tendrá tope mínimo la cuantía establecida en el apartado 2 del articulo 16 de la misma, que establece: Las bases de cotización a la seguridad social, en cada uno de sus regímenes, tendrán como tope mínimo las cuantías del salario mínimo interprofesional vigente en cada momento, incrementadas en un sexto, salvo disposición expresa en contrario. Las bases de cotización a la seguridad social, en cada uno de sus regímenes, tendrán como tope mínimo las cuantías del salario mínimo interprofesional vigente en cada momento, salvo disposición expresa en contrario. Las bases de cotización a la seguridad social, en cada uno de sus regímenes, serán las que establezca cada año la correspondiente ley de presupuestos generales del estado, incrementadas en un sexto, salvo disposición expresa en contrario. Las bases de cotización a la seguridad social, en cada uno de sus regímenes, serán las establecidas para cada año en la correspondiente ley de presupuestos generales del estado, salvo disposición expresa en contrario.
¿Donde se especifica la cuantía topada en su máxima y en su mínima de la base de cotización? Según las cifras que cada año disponga la ley de presupuesto generales del estado. Según las consideraciones que establezca la tesorería de la seguridad social, así serán dichas cuantías topadas tanto en su mínimo como en su máximo. Según las cifras que cada año disponga el ministerio de hacienda y seguridad social. Según los acuerdos que establezca la patronal y los sindicatos mayoritarios y en base gubernamental a la marcha de la economía del estado.
Se entiende por pluriempleo: La situación del trabajador por cuenta ajena que preste sus servicios profesionales a dos o mas empresas distintas y en actividades que den lugar a su alta en distintos regímenes de la seguridad social. La situación del trabajador por cuenta ajena que preste sus servicios profesionales a dos o mas empresas distintas y en actividades que den lugar a su alta en un mismo régimen de la seguridad social. La situación del trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia que preste sus servicios profesionales a dos o mas empresas distintas y en actividades que den lugar a su alta en distintos regímenes de la seguridad social. La situación del trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia que preste sus servicios profesionales a dos o mas empresas distintas y en actividades que den lugar a su alta en un mismo régimen de la seguridad social.
Indica cual es la respuesta correcta: La Base de cotización por contingencias comunes (BCCC); el limite mínimo se determina en función del grupo de cotización; el limite máximo es el mismo para todos los grupos de cotización. La Base de cotización por contingencias profesionales (BCCP); los limites mínimos y máximos son los mismos para todos los grupos de cotización. Tanto la BCCC como la BCCP no estarán obligada a ajustarse a los topes máximos y mínimos previstos ya que estos son solo orientativos de la situación laboral de los salarios de los trabajadores. La respuesta 1 y 2 son correctas.
En el 2016, el tipo de cotización vigente para las contingencias comunes se estableció en el 28.30% pero cual fue su reparto: Era un 23.6% para el empresario y un 4.7% para el trabajador. Era un 4.7% para el empresario y un 23.6% para el trabajador. Era un 25% para el empresario y un 3.30% para el trabajador. Era un 3.60% para el empresario y un 24.7% para el trabajador.
En el 2016, las bases de cotización por desempleo, por el fondo de garantía social y la formación profesional son las siguientes. Cual es la correcta. Desempleo ( contrato indefinido, 7.05% distribuido entre 5.00% el empresario y 2.05% el trabajador y en contrato de duración determinada ya sea a tiempo completo como parcial 8.30% siendo 6.70% para el empresario y 1.60%), para el fondo de garantía social seria del 0.20% solo para la empresa y del 0.70% para la formación profesional. Desempleo ( contrato indefinido, 7.05% distribuido entre 5.50% el empresario y 1.55% el trabajador y en contrato de duración determinada ya sea a tiempo completo como parcial 8.30% siendo 6.70% para el empresario y 1.60%), para el fondo de garantía social seria del 0.20% solo para la empresa y del 0.70% para la formación profesional de la que 0.60% será para la empresa y el 0.10 para el trabajador. Desempleo ( contrato indefinido, 7.05% distribuido entre 5.50% el empresario y 1.55% el trabajador y en contrato de duración determinada 8.30% siendo 6.70% para el empresario y 1.60%), para el fondo de garantía social seria del 0.20% solo para la empresa y del 0.70% para la formación profesional. Desempleo ( contrato indefinido, 7.05% distribuido entre 5.50% el empresario y 1.55% el trabajador y en contrato de duración determinada ya sea a tiempo completo como parcial 8.30% siendo 6.70% para el empresario y 1.60%), para el fondo de garantía social seria del 0.20% donde el 0.15% seria para la empresa y el 0.05% para el trabajador y del 0.70% para la formación profesional.
Se mantiene la obligación de cotizar durante las situaciones de incapacidad temporal, maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y durante lactancia natural. SI, en todos los casos especificado. SI, pero solo en los casos de embarazo y lactancia natural. SI, pero solo en los casos de incapacidad temporal. SI, pero solo en los casos de maternidad y paternidad.
Segun se dispone en el texto refundido de la ley general de la seguridad social, el tipo de interés de demora será el interés legal del dinero vigente en cada momento del periodo de devengo: Incrementado en un 20 por ciento, salvo que el gobierno, a propuesta del ministerio de trabajo y seguridad social establezca uno diferente. Incrementado en un 25 por ciento, salvo que la ley de presupuestos generales del estado establezca uno diferente. Incrementado en un 15 por ciento, salvo que la ley de presupuestos generales del estado establezca uno diferente. Incrementado en un 25 por ciento, salvo que el gobierno, a propuesta del ministerio de trabajo y seguridad social establezca uno diferente.
La interposición de recursos de alzada contra las reclamaciones de deuda, según el texto refundido de la ley general de la seguridad social: Suspenderá el procedimiento recaudatorio cuando se garantice con aval suficiente o se consigne el importe de la deuda, sin incluir, en su caso, el recargo en que se hubiere incurrido. No suspenderá el procedimiento recaudatorio cuando se garantice con aval suficiente o se consigne el importe de la deuda, incluido, en su caso, el recargo en que se hubiere incurrido. Solo suspenderá el procedimiento recaudatorio cuando se garantice con aval suficiente o se consigne el importe de la deuda, incluido, en su caso, el recargo en que se hubiere incurrido. Ninguna es correcta.
Según el texto refundido de la ley general de la seguridad social procederá la formulación de actas de liquidación en las deudas por cuotas originadas por: Falta de cotización de trabajadores en el régimen general de la seguridad social, en cuyo caso el acta de liquidación comprenderá el principal de la deuda. Diferencias de afiliación de trabajadores dados de alta y que resulten directamente de las liquidaciones o datos de cotización transmitidos o de los documentos de cotización presentados, dentro o fuera de plazo. Aplicación indebida de las bonificaciones en las cotizaciones de la seguridad social, previstas reglamentariamente para la financiación de las acciones formativas del subsistemas de formación profesional para el empleo. Todas son correctas.
Señala cual de las siguientes circunstancias no se considera accidente laboral: Los que sufra el trabajador con ocasión o como consecuencia del desempeño de cargos electivos de carácter sindical. Los ocurridos al ir o al volver del lugar en que se ejerciten las funciones propias de dichos cargos electivos de carácter sindical. Los ocurridos con ocasión o por consecuencia de las tareas que, aun siendo distintas a las de sus categoría profesional, ejecute el trabajador espontáneamente en interés del buen funcionamiento de la empresa. Las enfermedades o defectos, padecidos con anterioridad por el trabajador, que no se agraven como consecuencia de la lesion constitutiva del accidente.
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